Informe sobre violaciones de DDHH en Mérida (2014)

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Mérida, febrero – julio 2014

Informe sobre violaciones de derechos humanos en la ciudad de Méridaxx ---

Aunque la mayoría de las protestas fueron pacíficas, un número considerable de ellas fueron disueltas violentamente por organismos de seguridad, pasando por alto los principios de oportunidad, proporcionalidad y uso progresivo de la fuerza. El informe Venezuela 2014: Protestas y Derechos Humanos, señala que entre los meses de febrero y abril de 2014, el 93.35% de las manifestaciones fueron de carácter pacífico y sin embargo, el 34,05% de ellas fueron reprimidas44. Incluso protestas como los cacerolazos dieron lugar a represión desproporcionada. Según reportaron vecinos de algunas urbanizaciones, mientras realizaban esta modalidad de protesta fueron atacados por órganos de seguridad y por grupos de civiles con piedras, perdigones y bombas lacrimógenas. Según una vecina del sector Paseo Las Ferias en Mérida, “en algunas zonas residenciales se ha acordado

no cacerolear para evitar sufrir las consecuencias violentas que tal acción genera por parte de grupos armados. Por su parte, el señor Joe Darío Torrealba relató: “los colectivos y la policía se acercaban al Paseo Las Ferias cada vez que ellos caceroleaban, y comenzaban a lanzar bombas y a dispararle a los ventanales del edificio45. Son muchos los relatos que corroboran la actuación violenta de los funcionarios policiales o militares en el control de las manifestaciones en la ciudad de Mérida, en clara y abierta contravención a los estándares internacionales46 sobre la materia, y en contra de las disposiciones constitucionales47 y legales48 que la rigen. 44 Provea: Organizaciones de DDHH presentaron el informe “Venezuela 2014: Protestas y derechos humanos” [En línea] http://www.derechos.org.ve/2014/06/10/organizaciones-de-ddhh-presentaron-el-informevenezuela-2014-protestas-y-derechos-humanos/ 45 La Sra. Carmen Montilla, habitante del sector, expresaba los mismos hechos de la siguiente manera: “…en

algunos casos pasaban grupos encapuchados disparando al aire amedrentando a la comunidad por el simple hecho de cacerolear.” http://comunicacioncontinua.com/la-inseguridad-azota-a-los-habitantes-del-paseo-laferia/ 46 Art. 7, ordinales 1,2,3; y en art. 25, primer aparte (libertad personal) de la Declaración Americana de Derechos Humanos (DADH) en http://www.derechoshumanos.net/normativa/normas/1948DeclaracionUniversal.htm; Art. 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, suscrito por Venezuela, que garantiza el derecho de reunión pacifica (PIDCP): http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/hrc/; Tercer Informe Relator Especial sobre el Derecho a la Libertad de asociación y reunión pacífica en contexto de elecciones, 2013, Maina Kiai -Resolución 22 10 Consejo de Derechos Humanos sobre Manifestaciones Pacíficas; Resolución 13 15 del Consejo de Derechos Humanos sobre Manifestaciones Pacificas -Marco Jurídico Interamericano sobre el Derecho a la Libertad de Expresión (CIDH). El pasado 24.03.14 el Consejo de Derechos Humanos de la ONU aprobó una resolución sobre la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas. Dicha resolución hace un exhorto a los Estados a promover un “entorno seguro y propicio” para que los ciudadanos ejerzan plenamente su derecho a la manifestación y reunión pacífica, garantizando que la legislación interna se ajuste a los compromisos internacionales en materia de derechos humanos. 47 Artículos 53, 55, 57, 61 y 68 de la CRBV.

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