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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 13 DE AGOSTO DE 2015.En la villa de Moraleja, siendo las diez horas del día trece de agosto de dos mil quince, se reunieron en la Sala de Reuniones, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, Don Julio César HERRERO CAMPO, los siguientes Tenientes de Alcalde: Doña María Yolanda VEGAS JAVIER, Don Jesús GONZALO CAMPOS, Doña Úrsula PASCUAL GARCÍA y Don Alfonso GÓMEZ HERNÁNDEZ, asistidos por la Secretaria General de la Corporación, Doña Julia LAJAS OBREGÓN, al objeto de celebrar, en primera convocatoria, sesión ordinaria. La Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de atribuciones efectuada por Resolución de la Alcaldía de fecha 17 de junio de 2015, procede a la adopción de los siguientes ACUERDOS: 1.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 29 DE JULIO DE 2015.Dada lectura al borrador del acta de la sesión extraordinaria de la Junta de Gobierno Local celebrada con fecha 29 de julio de 2015, es aprobada por unanimidad. 2.- LICENCIA.* SEGREGACIÓN.Visto el escrito presentado en este Ayuntamiento Por Don Jesús y Don Alfredo PÉREZ ESCUDERO, en representación de ellos mismos y de sus hermanos; Don Daniel y Don José Manuel PÉREZ ESCUDERO, solicitando segregar una parcela matriz existente, ubicada en el paraje de la Cuarta Porción de Abajo, dentro del término municipal de Moraleja, en cuatro nuevas y otra resultado del resto de parcelas; parcela matriz que cuenta con una superficie según escrituras de 397.089 m2, de los cuales 91.460 m2 se destinarán a la parcela nº 1, 70.116 m2 a la parcela n º2, 87.807 m2 a la parcela nº3, 100.700 m2 a la parcela nº 4, y 47.006 m2 a la parcela nº5 como resto de finca matriz, según Certificaciones Catastrales Descriptivas y Gráficas de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica, y demás documentación que los interesados aportan y visto el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, cuyo contenido literal se transcribe a continuación: 

Que con este nuevo informe quedaría sin efecto la Licencia de Segregación Nº08/15 concedida a los peticionarios por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 21 de mayo de 2015.

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Que según el Padrón Catastral del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica obrante en este Ayuntamiento, y la documentación presentada, la finca o parcela matriz está constituida, catastralmente, por las Parcelas 51 y 52 del Polígono 9, las Parcelas 262 y 263 del Polígono 1 y la Parcela 67 del Polígono 2, al sitio de “Cuarta Porción” de este municipio, estando destinado el resto de esta finca matriz a viario público y a suelo de especial protección riveras. La parcela matriz, catastral y registralmente, tiene los siguientes datos: • DATOS CATASTRALES Parcela matriz. Forman parte de ésta, cinco parcelas catastrales independientes, con los siguientes datos: 1. PARCELA “A” 1. Referencia catastral: 10131A009000510000GX. 2. Situación: Polígono 9 / Parcela 51, Paraje “Cuarta Porción”, del T.M de Moraleja. 3. Superficie de Suelo: 19.890 m2 4. Titular: Dª ADELAIDA ESCUDERO DOMÍNGUEZ. 2. PARCELA “B” 5. Referencia catastral: 10131A009000520000GI. 6. Situación: Polígono 9 / Parcela 52, Paraje “Cuarta Porción”, del T.M de Moraleja. 7. Superficie de Suelo: 71.570 m2 8. Titular: Dª ADELAIDA ESCUDERO DOMÍNGUEZ. 3. PARCELA “C” 9. Referencia catastral: 10131A001002620000GT. 10. Situación: Polígono 1 / Parcela 262, Paraje “Cuarta Porción”, del T.M de Moraleja. 11. Superficie de Suelo: 33.077 m2 12. Titular: Dª ADELAIDA ESCUDERO DOMÍNGUEZ. 4. PARCELA “D” 13. Referencia catastral: 10131A001002630000GF. 14. Situación: Polígono 1 / Parcela 263, Paraje “Cuarta Porción”, del T.M de Moraleja. 15. Superficie de Suelo: 37.039 m2 16. Titular: Dª ADELAIDA ESCUDERO DOMÍNGUEZ. 5. PARCELA “E” 17. 18.

19. 20.

Referencia catastral: 10131A002000670000GA. Situación: Polígono 2 / Parcela 67, Paraje “Cuarta Porción”, del T.M de Moraleja. Superficie de Suelo: 188.507 m2 Titular: Dª ADELAIDA ESCUDERO DOMÍNGUEZ.

• DATOS REGISTRALES (Aportados por los interesados) Parcela matriz: 2


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Según Nota Simple Informática del Registro de la Propiedad de Coria, éstos son los datos existentes de la finca matriz: Titular/es:

DON JESÚS PÉREZ ESCUDERO (25%). DON ALFREDO PÉREZ ESCUDERO (25%). DON DANIEL PÉREZ ESCUDERO (25%). DON JOSÉ MANUEL PÉREZ ESCUDERO (25%). 1/3 Naturaleza de la finca: Rústica. Situación: Paraje Cuarta Porción de Abajo. Término Municipal de Moraleja. Cáceres. Superficie: 397.089 m2. Linderos: Norte: Bernardo Escudero. Sur: Regato de Colmenas y Rivera de Gata. Este: Juanita Escudero. Oeste: Manuel Sánchez y regato de Parra. Servidumbres: De paso a favor de la finca 4065 de Moraleja. Inscripción (Registro de la Propiedad de Coria, a fecha 17 de Octubre de 1988): Tomo: 550 Libro: 47 de Moraleja Folio: 97 Finca: 4.076 Inscripción: 2ª 

Que de acuerdo con las Normas Subsidiarias de Planeamiento General de Moraleja (NN.SS.) vigentes, aprobadas definitivamente el 20 de diciembre de 2001 (DONO.E. 16-04-2002), esta parcela matriz está clasificada como SUELO NO URBANIZABLE, y calificada como suelo de Especial Protección Regadíos (EP REG), estableciéndose para este ámbito una parcela mínima, a efectos de segregación, de 7.500 m2 (art. 62 NN.SS.).

Que a su vez, dicha parcela matriz, conforme al Plan General Municipal (PGM) de Moraleja, aprobado inicialmente el día 3 de julio de 2014 (DONO.E. 29-07-2014) por el Pleno de este Ayuntamiento, está clasificada como SUELO NO URBANIZABLE, y calificada, parte como SNUP-AA (Suelo No Urbanizable de Protección Estructural – Alta Producción Agraria), parte como SNUPN (Suelo No Urbanizable de Protección Natural), y el resto como SNUP-T (Suelo No Urbanizable de Protección Infraestructuras y Equipamientos – Transportes).

Que la parcela a segregar está calificada como suelo EP REG por las NN.SS., y parte como SNUP-AA, parte como SNUPN, y el resto como SNUP-T por el 3


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PGM; por tanto, a efectos de segregación, la parcela mínima será de 7.500 m2. 

Que en relación con el apartado anterior, en esta clase de suelo -regadío-, el DECRETO 46/1997, de 22 de abril, por el que se establece la extensión de las unidades mínimas de cultivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone una parcela mínima, a efectos de segregación en regadío, de 7.500 m2 de superficie.

Que la Parcela matriz, atendiendo a su superficie registral (397.089 m2), con motivo de la segregación solicitada, se traduce en CINCO nuevas parcelas resultantes: Parcela “1” = 91.460,00 m2 Parcela “2” = 70.116,00 m2 Parcela “3” = 87.807,00 m2 Parcela “4” =100.700,00 m2 Parcela “5” = 47.006,00 m2 

En base a lo expuesto anteriormente, la Junta de Gobierno Local ACUERDA, dejar sin efecto la Licencia de Segregación Nº08/15 concedida a los peticionarios por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 21 de mayo de 2015, y conceder la LICENCIA DE PARCELACIÓN para realizar la segregación interesada, y así obtener las parcelas resultantes que a continuación se relacionan, condicionando esta Licencia a la presentación, en este Ayuntamiento, en el plazo de tres meses, del documento público en que se haya formalizado la misma, debiendo contener su testimonio íntegro, en aplicación de lo establecido en el artículo 39.3º de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura: : Parc ela 1

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Superfic ie 91.460, 00 m2

70.116,0 0 m2

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87.807, 00 m2

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100.700 ,00 m2

Linderos Norte: PARCELA 53 / POLÍGONO 9. Sur: PARCELAS 47 Y 50 / POLÍGONO 9. Este: ARROYO DE COLMENAS Y RIVERA DE GATA. Oeste: CARRETERA MORALEJA-VEGAVIANA. Norte: PARCELA 265 / POLÍGONO 1. Sur: CARRETERA MORALEJA-VEGAVIANA. Este: PARCELAS 264 Y 265 / POLÍGONO 1. Oeste: CAMINO RURAL. Norte: PARC. 67 / POLÍGONO 2 (PARC. RESULT. Nº4). Sur: CARRETERA MORALEJA-VEGAVIANA, PARC. 68 / POLÍGONO 2 Y ARROYO PARRAS. Este: CAMINO RURAL. Oeste: PARC. 67 / POLÍGONO 2 (PARC. RESULT. Nº4). Norte: PARCELA 66 / POLÍGONO 2. Sur: PARC. 67 / POLÍGONO 2 (PARC. RESULT. Nº 3). Este: CAMINO RURAL. Oeste: ARROYO DE PARRAS

Suelo NO URBANIZABLE EP REG s/NN.SS. SNUP-AA y SNUPN s/PGM

NO URBANIZABLE EP REG s/NN.SS. SNUP-AA y SNUP-T s/PGM

NO URBANIZABLE EP REG s/NN.SS. SNUP-AA y SNUPN s/PGM

NO URBANIZABLE EP REG s/NN.SS. SNUP-AA,SNUPN y SNUPT s/PGM

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Norte: Sur: -

47.006, 00 m2

5 (Resto Finca M.)

Este: Oeste: -

NO URBANIZABLE VIARIO * y RE-2 ** (Reserva Especial Riveras) s/NN.SS. SNUP-T * y SNUPN ** s/PGM

(*) Viario (NN.SS.) / SNUP-T (PGM), constituido por:

6.

Carretera Moraleja-Vegaviana, perteneciente a la Confederación Hidrográfica del Tajo. Cruza la finca matriz de este a oeste.

7.

Camino de Servicio perteneciente a la Confederación Hidrográfica del Tajo. Discurre paralelo a la Acequia III-B-19 O.P., cruzando la finca matriz de norte a sur.

(**) Reserva Especial Riveras RE-2 (NN.SS.) / SNUPN (PGM), constituido por:

8.

Zona de afección correspondiente al Arroyo de Parras, perteneciente a la Confederación Hidrográfica del Tajo. Situado junto al lindero suroeste de la finca matriz.

9.

Zona de afección correspondiente al Arroyo de las Colmenas, perteneciente a la Confederación Hidrográfica del Tajo. Situado junto al lindero este de la finca matriz.

10.

Zona de afección correspondiente a la Rivera de Gata, perteneciente a la Confederación Hidrográfica del Tajo. Situado junto al lindero este de la finca matriz.

* VARIOS OBRAS.*MODIFICACIÓN PROYECTO GENERADOR DE EMPLEO-Expediente 1012815BD02.-El Servicio Público de Empleo Estatal, mediante resolución de la Dirección Provincial, concedió a este Ayuntamiento subvención por importe de 120.000,00 Euros, para la financiación de los costes salariales derivados de la contratación de trabajadores desempleados para la realización del proyecto generador de empleo estable denominado “ADECUACION DE LAS PLANTAS 2ª Y 3ª DE LA ANTIGUA CÁMARA AGRARIA PARA USO DOCENTE, DE OCIO Y TIEMPO LIBRE Y DE LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO EN MORALEJA” (Expediente 1012815BD02). Dentro de los usos docentes, este Ayuntamiento pretende impartir en dichas instalaciones cursos destinados a la obtención de los Certificados de Profesionalidad para lo que es necesario introducir en la Memoria Valorada inicialmente aprobada, las modificaciones que a continuación se relacionan: 1º Redistribuir la tabiquería interior prevista, a fin de obtener espacios adaptados a las superficies mínimas exigidas por la normativa de aplicación (Decreto 395/2007, de 23 de marzo, Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta …)

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2º Sustituir el acabado de yeso en los techos (guarnecido y enlucido), por un sistema falsos techos registrables de placas de escayola, para dotar las aulas de los medios técnicos necesarios. 3º Sustituir los diversos tipos de solado previstos por un único tipo, C1, salvo en la zonas húmedas y escaleras, que se mantiene el C2, a fin de unificarlo en ambas plantes. Así mismo se pretende utilizar un único método de colocación de solados y alicatados, para abaratar costes y compensar otras partidas. El importe total de la obra con las modificaciones indicadas, pasa a ser de 178.206,72 Euros, de los cuales 57.791,76 Euros corresponden a materiales y 120.414,96 Euros a la contratación de mano de obra desempleada adscrita al Régimen General de la Seguridad Social, Por todo ello, la Junta de Gobierno Local ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar las modificaciones antes referidas a la referida Memoria Valorada del Proyecto Generador de Empleo Estable denominada “ADECUACION DE LAS PLANTAS 2ª Y 3ª DE LA ANTIGUA CÁMARA AGRARIA PARA USO DOCENTE, DE OCIO Y TIEMPO LIBRE Y DE LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO EN MORALEJA” (Expediente 1012815BD02).. SEGUNDO.- Solicitar al Ministerio de Trabajo e Inmigración autorización para la realización de dichas modificaciones. * PROGRAMA DE FOMENTO DEL EMPLEO AGRARIO 2015.- Vista la asignación teórica provisional por importe de 168.000,00 euros, efectuada a favor de este Ayuntamiento por la Comisión Provincial de Seguimiento del Servicio Público de Empleo Estatal, en reunión celebrada el día 9 de marzo de 2015, de los fondos afectados al Programa de Fomento de Empleo Agrario correspondientes al ejercicio 2015, destinada a la contratación de trabajadores desempleados preferentemente eventuales agrarios, para la realización de obras de interés general y social, con la finalidad de garantizar un complemento de renta a través de la distribución del empleo y vista la Memoria redactada por los Servicios Técnicos Municipales a petición de la Alcaldía, para su inclusión en el referido Programa de Fomento de Empleo Agrario, denominada LIMPIEZA DE LA DEHESA BOYAL, MEJORA EN INSTALACIONES MUNICIPALES Y MEJORAS EN ACCESIBILIDAD, que tiene por objeto: 1º.Limpieza de la Dehesa Boyal y caminos; 2º.- Mejoras en Casa de Cultura; 3º.Conservación de instalaciones municipales; 4º.- Mejoras de accesibilidad en pasos de peatones; 5º.- Mejoras en edificio de educación; 6º.- Mejoras en el Cementerio, cuyo importe total asciende a la cantidad de 191.520,00 Euros, de los cuales 22.841,89 Euros corresponden a materiales y 168.678,11 Euros, a la contratación de mano de obra desempleada, y visto la Junta de Gobierno Local ACUERDA: 6


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PRIMERO.- Aprobar la referida Memoria Valorada del Programa de Fomento de Empleo Agrario ejercicio 2015. SEGUNDO.- Solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal la materialización de la reserva efectuada a favor de este Ayuntamiento por la Comisión Provincial de Seguimiento por importe de 168.000,00 euros dentro de la convocatoria pública de subvenciones Programa de Fomento de Empleo Agrario 2015. TERCERO.- Declarar que el Ayuntamiento de Moraleja tiene la disponibilidad plena de los bienes afectados por las obras definidas en la Memoria Valorada aprobada. 3.- ALTAS/BAJAS DE PADRONES.* BONIFICACIÓN I.B.I DE NATURALEZA URBANA.- Visto el escrito presentado con fecha 07/07/2015 y nº de entrada 3.672 por Don José Miguel RIVAS GÓMEZ solicitando la prórroga de la bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana aplicable a la vivienda situada en la Calle Roso de Luna, nº 6 de este municipio, y en atención a lo establecido en el artículo 10 de la ordenanza reguladora aprobada en sesión plenaria de 30 de septiembre de 2.010 y publicada en el B.O.P. nº 232 de fecha 3 de diciembre de 2003, y en el artículo 74.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que regula la bonificación por familia numerosa, y visto el informe favorable emitido al respecto por el Sr. Interventor Municipal, la Junta de Gobierno Local ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar una prórroga de la bonificación de la cuota íntegra del impuesto por un importe de 100,00 € y que deberá ser aplicada en los ejercicios 2016 y 2017, solicitada por Don José Miguel RIVAS GÓMEZ. SEGUNDO.- Dar traslado de este acuerdo al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación de Cáceres. 4.- PERSONAL.Sin asunto.5.- ASUNTOS VARIOS.* PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO DE EXPERIENCIA, Convocatoria 2015.Se da cuenta a los miembros de la Junta de Gobierno Local que con el fin de agilizar los trámites, para que el Ayuntamiento pudiera acogerse a ayudas ofertadas en la 7


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convocaría del año 2015 del Programa de Fomento de Empleo de Experiencia, no era conveniente esperar a la celebración de la próxima sesión de esta Junta, órgano competente por delegación de atribuciones de la Alcaldía-Presidencia efectuada mediante Resolución de fecha 17 de junio de 2015, avocando dicha competencia para sí y por lo que el pasado día 11 de agosto de 2015 se ha realizado la solicitud de la subvención del PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO DE EXPERIENCIA, al amparo de la Orden de 5 de agosto de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para el presente 2015, en el ámbito de la Comunicad Autónoma de Extremadura. Quedan enterados los miembros de la Junta. * CONVOCATORIA MUNICIPAL DE BECAS PARA LIBROS DE TEXTO DE ALUMNOS/AS DEL SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL PARA EL CURSO 2015/16. La Junta de Gobierno Local ACUERDA aprobar las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de libros de texto para los alumnos del segundo ciclo de Educación Infantil (de 3-5 años), para el curso escolar 2015-2016, de conformidad con lo previsto en el R.D. 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones. Estas ayudas se abonarán con cargo a la partida presupuestaria 2015-231-48001 de Presupuesto Municipal de 2015 ascendiendo el importe total de esta convocatoria a la cantidad de 2.000 €. Seguidamente por el Sr. Alcalde-Presidente, se levanta la sesión, siendo las diez horas y quince minutos del día señalado en el encabezamiento, de todo lo cual, como Secretaria General, doy fe. Vº Bº EL ALCALDE, Fdo.: Julio César HERRERO CAMPO

LA SECRETARIA GENERAL, Fdo.: Julia LAJAS OBREGÓN

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