47
Por haber sido sancionado con suspensión o matrícula en observación durante el ejercicio de su cargo. Por presentar comportamientos que vayan en detrimento de la buena imagen de la institución dentro o fuera de ella. NOTAS: 1- Ante la pérdida de la investidura por cualquiera de las razones anteriores o por renuncia voluntaria, quien haya ocupado el siguiente lugar en votación asumirá el cargo. 2- Si entre los candidatos inscritos no existen personas que cumplan con los requisitos contemplados para este cargo, será el consejo directivo quien determine quienes estarían en condiciones de presentarse a la elección. 3.2 VICEPERSONERO. El vicepersonero es elegido democráticamente por todos los alumnos de la institución. 3.2.1 Funciones del Vicepersonero: Reemplazar al personero en caso de ausencia temporal justificada. Velar porque el personero cumpla sus funciones. Acompañar a los voceros y personero en las actividades y gestiones que realice. Apoyar, liderar y participar con voz y voto, en los proyectos generados en el consejo estudiantil. Presentar informe de gestión semestral a la comunidad estudiantil. Asistir a la reforma anual del manual de convivencia. Apoyar la promoción y el conocimiento del manual de convivencia y la ley de infancia y adolescencia. 3.2.2 Criterios para la elección del Vicepersonero: Un estudiante que esté cursando el grado 10°. Un estudiante que se caracterice por un buen disciplinario.
rendimiento académico y