Manual de Buenas Prácticas del Diseño 1

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Manual de Buenas Prácticas del Diseño

5.

Anexo I Modelos de contrato

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6.

7.

8.

el Diseñador podrá resolver el Contrato y el Cliente estará obligado a hacer efectivo el importe de los gastos incurridos y del trabajo realizado hasta aquel momento, incrementando este último, su valor en un 10%. Este presupuesto no incluye los trabajos adicionales que se puedan derivar de los cambios de orientación en su elaboración por parte del Cliente. En consecuencia, cualquier cambio del contenido de este encargo, podrá implicar una revisión del presupuesto por el Diseñador, realizando uno nuevo al que añadirá los incrementos en el importe que se hubieran producido o se pudieran producir, pero manteniendo los mismos criterios de valoración utilizados en el primer presupuesto. Si el Cliente no aceptase el nuevo presupuesto, el Diseñador podrá resolver el contrato y el Cliente tendrá que abonar la totalidad de los gastos satisfechos por el Diseñador más el del trabajo realizado hasta aquel momento, incrementando, este último, un 10%. Si por cualquier causa ajena al Diseñador no fuese posible continuar con la realización del Diseño, se resolverá el presente Contrato, comprometiéndose el Cliente a abonar los gastos originados y el importe del trabajo realizado hasta aquel momento. Si la imposibilidad de continuar fuese debida a alguna causa imputable al propio Diseñador, también quedará resuelto el Contrato, y el Cliente igualmente se compromete a abonar los gastos originados y el importe del trabajo realizado hasta aquel momento pero con una deducción sobre el último importe del 10%. El Diseñador se compromete a no facilitar ningún tipo de información a terceros sobre el Diseño, a excepción de la información que el Diseñador debiera facilitar a sus colaboradores. Por otra parte, el Cliente se obliga a guardar confidencialidad y no facilitar a terceras personas ningún tipo de información sobre el Diseño, hasta que no haya sido satisfecho en su totalidad el precio pactado. Salvo que se haya pactado otra cosa por escrito, el Diseñador ostentará la titularidad de la propiedad industrial de los Diseños realizados, cediendo en exclusiva los derechos de explotación, no así la propiedad, de los Diseños que realice en virtud del presente Contrato por un plazo de cinco (5) años a contar desde la entrega de los bocetos y originales del Diseño, requiriendo la cesión a


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