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Declaración de voluntad

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Jurisprudencia

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Para el Derecho, la declaración de voluntad es un acto jurídico a través del cual el sujeto expresa intersubjetivamente algo que está en su pensamiento. Esta declaración de voluntad es fuente del Derecho cuando lo expresado intersubjetivamente constituye una norma jurídica obligatoria y no una simple declaración u opinión. Es un concepto de derecho civil. Para que nuestros actos produzcan efectos jurídicos, es necesario manifestar nuestra voluntad de llevarlos a cabo. La declaración de voluntad tiene por objetivo confirmar el deseo de realizar una acción jurídica de un individuo. Sólo las personas con capacidad jurídica pueden hacer una declaración de voluntad válida. Todo contrato o acción legal requiere una declaración de voluntad, de lo contrario no se puede realizar. El número de declaraciones de voluntad necesarias, es decir, si solo una parte expresa su voluntad o si hay dos personas implicadas depende de si la acción jurídica es unilateral o bilateral. En el caso de los acuerdos de compra o alquiler, por ejemplo, siempre hay dos personas involucradas: Una parte presenta una oferta, la otra parte la acepta. En tal caso, ambas partes deben expresar efectivamente su voluntad. Pero es importante tener en cuenta que no toda expresión de voluntad es adecuada para ser considerada efectiva.

Ejemplos y tipos de declaración de voluntad

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La declaración de voluntad ante un acto jurídico puede ser de varios tipos:

Declaración de voluntad expresa: puede realizarse de varias formas, tanto oralmente como por escrito, y también mediante signos evidentes.

Declaración de voluntad tácita: se manifiesta a través de hechos concluyentes. Nuestro ordenamiento jurídico recoge algunos ejemplos: la aceptación tácita de una herencia.

Declaración de voluntad presunta: se manifiesta a través de hechos no concluyentes. Algunos ejemplos son la revocación de un testamento cerrado o la condonación de una deuda.

La declaración unilateral: Son aquellos donde para su existencia sólo se requiere la presencia de una sola voluntad, es decir basta con el hecho de que el declarante se haya desprendido de ella, para que el acto jurídico exista. Ejemplo:

TESTAMENTO (sucesión): Es la voluntad unilateral que tiene toda persona de entregar sus bienes

La declaración bilateral: Son aquellos en los cuales, para su existencia válida, concurren dos voluntades exteriorizadas por los sujetos intervinientes. Ejemplo: DIVORCIO

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