Manual para diseño de vias

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206.03 CAMINOS LATERALES O DE SERVICIOS Un camino lateral es un camino que se construye adyacente a una carretera Nacional para servir los siguientes objetivos: (a)

Controlar en forma efectiva el acceso a las vías expresas, procurando así la seguridad y libertad deseada para el tránsito de paso.

(b)

Proveer acceso a la propiedad colindante.

(c)

Restituir la continuidad del sistema local de caminos o calles previamente existentes.

(d)

Evitar recorridos excesivamente largos provocados por la construcción de la vía expresa. En general, un camino lateral se justifica económicamente si su costos es menor que proveer acceso desde otro camino público o resulta más barato que adquirir en su totalidad la propiedad afectada.

206.04 CONTROL DE ACCESO Y NUEVOS TRAZADOS. Los alineamientos de Autopistas o Multicarriles nuevos deben trazarse, en lo posible, de modo que las propiedades divididas queden con acceso a la red de caminos locales. Esto con el objeto de evitar la construcción de caminos laterales. Cuando una propiedad quede aislada entre la vía expresa y algún accidente geográfico (estero, cerro, etc) será preferible expropiar el terreno en su totalidad, si esto resulta más económico que la construcción de un camino de servicio especial. 206.05 CONTROL DE ACCESO Y CAMINOS EXISTENTES. En las carreteras que tengan que desarrollarse a lo largo de caminos existentes, se dejarán éstos como Caminos Laterales. Si los accesos del costado opuesto de la carretera no pueden proveerse de otra manera, se proyectará otro camino de servicio. En todo caso deberá considerarse la posibilidad descrita en 206.04.

Manual de Diseño Geométrico de Carreteras (DG-2001)

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