Informe ARREST sobre la implantación de la Ley 54 de Violencia Doméstica en Puerto Rico

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violencia psicológica, cuya definición incluye el elemento de patrón de conducta constante. Cabría entonces preguntarse qué se necesita, cuántos insultos, episodios de deshonra, descrédito, menosprecio, chantaje, limitaciones de acceso a los bienes comunes, vigilancia continua, amenazas y destrucciones de objetos preciados son necesarios para que se considere que la persona ha estado sometida a un patrón constante de violencia psicológica. Por otro lado, el Artículo 3.1, supra, al tipificar el maltrato en su modalidad de violencia psicológica, establece como otro de los elementos del delito el que se cause a la pareja un grave daño emocional. Según el inciso (c) del Artículo 1.3, supra, grave daño emocional significa y surge cuando “haya evidencia de que la persona manifiesta en forma recurrente una o varias de las características siguientes: miedo paralizador, sentimientos de desamparo o desesperanza, sentimientos de frustración y fracaso, sentimientos de inseguridad, desvalidez, aislamiento, autoestima debilitada u otra conducta similar, cuando sea producto de actuaciones u omisiones reiteradas.” Podría resultar más difícil poder demostrar que se ha sido víctima de maltrato psicológico a diferencia del maltrato físico.

2. LA INTIMIDACIÓN La intimidación es una de las modalidades de maltrato tipificada en el Artículo 3.1 de la Ley, supra, junto a la fuerza física y la violencia psicológica. La definición se encuentra en el Artículo 1.3, supra, en su inciso (d), de la Ley. Intimidación es toda acción o palabra que manifestada en forma recurrente tenga el efecto de ejercer una presión moral sobre el ánimo de una persona, la que por temor a sufrir algún daño físico o emocional en su persona, sus bienes o en la persona de otro, es obligada a llevar a cabo un acto contrario a su voluntad. Cabe destacar que la intimidación representa la modalidad de maltrato más frecuente. Para 1992, en el 31% de los casos de violencia doméstica informados a la policía, el delito cometido era el maltrato en su modalidad de intimidación. Esta es la forma de violencia mayormente informada en los casos radicados bajo los

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