Línea Sur 11

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10. Estos artículos se contienen en el Título III de la Constitución, denominado: “De los Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes. Disposiciones Generales”. 11. Art. 19: El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen. 12. Asodeviprilara contra Superintendencia de Bancos, otras instituciones financieras e Indecu, Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia, Sentencia Nº 85, 24 de enero de 2002 [en línea]. (Tribunal Superior de Justicia, 2002). 13. Ley contra el desalojo y la desocupación arbitraria de viviendas (ver bibliografía). 14. Estos artículos se encuentran en el Título II. Capítulo Primero: “Principios de aplicación de los Derechos” (Asamblea Constituyente, 2008). 15. Artículo 10 de la Constitución de Ecuador (Asamblea Constituyente, 2008). 16. Artículo 11 de la Constitución de Ecuador (Asamblea Constituyente, 2008). 17. Artículo 11 de le Constitución del Ecuador (Asamblea Constituyente, 2008). 18. Artículo 88 de la Constitución de Ecuador (Asamblea Constituyente, 2008). 19. Artículo 13 de la Constitución de Bolivia (Asamblea Constituyente, 2009). 20. Artículo 13 de la Constitución de Bolivia (Asamblea Constituyente, 2009). 21. Artículo 72 de la Constitución de Venezuela (Asamblea Constituyente, 1999). 22. Artículo 1 de la Ley Orgánica de las Comunas (Asamblea Constituyente, 1999). 23. La participación es de tal importancia que el Título IV de la Constitución es denominado “Participación y Organización del Poder”. 24. Artículo 105 de la Constitución de Ecuador (Asamblea Constituyente, 2008). 25. Ejemplo de ello son las nefastas presidencias, para Ecuador, de Abdalá Bucaram, Jamil Mahuad y Lucio Gutiérrez. 26. Artículos 156 y 157 de la Constitución de Ecuador (Asamblea Constituyente, 2008). 27. El Capítulo Quinto del Título IV está dedicado a la Función de Transparencia y Control Social, entre los artículos 204-217. 28. Todas estas y muchas otras formas de participación son desarrolladas en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana (ver bibliografía). 29. Artículo 26 de la Constitución de Bolivia (Asamblea Constituyente, 2009). 30. Artículo 40 de la Constitución de Bolivia (Asamblea Constituyente, 2009). 31. Artículo 83 de la Constitución de Bolivia (Asamblea Constituyente, 2009). 32. Título VI de la Constitución de Bolivia, artículos 241 y 242 (Asamblea Constituyente, 2009). 33. Artículo 183 de la Constitución de Bolivia (Asamblea Constituyente, 2009). 34. Artículo 189 de la Constitución de Bolivia (Asamblea Constituyente, 2009). 35. Artículo 199 de la Constitución de Bolivia (Asamblea Constituyente, 2009). 36. Artículo 194 de la Constitución de Bolivia (Asamblea Constituyente, 2009). 37. La Ley de Medios Comunitarios que desarrollará muchos de los postulados de esta ley, aún no ha entrado en vigor. 38. Artículo 2 de la Ley Orgánica de las Telecomunicaciones (OEA, 2016). 39. Artículo 106 de la Ley Orgánica de Comunicación (Asamblea Nacional, 2013). 40. Expresión francesa que significa ‘dejar hacer’. Se basa en la doctrina que propone que el funcionamiento de la economía debe dejarse al libre juego de la oferta y la demanda, evitando la intervención del Estado. Según esta doctrina, los individuos actuando independientemente, encontrarán las mejores formas de organización económica para maximizar la riqueza, no sólo individual, sino también de toda la sociedad. La Línea Sur 11 • 2016 • pp. 108–126


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