Línea Sur 11

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Prospectiva sobre las empresas transnacionales, otras empresas comerciales y los derechos humanos* Carlos Correa, Daniel Uribe y Kinda Mohamdieh

Antecedentes El tema de los negocios y los derechos humanos ha estado sujeto a largas discusiones. Varias iniciativas, códigos y directrices también se han desarrollado, con respecto al rol de las empresas transnacionales (ETN) y otras empresas comerciales en su interrelación con los derechos humanos. Estos incluyen la Declaración tripartita de principios sobre las empresas transnacionales y la política social, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); el Código para la Comercialización de Sucedáneos de Leche Materna, de la Organización Mundial de la Salud (OMS); y las Pautas para la Protección del Consumidor (basadas en una Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas –ONU– de 1985). Las obligaciones directas de las corporaciones, incluyendo a las ETN, fueron abordadas en el borrador del Código de Conducta de las Empresas Transnacionales (Centro de la ONU sobre Empresas Transnacionales, 1986)1 y en las “Normas sobre las Responsabilidades de las Empresas Transnacionales y otras Empresas Comerciales en Relación a los Derechos Humanos” (Cdesc, 2003)2. La adopción de los Principios Rectores sobre Negocios y Derechos Humanos (Asamblea General, 2011) –posteriormente Los Principios Rectores– representaron un paso adelante en la discusión sobre conducta empresarial y derechos humanos. Los Principios Rectores, los cuales fueron elaborados en relación a “las implicaciones de estándares existentes y prácticas para los Estados y los negocios” (Asamblea General, 2011), fueron adoptados por consenso en el Consejo de Derechos Humanos (CDH).

* Traducción de Diego Yépez para Línea Sur. Línea Sur 11 • 2016 • pp. 79–93

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