GUIA COMERCIAL DEL ECUADOR 2013

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GUÍA COMERCIAL

2013

Elaborado y Revisado por: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones PRO ECUADOR

Guía Comercial de la

República del Ecuador


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Ec. Ricardo Patiño Aroca Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración. Ec. Francisco Rivadeneira Sarzosa Viceministro de Comercio Exterior e Integración Económica Ing. María Fernanda De Luca Directora General de PRO ECUADOR Ec. Víctor Jurado Carriel Director de Inteligencia Comercial e Inversiones de PRO ECUADOR Ec. Christian Alejandro Tapia Ing. Cindy Avellán Molineros Ing. Mayra Floril Carrión Ec. Paola Grandes Ayala Ing. Rene Gomez Valdez Ing. Sandra González Camba Ing. Joseline Luna Sanchez Ing. Grace Mogrovejo Tinoco Ec. Andrea Ordoñez Marchán Lic. Ernesto Roca Pacheco Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones de PRO ECUADOR Adrian Mejia Diseño y Diagramación, Mercadeo y Comunicación, PRO ECUADOR Carla González Edición, Mercadeo y Comunicación, PRO ECUADOR


Contenido PANORAMA GENERAL • Situación geográfica, superficie agrícola y clima • Demografía y sociedad · Población, etnias, densidad demográfica y tasas de crecimiento · Población urbana y las principales ciudades · Distribución de la población por edades y sexos • Población Activa (total, por sectores, desempleo) • Organización político administrativa · Gobierno, partidos políticos · Organización administrativa, económica y territorial del Estado • Relaciones Internacionales/Regionales (Organismos adscritos, Acuerdos Comerciales suscritos) MARCO ECONÓMICO • Estructura de la economía (evolución del PIB; distribución sectorial del PIB; PIB per cápita, Inflación) • Principales sectores de la economía · Agrícolas y de consumo, Industriales, Servicios • El sector Exterior · Exportaciones del país al mundo · Importaciones al país del mundo · Balanza comercial del País · Principales Productos Exportados y Tendencia · Exportaciones No Petroleras · Productos Tradicionales · Productos Primarios No Tradicionales · Productos Industrializados No Tradicionales · Principales productos exportados por Ecuador al mundo en el 2011 · Principales mercados de exportación (Países) · Principales Productos Importados y Tendencia · Principales proveedores (Países) ACCESO A MERCADO • Requisitos Generales de Acceso a Mercado · Tramitación de las importaciones (despacho de aduanas, documentación necesaria) · Productos de Prohibida Importación · Régimen para muestras

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• Requisitos Específicos para productos Importados: · Requisitos Arancelarios (Sistema arancelario, Aranceles promedio aplicados, Preferencias arancelarias al Ecuador) · Licencias de Importación/Autorizaciones previas · Requisitos Para Arancelarios: · Requisitos Sanitarios/Fitosanitarios · Normas y Reglamentos Técnicos • Requisitos del comprador: · Condiciones de pago y compra • Logística, transporte y distribución: · Infraestructura de transporte (carreteras, ferrocarriles, puertos aeropuertos y vías fluviales) Situación geográfica Características y muelles Carga General Terminal de Contenedores Terminal de Carga a Granel Carga líquida granel melaza Aceites vegetales Puerto Comercial · Principales Canales de distribución, márgenes de comercialización usuales por sector

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INVERSIÓN EXTRANJERA

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SISTEMA FISCAL

74

FINANCIACIÓN

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LEGISLACIÓN LABORAL

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INFORMACIÓN PRACTICA

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41 43


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PANORAMA GENERAL Situación geográfica, superficie agrícola y clima Ecuador está situado sobre la línea ecuatorial en la parte noroeste de América del Sur, limita al norte con Colombia, al sur y al este con Perú y al oeste con el océano Pacífico. La extensión territorial del país es de 256,370 km2, 283 560 km2 incluyendo Galápagos. La República del Ecuador está dividida en 4 regiones naturales: la región insular, donde se encuentran las islas Galápagos, situadas a 1,000 km al oeste de la costa ecuatoriana; la región sierra o andina, comprende toda la franja central del país en la que se encuentra el volcán Chimborazo, considerado el punto más alto de Ecuador (6,310 metros de altura sobre el nivel del mar); la costa, ocupa todo el litoral bañado por el océano Pacífico; y el oriente, que abarca la Amazonía ecuatoriana. Es el país con la más alta concentración de ríos por kilometro cuadrado en el mundo. El clima del país debido a la presencia de la cordillera de los Andes, por la influencia del mar y por la ubicación tropical, presenta dos estaciones bien marcadas: húmeda y seca. En la costa y el oriente la temperatura oscila entre los 20 °C y 33 °C, mientras que en la sierra, fluctúa entre los 8 °C y 26 °C durante todo el año. En la costa ecuatoriana, la estación húmeda se extiende entre los meses de diciembre y mayo, en la sierra es desde noviembre a abril y de enero a septiembre en la región amazónica. Mientras que Galápagos, tiene un clima templado y su temperatura promedio oscila entre 22 y 32 °C. Ecuador tiene una marcada orientación agrícola, básicamente por las características productivas de su tierra, características del suelo y del medio ambiente. Según datos del III Censo Nacional Agropecuario del 40% de la población que habita en el área rural, el 62% conforman hogares de productores agropecuarios y viven en las propias Unidades de Producción Agropecuaria (UPA). Algunos de los cultivos en el Ecuador se caracterizan por ser transitorios, tales como: arroz, maíz, papa y soya; mientras que el 63% del volumen de producción, medido en toneladas métricas corresponde a los cultivos permanentes, como por ejemplo, banano y plátano, café, cacao, palma africana, caña de azúcar, entre otros productos. Por la producción mundial de banano, está considerado como uno de los principales exportadores a nivel mundial, así como de las flores y del cacao, reconocidos por su calidad.

Demografía y sociedad Población, etnias, densidad demográfica y tasas de crecimiento Según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, la población del Ecuador alcanzará los 15,774,749 habitantes en el 20131, y se calcula que la densidad demográfica es de 55.6 habitantes por kilometro cuadrado. El Ecuador bordea una tasa de crecimiento intercensal anual de 1.95% de acuerdo a lo estimado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC). El país se caracteriza por ser multiétnico y pluricultural, existe la presencia de diversas razas y un gran número de grupos indígenas, asentados en tres regiones del país, excepto la región insular. Principales Etnias2: • Mestizos 65% (Amerindios y blancos) • Indígenas 25% • Blancos 7% • Afro 3% 1

Instituto Nacional de Estadística y Censo – Ecuador (INEC) Instituto Nacional de Estadística y Censo – Ecuador (INEC)

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PANORAMA GENERAL A continuación se detallan los principales grupos indígenas y culturales asentados en el Ecuador por regiones: Tabla No.1

GRUPOS INDÍGENAS Y CULTURALES ECUATORIANOS Sierra Costa Amazonía Kichwa Kara Awá (Coaiquer) Ai' cofán Kichwa kitucara Chachi (Cayapas) Kichwa amazónico Kichwa Puruhá Épera Sionas-secoyas Kichwa Kañari Tsa' chilas (Colorados) Huaorani Kichwa Palta Montubio del Norte Shiwiar Pupo Montubios Zápara Chagra Cholo Achuar Afroecuatorianos del Shuar Chagra del Sur Esmeraldas Chazo Campesino (Manaba) Afroecuatorianos del Chota Fuente: Ministerio de Cultura del Ecuador Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

Población urbana y las principales ciudades Según datos del INEC, el 75% de la población reside en los centros urbanos, mientras que el 25% habita en la parte rural del país. Los ecuatorianos están concentrados principalmente en las regiones de la Costa y la Sierra. Las principales ciudades del Ecuador, consideradas así por el número de habitantes y por la actividad económica que desarrollan son las siguientes:

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PANORAMA GENERAL Tabla No.2 PROYECCIÓN POBLACIONAL DE PRINCIPALES CIUDADES DEL ECUADOR AÑO 2013 Ciudad Población GUAYAQUIL 2,531,223 QUITO 2,458,900 CUENCA 558,127 PORTOVIEJO 300,878 MACHALA 266,638 SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS 403,063 AMBATO 356,009 Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC) Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

Las tres mayores urbes del Ecuador, resaltan por las diferentes actividades políticas, financieras y comerciales de estas ciudades, indicadas a continuación:

• Guayaquil se destaca por la actividad comercial, aquí se encuentra localizado el Puerto Marítimo Simón Bolívar siendo el punto de entrada y salida más importante del país, movilizando más del 70% del comercio exterior ecuatoriano. • Quito, es la ciudad sede del Gobierno central, así como de las principales instituciones del sector público y de numerosas empresas privadas tanto nacionales como extranjeras. • Cuenca, es la tercera ciudad más poblada del país, atrae a muchos turistas por su riqueza cultural y colonial así como por su tranquilidad; aquí se desarrolla principalmente la industria artesanal y cerámica.

Distribución de la población por edades y sexos Según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, la población de Ecuador según sexo y edad se distribuyen de la siguiente manera:

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PANORAMA GENERAL Tabla No. 3 PROYECCIÓN DE LA POBLACIÓN ECUATORIANA POR SEXO Y EDAD AÑO 2013 Edades Masculino Femenino Total Participación 0-4 726,335 695,682 1,422,017 9.61% 5-9 728,366 699,475 1,427,841 9.65% 10-14 732,876 705,158 1,438,034 9.72% 15-19 716,452 691,651 1,408,103 9.51% 20-24 673,650 656,304 1,329,954 8.99% 25-29 627,398 618,740 1,246,137 8.42% 30-34 564,446 563,717 1,128,163 7.62% 35-39 501,236 505,307 1,006,543 6.80% 40-44 445,988 453,133 899,121 6.07% 45-49 391,137 400,254 791,391 5.35% 50-54 333,486 343,536 677,022 4.57% 55-59 282,276 293,880 576,156 3.89% 60-64 223,154 235,783 458,937 3.10% 65-69 160,951 173,881 334,832 2.26% 70-74 123,436 138,227 261,663 1.77% 75-79 90,600 105,718 196,318 1.33% 80 y + 87,415 111,905 199,320 1.35% Total 7,409,201 7,392,353 14,801,554 100.00% Participación 50.06% 49.94% 100.00%

Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, INEC Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

De acuerdo a los datos proyectados para el 2013 por el INEC, dentro de los grupos poblacionales el más numeroso es el comprendido entre las edades 10-14 años con 9.72%, seguido del grupo entre 5-9 años con 9.65%. La población femenina se estima represente el 50.06% del total y la masculina el 49.94%.

Población Activa (total, por sectores, desempleo) La Población Económicamente Activa (PEA), según la encuesta de Empleo Urbano y Rural del INEC, a Diciembre de 2012 superó los 6.7 millones de personas, representando el 44% de la población del país. En el año mencionado, la tasa de desempleo en Ecuador cerró en 4.12%, la más baja de los últimos años. Igualmente, la tasa de ocupación plena al 2012 fue de 42.79% superior en 1.5 puntos en relación al 2011. En las principales ramas de actividad, en las que la población ecuatoriana se ocupa son las siguientes:

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Banco Central del Ecuador


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PANORAMA GENERAL Gráfica No. 1 OCUPADOS POR RAMA DE ACTIVIDAD DICIEMBRE 2012 Comercio, reparac. vehíc y efec. personales

27.18%

Industria manufacturera

12.92%

Las demás actividades

9.59%

Transporte, almacenamiento y comunicación

7.99%

Actividades inmobiliarias, empresariales y alquiler

7.30%

Construcción

6.86%

Enseñanza

6.79%

Hoteles y Restaurantes

6.73%

Agricultura, ganadería, caza y silvicutura Administración pública y defensa Actividade de servicios sociales y de salud 0.00%

6.05% 4.84% 3.75% 5.00%

10.00% 15.00% 20.00% 25.00% 30.00%

Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

Organización político administrativa Gobierno, partidos políticos El Gobierno del Ecuador está a cargo del economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República de Ecuador, desde el 15 de enero de 2007 y fue reelegido en su cargo con el 55% de los votos válidos el 26 de abril de 2009. Una vez alcanzado el mandato, convocó posteriormente a una consulta popular para la aceptación e instalación de la Asamblea Constituyente, la misma que fue realizada el 15 de abril de 2007 contando con un 81.72% de aceptación por parte de la población ecuatoriana. La intención de la Asamblea Constitucional, en base a sus plenos poderes, fue transformar el marco institucional del Estado y elaborar la nueva Constitución. El país cuenta con tres tipos de procedimientos en su sistema electoral, que funcionan de la siguiente manera:

• La elección presidencial, se rige por una fórmula de mayoría absoluta con el recurso de pasar a segunda vuelta. • La elección legislativa, se rige por la fórmula de la mayoría simple y está compuesta por 15 asambleístas a nivel nacional, 2 asambleístas por cada provincia y uno más por cada 200,000 habitantes en el caso que la población supere los 150,000 habitantes. • La elección de prefectos provinciales y alcaldes municipales, se utiliza la fórmula de mayoría simple.

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PANORAMA GENERAL Durante los 8 meses de vigencia de la Asamblea Constituyente, además de redactar la nueva Constitución, se convirtió en el único poder legislativo, aprobando 21 mandatos, 6 leyes, 8 reglamentos y 23 resoluciones. La nueva Constitución entró en vigor el 20 de octubre de 2008, pasó a ser la vigésima Carta Política de Ecuador, a partir de esta fecha aparecieron nuevos órganos como por ejemplo: la Asamblea Nacional que paso a reemplazar al Congreso Nacional, el Consejo Nacional Electoral, el Tribunal Contencioso Electoral y la Corte Nacional de Justicia. Además de las funciones Ejecutiva, Legislativa y Judicial que rigen al gobierno, en este mandato se han creado las de Transparencia y Control Social, y la Electoral. En la siguiente tabla, se indican el número de autoridades designadas que rigen el Gobierno ecuatoriano según las elecciones electorales de 26 de abril de 2009. Tabla No. 4 AUTORIDADES QUE RIGEN EL ESTADO ECUATORIANO N°

Dignidades

1

Presidente

1

Vicepresidente

5

Parlamentarios Andinos

23

Prefecto y Viceprefecto

15

Asambleístas Nacionales

103

Asambleístas Provinciales

6

Asambleístas del exterior

221

Alcaldes municipales

1039

Concejales Urbanos

542

Concejales Rurales

Fuente: Consejo Nacional Electoral, CNE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

Los principales partidos y asociaciones políticas reconocidas en el país, son los siguientes: Tabla No. 5 ORGANIZACIONES POLÍTICAS NACIONALES PARTIDOS POLÍTICOS Partido Movimiento Popular Democrático Partido Roldosista Ecuatoriano Sociedad Patriótica Avanza Partido Social Cristiano Partido Renovador Institucional Acción Nacional (PRIAN) Partido Socialista Frente Poder Ciudadano MOVIMIENTOS POLÍTICOS Alianza País Creando Oportunidades (CREO) Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik Ruptura Sociedad Unida Más Acción (SUMA)

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Fuente: Consejo Nacional Electoral, CNE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR


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PANORAMA GENERAL

Organización administrativa, económica y territorial del Estado La división política y administrativa ecuatoriana reconoce la siguiente organización: regiones, provincias, cantones y parroquias rurales. La región Sierra está conformada por 10 provincias, la región Costa por 7 provincias, la región Amazónica por 6 provincias y la región Insular por 1 provincia, sumando un total de 24 provincias en el territorio ecuatoriano. Con el fin de reformar los regímenes productivos y de buscar una mayor participación del sector público, la Presidencia de la República recuperó la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES), responsable de establecer los objetivos y las políticas nacionales, en el ámbito económico y general. En este Gobierno se creó el Plan Nacional de Desarrollo, también conocido como el Plan Nacional para el Buen Vivir, donde se indica las directrices que debe seguir la administración ecuatoriana en las políticas de gestión y de inversión pública. El Plan Nacional para el Buen Vivir (2009-2013), en el marco para la planificación territorial desarrolló una estrategia para desconcentrar la administración del gobierno central, creando así siete zonas de planificación agrupadas por las siguientes provincias, detalladas a continuación: • Región 1, Esmeraldas, Carchi, Imbabura y Sucumbíos. Sede administrativa: Ibarra • Región 2, Pichincha, Napo y Orellana. Sede administrativa: Tena • Región 3, Chimborazo, Tungurahua, Pastaza y Cotopaxi. Sede administrativa: Riobamba • Región 4, Manabí, Galápagos y Santo Domingo de los Tsáchilas. Sede administrativa: Ciudad Alfaro • Región 5, Santa Elena, Guayas, Los Ríos y Bolívar. Sede administrativa: Milagro • Región 6, Cañar, Azuay y Morona Santiago. Sede administrativa: Cuenca • Región 7, El Oro, Loja y Zamora Chinchipe. Sede administrativa: Loja Adicional, están la zona de los cantones Guayaquil, Durán y Samborondón y la zona del Distrito Metropolitano de Quito.

Imagen No.1

Fuente: El Plan Nacional para el Buen Vivir (2009-2013)

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PANORAMA GENERAL El nuevo modelo de Estado, comprende cuatro grandes desafíos: • La territorialización de la política pública para atender necesidades específicas de los distintos territorios. • El establecimiento de criterios de ordenación del territorio a partir de funciones y roles específicos. • El fomento de dinámicas zonales que aporten a la concreción del Plan Nacional para el Buen Vivir. • La estrategia de acumulación y (re)distribución en el largo plazo; además de propiciar una nueva estructura administrativa que articule la gestión de las intervenciones públicas en los territorios zonales.

El actual Gobierno de la República cuenta con 8 ministerios coordinadores, 20 carteras ministeriales agrupadas dependiendo de sus funciones en los ministerios de coordinación y 10 secretarías de estado. Tabla No. 6

Fuente: Gabinete de la Presidencia de la República del Ecuador Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

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PANORAMA GENERAL A continuación se presentan los Ministerios existentes:

Tabla No.7

CARTERAS MINISTERIALES DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca Ambiente Cultura Defensa Nacional Deporte Desarrollo Urbano y Vivienda Educación Electricidad y Energía Renovable Finanzas Inclusión Económica y Social Industrias y Productividad Interior Justicia, Derechos Humanod y Cultos Recursos Naturales no Renovables Relaciones Exteriores, Comercio e Integración Relaciones Laborales Salud Pública Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información Transporte y Obras Públicas Turismo Fuente: Gabinete de la Presidencia de la República del Ecuador Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

Además, con el fin de promover las exportaciones e inversiones del país, el 29 de diciembre del 2010, se creó el Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones de Ecuador, PRO ECUADOR, adscrito a la Cancillería según Registro Oficial No. 351.

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PANORAMA GENERAL Relaciones Internacionales/Regionales (Organismos adscritos, Acuerdos Comerciales suscritos) Ecuador es parte de importantes organismos internacionales como la Organización Mundial de Comercio (OMC), Fondo Monetario Internacional (FMI), Corporación Andina de Fomento (CAF), Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Banco Mundial (BM), Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Fondo de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), Organización de Estados Americanos (OEA), Organización de Naciones Unidas (ONU), Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP). En el siguiente listado se detalla otras organizaciones internacionales económicas y comerciales de las que Ecuador es miembro: Tabla No.8 ORGANIZACIONES ECONÓMICAS Y COMERCIALES ARPEL - Asistencia Recíproca Petrolera Latinoamericana CECON - Comité Especial de Consulta y Negociación CIEP - Centro Internacional de Empresas Públicas de Países en Desarrollo CIES - Consejo Interamericano Económico y Social CII - Corporación Interamericana de Inversiones COA - Consejo de Cooperación Aduanera Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales COPAL - Alianza de Productores de Cacao Fondo Monetario Andino OIA - Organización Internacional del Azúcar OIC - Organización Mundial del Café OMPI - Organización Mundial de la Propiedad Intelectual ONUDI - Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial SIAT - Sociedad Interamericana de Atún Tropical UNCTAD - Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y Desarrollo Fuente: Consejo de Comercio Exterior e Inversiones, COMEXI Elaborado: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

Además, Ecuador forma parte de acuerdos regionales como la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), Comunidad Andina (CAN), Alternativa Bolivariana para las Américas (ALBA), Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) y Banco del Sur. Ecuador, también es un país asociado de MERCOSUR. A partir de 2007, la política comercial del Ecuador procura una inserción inteligente en la economía mundial. Para este fin se han definido importantes ejes de acción como la diversificación de mercados; diversificación de productos; la complementariedad económica, la reducción de asimetrías y el desarrollo endógeno.

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PANORAMA GENERAL Al ser miembro fundador de la Comunidad Andina desde 1969, el Ecuador cuenta con una Unión Aduanera con Bolivia, Colombia y Perú. Entre los principales objetivos comerciales de la CAN destacan la creación de una zona de libre comercio y de una unión aduanera. En abril de 2006 Venezuela denunció el Acuerdo de Cartagena, por lo cual las preferencias andinas negociadas entre este país con los demás miembros de la CAN tuvieron vigencia por 5 años después de la denuncia del Acuerdo. Entre los Acuerdos de Alcance Parcial de Complementación Económica en el marco de la ALADI resaltan los siguientes: • El Acuerdo de Alcance Parcial de Renegociación No. 29 fue suscrito el 31 de mayo de 1993 entre Ecuador y México, sus Protocolos Adicionales se suscribieron el 20 de diciembre de 1993, 2 de diciembre de 1994 y del 16 de agosto de 2002; en este Acuerdo se incorporaron las preferencias resultantes de la renegociación, revisión y actualización de las ventajas otorgadas en las listas nacionales de Ecuador y México, en el marco de la ALALC4, así como las contenidas en la lista de ventajas no extensivas a favor del Ecuador. • El Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica ACE No. 46 fue suscrito el 10 de mayo de 2000 entre Ecuador y Cuba. El Acuerdo tiene entre otros objetivos fortalecer el intercambio comercial recíproco mediante el otorgamiento de preferencias arancelarias y no arancelarias. • El Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica ACE No. 59 entre la CAN-MERCOSUR. Este Acuerdo fue suscrito el 18 de octubre de 2004 y entró en vigor, dependiendo del país signatario, entre febrero y abril de 2005, sus miembros son: Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay, Uruguay y Venezuela. Este Acuerdo tiene, entre otros objetivos, el establecer el marco jurídico e institucional de cooperación e integración económica y física que contribuya a la creación de un espacio económico ampliado que tienda a facilitar la libre circulación de bienes y servicios y la plena utilización de los factores productivos, en condiciones de competencia entre las Partes Contratantes, así como el formar un área de libre comercio entre las Partes Contratantes mediante la expansión y diversificación del intercambio comercial y la eliminación de las restricciones arancelarias y de las no-arancelarias que afecten al comercio recíproco. • El Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica ACE No. 65 firmado el 10 de marzo de 2008 entre Ecuador y Chile, y entró en vigor el 25 de enero de 2010. Este nuevo Acuerdo dejó sin efecto el ACE No 32, manteniendo las mismas Listas de excepciones expresadas en NALADISA 2007. • En abril de 2011, Ecuador firmó con Venezuela un Acuerdo de Cooperación y Complementación Económica, que tendrá cinco años de duración y podrá ser prorrogado, en sustitución del acuerdo comercial que regía las relaciones económicas de ambos países en el marco de la Comunidad Andina CAN y que vencieron de igual manera en esa fecha debido a la salida de Venezuela de la CAN en el 2006.

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Asociación Latinoamericana de Libre Comercio fue el organismo regional latinoamericano que existió durante 1960-1980 por el Tratado de Montevideo y posteriormente fue reemplazado por la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).

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PANORAMA GENERAL Ecuador y Guatemala suscribieron el 15 de abril de 2011 un Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica mediante el cual se establecieron preferencias arancelarias recíprocas a un número limitado de productos. Asimismo, se negocia un Acuerdo Marco de Cooperación, Comercio y Complementación con Nicaragua con el propósito de, en una segunda etapa, iniciar un proceso de concesión de preferencias arancelarias. Este Acuerdo entrará en vigencia el 19 de febrero de 2013. Con el objetivo de diversificar los mercados de exportación de los productos ecuatorianos, el Ecuador impulsa la firma de acuerdos comerciales para el desarrollo y de cooperación con nuevos socios a nivel mundial, entre ellos: Canadá, China, Corea, Egipto, Indonesia, Líbano y Siria, Países del Consejo de Cooperación del Golfo (Reino de Arabia Saudita, Kuwait, Qatar, Emiratos Árabes Unidos), Rusia y Turquía. Además participa en el Foro del Arco del Pacífico Latinoamericano (espacio informal de coordinación y concertación de alto nivel para la identificación e implementación de acciones conjuntas dirigidas a generar sinergias entre los países participantes en materia económica e incrementar el intercambio comercial para fortalecer sus relaciones con las economías del Asia–Pacífico).

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MARCO ECONÓMICO Estructura de la Economía (Evolución del PIB, distribución sectorial del PIB, PIB per cápita, Inflación) El PIB del Ecuador ha presentado una tendencia creciente, es así como, la tasa de crecimiento promedio anual en el periodo 2007-2012 es del 4.20%. Tabla No.9 PRODUCTO INTERNO BRUTO AÑOS: 2007-2012 (miles USD y %) Indicadores PIB a precios corrientes(miles de dólares) Tasas de variación anual del PIB a precios constantes PIB per Cápita Anual

2007

2008

2009

2010

2011

2012*

TCPA 2007 - 2011

51,007,777

61,762,635

61,550,427

67,856,493

78,189,401

84,348,029

11.27%

2.20%

6.40%

1.00%

3.30%

8.00%

4.27%

7.10%

3,749

4,474

4,395

4,777

5,428

5,469

9.55%

Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR *Estimado

La inflación en el Ecuador registrada en el 2012 fue de 4.27%, manteniéndose más baja que países latinoamericanos como Argentina, Uruguay y Brasil.

Principales sectores de la Economía Agrícolas y de consumo, Industriales, Servicios Tabla No.10 COMPOSICIÓN DEL PRODUCTO INTERNO BRUTO POR CLASE DE ACTIVIDAD ECONOMICA Año 2011 Agricultura, ganadería, silvicultura, caza y pesca Explotación de minas y canteras Refinación de Petróleo Manufactura (excepto refinación de petróleo) Suministro de electricidad y agua Construcción Comercio Transporte Actividades de servicios financieros Administración pública, defensa; planes de seguridad social obligatoria Servicio doméstico Otros Servicios Otros elementos del PIB PRODUCTO INTERNO BRUTO

9.19% 13.46% 0.85% 11.71% 0.71% 9.90% 11.01% 5.38% 2.61% 6.13% 0.33% 24.44% 4.27%

VARIACIÓN DEL PRODUCTO INTERNO BRUTO POR CLASE DE ACTIVIDAD ECONOMICA Ene - Sep 2012 Agricultura, ganadería, silvicultura, caza y pesca Explotación de minas y canteras Refinación de Petróleo Manufactura (excepto refinación de petróleo) Suministro de electricidad y agua Construcción Comercio Transporte Actividades de servicios financieros Administración pública, defensa; planes de seguridad social obligatoria Servicio doméstico Otros Servicios Otros elementos del PIB

100.00% PRODUCTO INTERNO BRUTO

2.92% 2.27% -7.10% 1.24% -8.44% 2.67% 0.57% 1.50% -1.31% 5.17% -0.86% 7.69% 4.32% 1.54%

Fuente: Banco Central del Ecuador/BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones/PRO ECUADOR

Construcción es el principal sector que compone el PIB, representando en el 2011 el 9.90% de participación. Otros sectores importantes incluyen Servicios, Comercio al por mayor y menor e Industria Manufacturera.

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MARCO ECONÓMICO El sector exterior Exportaciones del país al mundo Las exportaciones totales del Ecuador al Mundo en los últimos cinco años, han presentado una tendencia creciente, exceptuando el 2009 donde hubo una caída que se podría alegar a la crisis económica mundial de ese año. Para el 2011 las exportaciones alcanzaron los USD 22,322 millones, lo que significó USD 4,832 millones más que en el 2010. La tasa de crecimiento promedio anual de las exportaciones ecuatorianas en los últimos cinco años ha sido positiva de 11.74%.

Tabla No.11 EXPORTACIONES DE ECUADOR HACIA EL MUNDO Valor FOB /Miles USD 2007 2008 2009 2010 2011 14,321,316 18,818,326 13,863,055 17,489,923 22,322,353 Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR *Hasta noviembre 2012

2012* 21,887,095

Importaciones del país al mundo Las importaciones del Ecuador desde el mundo en los últimos cinco años han tenido una tendencia creciente, alcanzando los USD 22,945 millones en el 2011. La tasa de crecimiento promedio anual corresponde al 15.50%.

Tabla No.12

IMPORTACIONES POR ECUADOR DESDE EL MUNDO Valor FOB /Miles USD 2007 2008 2009 2010 2011 12,895,241 17,551,930 14,071,449 19,278,702 22,945,794 Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR *Hasta noviembre 2012

18

2012* 22,011,579


GUÍA COMERCIAL

2013

MARCO ECONÓMICO Balanza comercial del País La balanza comercial del Ecuador ha presentado saldos negativos en los últimos años, para el 2009, presentó un déficit de USD 208 millones, para el 2010 un déficit de USD 1,788 millones y para el 2011 USD 623 millones, pero como se puede visualizar en el gráfico N° 2 la balanza comercial para noviembre de 2012 el déficit se redujo.

Gráfico No. 2

Miles USD

Balanza Comercial Ecuador-Mundo 2007-2012* Miles USD 25,000,000 20,000,000 15,000,000 10,000,000 5,000,000 (5,000,000)

2007

2008

2009

2010

2011

2012*

Exportaciones

14,321,316

18,818,326

13,863,055

17,489,923

22,322,353

21,887,095

Importaciones

12,895,241

17,551,930

14,071,449

19,278,702

22,945,794

22,011,579

Balanza Comercial

1,426,075

1,266,396

(208,394)

(1,788,779)

(623,441)

(124,483)

Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR *Hasta noviembre de 2012

Principales Productos Exportados y Tendencia El petróleo y sus derivados constituyen el principal producto de exportación del Ecuador, en promedio, más del 55% del total exportado corresponde a este rubro. El siguiente gráfico muestra la tendencia de las exportaciones Petroleras y No Petroleras del Ecuador al mundo, y se debe notar que las exportaciones petroleras cada vez tienen una mayor participación en las exportaciones totales, así es que para el 2010 las exportaciones petroleras representaron el 55% del total y para noviembre del 2012 representaron el 58%.

19


GUÍA COMERCIAL

2013

MARCO ECONÓMICO Gráfico No. 3 Comportamiento de las exportaciones ecuatorianas Petroleras y No Petroleras 2007-2012 (% de Participación) X petroleras

58%

42%

38%

58%

62% 62%

2007

2008

X No Petroleras

45%

42%

42%

50% 60%

55% 55%

58% 58%

58% 66%

2009

2010

2011

2012*

50%

Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR *Hasta noviembre de 2012

Exportaciones No Petroleras Productos Tradicionales Los productos que tradicionalmente ha exportado el Ecuador al mundo, han tenido una tendencia creciente en los últimos cinco años, así es como, banano y plátano de USD 1,302 millones en el 2007, para el 2011 se exportaron USD 2,246 millones. Para noviembre del 2012 se han exportado USD 1,900 millones. Para el caso de camarones ha habido una tendencia similar, de USD 612 millones en el 2007 para el 2011 se exportó USD 1,178 millones. Las exportaciones registradas en noviembre del 2012 son de USD 1,173 millones. Cacao y elaborados ha tenido un crecimiento gradual de sus exportaciones, para el 2007 se exportó USD 239 millones y para el 2011 se exportó USD 586 millones. Para noviembre del 2012 las exportaciones de este rubro son de USD 403 millones. Atún y pescado representa uno de los principales productos de exportación del Ecuador de USD 169 millones en el 2007, para el 2011 las exportaciones alcanzaron los USD 257 millones y para noviembre de 2012 fueron de USD 293 millones. Café y elaborados también ha tenido una tendencia creciente de sus exportaciones en estos últimos cinco años, de USD 123 millones en el 2007, para el 2011 se exportaron USD 260 millones y para noviembre del 2012 de USD 237 millones.

20


GUÍA COMERCIAL

2013

MARCO ECONÓMICO Gráfico No. 4 Exportaciones Ecuatorianas de Productos Tradicionales Valor FOB/Miles USD 2007-2012*

2,500,000

Miles USD

2,000,000 1,500,000 1,000,000 500,000 0 2007 2008 2009

Banano y plátano 1,302,549

Camarón 612,887

Cacao y elaborados 239,361

Atún y pescado 168,996

Café y elaborados 123,300

1,640,528 1,995,654

712,724 664,419

290,259 402,634

192,451 233,602

130,137 139,716

2010 2011

2,032,769

849,674

424,912

237,405

160,946

2,246,465

1,178,389

586,520

257,380

260,177

2012*

1,900,402

1,173,298

403,270

292,867

237,139

Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR *Hasta noviembre de 2012

Productos Primarios No Tradicionales Los productos primarios no tradicionales del Ecuador al mundo están constituidos principalmente por Flores naturales, Abacá, Madera, Productos mineros, Frutas y Tabaco en rama. La tendencia de las exportaciones de estos productos se ha mantenido creciente durante estos últimos cinco años principalmente en Flores naturales y Madera, como se presenta en el gráfico siguiente. Gráfico No. 5 Evolución de las exportaciones de Productos primarios No Tradicionales 2007-2012* Miles USD 800,000 700,000

Miles USD

600,000 500,000 400,000 300,000 200,000 100,000 0

Flores naturales

Abacá

Madera

Productos mineros

Frutas

Tabaco en rama

2007

469,424

9,192

92,994

69,942

66,250

30,642

Otros primarios 163,346

2008

557,560

14,928

113,942

98,089

57,800

29,803

109,723

2009

546,701

12,888

99,473

62,714

73,612

38,429

124,452

2010

607,765

13,126

131,476

89,139

66,070

37,142

98,222

2011

675,679

13,126

150,510

166,281

76,731

41,656

140,459

2012*

700,709

16,221

149,373

386,049

59,952

41,392

105,664

Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR *Hasta noviembre de 2012

Productos Industrializados No Tradicionales En el periodo 2007-2011 y noviembre de 2012 los principales productos industrializados no Tradicionales exportados por Ecuador al mundo están constituidos en su mayoría por Enlatados de pescado, Vehículos, Manufacturas de metales, Extractos y aceites vegetales, Jugos y Conservas de frutas, Manufacturas de textiles y Harina de pescado.

21


GUÍA COMERCIAL

Exportaciones de productos industrializados No Tradicio Miles USD 2007-2012*

2013

Enlatados de pescado

industrializados MARCOOtros ECONÓMICO Vehículos

Gráfico No. 6

Otras manufac. de metales Exportaciones de productos industrializados No Tradicionales Miles USD 2007-2012*

Extractos y aceites vegetales Jugos y conservas de frutas

EnlatadosNo de pescado Exportaciones de productos industrializados Tradicionales Manufac. cuero,Otros plástico y caucho industrializados MilesdeUSD Vehículos 2007-2012*Quimicos y fármacos

s y s

Exportaciones de productos industrializados No Tradicionales Miles USD 2007-2012*

Otras manufac. de metales

Otras manufac. de vegetales textiles Extractos y aceites Enlatados de pescado

Jugos y conservas de frutas

Harina de pescado

Otros industrializados Manufac. de cuero, plástico y caucho

Maderas terciadas y prensadas Quimicos y fármacos Vehículos

Otras manufac. de textiles

Manufac. de papel y cartón Otras manufac. de metales

Harina de pescado

Maderas Elaborados dey prensadas banano Extractos yterciadas aceites vegetales Manufac. de papel y cartón

PrendasJugos de vestrir de fibras textiles y conservas de frutas

Elaborados de banano

Prendas de vestrir de yfibras elaborados deltextiles mar Manufac. deOtros cuero, plástico caucho

Otros elaborados del mar

Quimicos y fármacos Otras manufac. de textiles

-

100,000

-

200,000

200,000

400,000

600,000

300,000

400,000

800,000

500,000

1,000,000

Prenda Madera Manufa Otros Maderas Harina de Prendas pescado de Elaborados de Manufac. de c. de Jugos y Extract HarinaOtras de Otras manufac. Quimicos y Otros del Manufa Harina Otras Quimic Otros Enlatad s devestrir de fibras s elaborados terciadas y Elabora os y banano y cartón pescado de textiles c. de terciada de papel manufa os y cuero, conserv manufa Vehícul industri os defármacos vestrir Maderaselabora terciadas y prensadas dos de aceites mar textiles prensadas os alizado pescad dos del de papel y s y pescad c. de fármac plástico as de c. de

mar fibras o 2012* Manufac. detextiles papel y cartón 29,402 22,879 cartón prensad 78,440 as 20112012* Elaborados 22,363 26,256 60,13 57,88 81,538101,7 29,40 22,87 78,44 de banano

textiles

60,132 os

frutas y 57,884 caucho

vegetal metales es101,760

62,378240,8 105,2

49,394 198,7 192,0

117,474 338,1 358,8

2011 22,36 26,25 81,53 62,37 2010 18,769de fibras textiles 22,019 Prendas de vestrir 2010 18,76 22,01 38,04 47,07 20092009 17,331 21,508

49,39 38,048117,4

152,7 47,076204,8

216,4 164,4 48,565

371,3 301,8 97,161

36,364 43,18 74,62

34,790 141,4 118,6

43,180 128,3 180,5

74,626 210,7 276,4

banano

17,33 21,50 del 36,36 Otros elaborados mar 34,79

300,000

Harina de pescado 101,760

117,474 97,161

74,626 65,952

61,059

48,56

97,16

169,0

190,2

197,2

196,8

332,7

20082008 19,953 29,167 49,45 50,78 32,10965,95 105,9 49,456122,0 158,5 50,787 65,952 19,95 29,16 32,10 166,7 254,1 338,0 2007 15,81 30,79 41,74 46,29 56,16 61,05 52,90 115,8 154,3 150,1 158,4 303,6 400,000 500,000 600,000 100,000 700,000 200,000 800,000 300,000 900,000 2007 15,811 30,796 41,740 46,299 56,165 61,059

o

Manufac. de J cuero, plástico con y caucho

240,836

198,704

1

152,765 446,5 492,9

999,3204,826

216,423

1

394,0 546,5 169,027

872,6190,229

159,116

1

141,476 256,3 331,0

118,691 632,7

128,331

1

906,6122,083

158,596

1

670,5115,844 500,000

600,000 154,308

1

374,8

572,5

105,938 411,3 438,8

382,7 403,4 1,000,000 400,000 52,906

603,7

Otros Manufac. Prendasdede Jugos y Extractos y Maderas Otras manufac. Quimicos y Elaborados de Manufac. de Otras manufac. Harina de Otros Otras manufac. Enlatados Quimicos de y elaborados del cuero, vestrirplástico de fibrasconservas de aceites terciadas y Vehículos de textiles fármacos banano papel y cartónde metales pescado industrializados de textilespescadofármacos mar y caucho textiles frutas vegetales prensadas

Manufac. de Jugos y cuero, plástico conservas de y caucho frutas

2012* 105,249 2011 152,765

240,836 29,402

198,704 22,879

192,027 78,440

338,129 60,132

358,893 57,884

446,593 101,760 492,979105,249 999,316240,836

198,704

192,027

204,826 22,363

216,423 26,256

164,435 81,538

371,391 62,378

301,870 49,394

394,058 117,474 546,511152,765 872,651204,826

216,423

164,435

2010 169,027 2009 141,476

190,229 18,769

159,116 22,019

197,231 38,048

196,893 47,076

332,753 48,565

374,891 97,161 572,536169,027 603,739190,229

159,116

197,231

118,691 17,331

128,331 21,508

180,575 36,364

210,728 34,790

276,406 43,180

256,344 74,626 331,002141,476 632,774118,691

128,331

180,575

2008 105,938 2007 52,906

122,083 19,953

158,596 29,167

166,732 32,109

254,163 49,456

338,008 50,787

411,392 65,952 438,824105,938 906,633122,083

158,596

166,732

115,844 15,811

154,308 30,796

150,126 41,740

158,403 46,299

303,615 56,165

382,795 61,059 403,43952,906 670,558115,844

154,308

150,126

Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR *Hasta noviembre de 2012

22

159,1

s 105,249

60


GUÍA COMERCIAL

2013

MARCO ECONÓMICO Principales productos exportados por Ecuador al mundo en el 2012 En el siguiente cuadro se muestra los principales productos exportados por Ecuador al mundo hasta noviembre del 2012. Los principales productos de exportación tienen similitud con la tendencia de los últimos cinco años incluyendo Petróleo, Banano, Camarones, Rosas, Cacao y Atunes. Tabla No.13 PRINCIPALES PRODUCTOS EXPORTADOS POR ECUADOR AL MUNDO Enero a Noviembre del 2012 Miles USD Miles USD %Participación Subpartida Descripción FOB 2012* 2709.00.00.00 ACEITES CRUDOS DE PETRÓLEO O DE MINERAL BITUMONOSO 11,687,023 53.40% 0803.00.12.00 BANANO TIPO «CAVENDISH VALERY» 1,821,359 8.32% 0306.13.91.00 CAMARONES 1,153,564 5.27% 2710.19.22.00 FUELOILS (FUEL) 806,172 3.68% 1604.14.10.00 ATUNES EN CONSERVA 724,113 3.31% 0603.11.00.00 ROSAS 520,371 2.38% 7108.12.00.00 LAS DEMÁS FORMAS DE ORO EN BRUTO 344,938 1.58% 1801.00.19.00 LOS DEMÁS CACAO EN GRANO CRUDO 300,816 1.37% 1604.20.00.00 LAS DEMÁS PREPARACIONES Y CONSERVAS DE PESCADO 200,212 0.91% 1511.10.00.00 ACEITE DE PALMA EN BRUTO 197,050 0.90% 2101.11.00.00 EXTRACTOS, ESENCIAS Y CONCENTRADOS DE CAFÉ 167,154 0.76% 2707.50.10.00 NAFTA DISOLVENTE 138,815 0.63% LAS DEMÁS VEHICULOS DE TRANSPORTE DE MERCANCIA DE MOTOR 8704.21.10.90 103,211 0.47% DE PISTON, ENCENDIDO A DIESEL DE PESO TOTAL A 4,537 T. HARINA DE PESCADO CON UN CONTENIDO DE GRASA SUPERIOR A 2% 2301.20.11.00 101,760 0.46% EN PESO 2009.80.12.00 JUGO DE MARACUYÁ 100,536 0.46% 7321.11.19.00 LAS DEMÁS COCINAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS 98,458 0.45% Los demás productos 3,421,541 15.63% Total Productos 21,887,092 100.00%

Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR *Hasta Noviembre 2012

Principales mercados de exportación (Países) Estados Unidos es el principal mercado de exportación representando el 43.63% del total de las exportaciones hasta noviembre del 2012 incluyendo petróleo. Otros principales mercados del Ecuador son Perú (8.79%), Chile (8.50%), Colombia (4.45%), Venezuela (4.16%), Panamá (3.94%) y Rusia (2.94%). Gráfico No. 7 PRINCIPALES MERCADOS DE EXPORTACIÓN ECUATORIANAS % Participación 2012* 1.89% 2.10% 2.93%

ESTADOS UNIDOS

1.69%

2.94%

PERU CHILE

14.98%

COLOMBIA VENEZUELA

3.94% 4.16%

PANAMA

RUSIA

8.50% 4.45%

43.63% 8.79%

JAPON ITALIA ESPANA CHINA DEMÁS PAÍSES

Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE (Exportaciones Totales, incluye petróleo) Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR *Hasta noviembre de 2012

23


GUÍA COMERCIAL

2013

MARCO ECONÓMICO Principales Productos Importados y Tendencia El cuadro siguiente muestra la composición de las importaciones del Ecuador en el 2011, siendo el mayor porcentaje materias primas (30.36%), de las cuales el 75% corresponden a fines industriales, el 13% fines agrícolas y el 12% a materiales de la construcción. El 26.79% de importaciones ecuatorianas son las que corresponde a Bienes de Capital, de los cuales el 1.8% es destinado a fines agrícolas, el 69.4% a fines industriales y el 28.87% a equipos de transporte. Bienes de Consumo representó el 20.22% de las importaciones totales del 2011, de las que el 57.7% correspondió a bienes no duraderos y el 42.3% a bienes duraderos. Combustibles y lubricantes representa otro rubro importante de las importaciones ecuatorianas representando en el 2011 el 22.45%.

Gráfico No. 8 Composición de las Impor taciones del Ecuador % de Par ticipación 2012*

0.18% 22.45%

30.36%

20.22% 26.79%

Materias Primas Bienes de Capital Bienes de Consumo Combustibles y Lubricantes Diversos

Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR *Hasta noviembre del 2012

Las importaciones ecuatorianas reflejan una tendencia creciente entre el período 2007 al 2008, con una leve caída en el 2009 que puede ser atribuida a la crisis mundial de ese año, recuperándose en el 2010 y 2011. Pero en el 2012 se registra una leve disminución en las importaciones. Gráfico No. 9

Miles USD

Importaciones del Ecuador por Uso o Destino Económico Miles USD 2007-2012* 7,500,000 6,000,000 4,500,000 3,000,000 1,500,000 Materias Primas 2007

4,093,484

Bienes de Capital 3,319,344

Bienes de Consumo 2,901,330

Combustibles y Lubricantes 2,578,324

Diversos

2008

5,827,571

4,501,472

3,852,039

3,357,830

13,017

2009

4,669,806

3,926,591

3,094,035

2,338,309

42,715

2010

5,914,771

5,129,089

4,116,470

4,042,823

75,560

2011

7,231,015

5,844,619

4,742,920

5,086,539

40,713

2012*

6,682,406

5,897,348

4,451,445

4,940,683

39,697

Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR *Hasta noviembre-2012

24

2,759


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2013

MARCO ECONÓMICO Principales proveedores (Países) Al realizar un análisis por continente se debe notar que América es el principal proveedor de Ecuador representando el 63.17% del total importado. Asia es el segundo continente desde donde provienen las importaciones ecuatorianas representando el 22.68%, Europa el 13.17%, África el 0.52% y Oceanía el 0.11% en el 2012 (a noviembre). El desagregado de las importaciones por áreas económicas y países se muestran en la tabla siguiente. Tabla No.14 IMPORTACIONES MENSUALES POR CONTINENTE, AREA ECONOMICA Y PAIS millones de dólares/valor Fob 2011 CONTINENTE, AREA ECONOMICA Y PAÍS TOTAL GENERAL AMERICA ESTADOS UNIDOS (2) MERCADO COMUN CENTRO AMERICANO ASOC. LATINOAMERICANA DE INTEGRACION Argentina Brasil Chile México Venezuela Panamá (4) Otros países COMUNIDAD ANDINA (3) Bolivia Colombia Perú RESTO DE AMERICA

Ene.-nov.

% de Participación 2011

20,856.6

2012 Ene.-nov.

% de Participación 2012

22,011.6

13,906.9 5,321.0

66.68% 25.51%

13,905.1 5,861.9

63.17% 26.63%

76.2

0.37%

77.2

0.35%

6,301.0 449.4 813.8 548.3 761.9 683.7

30.21% 2.15% 3.90% 2.63% 3.65% 3.28%

75.4 2,968.7 7.2 1,946.3 1,015.2 2,208.7

0.36% 14.23% 0.03% 9.33% 4.87% 10.59%

7,289.6 411.7 818.8 554.5 789.9 214.9 1,449.7 85.1 2,965.0 27.9 1,952.1 984.9 665.2

33.12% 1.87% 3.72% 2.52% 3.59% 0.98% 6.59% 0.39% 13.47% 0.13% 8.87% 4.47% 3.02%

EUROPA UNION EUROPEA Bélgica y Luxemburgo Francia Holanda Italia Reino Unido Alemania España Otros países ASOC.EUROPEA DE LIBRE COMERCIO RESTO DE EUROPA

2,256.4 2,005.0 275.5 117.6 198.3 251.4 132.3 488.6 275.9 265.4 119.3 132.0

10.82% 9.61% 1.32% 0.56% 0.95% 1.21% 0.63% 2.34% 1.32% 1.27% 0.57% 0.63%

2,899.8 2,605.5 295.7 146.7 180.0 244.2 460.1 527.9 553.9 197.0 155.6 138.6

13.17% 11.84% 1.34% 0.67% 0.82% 1.11% 2.09% 2.40% 2.52% 0.90% 0.71% 0.63%

ASIA Taiwán Japón Rep. Popular China Corea del Sur Otros países

4,395.3 171.0 565.8 1,905.7 802.0 950.8

21.07% 0.82% 2.71% 9.14% 3.85% 4.56%

4,992.5 166.5 654.0 2,359.1 693.8 1,119.1

22.68% 0.76% 2.97% 10.72% 3.15% 5.08%

140.5 21.1 136.5

0.67% 0.10% 0.65%

113.9 25.2 75.1

0.52% 0.11% 0.34%

AFRICA OCEANIA OTROS PAISES NEP.

-

(1) Las cifras provisionales; su reproceso se realiza conforme a la recepción de documentos fuente de las operaciones de comercio exterior. Incluye el cambio de metodología para el registro de las importaciones de derivados de petróleo, que consiste en reemplazar al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador -SENAE_ por la empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador -EP Petroecuador- como fuente principal de información de las importaciones de derivados. (2) Incluye Puerto Rico. (3) Venezuela sale de la Comunidad Andina de Naciones a partir del 19-04-2006. (4) Panamá ingresa a la Asociación Latinoamericana de Integración a partir del 2-02-2012 FUENTE: Documento Aduanero Único de importación (DAU).

Fuente: Banco central del Ecuador, BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

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ACCESO A MERCADO Requisitos Generales de Acceso al Mercado Tramitación de las importaciones (despacho de aduanas, documentación necesaria) Tratamiento de las Exportaciones5 : Pueden realizar importaciones tanto los ecuatorianos como los extranjeros residentes en el país, como personas naturales o jurídicas.

Declaración de Exportación Para todas las exportaciones debe presentarse la Declaración Aduanera Única de Exportación y llenarlo según las instrucciones contenidas en el Manual de Despacho Exportaciones6 en el distrito aduanero donde se transmita y tramita la exportación.

Proceso de Exportación Se inicia con la transmisión electrónica de una Declaración Aduanera de Exportación (DAE) en el nuevo sistema ECUAPASS, la misma que podrá ser acompañada por una factura o proforma y documentación con la que se cuente previo al embarque, dicha declaración no es una simple intención de embarque sino que crea un vínculo legal y obligaciones a cumplir con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador por parte del exportador o declarante. Los datos que se consignarán en la DAE son: • Del exportador o declarante • Descripción de mercancía por ítem de factura • Datos del consignante • Destino de la carga • Cantidades • Peso; y demás datos relativos a la mercancía. Los documentos digitales que acompañan a la DAE a través del ECUAPASS son: • Factura comercial original. • Autorizaciones previas (cuando el caso lo amerite). • Certificado de Origen Electrónico (cuando el caso lo amerite) Una vez aceptada la DAE, la mercancía ingresa a Zona Primaria del distrito en donde se embarca, producto de lo cual el depósito temporal la registra y almacena previo a su exportación. Al exportar se le notificará el canal de aforo asignado, los mismos que pueden ser: • Canal de Aforo Documental • Canal de Aforo Físico Intrusivo • Canal de Aforo Automático Para el caso del Canal de Aforo Automático, la autorización de salida, entiéndase con ello la autorización para que se embarque, será automática al momento del ingreso de la carga a los depósitos temporales o zonas primarias.

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5 Referencia http://www.aduana.gob.ec/contenido/procExportar.html, Considerar que a partir de Abril del 2012, entrará en vigencia el nuevo sistema denominado ECUAPASS, su implementación completa estará para el 2013, con esto cambiaría algunos procedimientos en cuanto a exportaciones e importaciones. 6 El manual puede ser descargado de la página web de la aduana. www.aduana.gob.ec


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ACCESO A MERCADO En el caso del Canal de Aforo Documental se designará al funcionario a cargo del trámite, al momento del ingreso de la carga, luego de lo cual procederá a la revisión de los datos electrónicos y documentación digitalizada; y procederá al cierre si no existieren novedades. Cualquier observación será registrada mediante el esquema de notificación electrónico previsto en el nuevo sistema. Una vez cerrada la Declaración Aduanera de Exportación (DAE) cambiará su estado a salida autorizada y la carga podrá ser embarcada. En el caso del Canal de Aforo Físico Intrusivo se procede según lo descrito anteriormente adicional al proceso la inspección física de la carga y su corroboración con la documentación electrónica y digitalizada. Revisar boletín 222 – 2012 en el cual se encontrará los instructivos para el correcto llenado de la DAE junto con los videos demostrativos.

Agente Afianzado de Aduana Según la nueva reglamentación de Aduana dispuesta en el Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones no es necesaria la utilización de los servicios de un agente de aduana para los trámites de importación y exportación, exceptuándose las importaciones a consumo.

Requisitos para ser Exportador en la Aduana o Contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC) otorgado por el Servicio de Rentas Internas (SRI). o Registrarse en el nuevo Sistema ECUAPASS, para lo cual debe cumplir: Paso 1 Adquirir el Certificado Digital para la firma electrónica y autenticación otorgado por las siguientes entidades: Banco Central del Ecuador: http://www.eci.bce.ec/web/guest/ Security Data: http://www.securitydata.net.ec/ Paso 2 Registrarse en el portal de ECUAPASS:(http://www.ecuapass.aduana.gob.ec) • Aquí se podrá: 1. Actualizar base de datos 2. Crear usuario y contraseña 3. Aceptar las políticas de uso 4. Registrar firma electrónica Revisar el boletín 32-2012, en el cual se encuentra un video demostrativo sobre el registro al portal ECUAPASS. El Consejo Nacional de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI) estableció que los exportadores adicionalmente se registren con el Ministerio de Industrias y Competitividad cuando se refieran a:

• Exportaciones de chatarra y desperdicios metales ferrosos y no ferrosos. Resolución 400 del 13 de septiembre de 2007 y publicada en el Registro Oficial Suplemento 233 del 17 de diciembre de 2007.

• Exportaciones de cueros y pieles. Resolución 402 del 13 de septiembre de 2007 y publicada en el Registro Oficial 222 del 29 de noviembre de 2007.

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ACCESO A MERCADO Requisitos para las Importaciones7 Una Importación a consumo es la nacionalización de mercancías extranjeras ingresadas al país para su libre disposición; uso o consumo definitivo, una vez realizado el pago respectivo de los tributos al comercio exterior. Pueden importar todas las personas naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras radicadas en el país. Antes de importar debe realizar los siguientes pasos: 1. Obtenga el Registro Único de Contribuyente (RUC) que expide el Servicio de Rentas Internas (SRI). 2. Obtener el Registro de Importador: Paso 1 Adquirir el Certificado Digital para la firma electrónica y autenticación otorgado por las siguientes entidades: Banco Central del Ecuador: http://www.eci.bce.ec/web/guest/ Security Data: http://www.securitydata.net.ec/ Paso 2 Registrarse en el portal de ECUAPASS:(http://www.ecuapass.aduana.gob.ec) • Aquí se podrá: 1. Actualizar base de datos 2. Crear usuario y contraseña 3. Aceptar las políticas de uso 4. Registrar firma electrónica Revisar el boletín 32-2012, en el cual se encuentra un video demostrativo sobre el registro al portal ECUAPASS. Paso 3 Una vez realizados los pasos anteriores, ya se encuentra habilitado para realizar una importación; sin embargo, es necesario determinar que el tipo de producto esté habilitado para ser importado, visite la página del organismo regulador de Comercio Exterior en el Ecuador COMEX www.comex.gob.ec, link: Resoluciones (182, 183, 184, 364, …….) en las cuales se disponen las restricciones y requisitos para la importación de cada producto. Si lo requiere puede buscar la asesoría y servicios de un Agente de Aduana, quien realizará los trámites de desaduanización de sus mercancías. El listado de Agentes de Aduana autorizados se encuentra en la página web: www.aduana.gob.ec Como resultado de su importación, el Agente de Aduana o el Importador debe realizar y transmitir electrónicamente la Declaración Aduanera de Importación (DAI) a través del nuevo sistema aduanero ECUAPASS. Documentos de Acompañamiento Se constituyen documentos de acompañamiento aquellos que son de control previo, deben tramitarse y aprobarse antes del embarque de la mercancía. Deben presentarse, física o electrónicamente, en conjunto con la Declaración Aduanera, cuando estos sean exigidos. (Art. 72 Reg. COPCI).

7

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SICE Sistema Interactivo de Comercio Exterior, en la actualidad la SENAE está trabajando para cambiar el sistema, proyecto que empezó su primera fase en diciembre del 2011.


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ACCESO A MERCADO Documentos de Soporte Constituirán la base de la información de la Declaración Aduanera a cualquier régimen. Estos documentos originales, ya sea en físico o electrónico, deberán reposar en el archivo del declarante o su Agente de Aduanas al momento de la presentación o transmisión de la Declaración Aduanera, y estarán bajo su responsabilidad conforme a lo determinado en la Ley. (Art. 73 Reg. COPCI) • Factura Comercial • Certificado de Origen (cuando proceda) • Documentos que el SENAE o el organismo regulador de Comercio Exterior considere necesarios. Transmitida la Declaración Aduanera, el Sistema le otorgará un número de validación (Refrendo) y el CANAL DE AFORO que corresponda

Base imponible8 La base imponible de los derechos arancelarios es el valor en aduana de las mercancías importadas. El valor en aduana de las mercancías será el valor de transacción de las mismas más los costos del transporte y seguro, determinado según lo establezcan las disposiciones que rijan la valoración aduanera. El costo del seguro formará parte del valor en aduana pero la póliza de seguro no será documento obligatorio de soporte exigible a la declaración aduanera. Cuando la base imponible de los derechos arancelarios no pueda determinarse, conforme al valor de transacción de las mercancías importadas, se determinará de acuerdo a los métodos secundarios de valoración previstos en las normas que regulen el valor en aduana de mercancías. Para el cálculo de la base imponible, los valores expresados en moneda extranjera, serán convertidos a la moneda de uso legal, al tipo de cambio vigente a la fecha de la presentación de la declaración aduanera. Para el cálculo de los impuestos comprende la suma de los siguientes valores. • PRECIO FOB* (Valor soportado con facturas) • FLETE (Valor del transporte internacional) • SEGURO (Valor de la prima) • MÁS OTROS AJUSTES DETERMINADOS POR EL ARTÍCULO 8 DEL ACUERDO SOBRE VALORACIÓN DE LA OMC. Una vez obtenido el valor, podrá hacer el cálculo de los siguientes impuestos: - AD-VALOREM (Arancel Cobrado a las Mercancías) Impuesto administrado por la Aduana del Ecuador. Porcentaje variable sobre el valor en aduana de las mercancías importadas, según el tipo de mercancía. - FODINFA (Fondo de Desarrollo para la Infancia) Impuesto que administra el INFA. 0.5% del valor CIF. - ICE (Impuesto a los Consumos Especiales) Administrado por el SRI. Porcentaje variable según los bienes que se importen. (Consulte en la página del SRI: www.sri.gob.ec) - SALVAGUARDIA POR BALANZA DE PAGOS9 Son de 3 tipos: (Recargo Ad-Valorem, Recargo Arancelario Especial adicional al arancel vigente, y Restricción Cuantitativa de Valor - cupos) Impuesto que administra la Aduana del Ecuador. Restricciones temporales que se aplican solamente a ciertos productos importados. - IVA (Impuesto al Valor Agregado) Administrado por el SRI. 12% del resultado de la suma de: VALOR EN ADUANA + ADVALOREM + FODINFA + ICE + SALVAGUARDIA

- IMPUESTO DE SALIDA DE DIVISAS

Impuesto que administra el SRI 5% del valor en aduanas.

8

Art. 109 del Código orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Estas se dan como medida de defensa comercial, cuando se reúnan las condiciones de su aplicación, la misma que será notificada oportunamente ante OMC.

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ACCESO A MERCADO El valor total a cancelar por el importador es la suma de los impuestos antes mencionados.

Productos de Prohibida Importación Los productos de Prohibida importación son aquellos dispuestos por el COMEX en la resolución 18210. Es importante revisar las Resoluciones del COMEX11 en las cuales se presentan modificaciones a la lista de productos de prohibida importación. Así mismo, para mayor detalle se puede consultar en la página del SENAE por producto.

Tabla No.15 Nómina de subpartidas arancelarias de Prohibida Importación Subpartida 2524.00.90 2903.51.10 2903.59.10 2903.59.20 2903.62.10

Descripción -Los demás ---Lindano (ISO) isómero gamma. ---Clordano (ISO) ---Aldrina (ISO) ---Hexaclorobenceno

2903.69.00

--Los demás

2908.90.00 2910.90.10 2910.90.20 2918.90.30 2919.90.90 2920.10.10 2920.10.20 4012.12.00 4012.19.00 4012.20.00 4103.20.00 4106.40.00 4113.30.00 6309.00.00

-Los demás --Diedrina (ISO) (DCI) --Endrín (ISO) --2,4,5-T (ISO) (Ácido 2,4,5-triclorofenoxiacético) -Los demás --Paratión metil (ISO) --Paratión etílico (ISO) --De los tipos utilizados en automóviles de turismo incluídos los del tipo familiar [<<break>> o <<station wagon>>] y los de carreras) --De los tipos utilizados en autobuses o camiones --Los demás -Neumáticos (llantas neumáticas) usados -De reptil -De reptil -De reptil Artículos de prendería

8415.10.10

--Con equipo de enfriamiento inferior o igual a 30,000 BTU/hora

4012.11.00

8415.10.90 8415.20.00 8415.81.10

Solamente para Crociddita

Observaciones

Solamente para Bifenilos Policlorados; Bifenilos Polobromados; Terfenilos Policlorados Solamente para Pentacloro Fenol

Solamente para Fosfato de Tris(2,3 Dibromo Propilo)

Solamente para ropa y calzado usado Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refriferantes R-12 o R-502 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen --Los demás refriferantes R-12 o R-503 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen -Del tipo de los utilizados en los vehículos automóviles para sus ocupantes refriferantes R-12 o R-504 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen ---Con equipo de enfriamiento inferior o igual a 30,000 BTU/hora refriferantes R-12 o R-505

Fuente y elaboración: Coordinación de Comercio Exterior COMEX

10

La Resolución 182 contiene los productos de prohibida importación, no obstante se recomienda revisar la página web http://www.produccion.gob.ec/comex/ link Resoluciones para ver más información. 11 Links: COMEX: http://www.mcpec.gob.ec/index.php?option=com_content&view=article&id=1287:resoluciones-comex&catid=9:mcpec&Itemid=57.

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ACCESO A MERCADO Tabla No.16 Nómina de subpartidas de Prohibida Importación Subpartida

Descripción

8415.81.90

- - - Los demás

8415.82.00

- - Los demás, con equipo de enfriamiento

8415.82.20

- - -Inferior o igual a 30,000 BTU/Hora

8415.82.30

- - - Superior oigual a 30,000 BTU/hora pero inferior o igual a 240,000 BTU/hora

8415.82.40

- - - Superior a 240,000 BTU/hora

8415.83.00

- - Sin equipo de enfriamiento

8418.10.00

- Conbinaciones de refrigerador y congelador con puertas exteriores separadas

8418.21.00

- - De compresión

8418.22.00

- De absorción, eléctricos

8418.29.00 8418.30.00 8418.40.00 8418.50.00 8418.61.00 8418.69.00

- Los demás - Congelados horizontales del tipo arcón (cofre) de capacidad inferior o igual a 800 l - Congeladores verticales del tipo armario, de capacidad inferior o igual a 900 - Los demás armarios, arcones (cofres), vitrinas, mostradores y muebles similares para la producción de frio - - Grupos frigorificos de compresión en los que el condensador esté constituido por un intercambio de calor - - Los demás

Observaciones Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-502 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-503 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-504 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-505 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-506 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-507 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-508 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-509 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-510 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-511 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-512 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-513 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-514 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-515 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-516

Fuente: Consejo de Comercio Exterior e Inversión Ecuador COMEXI

Tabla No.17 Nómina de Subpartidas de Prohibida Importación Subpartida

Descripción

8418.69.11

- - - De comprensión

8418.69.12

- - - De absorción

8418.69.91

- - - Para la fabricación del frio

8418.69.92

- - - Fuentes de agua

8418.69.99

- - - Las demás

8418.91.00

- - Muebles concebidos para incorporarles un equipo de producción de frio

8418.99.10

- - - Evaporadoras de placas

8418.99.90

- - - Las demás

9502.10.00.10 - - Muñeco denominado ¨Marv corredor de la Muerte¨ 9601.10.00

- Marfil trabakado y sus manufacturas

9601.90.00

- Los demás

Observaciones Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-502 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-503 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-504 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-505 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-506 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-507 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-508 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-509 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-510 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-511 Solamente para los equipos que contengan CFCs que utilicen refrigeradoras R-12 o R-512

Fuente: Consejo de Comercio Exterior e Inversión Ecuador COMEXI

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ACCESO A MERCADO Régimen para muestras La categoría de muestras se las define en el Código de la Producción, como exentas del pago de tributos al comercio exterior dentro de los límites fijados por aduana. Para el caso de envíos por correos rápidos o courier estos están en la categoría B y su valor máximo es hasta USD $400 y 4 kilos, condición que debe cumplirse según lo dispuesto en el reglamento de courier12. El Reglamento del Libro V del Código de la Producción13 señala:

“Art. 14.- Definición.- Se denomina muestras sin valor comercial a cualquier mercancía importada o exportada, que su valor en aduana no supere los cuatrocientos dólares, o las tres unidades por ítem o por presentación comercial, tomando en cuenta la unidad de medida de la subpartida específica del Arancel Nacional de Importaciones que corresponda; que no esté destinada a la venta y que cumpla con las siguientes condiciones: a) Que sea claramente identificada como muestra sin valor comercial o que se demuestre que la mercancía no será destinada para la venta; y, b) Con el objeto de ser utilizada en estudios de mercado, investigación, desarrollo, pruebas de laboratorio, ensayos, u obtención de documentos de control previo u otros requisitos similares”.

“Art. 15.- Procedimiento.- El importador deberá presentar la Declaración Aduanera única junto con los documentos de soporte y de acompañamiento que correspondan según las normas legales vigentes. Si como resultado del Control Aduanero se determinare que las mercancías no cumplieren con las características mencionadas en el artículo anterior, se procederá a efectuar la reliquidación por aquellos tributos que se dejaron de declarar en su momento, sin perjuicio de las sanciones respectivas a que hubiere lugar.”

Requisitos Específicos para Productos Importados: Requisitos Arancelarios (Sistema arancelario, Aranceles promedio aplicados, Preferencias arancelarias al Ecuador) Sistema Arancelario del Ecuador El Ecuador como país miembro de la Organización Mundial de Comercio, notifica a este organismo los aranceles consolidados del universo arancelario correspondiente para las mercancías destinadas al territorio nacional. En los últimos tres años como política de fomento productivo del país se han diferido cerca de 3.000 subpartidas arancelarias pagando 0% de arancel14. Existen también cupos de importación para ciertas subpartidas como el caso de las llantas según Resolución 541 2010 del COMEXI, en donde se otorgan a ciertas empresas un diferimiento arancelario a 0% para un número específico de llantas.

12

http://www.aduana.gob.ec/contenido/resoluciones.html Revisar resoluciones 4-2008-R4/24-2008-R1 / 1-2008 R3 Libro V es sobre la Facilitación del Comercio Exterior, sobre el cual se rige la SENAE, Servicio de Aduanas del Ecuador.17 14 Revisar página web del Comexi www.comexi.gob.ec Revisar página web del Comexi www.comexi.gob.ec 13

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ACCESO A MERCADO El Ecuador aplica el Sistema Andino de Franjas de Precios Agropecuarios con el objetivo principal de estabilizar el costo de importación de un grupo especial de productos agropecuarios caracterizados por una marcada inestabilidad de sus precios internacionales, o por graves distorsiones de los mismos. Con tal fin, los países miembros aplicarán a las importaciones de esos productos procedentes de terceros países, derechos variables adicionales al Arancel Externo Común (AEC), cuando los precios internacionales de referencia de dichos productos sean inferiores a determinados niveles piso. Asimismo, los países miembros aplicarán rebajas al AEC para reducir el costo de importación cuando los precios internacionales de referencia sean superiores a determinados niveles techo.15

Preferencias Arancelarias del Ecuador El Ecuador mantiene un régimen de preferencias arancelarias con la Comunidad Andina, compuesta por Perú, Colombia y Bolivia, no obstante con Venezuela a pesar de haberse salido del grupo en el 2006 en Abril del 2011, se renovaron las preferencias con el Ecuador desde el 22 de Abril de 2011, mediante Resolución del COMEX No 7 del 21 de Abril de 2011 hasta que se lleve a cabo un tratado bilateral. EL Sistema Generalizado de Preferencias SGP, es otorgado por algunos países desarrollados, entre ellos: Los Estados Unidos, la Unión Europea y Japón. Cubriendo a los países miembros de la Comunidad Andina (CAN), el Mercado Común Centroamericano (MCCA) y Panamá. Estos beneficios, sin embargo, no son dados a todos los productos de la oferta exportable de un determinado país, sino que son seleccionados unilateralmente por el país más desarrollado y están sujetos a revisión en forma periódica. Otro esquema de Preferencias arancelarias es el ATPDEA (Andean Trade Preference For Drugs Erradication Act) Ley de Preferencias Arancelarias Andinas para la Erradicación de la Droga, que es un programa de beneficios arancelarios que busca aumentar los flujos comerciales entre los países beneficiarios y los Estados Unidos, y generar empleo e inversión. Esto con el fin de fortalecer las economías de los países beneficiarios y promover la estabilidad política, económica y social en el área, para así implementar alternativas de desarrollo que sean sostenibles en el largo plazo. De la misma manera estas preferencias deberán contribuir a consolidar los valores, principios y prácticas democráticas en la región, así como continuar con la lucha concertada contra el narcotráfico y el terrorismo. El programa otorga preferencias a cerca de 3.947 sub partidas a nivel de 6 dígitos. De igual forma se mantiene un SGP plus con la Unión Europea hasta el 2014 otorgando preferencias adicionales a una serie de productos en beneficio del país. Otros acuerdos comerciales que mantiene el Ecuador son, CAN-MERCOSUR, integrado por Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay, Acuerdo de Complementación económica bajo el marco de ALADI con México ACE 29, ACE 46 con Cuba, ACE 65 con Chile, ACE 59 con MERCOSUR16; además del acuerdo de alcance parcial recientemente firmado y puesto en vigencia con Guatemala. En la Actualidad existen conversaciones formales con la Unión Europea, Canadá, Rusia, Turquía, Países del Medio Oriente y Centro América.

15 16

Tomado de la decisión 371 de la Comunidad Andina, Art 1 sobre el Sistema Andino de Franja de Precios Para ver detalles de los acuerdos comerciales revisa: http://www.aladi.org/nsfaladi/textacdos.nsf/vpaises/ecuador

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ACCESO A MERCADO En cuanto a las importaciones que realice el Ecuador, se podrá acoger según los acuerdos vigentes, entre los países de la ALADI a través de los acuerdos de complementación económica, CAN-MERCOSUR u algún otro regional, incluso con diferimiento arancelario, los cuales deben ser especificados en la declaración aduanera mediante códigos o Tnan (Códigos suplementarios utilizados para diferencias medidas comerciales). Para consultar el arancel que se paga por cada producto importado así como el documento exigible ya sea previo al embarque o previo a la nacionalización se deberá consultar en el Portal del ECUAPASS digitando la subpartida arancelaria nacional correspondiente al producto a importar. Regímenes económicos aduaneros Regímenes de Importación17 • Importación para el consumo.- Es el régimen aduanero por el cual las mercancías importadas desde el extranjero o desde una Zona Especial de Desarrollo Económico pueden circular libremente en el territorio aduanero, con el fin de permanecer en él de manera definitiva, luego del pago de los derechos e impuestos a la importación, recargos y sanciones, cuando hubiere lugar a ellos, y del cumplimiento de las formalidades y obligaciones aduaneras. Admisión temporal para reexportación en el mismo estado.- Es el régimen aduanero que permite la introducción al territorio aduanero de determinadas mercancías importadas, para ser utilizadas en un fin determinado, con suspensión total o parcial del pago de los derechos e impuestos a la importación y recargos, con excepción de la depreciación normal originada por el uso que se haya hecho de las mismas, para ser reexportadas en un plazo determinado sin experimentar modificación alguna, según se determine en el reglamento18. • Régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo.- Es el régimen aduanero que permite el ingreso al territorio aduanero ecuatoriano, con suspensión del pago de los derechos e impuestos a la importación y recargos aplicables, de mercancías destinadas a ser exportadas luego de haber sido sometidas a una operación de perfeccionamiento, bajo la forma de productos compensadores. Podrán autorizarse instalaciones industriales, que al amparo de una garantía general, operen habitualmente bajo este régimen, cumpliendo con los requisitos previstos en el reglamento del Código de la Producción. Los productos compensadores que se obtengan aplicando este régimen podrán ser objeto de cambio de régimen a importación para el consumo, pagando tributos sobre el componente importado de dicho producto compensador.

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Tomado del Libro V “De la Competitividad sistémica y la Facilitación Aduanera”, del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; Art. 147 y siguientes 18 Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, acceso en: http:// www.aduana.gob.ec/archivos/S452_20110519.pdf

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ACCESO A MERCADO Reposición de mercancías con franquicia arancelaria.- Régimen aduanero que permite importar, con exoneración de los derechos e impuestos a la importación y recargos con excepción de las tasas aplicables, mercancías idénticas o similares por su especie, calidad y sus características técnicas, a las que estando en libre circulación, hayan sido utilizadas para obtener las mercancías exportadas previamente con carácter definitivo. • Transformación bajo control aduanero.- Es el régimen aduanero que permite introducir en el territorio aduanero mercancías para someterlas a operaciones que modifiquen su especie o estado, con suspensión del pago de los derechos e impuestos a la importación y recargos aplicables, para la posterior importación para el consumo de los productos resultantes obtenidos de esas operaciones, con la aplicación de los derechos e impuestos a la importación y recargos que les correspondan con arreglo a la naturaleza arancelaria del producto terminado. • Depósito aduanero.- Régimen aduanero según el cual las mercancías importadas son almacenadas por un período determinado bajo el control de la aduana en un lugar habilitado y reconocido para esta finalidad, sin el pago de los derechos e impuestos y recargos aplicables. Reimportación en el mismo estado.- Es el régimen aduanero que permite la importación para el consumo con exoneración de los derechos e impuestos a la importación, recargos aplicables de las mercancías que han sido exportadas, a condición que no hayan sido sometidas a ninguna transformación, elaboración o reparación en el extranjero y a condición que todas las sumas exigibles en razón de un reembolso o de una devolución, de una exoneración condicional de derechos e impuestos o de toda subvención u otro monto concedido en el momento de la exportación, se hayan pagado.

Regímenes de Exportación • Exportación definitiva.- Es el régimen aduanero que permite la salida definitiva de mercancías en libre circulación, fuera del territorio aduanero comunitario o a una Zona Especial de Desarrollo Económico ubicada dentro del territorio aduanero ecuatoriano. • Exportación temporal para reimportación en el mismo estado.- Es el régimen aduanero que permite la salida temporal del territorio aduanero de mercancías en libre circulación con un fin y plazo determinado, durante el cual deberán ser reimportadas sin haber experimentado modificación alguna, con excepción del deterioro normal por el uso que de ellas se haga. • Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo.- Es el régimen aduanero por el cual las mercancías que están en libre circulación en el territorio aduanero pueden ser exportadas temporalmente fuera del territorio aduanero o a una Zona Especial de Desarrollo Económico ubicada dentro de dicho territorio para su transformación, elaboración o reparación y luego reimportarlas como productos compensadores con la exención de los tributos correspondientes conforme las condiciones previstas en el reglamento al Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones19.

Otros Regímenes Aduaneros Devolución Condicionada.- Devolución condicionada es el régimen por el cual se permite obtener la devolución automática total o parcial de los tributos al comercio exterior pagados por la importación de las mercancías que se exporten dentro de los plazos y porcentajes que señale el reglamento del Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones, en los siguientes casos: 19

Revisar el Reglamento al Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones, en lo que respecta al libro V publicado en el Registro Oficial No 452 del 19 de Mayo de 2011.

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ACCESO A MERCADO a. Las utilizadas en el país en un proceso de transformación; b. Las incorporadas a la mercancía; y, c. Los envases o acondicionamientos. El proceso de devolución condicionada de tributos estará íntegramente a cargo del Servicio Nacional de Aduanas. De esta manera, la autoridad aduanera devolverá todos los tributos al comercio exterior que correspondan, y, posteriormente, cruzará contablemente dichos valores con las demás autoridades titulares de los tributos devueltos, quienes deberán ser parte del sistema interconectado de ventanilla única electrónica de comercio exterior. El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador a través de su sistema electrónico efectuará la devolución correspondiente, sin perjuicio del derecho del contribuyente de efectuar un reclamo administrativo en contra de dicho acto si se creyere afectado por el mismo. • Almacenes Libres.- El almacén libre es el régimen liberatorio que permite el almacenamiento y venta de mercancías nacionales o extranjeras a pasajeros que salgan del país o que ingresen del extranjero, en puertos y aeropuertos internacionales, sin el pago de tributos al comercio exterior. • Almacenes Especiales.- Conforme la normativa internacional aplicable se podrán autorizar almacenes especiales de mercancías, destinadas al aprovisionamiento, reparación y mantenimiento de naves, aeronaves y unidades de carga destinadas para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros y carga; a los que se podrán ingresar además, libre de todo tributo al comercio exterior, repuestos y piezas de recambio para su reparación, acondicionamiento o adecuación. Para aplicación de esta disposición, la Directora o el Director General tendrán la atribución para establecer formalidades simplificadas. • Ferias Internacionales.- Es un régimen especial aduanero por el cual se autoriza el ingreso de mercancías de permitida importación con suspensión del pago de tributos, por un tiempo determinado, destinadas a exhibición en recintos previamente autorizados, así como de mercancías importadas a consumo con fines de degustación, promoción y decoración, libre del pago de tributos al comercio exterior, previo el cumplimiento de los requisitos y formalidades señaladas en el reglamento. • Tránsito aduanero.- Es el régimen aduanero por el cual las mercancías son transportadas bajo control aduanero desde una oficina distrital con destino al exterior. • Reembarque.- Es el régimen aduanero por el cual las mercancías manifestadas que se encuentran en depósito temporal en espera de la asignación de un régimen o destino aduanero podrán ser reembarcadas desde el territorio aduanero.

Aún cuando las mercancías hayan sido declaradas a un régimen aduanero, procede el reembarque cuando por el control aduanero se determine un cambio en la clasificación arancelaria que conlleve la exigencia de documentos de control previo u otros, que no eran exigibles de acuerdo a lo declarado por el importador cuando esto obstaculice la legal importación de la mercancía No se autorizará el reembarque cuando se haya configurado respecto de las mercancías presunción fundada de delito. El reembarque será obligatorio en el caso de mercancías de prohibida importación, excepto las prendas de vestir, perecibles y materiales educativos que serán donados a la Secretaría de Estado a cargo de la política social. Este régimen se ejecutará mediante procedimientos simplificados de acuerdo a lo que señala el reglamento.

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ACCESO A MERCADO • Transbordo.- El régimen aduanero conforme al cual se realiza la transferencia de mercancías que son retiradas del medio de transporte utilizado para el arribo al territorio aduanero y cargadas en el medio utilizado para la salida del territorio aduanero, realizándose esta transferencia bajo control aduanero. Este régimen se ejecutará mediante procedimientos simplificados de acuerdo a lo que señala el reglamento.

Regímenes de excepción • Tráfico Postal.- La importación o exportación a consumo de los envíos o paquetes postales cuyo valor en aduana no exceda del límite que se establece en el reglamento se despacharán mediante formalidades simplificadas respetando los convenios internacionales suscritos al respecto, conforme los procedimientos que establezca el Servicio Nacional de Aduanas. Los envíos o paquetes que excedan el límite establecido, se sujetarán a las normas aduaneras generales. • Mensajería acelerada o Courier.- La correspondencia, documentos y mercancías que cumplan con lo previsto en el reglamento dictado por la Directora o Director General del Servicio Nacional de Aduanas y no excedan los límites previstos en el mismo, transportados por los denominados correos rápidos, se despacharán por la aduana mediante formalidades simplificadas conforme la normativa dictada por el Servicio Nacional de Aduanas. Los envíos o paquetes que excedan el límite establecido, se sujetarán a las normas aduaneras generales. • Tráfico Fronterizo.- De acuerdo a los tratados y convenios internacionales, se permite el intercambio de mercancías destinadas al uso o consumo doméstico entre las poblaciones fronterizas, libre de formalidades y del pago de tributos al comercio exterior, dentro de los límites geográficos que fije el Servicio Nacional de Aduana. • Vehículo de uso privado del turista.- Es el régimen por el cual se permite el ingreso del vehículo de uso privado del turista libre del pago de tributos dentro de los plazos y condiciones previstas en el reglamento al presente Código. • Otros regímenes de excepción.- El equipaje de viajero, menaje de casa y las provisiones para naves o aeronaves se someterán a procedimientos simplificados conforme el reglamento al presente Código y la normativa que para el efecto dicte el Secretario Nacional del Servicio Nacional de Aduanas. • Cambio de Régimen.- Las mercancías declaradas a un régimen que suspenda o libere de tributos al comercio exterior, podrán ser declaradas a cualquier otro régimen, antes del vencimiento del plazo concedido. Previo el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios, el cambio de régimen será autorizado por la servidora o el servidor público competente. Prohíbase el cambio de régimen de mercancías declaradas a consumo a cualquier otro régimen20.

Zonas Especiales de Desarrollo Económico El Gobierno Nacional es quien autoriza el establecimiento de Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE), como un destino aduanero, en espacios delimitados del territorio nacional, para que se asienten nuevas inversiones, con incentivos que estarán condicionados al cumplimiento de los objetivos específicos establecidos en el COPCI (Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones)21.

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Los regímenes especiales, de excepción, etc., han sido tomados del Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones título V. Art. 34 del COPCI.

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ACCESO A MERCADO Las Zonas Especiales de Desarrollo Económico se instalarán en áreas geográficas delimitadas del territorio nacional, considerando condiciones tales como: preservación del medio ambiente, territorialidad, potencialidad de cada localidad, infraestructura vial, servicios básicos, conexión con otros puntos del país, entre otros, previamente determinadas por el organismo rector en materia de desarrollo productivo, y en coordinación con el ente a cargo de la planificación nacional y estarán sujetas a un tratamiento especial de comercio exterior, tributario y financiero. Las Zonas Especiales de Desarrollo Económico podrán ser de los siguientes tipos: a. Para ejecutar actividades de transferencia y de desagregación de tecnología e innovación. En estas zonas se podrá realizar todo tipo de emprendimientos y proyectos de desarrollo tecnológico, innovación electrónica, biodiversidad, mejoramiento ambiental sustentable o energético; b. Para ejecutar operaciones de diversificación industrial, que podrán consistir en todo tipo de emprendimientos industriales innovadores, orientados principalmente a la exportación de bienes, con utilización de empleo de calidad. En estas zonas se podrá efectuar todo tipo de actividades de perfeccionamiento activo, tales como: transformación, elaboración (incluidos: montaje, ensamble y adaptación a otras mercancías) y reparación de mercancías (incluidas su restauración o acondicionamiento), de todo tipo de bienes con fines de exportación y de sustitución estratégica de importaciones principalmente; y, c. Para desarrollar servicios logísticos, tales como: almacenamiento de carga con fines de consolidación y desconsolidación, clasificación, etiquetado, empaque, reempaque, refrigeración, administración de inventarios, manejo de puertos secos o terminales interiores de carga, coordinación de operaciones de distribución nacional o internacional de mercancías; así como el mantenimiento o reparación de naves, aeronaves y vehículos de transporte terrestre de mercancías. De manera preferente, este tipo de zonas se establecerán dentro de o en forma adyacente a puertos y aeropuertos, o en zonas fronterizas. El exclusivo almacenamiento de carga o acopio no podrá ser autorizado dentro de este tipo de zonas.

Los servicios logísticos estarán orientados a potenciar las instalaciones físicas de puertos, aeropuertos y pasos de frontera, que sirvan para potenciar el volumen neto favorable del comercio exterior y el abastecimiento local bajo los parámetros permitidos, en atención a los requisitos establecidos en el Reglamento de este Código. Los bienes que formen parte de estos procesos servirán para diversificar la oferta exportable; no obstante, se autorizará su nacionalización para el consumo en el país en aquellos porcentajes de producción que establezca el reglamento al presente Código. Estos límites no se aplicarán para los productos obtenidos en procesos de transferencia de tecnología y de innovación tecnológica. Las personas naturales o jurídicas que se instalen en las zonas especiales podrán operar exclusivamente en una de las modalidades antes señaladas, o podrán diversificar sus operaciones en el mismo territorio con operaciones de varias de las tipologías antes indicadas, siempre que se justifique que la variedad de actividades responde a la facilitación de encadenamientos productivos del sector económico que se desarrolla en la zona autorizada; y que, la ZEDE cuente dentro de su instrumento constitutivo con la autorización para operar bajo la tipología que responde a la actividad que se desea instalar.

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ACCESO A MERCADO Licencias de Importación/Autorizaciones Previas El COMEX, antes denominado COMEXI, es el organismo encargado de fijar las políticas y normas de comercio exterior. Mediante resoluciones legisla las medidas que serán adoptadas y que afectarán al comercio exterior ecuatoriano. Para el caso de las licencias de importación y autorizaciones previas hay que hacer una distinción. En las importaciones que utilizan un régimen especial aduanero, sólo deberá presentarse el documento de control previo como condición para la nacionalización y/o venta local de las mercancías. Se exceptúan de esta disposición los controles previos que requieren: • los desechos peligrosos; • las mercancías agropecuarias sujetas a requisitos fitosanitarios y zoosanitarios; y, • las sustancias sujetas a fiscalización del CONSEP. Para estos tres casos, los procedimientos de control previo deberán tramitarse y aprobarse antes del embarque para cualquier régimen aduanero22 . Para los otros casos, los documentos exigibles para la lista dispuesta en las Resoluciones 450, 465,585,59523 y las demás modificatorias, los documentos deberán presentarse en destino previa la nacionalización de las mercancías, siendo en el caso de los primeros, es decir antes de embarque, sancionados con el reembarque en caso de no haber cumplido con la disposición.

Requisitos Para Arancelarios Requisitos Sanitarios/Fitosanitarios Las importaciones de productos agrícolas y de origen animal (excepto productos industrializados) sólo pueden arribar a puertos y aeropuertos en donde AGROCALIDAD (Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro)24 tenga dispuesto oficiales de cuarentena animal y vegetal, en relación a la Ley de Sanidad Animal y a la Ley de Sanidad Vegetal, e inocuidad alimentaria respectivamente. Con relación a los productos de origen alimenticio industrializados, el organismo pertinente de extender los certificados para la presentación en aduana, es el Instituto Nacional de Higiene Leopoldo Izquieta Pérez25 quien se encarga de otorgar los Registros Sanitarios para todo producto de consumo humano, incluyendo los medicamentos, cosméticos, alimentos procesados, productos naturales y bebidas alcohólicas. Las mercancías dispuestas en las Resoluciones 450-465-585-595 y demás modificatorias, señalan las subpartidas que están obligadas a presentar un documento de control, o de registro de producto o de Importador. Otras instituciones como las Fuerzas Armadas, la Comisión de Energía Atómica, entre otras señaladas en las resoluciones antes mencionadas, también expiden los documentos relativos a las mercancías que son de su competencia y que deben ser presentados y adjuntados al trámite para el despacho, de lo contrario no será permitida la nacionalización de las mercancías.

Normas y Reglamentos Técnicos El Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) es el organismo Oficial del estado a cargo de las normas técnicas. El INEN es miembro de la Organización Internacional de estándares, de la Comisión Panamericana de Estándares técnicos, de la Organización Internacional de Metrología y es punto de contacto de la Comisión para el CODEX Alimentario.

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Resolución 364 del COMEXI En las Resoluciones descritas, señalan la autoridad competente que expide los documentos exigibles por aduana. 24 http://www.agrocalidad.gob.ec/agrocalidad/ 25 http://www.inh.gob.ec/ 23

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ACCESO A MERCADO El INEN está también a cargo del aseguramiento de la conformidad con el apoyo de la OAE(Organismo Ecuatoriano de Acreditación). Todos los Productos sujetos a normas técnicas deben obtener el certificado INEN 1, dicho documento será exigido al momento de la nacionalización. Los Siguientes productos requieren de una certificación INEN 1, sin perjuicio de lo que señalan las Resoluciones 450465-585-595 y demás modificatorias: a. Vehículos b. Refrigeradoras c. Cocinas d. Llantas e. Generadores Eléctricos f. Etiquetado para Textiles, Calzado y Accesorios g. Materiales de Construcción como Cemento, Cerámica, Tubos h. Componentes de Vehículos tales como Bujías i. Líquidos de Freno j. Anticonceptivos La OAE certifica y reconoce a laboratorios acreditados en organizaciones de acreditación de normas técnicas internacionales. Los certificados de conformidad que son otorgados al INEN por parte del Importador o Fabricante deben ser validados y aprobados por el OAE. El INEN a través de su página web26 informa al público sobre las resoluciones y normas técnicas exigibles para las mercancías, estas normas son publicadas oficialmente a través del Registro Oficial para que se convierta en exigible. Tanto el INEN como la OAE, están supeditados a la supervisión del Comité Interministerial de la Calidad cuya secretaría ejecutiva residirá en el Ministerio de Industrias y Productividad.

o Requisitos de empaque, embalaje y etiquetado.27

Empaques y envases La regulación señala los siguientes lineamientos para los envases para alimentos: • El envase debe tener una forma, capacidad y sello de cierre adecuados para su contenido. No hay mayores explicaciones de qué se entiende en este caso por “adecuado”. • El envase debe estar hecho de los materiales correctos, en relación con la naturaleza físico-química de su contenido. • Los envases deben garantizar la protección, conservación e identificación apropiadas durante la vida útil del producto. Los materiales utilizados para los envases y empaques para los alimentos procesados deben estar de acuerdo a las condiciones establecidas para cada producto o grupo de productos en las Normas Técnicas Ecuatorianas (NTE). Por otro lado, el reglamento para el Manejo de los Desechos Sólidos establece que todo el material utilizado en los envases y empaques debe permitir el reciclaje. 26 27

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http://www.inen.gob.ec/ Instituto Ecuatoriano de Normalización: http://www.inen.gov.ec/index.php


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ACCESO A MERCADO Etiquetado El Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) establece los requerimientos referentes al etiquetado de los productos. El etiquetado debe ser en español y debe incluir el nombre de la empresa, dirección y teléfono, número de registro de la empresa, país de origen, unidad, peso neto y registro de sanidad (cuando sea requerido). La etiqueta debe contener los siguientes datos y características: • • • • • • • • • • • • •

Nombre del producto Los ingredientes, deben aparecer en orden decreciente según su proporción en la composición del producto Marca comercial Identificación del lote Razón social de la empresa Contenido neto en unidades del Sistema Internacional Número de Registro Sanitario Fecha de elaboración Tiempo máximo de consumo Forma de conservación Precio de venta al público (P.V.P.) Ciudad y país de origen Otros que la autoridad de salud estime conveniente, como: grado alcohólico si se trata de bebidas alcohólicas y advertencias necesarias de acuerdo a la naturaleza y composición del producto.

El procedimiento para obtener esta etiqueta se basa en presentar en el Instituto la etiqueta del país de origen con una copia de la misma y añadirle todos los datos anteriores conformando la etiqueta nueva, que será utilizada para la comercialización del producto en el Ecuador.

Requisitos del comprador28 El comportamiento del consumidor a la hora de elegir los productos que satisfagan sus necesidades ha cambiado. Se busca el ahorro en el precio en lugar de la calidad, sobre todo el sector socio económico bajo existiendo restricción en el consumo de ciertos ítems. Sin embargo, existe una población exigente a la hora de escoger un producto, específicamente la población de alto ingreso económico. En cuanto a los productos ecológicos u orgánicos, la tendencia de su consumo no se expande en el mercado nacional debido a que los productos verdes presentan costos más altos. Es importante indicar el crecimiento que ha tenido la venta de productos en los negocios del autoservicio, se han abierto supermercados y centros comerciales en todo el Ecuador, por lo que los consumidores prefieren ir a estos lugares para comprar los productos que demandan. Si los localizamos geográficamente estos se encuentran concentrados en las grandes ciudades con mayor número de población. En la actualidad asistir a ellos produce placenteras sensaciones debido a que ofrecen espaciosos ambientes, bien iluminados, de cómodo acceso, siguen normas de higiene y calidad, poseen cadenas de frío para alimentos perecederos, atractivos displays para mostrar sus productos, sistemas de información y comunicación modernizados. Visitan los autoservicios en general los grupos que pertenecen al nivel medio típico, medio alto y alto. Según los volúmenes de venta, el consumo en el canal tradicional es de 71% y en autoservicios es de 29%. 28

Fuente Ipsa Group – Store audit

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ACCESO A MERCADO Otros aspectos importantes del retail Para la empresa de consumo masivo los tenderos son claves ya que a través de ellos promocionan sus marcas. La relación cotidiana entre tenderos y clientes establece un vínculo más humano, diferente a lo que se experimenta en las compras en autoservicio. Las grandes empresas llevan a cabo estrategias específicas para asesoramiento y atención especializada a los tenderos porque en ellos está la elección de los productos que se exhibirán en sus negocios. La importancia del tendero trascendió a la mirada de las instituciones financieras, ya que en muchos barrios las tiendas son instrumentos para realizar transacciones bancarias. La influencia del comerciante minorista al momento de la compra es decisiva, ya que el cliente sólo adquiere los productos que el dueño de la despensa decidió tener en stock. Cada vez los ecuatorianos destinan más a los gastos como la telefonía celular, internet, el alcohol, cigarrillos, televisión pagada, cine y restaurantes de comida rápida.

Condiciones de pago y compra La elección del método de pago que se vaya a emplear en una operación de compraventa internacional se ve influida por el nivel de conocimiento que se tenga del comprador extranjero, el tamaño y la frecuencia de las operaciones. Los principales medios internacionales de pago son los siguientes: Pago anticipado: Consiste en que el importador, antes del embarque, sitúa en la plaza del exportador el importe de la compra venta. Esta forma de pago representa muchos riesgos para el comprador; quien queda totalmente a merced de la buena fe del vendedor, quien eventualmente y hasta deliberadamente puede demorar indebidamente el envío de las mercancías o simplemente en el peor de los casos no hacerlo. Pago Directo: Se constituye cuando el importador efectúa el pago directamente al exportador y/o utiliza a una entidad para que se efectúe este pago sin mayor compromiso por parte de esa entidad. Los medios de pago más comunes para pagos directos son el cheque, la orden de pago, el giro o la transferencia. Los medios de pago directos son utilizados normalmente cuando las condiciones de pago son al contado, en cuenta corriente o a consignación.

El pago directo representa una cierta forma de anticipación con la variante de que quien recibe toda la ventaja es el comprador, quedando el vendedor en absoluta inferioridad, pues debe enviar las mercancías y esperar el pago hasta que estas hayan llegado a destino. Puede suceder que el importador retire las mercancías y demore deliberada e indebidamente el pago, o que finalmente no lo realice, con graves pérdidas para el exportador quien, en el mejor de los casos tendrá que hacer regresar los bienes a su destino, asumiendo costos no previstos, con lo cual habrá sufrido una pérdida efectiva. En esta modalidad no existen garantías, la intervención de un banco queda limitada a facilitar un giro bajo instrucciones del cliente.

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ACCESO A MERCADO • Cobranzas Documentarias: Se definen como el manejo por los bancos de documentos que pueden ser financieros o comerciales; según las instrucciones que reciban, con el fin de lograr el cobro y/o la aceptación de documentos financieros. El exportador entrega sus documentos a un banco para que éste, bajo las instrucciones recibidas, maneje y entregue los documentos al comprador previo pago y/o aceptación. • Pago a la vista (Documento contra Pago): En este caso, el banco que cobra presenta los documentos al comprador, quien hace el pago y obtiene los documentos para la entrega de la mercancía. Este método es favorable al exportador puesto que, indirectamente, mantiene el control de los documentos hasta que el comprador externo haga el pago. • A la aceptación a la vista de la letra de cambio (Documentos contra Aceptación): En este caso el banco que cobra entrega los documentos al comprador al aceptar éste la letra de cambio, es decir su obligación de realizar el pago en una fecha establecida. • La Cobranza Documentaria representa menos riesgos que el pago directo y el anticipado ya que en esta modalidad intervienen uno o más bancos, pero dicha intervención no constituye una garantía en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de compra venta acordada entre las partes. • La Carta de Crédito: La Carta de Crédito o Crédito Documentario, ocupa el lugar de privilegio entre los medios de pago para operaciones de compra venta internacionales de mercancías, no sólo por las seguridades que ofrece, sino porque mediante su uso se consigue un equilibrio entre los riesgos de tipo comercial que asumen las partes que intervienen en la compra-venta internacional. La Carta de Crédito, constituye una garantía de pago, porque es un compromiso de pago respaldado por un banco. Estas garantías amplían según las cartas de créditos sean irrevocables y confirmadas. Este método de pago se considera de bajo riesgo porque el banco expedidor tiene la obligación legal de pagar, siempre y cuando se presenten todos los documentos requeridos y se cumplan todos los términos estipulados en el contrato.

Logística, transporte y distribución Infraestructura de transporte (carreteras, ferrocarriles, puertos aeropuertos y vías fluviales)29 Ecuador posee una infraestructura de transporte compuesta por 43,197 km de carreteras, de los cuales 6.467 km están pavimentadas. El transporte por carretera es el principal medio de comunicación del país y existen muchas empresas de transporte terrestre que cubren todo el territorio. La infraestructura vial está constituida básicamente por una carretera que bordea la costa, uniendo La Tola, Lagarto, Montalvo, Rocafuerte, Río Verde, Camarones, Tachina y San Mateo: Otras vías son: Esmeraldas-Atacames-Súa-La Unión-Muisne; Esmeraldas-Rosa Zárate (Quinindé) con rumbo a Santo Domingo de los Colorados y Quito; esta última en el sector de La Independencia, se une a la nueva vía que viene desde la provincia de Pichincha pasando por San Miguel de los Bancos y Pedro Vicente Maldonado.

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Para información del estado actual de las carreteras consultar el siguiente link www.mtop.gob.ec

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ACCESO A MERCADO Vía férrea30 Ecuador tiene más de 966 km. de vías férreas, que unen la Sierra con la Costa y es principalmente utilizada con fines turísticos. Estas son propiedad del Estado. Las rutas que cubre son: Quito - Machachi - Quito Quito - Boliche - Quito Machachi - Boliche - Machachi Quito - Latacunga - Quito Riobamba - Urbina - Riobamba Riobamba - Colta - Riobamba El Tambo - Coyoctor - El Tambo Alausí - Sibambe - Alausí Ibarra - Salinas - Ibarra Durán -Yaguachi - Durán

Transporte Marítimo El sistema portuario de Ecuador está compuesto de siete puertos estatales y diez muelles privados, especializados en carga general y petróleos.

Puerto de Guayaquil31 Guayaquil es el puerto principal de la República del Ecuador, a través del cual se moviliza el 70% del comercio exterior que maneja el Sistema Portuario Nacional. Fue construido durante el periodo 1959 - 1963. La ubicación privilegiada del puerto constituye un incentivo para la captación de tráficos de las rutas del lejano oriente y del continente americano, especialmente los relativos a la costa del Pacifico. Asimismo resulta altamente conveniente para la concentración de cargas latinoamericanas destinadas a cruzar el canal de Panamá con destino a la costa este del continente o hacia Europa y África. El marco legal sobre el que desarrolla sus actividades, permite a las empresas privadas ejercer sin limitaciones la actividad portuaria. El Ecuador se encuentra inmerso en una exitosa acción de modernización tanto de puertos como de aduanas, generando un alto grado de confiabilidad para las inversiones que se realizan en el país. El puerto de Guayaquil posee una infraestructura adecuada para el desarrollo del comercio internacional, para lo cual cuenta con medios óptimos para la ejecución de las operaciones. En el puerto se prestan todos los servicios requeridos por las naves y las mercaderías a través de operadores privados de alta especialización que, bajo la supervisión de la Autoridad Portuaria, actúan en libre competencia para satisfacer los requerimientos de los usuarios más exigentes, logrando alta eficiencia y reducción de costos.

Situación geográfica El puerto marítimo de Guayaquil está localizado en la costa occidental de América del Sur, en un brazo de mar, el Estero Salado, a diez kilómetros al sur del centro comercial de la ciudad del mismo nombre y cuya situación geográfica es la siguiente: Latitud 2° 16’ 51’’ S Longitud 79° 54’ 49’’ O

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www.ferrocarrilesdelecuador.gob.ec Cámara Marítima del Ecuador http://www.camae.org


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ACCESO A MERCADO Características y muelles El puerto marítimo de Guayaquil tiene una infraestructura moderna que le permite brindar servicios a todo tipo de naves, así como manipular y almacenar contenedores o cualquier tipo de carga seca o refrigerada. Las principales características del puerto son las siguientes:

• Área total del puerto: 200 hectáreas. • Longitud total del área de los muelles: 1.625 mts. Los muelles se distribuyen de la siguiente manera:

Carga General • Número de atracaderos : 5 muelles • Longitud total: 925 mts. • Ancho del delantal del muelle: 30 mts. • Bodegas de primera línea : 4 • Bodegas de segunda línea : 20 • Bodegas de carga peligrosa : 4 Terminal de Contenedores • • • • • • • •

Número de atracaderos : 3 muelles Longitud total: 555 mts. Ancho del delantal del muelle: 30 mts. Módulos de almacenamiento de contenedores: 4 para 7.500 teus Bodegas para consolidación y desconsolidación de mercaderías: 3 de 7.200 m2 c/u. Grúa de pórtico de 40 tons: 1 grúa Terminales de contenedores: 2 Transportadores de contenedores (Transtainer): 2

Terminal de Carga a Granel • Número de atracaderos: 1 muelle • Longitud total: 155 mts. • Bodega de almacenamiento: 1 (30.000 tons.) • Número de silos: 3 de 6.000 tons. c/u. • Sistema neumático para carga y descarga de graneles: 1 Carga líquida granel melaza • Área de almacenaje : 4.278 m2 • Capacidad de almacenaje: 30.000 tons. • Tanques metálicos de melaza: 3 con 3.200 tm c/u.

Aceites vegetales • Capacidad de almacenaje: 240 tons.

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ACCESO A MERCADO El Puerto de Esmeraldas32 El Puerto de Esmeraldas es una instalación ubicada en la costa del Océano Pacífico destinada a recibir embarcaciones de diverso tamaño, y que cuenta con facilidades requeridas para carga y descarga de mercadería.

Puerto Comercial Las instalaciones del puerto comercial están dentro de un recinto completamente cerrado, que cuenta con adecuadas condiciones de seguridad y vigilancia. El terreno donde funciona el puerto se ha conformado con un relleno compactado que en parte es material proveniente del mismo dragado del puerto y en parte material proveniente de canteras. Es la principal terminal para la exportación de petróleo. Las principales instalaciones de este puerto son:

• • • • • • • • • •

Vías de acceso pavimentadas. Áreas de estacionamiento para vehículos pesados y livianos. Vías interiores de circulación pavimentadas en muy buen estado. Control de ingreso y salida. Cerramiento completo del recinto. Infraestructura completa de servicios públicos: red eléctrica, red telefónica, agua potable y alcantarillado. Edificaciones para áreas de administración, servicios, vigilancia talleres y otros. Edificaciones para bodegas. Aéreas abiertas pavimentadas para containers. Tres muelles: muelle principal, muelle de servicios y muelle roll on - roll of.

El área del puerto marítimo tiene una extensión aproximada de 40 Ha., de acuerdo a planos, con una profundidad de 11mts. Dentro de la planificación de las áreas del puerto existe la posibilidad de crecimiento de muelles, vías de circulación, áreas de bodegaje cubiertas y descubiertas, etc. En la actualidad las instalaciones existentes no están utilizadas al máximo, porque el actual movimiento del puerto no permite el total aprovechamiento de las mismas y porque la tercerización de algunos servicios ha dejado sin uso otras que ahora están desocupadas.

Puerto de Manta Actualmente es en potencia el puerto más importante del país, ya que presenta excelentes condiciones para lograr con verdadero éxito un desarrollo portuario competitivo. Tiene un acceso a mar abierto a 25 millas náuticas de la ruta internacional de tráfico marítimo sin canales y con profundidades naturales de 12 metros en la marea más baja, que permiten el ingreso de naves de gran calado en cualquier momento del año. Uno de sus objetivos es convertirse en el primer puerto de transferencia internacional de carga de contenedores del Ecuador.

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Cámara Marítima del Ecuador http://www.camae.org


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ACCESO A MERCADO Además, la ciudad de Manta, tiene un aeropuerto internacional a menos de 5 kilómetros de las instalaciones portuarias, que cuenta con una de las mejores pistas de Sudamérica, y permite el arribo de naves de gran tonelaje, como el Antonov. También cuenta con dos zonas francas, que aseguran la existencia de enormes extensiones de áreas de almacenaje y que se ubican a pocos kilómetros del puerto, en las principales vías de acceso a la ciudad.

Características Por ser un p uerto abierto y de profundidad natural de 12 metros, no presenta problemas al ingreso de las naves a los muelles internacionales y marginales; rada interior 300 hectáreas y opera los 365 días del año. Es el puerto de aguas profundas del Ecuador, pues a 150 m de las instalaciones portuarias tiene profundidad de 15 m y a 400 m tiene 18 m. Entre las principales vías de acceso al puerto están el paso lateral, el Malecón y la avenida 4 de Noviembre que lo conectan con las vías a Quito y Guayaquil. Como es Puerto Abierto y de calado natural, tiene acceso directo y no presenta problemas al ingreso de las naves a los muelles marginales. Tiene comunicación con los puertos principales de la costa ecuatoriana, de la costa oeste de Sudamérica, Centro y Norte América, además de los puertos de la costa asiática, australiana, atlántica, etc. Manta se encuentra a 190 Km de Guayaquil, 400 km de Quito, 466 km de frontera sur con Perú y a 687 km de frontera norte con Colombia. Tiene 2 zonas francas, la ZOFRAMA con 75 hectáreas y la Zona franca de Manta con 18 hectáreas.

Puerto Bolívar Tras la firma del acuerdo de paz entre Ecuador y Perú en el año 1998, se incrementó el intercambio comercial entre los dos países, desde ese entonces se acrecentó la carga en tránsito por los muelles de Puerto Bolívar, provenientes especialmente del norte peruano, para los mercados norteamericano y europeo. El Grupo Binacional para la promoción Inversión Privada (GBPIP) en el marco del Plan Binacional Ecuador – Perú, incentiva la creación de un eje portuario binacional de complementariedad de los puertos de Paita en Perú y de Puerto Bolívar en Ecuador para acrecentar el comercio marítimo y terrestre entre los dos países. Con una ubicación privilegiada, Puerto Bolívar, el segundo puerto del Ecuador, está situado en la próspera provincia de El Oro. Protegido por el Archipiélago de Jambelí, solo lo distancia 4.5 millas náuticas desde la boya de mar hasta sus atracaderos. Puerto Bolívar se dedica más a la exportación de banano (90%). Su estratégica posición en la capital bananera del mundo, le permite estar a solamente 13 millas de las rutas de tráfico internacional, cerca del canal de Panamá que comunica al resto del mundo.

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ACCESO A MERCADO Características Instalaciones físicas El puerto tiene Muelle de Espigón, muelle marginal, de cabotaje, áreas de almacenamiento, de parqueos y un edificio de antinarcóticos. El muelle de espigón cuenta con dos frentes de atraque, longitud de 130m, y ancho de 30m, calado de 10.5. Estructura: 1 losa y pilotes de hormigón, el muelle Marginal con longitud 365 m Ancho 25 m. Calado 10.5 m, permite el atraque simultaneo de 2 buques de hasta 27,000 TB. Estructura de hormigón armado, muelle de cabotaje especial para el servicio al turismo, extensión 60 m calado 5.70 m Áreas de Almacenamiento: Puerto Bolívar cuenta con 27,104 m2 de bodegas y patios con servicio para el almacenamiento de mercancías. 10.152 m2 para carga general, 14.592 m2 para paletizado de banano, de 2.360 m. para graneles.

Transporte Aéreo Ecuador cuenta con una optima red de aeropuertos, de los cuales tres son internacionales. Se encuentran ubicados en las ciudades de Quito, Guayaquil y Manta. Adicionalmente a estos 4 puertos marítimos principales del Ecuador hay 3 terminales petroleros que son estatales los mismos que son: Terminal de El Salitral en Guayaquil, Terminal de Balao en Esmeraldas y Terminal La libertad en La libertad provincia de Santa Elena.

El Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre El Aeropuerto Internacional de Quito (Código IATA: UIO, código OACI: SEQM) también llamado Aeropuerto Internacional de Mariscal Sucre, en la Parroquia de Tababela, a unos 18 kilómetros al este de la ciudad de Quito. Este aeropuerto sustituye al antiguo Aeropuerto Mariscal Sucre que se encuentra ubicado dentro del casco urbano de la ciudad capital. Su construcción empezó en el año 2006, y entró en funcionamiento el 20 de Febrero de 2013 La nueva terminal, tiene una longitud de pista de 4.100 metros, es decir que cuenta con 1 kilómetro más de longitud que la antigua terminal. El aeropuerto de la parroquia Tababela, además, está ubicado a 2.400 metros de altura sobre el nivel del mar es decir, está ubicado 400 metros más bajo que el anterior Terminal, lo que posibilita que las aeronaves despeguen del nuevo aeropuerto con mayor capacidad de pasajeros y de carga sin necesidad de escalas. Tiene además juntas a las terminales de arribo nacional e internacional. La terminal cuenta con 32 ‘pits’, que pueden alojar 12 aviones de pasajeros y cargueros. La torre de control es la más alta de Latinoamérica con 41 metros de altura y posee la mejor tecnología para las operaciones aéreas. La terminal de pasajeros tiene 38.000 m2 y la de carga 42.000 m2.

Datos técnicos • El nuevo aeropuerto tiene una pista de 4,100 metros de largo por 45 metros de ancho, con capacidad para un promedio de 44 operaciones por hora. • Pista asociada a dos taxiways. • Terminal de pasajeros en un área de 38 mil metros cuadrados, con servicios acorde con las normas IATA.

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ACCESO A MERCADO • Seis puentes de embarque de pasajeros. Capacidad de estacionamiento remoto para 20 aeronaves. • 50 mostradores para la atención a los viajeros por parte de las compañías de aviación. • Instalaciones modulares que facilitan la realización de ampliaciones de acuerdo con las necesidades. • Amplio, moderno y seguro espacio para estacionamiento de vehículos, servicios con tecnología de punta para operaciones aeroportuarias, normas de seguridad con circuito cerrado de televisión, de acuerdo a normas OACI. • Edificio inteligente en cuanto a servicios de energía, iluminación y comunicación. Tendrá capacidad para recibir a más de cuatro millones de pasajeros por año y 270 mil toneladas de carga.

El Aeropuerto Internacional José Joaquín de Olmedo de Guayaquil33 Antes conocido como el Aeropuerto Simón Bolívar, fue remodelado y empezó a operar el 27 de julio del 2006 con la misma pista del anterior aeropuerto, pero en un nuevo y muy funcional moderno edificio. Recibe vuelos locales e internacionales de todo el mundo. El Aeropuerto se encuentra dentro del perímetro urbano al norte de la ciudad de Guayaquil. Se encuentra a 6 metros de altura en relación al nivel del mar, con temperatura referencial de 31 grados centígrados. Coordenadas geográficas del punto de referencia de Aeropuerto, ubicado en el centro de la pista 03/ 21 Latitud: 02º 09´ 29´´ S Longitud: 079º 53´ 02´´ W Longitud de pista: 2790 m Ancho de pista: 45 m

Plataformas • Se cuenta con 15 posiciones de estacionamiento. • 8 puestos de estacionamiento de aeronaves para pasajeros con 7 pasarelas de embarque (estos puestos tienen variantes acorde al tipo de aeronave que opere). • 8 puestos de estacionamiento de aeronaves para carga (remota). • 7 puestos de estacionamiento de aeronaves para aviación general.

Equipos Operativos 2 auto bombas marca OSHKOSH T-12: Capacidad: 3000gl de agua y 410gl de AFFF. 1 auto bomba marca OSHKOSH T-1500: Capacidad: 1500gl de agua, 190 de AFFF y 500lb de PQS. 1 auto bomba marca OSHKOSH T-2500: Capacidad: 2500gl de agua, 410 de AFFF y 500lb de PQS. La misma que cuenta con un equipo Snozzle (brazo hidráulico que penetra el fuselaje de las aeronaves, único en Sudamérica). 1 equipo de intervención rápida F-350: Capacidad: 500lb de PQS, 94gl de agua y 6gl de concentrado de espuma al 6 1 camioneta de soporte logístico 2 ambulancias.

El Aeropuerto Internacional Eloy Alfaro Está ubicado en la ciudad de Manta, provincia de Manabí, y al igual que los aeropuertos de Quito y Guayaquil recibe vuelos internacionales de carga y pasajeros. La pista de este aeropuerto tiene las siguientes características: Anchura 45mts Longitud 2.854mts Código IATA: MEC 33

www.tagsa.aero

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ACCESO A MERCADO El 15 de Marzo de 1994, se habilita al Aeropuerto Eloy Alfaro, como Aeropuerto Internacional, categoría que mantiene en la actualidad. En 1999, el gobierno del Ecuador suscribió un Convenio con los Estados Unidos de América, en la que se estableció el uso por parte de las fuerzas militares norteamericanas una parte del aeródromo Eloy Alfaro. En el año 2000, dentro del marco de este convenio que concluyó en el 2009 el gobierno de los EEUU reconstruyó la pista de aterrizaje, mejoró su resistencia, implementó modernas ayudas visuales (iluminación) e instaló un nuevo VOR (radio ayuda), con una inversión aproximada de 60 millones de dólares. La reconstrucción terminó en octubre del año 2001, desde esa fecha hasta la actualidad, el Aeropuerto Internacional “Eloy Alfaro” de Manta está considerado como el mejor aeropuerto del Ecuador por ofrecer el 99.9% de desempeño a las aeronaves que operan en él. Se prevé una ampliación de la pista como parte de la infraestructura del eje interoceánico Manta – Manaos en Brasil.

Transporte Fluvial Ecuador cuenta con varios ríos navegables, entre ellos el Guayas La Cuenca del Río Guayas, comprende el área de captación del sistema fluvial que conforman los Ríos: Daule, Vinces y Babahoyo con sus respectivos afluentes, los cuales confluyen al norte de la ciudad de Guayaquil en un colector único, y el Río Guayas, que descarga al mar 30 mil millones de m³ de agua, en promedio anual. La Cuenca del Río Guayas, tiene una extensión de 34.500 km², el 13 por ciento del territorio nacional del Ecuador, y en esta habita el 40 por ciento de la población total del país. Es la principal vía de importaciones y exportaciones hacia y desde el Ecuador. El Río Napo, es una hidrovía que forma parte del eje Manta Manaos , permite exportar productos ecuatorianos a Perú, Colombia y Brasil El Río Morona que forma parte del corredor logístico surpor el cual se exporta principalmente a Perú, Colombia y Brasil utilizando la hidrovía del río Morona. Se trata de una alternativa complementaria a la ruta Manta-Manaos, que está en funcionamiento

Principales Canales de distribución, márgenes de comercialización usuales por sector34 En Ecuador, las fórmulas comerciales tradicionales como las tiendas de barrio y mercados, coexisten con novedosas fórmulas como los centros comerciales y las grandes superficies. Existen terminales de transferencia de víveres en cada región, las que distribuyen a todos los mercados municipales de las distintas ciudades del país. En estos mercados se concentran varios comerciantes minoristas de distintos tipos de productos de consumo masivo, como frutas, verduras, arroz, es decir productos de la canasta básica familiar. Así mismo, existen grandes canales que abastecen a los consumidores, entre los principales supermercados se pueden indicar Supermaxi, para un segmento de la población de ingreso alto, Mi Comisariato, para un segmento medio-alto, y otros como AKI, Tía, Santa Clara, para un segmento bajo. La concentración existente en la comercialización en el sector de la alimentación, el farmacéutico y el ferretero irán desapareciendo a favor de una situación de mayor competencia en el mercado, si bien los agentes económicos con mayores recursos son los que tienen más posibilidades de tener cuotas de mercado razonables. Los tenderos constituyen el sector más expuesto a estas nuevas tendencias y van a tener un comportamiento similar al que se ha producido en otros lugares: desaparecerán muchas tiendas y las que logren sobrevivir se irán especializando. El sector informal se mantendrá en los niveles actuales, siempre y cuando la situación económica no cambie. 34

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http://www.icex.es/staticFiles/Id%20370685%20EM%20Distribucion%20Alimentaria%20Ecuador_9438_.pdf


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ACCESO A MERCADO A continuación se hará un breve repaso de las características relevantes de la distribución comercial ecuatoriana:

Logística

Alta rotación de productos. Los distribuidores y mayoristas diseñan rutas para abastecer a los clientes. Normalmente disponen de su propia flota y en situaciones puntuales subcontratan, como es el caso de las campañas de Navidad.

Política comercial Producto

Las grandes distribuidoras suelen tener el carácter de exclusivas para los productos importados. El producto importado tiene como principal ventaja competitiva frente al local, una buena imagen en el mercado, da confianza y el consumidor aprecia la calidad del producto por el producto en sí y otra serie de atributos como el envase y la presentación, el etiquetado, composición y fecha de caducidad.

Promoción

Si los distribuidores tienen puntos de venta finales realizan actividades de promoción, como descuentos en la compra, degustaciones y cupones, en el caso de sobreoferta de stocks. Los mayoristas y las pequeñas distribuidoras son sólo meras intermediarias de las actividades de marketing, financiadas por los fabricantes. El minorista realiza campañas de promoción si tiene stocks.

Precio

Las distribuidoras compran grandes volúmenes de mercancía (especialmente en el caso de importaciones) y obtienen descuentos de hasta un 5% como promedio. Los distribuidores suelen aplicar unas utilidades comerciales del orden del 10%. Puede parecer una ganancia baja pero se compensa con los enormes montos de compra (con descuentos por volumen). En el caso de los productos importados, el beneficio supera el 30% como promedio y también depende de la exclusividad ejercida o no sobre la mercancía. Cuando existe la codistribución se establecen los precios de forma tácita. El sector detallista aplica unos márgenes que van desde el 20 hasta el 50%.

Financiación

El pago a proveedores se suele extender en un período de 30 días, ampliándose el plazo en el caso de las importaciones, hasta los 90 ó 120 días. El tipo de interés aplicado es el interbancario para los distribuidores-clientes. A los clientes se les suele establecer líneas crediticias en función de su solvencia, la relación comercial que mantienen y las tasas de interés pueden ser preferenciales o menos ventajosas. Los clientes finales no tienen muchas facilidades crediticias; se aceptan las tarjetas de crédito reconocidas en el país, y en puntos de venta prestigiosos se exige la tarjeta de afiliación en la compra para “disfrutar” de un porcentaje de descuento. A nivel general, en lo que al sector de bienes de consumo se refiere, los distribuidores cuentan con una estructura de logística desarrollada, tanto en la Sierra como en la Costa. El mercado ecuatoriano se caracteriza por ser un mercado de precios, por lo que la estrategia comercial se basa fundamentalmente en ser competitivos vía precio. En otras ocasiones, la diferenciación en productos mediante la exclusividad o servicios adicionales es la estrategia empresarial, sobre todo en aquellos casos en que el distribuidor ejerza la exclusividad en la venta del producto. En Ecuador, el comercio representa el 19,5% del PIB del país y emplea al 11% de la población. El sector de la distribución tiene un tamaño reducido y tiende a la concentración. En el mercado ecuatoriano, la cadena de la distribución comercial tiene dos niveles de intermediarios entre el fabricante y el consumidor final.

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ACCESO A MERCADO El primer nivel de intermediarios corresponde a las figuras del importador-distribuidor y al mayorista: • El importador-distribuidor actúa en nombre y por cuenta propia, asumiendo todos los riesgos comerciales. Las empresas importadoras con una facturación superior a los 100 millones de USD cuentan con una oferta de bienes muy extensa: licores, alimentos, coches, electrodomésticos, ferretería, perfumería, cosméticos, etc. Otras importadoras más pequeñas suelen especializarse en un sector o varios complementarios; bienes de consumo y alimentos, construcción y ferretería, medicinas y cosméticos. Todas las importadoras distribuyen sus productos entre distribuidores regionales y el sector minorista. Debido a la capacidad financiera, disponibilidad de recursos, y la solvencia de dichas empresas, éstas constituyen el grupo más poderoso en este primer nivel de intermediarios. Aplican políticas comerciales agresivas porque el mercado ecuatoriano se mueve por precios. Sus esfuerzos se concentran en conseguir precios muy competitivos en sus abastecimientos. • La segunda figura, en este primer nivel de intermediación, es la del mayorista. Se abastece del fabricante local y del importador. Está especializado en alimentación y bienes de consumo. Los mayoristas son un grupo más numeroso que los importadores pero no tienen tanta fuerza. Es un subsector más desagregado, pocas empresas tienen un tamaño considerable y consecuentemente tienen poco poder de negociación frente a fabricantes y minoristas.

El segundo nivel de intermediarios corresponde al sector minorista. Es un sector muy atomizado, casi el 95% del sector tienen un único punto de venta. Existen varias fórmulas comerciales en el sector detallista:

• Las tiendas, fórmula comercial con una alta densidad, con 210 tiendas por cada 100.000 habitantes. • Las cadenas de superficies de tamaño intermedio con un 85% de cuota de la población urbana de clase media-alta. • Las grandes superficies, que apenas están introducidas en el mercado ecuatoriano, con un solo hipermercado de estas características. • Por último nos encontramos con el sector informal, que con gran peso en la economía ecuatoriana, es la fórmula comercial más generalizada para la clase media-baja, alrededor de un 60% de la población ecuatoriana.

Existen otras modalidades comerciales como la figura del agente representante que actúa por cuenta y en nombre del representado. Suele trabajar en el sector de la maquinaria: maderera, construcción, agrícola y alimenticia. Aunque no se tienen datos oficiales, el sector de los representantes está muy concentrado. Trabajan con pocas líneas y apenas manejan stocks. Un problema común a todos ellos es la falta de servicio posventa que repercute negativamente en las marcas comerciales representadas. Otra modalidad que ha experimentado un ligero repunte en los últimos años son las franquicias. En Ecuador existen alrededor de 30 franquicias extranjeras. El 90% del negocio pertenece a empresas estadounidenses. Esta modalidad está penetrando lentamente en el país. Las más numerosas se encuentran en el sector de la comida rápida, pero también existen en otros sectores, como las tintorerías Martinizing, arreglo de zapatos Heel Quick, correo privado Post net, o ropa como Benetton.

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INVERSION EXTRANJERA Marco Legal El Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones35 publicado en el Registro Oficial N°351 del 29 de Diciembre de 2010 es el marco legal que regula la inversión extranjera en el Ecuador. Este Código de 2010 sustituyó a la Ley de Promoción y Garantía de las Inversiones, de diciembre de 1997, así como a otras 13 leyes que anteriormente regulaban la inversión extranjera, en un esfuerzo por mejorar la coherencia de las políticas en determinadas esferas. El Consejo Sectorial de la Producciónº es quien define la política de inversiones en el país. Dentro de los fines36 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, se destaca en lo referente a la inversión los literales g y h: g. “Incentivar y regular todas las formas de inversión privada en actividades productivas y de servicios, socialmente deseables y ambientalmente aceptables; h. Regular la inversión productiva en sectores estratégicos de la economía, de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo…” La inversión extranjera se define como la inversión que es de propiedad o que se encuentra controlada por personas naturales o jurídicas extranjeras domiciliadas en el extranjero, o que implique capital que no se hubiere generado en el Ecuador37 A partir de la vigencia del Código de la Producción, se recoge el principio constitucional de la no discriminación38 estableciendo que los inversionistas nacionales y extranjeros gozarán de igualdad de condiciones respecto a la administración, operación, expansión y transferencia de sus inversiones, y no serán objeto de medidas arbitrarias o discriminatorias gozando los inversionistas extranjeros de protección y seguridades plenas, de tal manera que tendrán la misma protección que reciben los ecuatorianos dentro del territorio nacional. Se establecen además los denominados derechos del inversionista39 , entre los cuales se destaca la libertad de producción y comercialización, el acceso a los procedimientos administrativo y acciones de control que establezca el Estado para evitar prácticas de competencia desleal, la libertad de importación y exportación de bienes y servicios, así como la libre transferencia al exterior de las divisas generadas. Naturalmente estas inversiones son consecuentes con la política del estado ecuatoriano de priorizar la inversión social y ambientalmente sustentable, es decir que genere empleo y no ocasione daños. El Código de la Producción genera una mayor coherencia entre las políticas públicas, la actividad comercial y los instrumentos que respaldan esta actividad. Además, establece la posibilidad de que el inversionista solicite la firma de contratos de inversión, que fija las condiciones para el tratamiento de su inversión creando un entorno de mayor seguridad. La Constitución del 2008 establece que “el Estado promoverá las inversiones nacionales y extranjeras”, y que “la inversión extranjera directa será complementaria a la nacional y se orientará según las necesidades y prioridades definidas en el Plan Nacional de Desarrollo.”40 Por lo que la inversión extranjera debe reflejar las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo 2009-2013 y complementar la inversión nacional. La Constitución del 2008 prevé que las empresas públicas funcionen con exclusividad, o a través de una participación mayoritaria en empresas mixtas, en los denominados sectores estratégicos de la economía41 35

Conocido como “Código de la Producción” Artículo 4 Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Artículo 13 Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones 38 Artículo 17 Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones 39 Artículo 19 Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones 40 Artículo 339 Constitución de la República del Ecuador (2008) 41 Artículo 313 Constitución de la República del Ecuador (2008) Los “sectores estratégicos” incluyen la energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, los recursos naturales no renovables (por ejemplo, el petróleo, el gas natural y la minería), el transporte y la refinación de hidrocarburos, el agua y la biodiversidad y el patrimonio genético 36 37

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INVERSION EXTRANJERA Incentivos a la inversión (fiscal, sectorial y local) Para beneficiarse de los incentivos establecidos en el Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones42, las empresas, conforme lo establece el artículo 14, no requerirán de autorizaciones de ninguna naturaleza, salvo aquellas que expresamente señale la Ley y las que se deriven del ordenamiento territorial correspondiente. Los mecanismos de aplicación detallados de los incentivos a la Inversión se encuentran en el Reglamento a la Estructura e Institucionalidad de Desarrollo Productivo, de la Inversión y de los Mecanismos e Instrumentos de Fomento Productivo43. Estos incentivos se los puede resumir en: GENERALES: Para todas las inversiones productivas del país

• Reducción de tres puntos del Impuesto a la Renta, 1% anual, de tal manera que en el 2013, éste será del 22%. • Exoneración del Impuesto a la Salida de las Divisas para financiamiento externo de más de un año plazo y con tasas menores a la tasa máxima aprobada por el BCE. • Exoneración en el cálculo del impuesto mínimo del 2011 y en adelante de: los gastos incrementales por nuevo empleo o mejoras salariales, adquisición de nuevos activos para mejoras de productividad y tecnología, producción más limpia y de todos los incentivos de este Código. • Reducción del 10% del Impuesto a la Renta para la reinversión de la utilidad en activos productivos de innovación y tecnología.

Democratización para la Transformación Productiva

Las Compañías que decidan abrir su capital y vender acciones a sus trabajadores, tendrán los siguientes beneficios:

• Diferir el pago del Impuesto a la Renta y su anticipo, por 5 años. • En caso de optar por un crédito para el financiamiento para la compra de acciones, los intereses estarán exentos del Impuesto a la Renta.

Para la producción más verde: • Para el cálculo del Impuesto a la Renta, se considerará una deducción adicional del 100% del gasto en compra de maquinaria y equipos para producción más limpia y para la implementación de sistemas de energías renovables (solar, eólica o similar), o a la mitigación del impacto ambiental.

Sectoriales Para nuevas empresas en sectores especiales: Para las nuevas empresas exoneración total del pago del impuesto mínimo y del pago del Impuesto a la Renta por los cinco primeros años en los sectores priorizados que más adelante se señalan para la buena salud de la balanza comercial y sostenibilidad de la dolarización. Las inversiones deben desarrollarse en cualquier jurisdicción del país, excepto Quito y Guayaquil urbano. Sí se incluye el sector rural de estas ciudades.

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Título III Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones Decreto Ejecutivo N°757 del 6 de mayo de 2011

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INVERSION EXTRANJERA Sectores priorizados44 • Alimentos Frescos, Congelados e Industrializados. • Cadena Agroforestal y Productos Elaborados. • Metalmecánica. • Petroquímica. • Farmacéutica. • Turismo. • Energías Renovables incluida la Bioenergía o Energía a partir de Biomasa. • Servicios Logísticos de Comercio Exterior. • Biotecnología y Software aplicado. Sectores de sustitución de importaciones y fomento de exportaciones45 • Abonos y fertilizantes. • Agroquímicos, pesticidas y fungicidas. • Jabones, detergentes y cosméticos. • Otros productos químicos. • Cerámica, azulejos y pisos. • Fabricación de receptores de radio, televisión, celulares y electrónicos en general. • Prendas de vestir y materiales textiles. • Calzado y cuero. • Electrodomésticos.

INNOVACIÓN Inversión en Innovación en Medianas empresas A fin de promover la innovación el Código trae múltiples incentivos como la reducción de diez puntos del Impuesto a la Renta si se reinvierte la utilidad en innovación y en particular para las medianas empresas los siguientes incentivos: • Deducciones Adicionales para el cálculo del Impuesto a la Renta, por gastos e inversiones en los siguientes rubros: • Capacitación técnica, dirigida a investigación, desarrollo e innovación tecnológica. (Hasta el 1% del gasto de sueldos y salarios al año). • Gastos en mejora de la productividad de la empresa. (Hasta el 1% de las ventas). • Gastos de promoción internacional de la empresa y sus productos. (Hasta el 50% de los gastos de promoción y publicidad).

Incentivos a MIPYMES y actores AEPYS46 • Ante la falta de garantía real de los pequeños actores productivos, el Estado co-garantiza a través del Fondo Nacional de Garantías, para que accedan al financiamiento privado. • Régimen especial para el financiamiento de pequeños actores productivos a través del mercado de valores. • Obligatoriedad del Estado de compras inclusivas a MIPYMES y AEPS. • Inversión temporal del Estado en empresas de alto valor, a través de programas de capital de riesgo, para luego democratizar la participación a los proveedores, AEPS y trabajadores. • Programas gubernamentales de co-financiamiento de mejoras de productividad, emprendimiento, innovación, calidad, oferta exportable y su promoción como: - Fondepyme del Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO). 44

Ver detalle de cada sector en el Artículo 17 Reglamento a la Estructura e Institucionalidad de Desarrollo Productivo, de la Inversión y de los Mecanismos e Instrumentos de Fomento Productivo. 45 Ver detalle en el Artículo 18 del Reglamento a la Estructura e Institucionalidad de Desarrollo Productivo, de la Inversión y de los Mecanismos e Instrumentos e Fomento Productivo. 46 AEPS: Actores de la Economía Popular y Solidaria.

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INVERSIÓN EXTRANJERA - Emprende Ecuador del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad (MCPEC). - InnovaEcuador del MCPEC. - Programas del Instituto Ecuatoriano de Economía Popular y Solidaria. Gráfico N° 10

PARA ZONAS DEPRIMIDAS Establecimiento en zonas de mayor pobreza Además de que estas inversiones podrán beneficiarse de los incentivos generales y sectoriales antes descritos, en estas zonas se priorizará la nueva inversión otorgándole un beneficio fiscal mediante la deducción adicional del 100% del costo de contratación de nuevos trabajadores, por cinco años.

ZONAS ECONÓMICAS DE DESARROLLO ESPECIAL (ZEDES) Las zonas económicas de desarrollo especial (ZEDES), pueden ser de tres tipos: de transferencia tecnológica, de desarrollo industrial para la exportación y logísticas. Tienen los siguientes incentivos: • Reducción adicional de 5 puntos porcentuales del Impuesto a la Renta, a los administradores y operadores de las ZEDES, con el carácter de permanente (17%). Si son en sector preferente y es inversión nueva aplica tarifa 0% de Impuesto a la Renta por 5 años (fuera de la zona urbana de Quito y Guayaquil). • Las importaciones de bienes tendrán tarifa 0% de IVA. • Los bienes extranjeros gozarán de la suspensión del pago de aranceles mientras permanezcan en dicho territorio. • Los administradores y operadores tendrán crédito tributario del IVA pagado en sus compras locales, de servicios, insumos y materias primas para sus procesos productivos. • Exoneración del ISD en el pago de importaciones y para los pagos al exterior por financiamiento externo.

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INVERSIÓN EXTRANJERA Las Zonas Especiales de Desarrollo Económico47 se instalarán en áreas geográficas delimitadas del territorio nacional, considerando condiciones tales como: preservación del medio ambiente, territorialidad, potencialidad de cada localidad, infraestructura vial, servicios básicos, conexión con otros puntos del país, entre otros, previamente determinadas por el organismo rector en materia de desarrollo productivo, y en coordinación con el ente a cargo de la planificación nacional y estarán sujetas a un tratamiento especial de comercio exterior, tributario y financiero. Los servicios logísticos estarán orientados a potenciar las instalaciones físicas de puertos, aeropuertos y pasos de frontera, que sirvan para potenciar el volumen neto favorable del comercio exterior y el abastecimiento local bajo los parámetros permitidos. Las personas naturales o jurídicas que se instalen en las zonas especiales podrán operar exclusivamente en una de las modalidades antes señaladas, o podrán diversificar sus operaciones en el mismo territorio con operaciones de varias de las tipologías antes indicadas, siempre que se justifique que la variedad de actividades responde a la facilitación de encadenamientos productivos del sector económico que se desarrolla en la zona autorizada; y que, la ZEDE cuente dentro de su instrumento constitutivo con la autorización para operar bajo la tipología que responde a la actividad que se desea instalar. Las personas y medios de transporte que ingresen o salgan de una ZEDE, así como los límites, puntos de acceso y de salida de las zonas especiales de desarrollo económico deberán estar sometidos a la vigilancia de la administración aduanera. El control aduanero podrá efectuarse previo al ingreso, durante la permanencia de las mercancías en la zona o con posterioridad a su salida La autorización para una ZEDE se otorgará por un período de veinte (20) años, que podrán ser prorrogables, con sujeción al procedimiento de evaluación establecido en el Reglamento, y solo se podrá revocar antes del plazo establecido por haberse verificado alguna de las infracciones que generan la revocatoria de la autorización. La constitución de una zona especial de desarrollo económico podrá solicitarse por parte interesada, a iniciativa de instituciones del sector público o de gobiernos autónomos descentralizados. La inversión que se utilice para el desarrollo de estas zonas puede ser pública, privada o mixta. De igual manera, tanto la empresa administradora como los operadores que se instalen en dichas zonas pueden ser personas naturales o jurídicas: privadas, públicas o mixtas, nacionales o extranjeras. Los administradores no podrán ostentar simultáneamente la calificación de operador, ni tendrán ninguna vinculación económica o societaria con los demás operadores de la ZEDE, bajo pena de revocación48.

47

Título IV Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones Mayor detalle en el Acápite I del Reglamento a la Estructura e Institucionalidad de Desarrollo Productivo, de la Inversión y de los Mecanismos e Instrumentos de Fomento Productivo 48

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INVERSIÓN EXTRANJERA Gráfico N° 11

INCENTIVOS

REQUISITO PREVIO

Situación de la Inversión Extranjera

Tabla No.18 INVERSIÓN DIRECTA POR RAMA DE ACTIVIDAD ECONÓMICA Período: 2007 - 2012 (IIT) Miles de dólares Rama de actividad económica / período 2007 2008 2009 2010 Agricultura, silvicultura, caza y pesca Comercio Construcción Electricidad, gas y agua Explotación de minas y canteras Industria manufacturera Servicios comunales, sociales y personales Servicios prestados a las empresas Transporte, almacenamiento y comunicaciones TOTAL

25,480 92,185 19,632 11,898 (102,795) 98,960 16,668 84,591 (52,460) 194,159

20,453 120,097 49,352 (6,764) 244,115 197,998 13,248 140,469 277,275 1,056,243

Fuente: Banco Central del Ecuador/BCE Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones/PRO ECUADOR

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2011

2012 II T

51,600 83,403 (13,898) 3,008 5,802 117,729 18,170 (25,177) 64,238

9,438 93,473 27,774 (5,946) 178,001 119,078 22,664 66,727 (349,820)

(781) 77,619 50,068 (10,642) 379,202 121,090 27,824 43,083 (47,051)

13,262 37,229 25,995 (309) 126,816 40,627 3,947 18,417 8,637

304,876

161,390

640,413

274,620


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INVERSIÓN EXTRANJERA Tabla No.19

País / Período AMÉRICA ESTADOS UNIDOS COMUNIDAD ANDINA Bolivia Colombia Perú RESTO DE AMERICA Antillas Holandesas Argentina Bahamas Barbados Belice Bermudas Brasil Canadá Chile Costa Rica Curazao Islas Caimán Islas Vírgenes México Panamá República Dominicana Uruguay Venezuela Otros países EUROPA Alemania Austria Bélgica y Luxemburgo Dinamarca Eslovenia España Finlandia Francia Holanda Inglaterra Irlanda Islandia Italia Noruega Rumania Suecia Suiza Otros países ASIA China Chipre Corea del Sur Filipinas Israel Japón Rusia Singapur Taiwán Otros países AFRICA Argelia Guinea Ecuatorial Liberia Otros países OCEANÍA Australia Samoa Otros países

INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA POR PAÍS DE ORIGEN Período: 2007 - 2012 (IIT) Miles de dólares 2007 2008 2009 2010 (130,223)

651,935

2011

2012 II T

135,837

124,569

449,966

170,100

(607,083)

(535,180)

11,621

21,546

49,848

(28,502)

39,475 1 21,081 2,603

148,836 76,473 21,051 31,726

(58,827) (80,791) (419) 14,408

45,589 7 18,831 13,123

52,507 46 21,221 7,159

32,302 1 10,461 12,843

(219,546) 5,294 3,645 (116,815) 280 486 2,245 99,526 48,521 11,788 1,334 (356,628) 41,900 (40,235) 76,546 1 2,315 15,790 251

531,600 133 56,088 (25,284) 6,676 22 3,197 46,300 58,187 4,667 (1,559) 2,600 2,359 36,127 312,567 66,789 1 (37,352) 19,585 82

801,748 (9,434) (53,484) (1,927) 3,788 8,890 2,417 2,923 64,720 19,111 (16,050) 4,115 15,624 36,274 620,962 116,552 1 (13,219) 7,975 486

614,160 (5,051) 6,522 38,810 18,878 3,536 10,104 104,635 7,500 3,090 (25,721) (6,055) 278,540 139,005 9 40,124 13,628 234

385,838 (5,150) 27,442 10,890 17,620 1 1,984 10,028 252,206 15,530 19,044 (62,819) (7,567) 70,133 32,722 493 2,746 24,081 535

116,251 (320) 9,650 (4,267) 25,811 25 6,830 911 46,725 10,362 (1,671) (59,337) 1,135 64,201 9,741 1 6,436 8,998 18

231,685 3,480 27,255 3,353 (500) 85,220 26,550 67,954 7,766 4,871 (1,321) 10,833 1 1 (4,541) 671 92

354,273 10,654 201 23,074 189,869 50,751 30,401 (7,936) 6,111 (600) 16,784 543 351 34,049 21

97,495 4,590 290 (12,280) 50,188 31,500 (2,814) (3,567) 6,180 (600) 825 87 (1,563) 24,239 419

(9,813) (2,868) 0.3 (9,014) 3 1 (18,049) (11,780) 545 11,478 4,954 (515) 10,413 0.3 (1,350) 6,316 51

104,071 (1,878) 0.2 15,975 14 49,925 (11,205) (2,685) 6,885 14,831 (653) 25,124 19 676 (1,499) 7,995 547

53,193 (1,210) 1,320 (8,955) 29,798 (4,215) (64) 5,231 6,672 13,062 1 0.4 3,350 7,588 614

92,104 84,840 800 9,999 181 10 (5,407) 1,184 498

49,756 46,538 22 423 1,900 123 2,866 241 (2,559) (3) 206

69,921 56,297 4,672 518 12,750 (76) 68 63 (4,897) 252 274

45,298 44,960 381 480 58 11 (1,104) (294) 805

79,147 80,128 88 0.4 (59) 200 265 (1,802) (426) 752

45,763 44,602 41 4 79 36 (170) 1,170

1,360 445 915

1,202 1 1,201

0.4 0.4

149 149

(400) (400) 0.2

-

(813) (813) -

646 (26) 670 2

(179) (199) 0 20

118 75 43

7,188 6,502 686

5,452 0.4 5,452

OTROS

1,256

32

442

17

41

113

TOTAL

194,159

1,056,243

304,876

161,390

640,413

274,620

Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE Elaborado: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

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INVERSIÓN EXTRANJERA Repatriación de capital/Control de cambios/Regulación de cobros y pagos al exterior El Impuesto a la Salida de Divisas Es el impuesto que se carga sobre el valor de todas las operaciones y transacciones monetarias que se realicen al exterior, con o sin intervención de las instituciones que integran el sistema financiero. La tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas, también denominado ISD, es del 5%. El ISD debe ser pagado por todas las personas naturales, sucesiones indivisas, y sociedades privadas, nacionales y extranjeras. Las Instituciones Financieras (IFIs) se constituyen en agentes de retención del impuesto cuando transfieran divisas al exterior por disposición de sus clientes. El Banco Central del Ecuador (BCE) se constituye en agente de retención del impuesto cuando efectúe transferencias al exterior por orden y a cuenta de las IFIs. Las empresas de courier que envíen divisas al exterior se constituyen en agentes de percepción cuando remitan dinero al exterior por orden de sus clientes. No son objeto de Impuesto a la Salida de Divisas las transferencias, envío o traslados de divisas al exterior realizadas por entidades y organismos del Estado, inclusive empresas públicas, o por organismos internacionales y sus funcionarios extranjeros debidamente acreditados en el país; misiones diplomáticas, oficinas consulares, o funcionarios extranjeros de estas entidades, debidamente acreditados en el país, y bajo el sistema de reciprocidad, conforme los Convenios Internacionales vigentes y la “Ley sobre inmunidades, privilegios y franquicias diplomáticas, consulares y de los organismos internacionales”. El Impuesto a la Salida de Divisas grava el valor de todas las operaciones y transacciones monetarias que se realicen al exterior, con o sin intervención de las instituciones del sistema financiero; o, sobre el valor de los pagos efectuados desde cuentas del exterior por concepto de importaciones realizadas al Ecuador con el objeto de comercializar los bienes importados. Los agentes de retención y los agentes de percepción deben receptar de sus clientes, al momento que estos soliciten la transferencia al exterior de divisas gravadas con este impuesto, el formulario de “Declaración informativa de transacciones sujetas al Impuesto a la Salida de Divisas mediante instituciones financieras o couriers”. Están exentos de este impuesto los traslados de efectivo de hasta una fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta de personas naturales (USD. 9,210.00), efectuados por ciudadanos ecuatorianos o extranjeros que abandonen el país, debiendo cancelar el impuesto correspondiente sobre lo que supere dicho valor a través de un formulario 106, consignando el código 4580 en el campo “código del impuesto”. El Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador verificará el pago del ISD respecto de las divisas que porten los sujetos pasivos que salen del país. De igual forma, las transferencias de hasta USD 1.000.00 que no supongan la utilización de tarjetas de crédito o débito, están exentas del Impuesto a la Salida de Divisas. Aquellas transferencias por montos superiores a USD 1.000.00 están gravadas en la parte que excedan dicho valor. También están exonerados los pagos realizados al exterior por parte de administradores y operadores de las Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE), por concepto de importaciones de bienes y servicios, siempre que estos estén relacionados directamente con su actividad autorizada por el ente regulador correspondiente. Finalmente, están exonerados del ISD los pagos realizados al exterior para la amortización de capital e intereses generados sobre créditos otorgados por instituciones financieras internacionales, con un plazo mayor a un año, para el desarrollo de inversiones en el país previstas en el Código de la Producción. La tasa de interés de dichas operaciones deberá ser inferior a la tasa de interés activa referencial a la fecha del registro del crédito. Se exceptúa de este beneficio a las instituciones del sistema financiero nacional y los pagos que se efectúen cuando el crédito haya sido concedido por partes relacionadas, o por una institución financiera constituida o domiciliada en paraísos fiscales, o en jurisdicciones de menor imposición.

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INVERSIÓN EXTRANJERA Cuando se envíen divisas al exterior que estén exentas del pago del ISD, a través de instituciones financieras o empresas de courier, el ordenante debe adjuntar obligatoriamente a su solicitud el formulario de “Declaración de transacción exentas del Impuesto a la Salida de Divisas”, previsto para tal efecto por parte del Servicio de Rentas Internas. Los agentes de retención y percepción del ISD deben declarar y pagar el impuesto retenido y/o percibido a sus clientes, junto con el impuesto que se hubiere causado por la transferencia, traslado o envío de sus fondos propios, según el caso, en las mismas fechas previstas para la declaración y pago de las retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta. Esta declaración se la efectuará únicamente a través de Internet, utilizando el formulario establecido para tal efecto (formulario 109). Cuando los sujetos pasivos trasladen o envíen divisas al exterior sin utilizar el sistema financiero o empresas de courier, deberán declarar y pagar el impuesto en cualquier institución autorizada para recibir declaraciones, en el plazo máximo de dos días contados a partir de la fecha en la que se realizó el traslado o envío, en el formulario 106 con el código de impuesto “4580”. Cuando se envíen paquetes, encomiendas o sobres cerrados por medio de couriers, empresas de mensajería expresa o correos rápidos, éstas receptarán de sus clientes una declaración en la que se indique que no se están enviando divisas al exterior. Esta declaración informativa del Impuesto a la Salida de Divisas debe ser presentada de manera obligatoria cuando se envíen sobres, paquetes y/o encomiendas al exterior. Las Instituciones Financieras y las empresas de Courier, que utilicen los servicios de otros agentes de retención o percepción del ISD para el envío de divisas al exterior por solicitud de sus clientes, deben presentar la “Declaración informativa de envío de divisas ordenado por Ifis y Courier” a fin de no ser objetos de retención del ISD sobre los valores que envíen a nombre de sus clientes y que se encuentren exentos. Se presumirá salida de divisas y por ende se causará este impuesto, en el caso de realizarse importaciones por personas naturales o sociedades ecuatorianas o domiciliadas en el país que tengan como actividad la importación y comercialización de los bienes que importen, cuando los pagos se generen desde el exterior. Toda importación de personas naturales o sociedades ecuatorianas o extranjeras domiciliadas o residentes en el Ecuador se presume pagada con recursos que causen el tributo en el Ecuador, aún cuando los pagos no se hagan por remesas o transferencias, sino con recursos financieros en el exterior del importador o de terceros. Únicamente para efectos de esta presunción se deben observar estas reglas: • En los pagos por importaciones a consumo se causará el impuesto al momento de la nacionalización de los bienes. • En los regimenes especiales aduaneros, el impuesto se causará al momento de cambio a régimen de consumo, con excepción del depósito comercial y del de almacenes libres en que se causa al momento de la declaración a régimen especial. • En el régimen particular o de excepción de tráfico postal internacional o correos rápidos regulado por Arancel Nacional de Importaciones, el Impuesto a la Salida de Divisas no afectará las categorías A, B y E; para las categorías C, D y F, el impuesto se causa al momento de la nacionalización cuando se cumplan los presupuestos de ley.

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INVERSIÓN EXTRANJERA • Para la introducción al país de bienes clasificados en el arancel nacional como “equipaje de viajero no exento de tributos” cuya nacionalización sea permitida en Sala Internacional de Pasajeros, no se cobra el Impuesto a la Salida de Divisas. Si el pago de la importación de bienes para comercialización se realizó total o parcialmente desde el exterior, el Impuesto a la Salida de Divisas se declarará y pagará sobre la parte pagada desde el exterior, el mismo día de la nacionalización de los bienes; los importadores deberán pagar el impuesto mediante formulario 106, consignando el código “4580” en el campo “Código del Impuesto”. En caso de que el pago no se realizare en la misma fecha de la nacionalización se generarán los intereses que correspondan según lo previsto en el Código Tributario.

Establecimiento de empresas De acuerdo al Art 2 de la Ley de Compañías existen 5 tipos de empresas: * La compañía en comandita dividida por acciones; * La compañía de responsabilidad limitada; * La compañía anónima; * La compañía de economía mixta. * La compañía accidental o cuentas en participación. Estas cinco especies de compañías constituyen personas jurídicas.

PASOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS49 COMPAÑÍAS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Requisitos El nombre.- En esta especie de compañías puede consistir en una razón social, una denominación objetiva o de fantasía. Deberá ser aprobado por la Secretaría General de la Oficina Matriz de la Superintendencia de Compañías, o por la Secretaría General de la Intendencia de Compañías de Quito, o por el funcionario que para el efecto fuere designado en las intendencias de compañías de Cuenca, Ambato, Machala, Portoviejo y Loja (Art. 92 de la Ley de Compañías y Resolución N°. SC. SG. 2008.008 (R.O. 496 de 29 de diciembre de 2008). Las denominaciones sociales se rigen por los principios de “propiedad” y de “inconfundibilidad” o “peculiaridad”. (Art. 16 LC). El “principio de propiedad” consiste en que el nombre de cada compañía es de su dominio o propiedad y no puede ser adoptado por ninguna otra. El “principio de inconfundibilidad o peculiaridad” consiste en que el nombre de cada compañía debe ser claramente distinguido del de cualquier otra sociedad sujeta al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías. De conformidad con lo prescrito en el Art. 293 de la Ley de Propiedad Intelectual, el titular de un derecho sobre marcas, nombres comerciales u obtenciones vegetales que constatare que la Superintendencia de Compañías hubiere aprobado uno o más nombres de las sociedades bajo su control que incluyan signos idénticos a dichas marcas, nombres comerciales u obtenciones vegetales, podrá solicitar al Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual -IEPI-, a través de los recursos correspondientes, la suspensión del uso de la referida denominación o razón social para eliminar todo riesgo de confusión o utilización indebida del signo protegido. 49

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Superintendencia de Compañías, Instructivo Societario, www.supercias.gob.ec


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INVERSIÓN EXTRANJERA Solicitud de aprobación.- La presentación al Superintendente de Compañías o a su delegado de tres copias certificadas de la escritura de constitución de la compañía, a las que se adjuntará la solicitud, suscrita por abogado, requiriendo la aprobación del contrato constitutivo (Art. 136 de la Ley de Compañías).

Socios Capacidad: Se requiere capacidad civil para contratar, no podrán hacerlo entre padres e hijos no emancipados ni entre cónyuges. Art. 99 de la Ley de Compañías.

Números mínimo y máximo de socios.- La compañía se constituirá con dos socios, como mínimo, según el primer inciso del Artículo 92 de la Ley de Compañías, reformado por el Artículo 68 de la Ley de Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada, publicada en el Registro Oficial No. 196 de 26 de enero del 2006, o con un máximo de quince, y si durante su existencia jurídica llegare a exceder este número deberá transformarse en otra clase de compañía o disolverse (Art. 95 de la Ley de Compañías).

Capital Capital mínimo.- La compañía de responsabilidad limitada se constituye con un capital mínimo de cuatrocientos dólares de los Estados Unidos de América. El capital deberá suscribirse íntegramente y pagarse al menos en el 50% del valor nominal de cada participación. Las aportaciones pueden consistir en numerario (dinero) o en especies (bienes) muebles o inmuebles e intangibles, o incluso, en dinero y especies a la vez. En cualquier caso las especies deben corresponder a la actividad o actividades que integren el objeto de la compañía. Si la aportación fuere en especie, en la escritura respectiva se hará constar el bien en que consista, su valor, la transferencia de dominio a favor de la compañía y las participaciones que correspondan a los socios a cambio de las especies aportadas. Estas serán avaluadas por los socios o por peritos por ellos designados, y los avalúos incorporados al contrato. Los socios responderán solidariamente frente a la compañía y con respecto a terceros por el valor asignado a las especies aportadas. (Artículos 102 y 104 de la Ley de Compañías).

Participaciones.- Comprenden los aportes del capital, son iguales, acumulativas e indivisibles. La compañía entregará a cada socio un certificado de aportación en el que consta, necesariamente, su carácter de no negociable y el número de las participaciones que por su aporte le corresponde.

El objeto social.- La compañía de responsabilidad limitada podrá tener como finalidad la realización de toda clase de actos civiles o de comercio y operaciones mercantiles permitida por la Ley, excepción hecha de operaciones de banco, segura, capitalización de ahorro. Artículo 94 de la Ley de Compañías. Informe previo De la Comisión Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial - Si la compañía va a dedicarse al transporte terrestre de personas o bienes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29, ordinal 25 en concordancia con la Disposición General, Décima Novena de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre y Seguridad Vial, (Ley s/n, Suplemento del R. O. 398 del 7 de julio de 2008), es indispensable que se obtenga el informe favorable previo de la Comisión Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

Cumplimiento de otros requisitos en razón del objeto social Compañías dedicadas a Actividades Complementarias, de Vigilancia – seguridad, alimentación, mensajería o limpieza, diversas de las labores propias y habituales del proceso productivo de la usuaria.- Estas compañías tendrán un objeto único y exclusivo y deben acreditar un capital social mínimo de diez mil dólares de los Estados Unidos de América.

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INVERSIÓN EXTRANJERA Respecto a las compañías dedicadas a la actividad de Vigilancia Seguridad- Esta clase de compañías deberá adoptar, exclusivamente, el régimen jurídico de la compañía de responsabilidad limitada, y el objeto social deberá ser exclusivo Compañías, Agencias Navieras. El capital social suscrito y pagado debe ser igual o superior a cuatro mil dólares de los Estados Unidos de América.

El origen de la Inversión

Galápagos.- De acuerdo a lo dispuesto en la Disposición General, Décima Segunda de la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos, publicada en el R. O 278, del 18 de marzo de 1998, las personas naturales no residentes y las personas jurídicas que no tengan su domicilio en Galápagos podrán realizar inversiones en la provincia siempre y cuando se asocien con un residente permanente. Extranjera.- Si en la constitución de la compañía invierten personas naturales o jurídicas extranjeras es indispensable que declaren el tipo de inversión que realizan, esto es, extranjera directa, subregional o nacional, en los términos de la Decisión 291 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, publicada en el Suplemento del R.O. 682 de 13 de mayo de 1991.

COMPAÑÍAS ANÓNIMAS Requisitos

Son aplicables a esta compañía los requisitos precisados para la compañía de responsabilidad limitada en lo referente a nombre, solicitud de aprobación, objeto social y origen de la inversión. No obstante lo dicho, se aclara que la compañía anónima no puede tener por nombre una razón social, con las salvedades correspondientes, perfectamente identificadas.

Forma de constitución

Constitución simultánea.- Se constituye en un solo acto por convenio entre los que otorguen la escritura y suscriben las acciones, quienes serán los fundadores. Artículos 148 y 149 de la Ley de Compañías. Constitución sucesiva.- Por suscripción pública de acciones, los iniciadores de la compañía que firmen la escritura de promoción serán promotores.

Accionistas

Capacidad.- Para intervenir en la formación de una compañía anónima en calidad de promotor (constitución sucesiva) o fundador (constitución simultánea) se requiere la capacidad civil para contratar. Sin embargo no podrán hacerlo entre cónyuges ni entre hijos no emancipados. Artículo 145 de la Ley de Compañías. Números de accionistas.- La compañía deberá constituirse con dos o más accionistas, según lo dispuesto en el Artículo 147 de la Ley de Compañías, sustituido por el Artículo 68 de la Ley de Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada. La compañía anónima no podrá subsistir con menos de dos accionistas, salvo las compañías cuyo capital total o mayoritario pertenezcan a una entidad del sector público.

Capital

Capital mínimo.- El capital suscrito mínimo de la compañía deberá ser de ochocientos dólares de los Estados Unidos de América. El capital deberá suscribirse íntegramente y pagarse en al menos un 25% del valor nominal de cada acción. Dicho capital puede integrarse en numerario o en especies (bienes muebles e inmuebles) e intangibles, siempre que, en cualquier caso, correspondan al género de actividad de la compañía. Sin embargo, si se tratare de constituir una compañía cuyo objeto sea la explotación de los servicios de transporte aéreo interno o internacional, se requerirá que tal compañía específicamente se dedique a esa actividad con un capital no inferior a veinte veces el monto señalado por la Ley de Compañías para las sociedades anónimas (Dieciséis mil dólares de los Estados Unidos de América), según lo dispuesto en el Art. 46 de la Ley de Aviación Civil, reformada por la Ley No. 126, publicada en el R. O. 379 de 8 de agosto de 1998.

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INVERSIÓN EXTRANJERA Así también, si se desea constituir una compañía de salud y medicina prepagada, conforme lo dispone el artículo 4 de la Ley que regula el funcionamiento de las Empresas Privadas de Salud y Medicina Prepagada, publicada en el R. O. 12, del 26 de agosto de 1998, deberán ser sociedades anónimas, nacionales o extranjeras. Su objeto social será el financiamiento de los servicios de salud y medicina y tendrá un capital pagado mínimo de ochenta mil (80.0000) UVC`S (doscientos diez mil trescientos doce dólares de los Estados Unidos de América) La sociedad anónima permite establecer un capital autorizado, que no es sino el cupo hasta el cual pueden llegar tanto el capital suscrito como el capital pagado. Ese cupo no podrá exceder del doble del importe del capital suscrito (Art. 160 de la Ley de Compañías). Lo expresado para el aporte y transferías de dominio de bienes tangibles e intangibles, así como aportes consistentes en inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal descritos en la constitución de la compañía limitada, es válido para la constitución de la anónima. Acciones.- La acción confiere a su titular legítimo la calidad de accionista y le atribuye, como mínimo, los derechos fundamentales que de ella derivan y se establecen en la Ley. Las acciones pueden ser ordinarias o preferidas, según lo establezca el estatuto, artículo 170 de la Ley de Compañías, se pueden negociar libremente, conforme lo determina el artículo 191 de la misma Ley. La compañía podrá emitir certificados provisionales o títulos definitivos, artículo 168 de dicha Ley.

COMPAÑÍAS DE ECONOMÍA MIXTA Requisitos Para constituir estas compañías es indispensable que contraten personas jurídicas de derecho público o personas jurídicas semi públicas con personas jurídicas o naturales de derecho privado (Art. 308 de la Ley de Compañías). En esta especie de compañías no puede faltar el órgano administrativo pluripersonal denominado directorio. Asimismo, en el estatuto, si el Estado o las entidades u organismos del sector público que participen en la compañía, así lo plantearen, se determinarán los requisitos y condiciones especiales que resultaren adecuados respecto a la transferencia de las acciones y a la participación en el aumento del capital suscrito de la compañía (Art. 312 de la Ley de Compañías). En lo demás, para constituir estas compañías, se estará a lo normado en la Sección VIII de la Ley de Compañías, relativa a la sociedad anónima.

COMPAÑÍAS EN COMANDITA POR ACCIONES Requisitos Los mismos que la Ley exige para la constitución de las compañías anónimas, con las modificaciones propias de esta especie que constan en la Sección VII de la Ley de Compañías, esto es, en los artículos 301 a 304 del indicado cuerpo de leyes.

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INVERSIÓN EXTRANJERA LAS ASOCIACIONES O CUENTAS EN PARTICIPACIÓN Requisitos:

La asociación o cuentas en participación es aquella en que un comerciante da a una o más personas participación en las utilidades o pérdidas, de una o más operaciones o de todo su comercio. Puede también tener lugar en operaciones mercantiles hechas por no comerciantes. La asociación o compañía accidental se rige por las convenciones de las partes y está exenta de las formalidades establecidas para las compañías con personalidad jurídica pues carecen de la misma.

Propiedad Industrial e Intelectual

El organismo oficial encargado del registro de marcas, patentes, diseños y licencias es el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual IEPI50

Marcas

Marca: Una marca es un signo que distingue un servicio o producto de otros de su misma clase o ramo. Puede estar representada por una palabra, números, un símbolo, un logotipo, un diseño, un sonido, un olor, la textura, o una combinación de estos. Para efectos del registro de marcas deben distinguirse los tipos y las clases de marcas. Marca de certificación: Aquel signo que certifica las características comunes, en particular la calidad, los componentes y el origen de los productos o servicios elaborados o distribuidos por personas autorizadas. Marca colectiva: Aquel signo que sirve para distinguir el origen o cualquier otra característica común de productos o de servicios de empresas diferentes que utilizan la marca bajo el control del titular. Marca tridimensional: Aquel signo que ocupa en sí mismo un espacio determinado, (alto, ancho y profundo). Nombre Comercial: Es el rótulo o enseña comercial que identifica un local comercial y las actividades que desarrolla. Lema Comercial: Es la frase publicitaria que acompaña a una marca. Denominación de Origen: Es aquel signo que identifica un producto proveniente de determinada región, y que reúne requisitos específicos como factores humanos y naturales. Puede registrar una marca cualquier persona natural o jurídica, sea nacional o extranjera. Constituye marca cualquier signo que pueda por si sólo distinguir los productos o servicios que expende en el mercado, respecto de otros ya existentes, para lo cual deberá ser susceptible de representación gráfica.

www.iepi.gob.ec

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INVERSIÓN EXTRANJERA Beneficios y derechos que confiere el registro de una marca • Derecho al uso exclusivo, solo el titular puede hacer uso del signo. • Protección en toda la República Ecuatoriana y derecho de prioridad en los países de la Comunidad Andina de Naciones (Colombia, Perú y Bolivia), dentro de los primeros seis meses de presentada la solicitud en nuestro país. • Derecho de presentar acciones legales civiles, penales y administrativas en contra de infractores. • Desalienta el uso de su marca por los piratas. • Protege su prioridad del registro de estas marcas en otras naciones. • Permite restringir la importación de bienes que utilizan marcas que infringen derechos. • Derecho de otorgar licencias a terceros y de cobrar regalías. • Derecho de franquiciar su producto o servicio. • Ceder los derechos sobre su marca a terceros. • Posibilidad de garantizar un crédito con su marca. • Al registrar su marca la convierte en un activo intangible, el cual en muchas ocasiones llega a convertirse en el activo más valioso de su empresa.

Procedimiento de registro Presentada la solicitud, pasa a un examen de forma, revisando que cumpla con todos los requisitos, de ser así se publica en la Gaceta de Propiedad Industrial, con la finalidad de que terceros tengan conocimiento de las peticiones efectuadas. Si no existe oposición, se efectúa el examen de registrabilidad para la posterior emisión de la resolución que acepta o rechaza el registro y en caso de concesión, el trámite concluye con la emisión del título de registro.

Tasas por registro de marca • • • • •

Trámite por solicitud de marca, nombre comercial, lema comercial, apariencia distintiva asciende a la suma de USD$ 116 Trámite de solicitud de marcas colectivas, marcas de certificación, asciende a la suma de USD$252 Trámite de solicitud de denominaciones de origen asciende a la suma de USD$228 Trámite de registro de marca tridimensional, asciende a la suma de USD$ 336. En caso de uso indebido de una marca, el titular puede iniciar acciones civiles, penales y administrativas.

Patentes Una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por el estado a un inventor o a su cesionario, por un período de 20 años a cambio de la divulgación de una invención. Las patentes son de producto o de procedimiento. Las patentes solucionan un problema existente. Los inventores/ titulares y/o los cesionarios pueden presentarse ante el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual y registrar las patentes, los modelos de utilidad y los diseños industriales. La Unidad de Gestión de Patentes es la encargada de proteger los derechos de los Titulares y además se encuentra comprometida con la educación y sociabilización de la Propiedad Intelectual en el país desde temprana edad para el desarrollo de la investigación científica.

Beneficios y derechos que confiere el registro de una patente La patente le otorga el derecho de excluir a terceros de fabricar, reproducir, comercializar, entre otros, su producto, le confiere exclusividad por 20 años.

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INVERSIÓN EXTRANJERA Le brinda el derecho de iniciar una acción legal contra todo aquel que, sin su permiso, fabrique o venda la invención del titular de la patente. Caso contrario no podría demandar y reclamar sus derechos. El Titular puede otorgar la(s) licencia(s) de su invención a un tercero para la explotación de su patente. Le brinda prioridad respecto de terceros que quieran registrar invenciones similares en países en que se puede obtener protección.

Derechos de Autor

El Derecho de Autor es el sistema jurídico por el cual se concede a los autores derechos morales y patrimoniales sobre sus obras, en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución del Ecuador y la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Las obras protegidas comprenden, entre otras, las siguientes: novelas, poemas, obras de teatro, periódicos, programas informáticos, bases de datos, películas, composiciones musicales, coreografías, pinturas, dibujos, fotografías, obras escultóricas, obras arquitectónicas, publicidad, mapas, dibujos técnicos, obras de arte aplicadas a la industria. El derecho de autor dura la vida del creador más 70 años después de su muerte. El uso de una obra sin la autorización expresa de su autor es considerado ilegal y puede ser castigado con multas e incluso prisión. El derecho de autor protege la obra por el solo hecho de su creación; sin embargo, es recomendable registrar la obra en la Unidad de Registro del IEPI, así el autor se beneficiará de la presunción de autoría que la ley reconoce a su favor. La protección del Sistema de Derecho de Autor se basa en la potestad de autorizar o prohibir el uso de su obra. El plazo de vigencia de la protección se da sin prejuicio de derechos morales que se protegen indefinidamente. El autor podrá autorizar o prohibir: • • • •

La producción o fijación de cualquier medio o por cualquier procedimiento de la obra. La comunicación pública de la obra La distribución de ejemplares de la obra La traducción, adaptación, arreglo u otra transformación de la obra

Contratación/licitación pública En el año 2008 se efectuó una reforma integral al sistema que rige la contratación y licitación pública siendo el marco legal la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.51 El Instituto Nacional de Contratación Pública es un organismo de derecho público, técnico y autónomo, con personalidad jurídica propia y autonomía administrativa, técnica, operativa, financiera y presupuestaria. Su máximo personero y representante legal es el Director Ejecutivo, quien es designado por el Presidente de la República. Su sede es la ciudad de Quito, teniendo jurisdicción nacional, pudiendo establecer oficinas desconcentradas a nivel nacional.

Registro Oficial 395 del 04/08/2008

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INVERSIÓN EXTRANJERA El Instituto ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Contratación Pública. Están sujetos a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) los Proveedores del Estado y las Entidades Contratantes. El numeral 28 del artículo 6 de la LOSNCP define proveedor de la siguiente manera: “Es la persona natural o jurídica nacional o extranjera, que se encuentra inscrita en el RUP52 , de conformidad con esta Ley, habilitada para proveer bienes, ejecutar obras y prestar servicios, incluidos los de consultoría, requeridos por las Entidades Contratantes.” En concordancia, el artículo 1 de la LOSNCP estipula que se entiende como entidades contratante a las siguientes dependencias: • • • • •

Los Organismos y dependencias de las Funciones del Estado. Los Organismos Electorales. Los Organismos de Control y Regulación. Las entidades que integran el Régimen Seccional Autónomo. Los Organismos y entidades creados por la Constitución o la Ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado. • Las personas jurídicas creadas por acto legislativo seccional para la prestación de servicios públicos. • Las corporaciones, fundaciones o sociedades civiles en cualquiera de los siguientes casos:

• Estén integradas o se conformen mayoritariamente con cualquiera de los organismos y entidades señaladas en los números 1 al 6 de este artículo o, en general por instituciones del Estado; o,

• Que posean o administren bienes, fondos, títulos, acciones, participaciones, activos, rentas, utilidades, excedentes, subvenciones y todos los derechos que pertenecen al Estado y a sus instituciones, sea cual fuere la fuente de la que procedan, inclusive los provenientes de préstamos, donaciones y entregas que, a cualquier otro título se realicen a favor del Estado o de sus instituciones; siempre que su capital o los recursos que se le asignen, esté integrado en el cincuenta (50%) por ciento o más con participación estatal; y en general toda contratación en que se utilice, en cada caso, recursos públicos en más del cincuenta (50%) por ciento del costo del respectivo contrato.

RUP: Registro Único de Proveedores, es la Base de Datos de los proveedores de obras, bienes y servicios, incluidos los de consultoría, habilitados para participar en los procedimientos establecidos en la LOSCP. Su administración está a cargo del Instituto Nacional de Contratación Pública y se lo requiere para poder contratar con las Entidades Contratantes.

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INVERSIÓN EXTRANJERA c. Las compañías mercantiles cualquiera hubiere sido o fuere su origen, creación o constitución que posean o administren bienes, fondos, títulos, acciones, participaciones, activos, rentas, utilidades, excedentes, subvenciones y todos los derechos que pertenecen al Estado y a sus instituciones, sea cual fuere la fuente de la que procedan, inclusive los provenientes de préstamos, donaciones y entregas que, a cualquier otro título se realicen a favor del Estado o de sus instituciones; siempre que su capital, patrimonio o los recursos que se le asignen, esté integrado en el cincuenta (50%) por ciento o más con participación estatal; y en general toda contratación en que se utilice, en cada caso, recursos públicos en más del cincuenta (50%) por ciento del costo del respectivo contrato. Se exceptúan las personas jurídicas a las que se refiere el numeral 8 del artículo 2 de esta Ley, que se someterán al régimen establecido en esa norma.” Los objetivos prioritarios del Estado, en materia de contratación pública son: • • • • • • • • • • •

Garantizar la calidad del gasto público y su ejecución en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo; Garantizar la ejecución plena de los contratos y la aplicación efectiva de las normas contractuales; Garantizar la transparencia y evitar la discrecionalidad en la contratación pública; Convertir la contratación pública en un elemento dinamizador de la producción nacional; Promover la participación de artesanos, profesionales, micro, pequeñas y medianas empresas con ofertas competitivas, en el marco de esta Ley; Agilitar, simplificar y adecuar los procesos de adquisición a las distintas necesidades de las políticas públicas y a su ejecución oportuna; Impulsar la participación social a través de procesos de veeduría ciudadana que se desarrollen a nivel nacional, de conformidad con el Reglamento; Mantener una sujeción efectiva y permanente de la contratación pública con los sistemas de planificación y presupuestos del Gobierno central y de los organismos seccionales; Modernizar los procesos de contratación pública para que sean una herramienta de eficiencia en la gestión económica de los recursos del Estado; Garantizar la permanencia y efectividad de los sistemas de control de gestión y transparencia del gasto público; e, Incentivar y garantizar la participación de proveedores confiables y competitivos en el SNCP.

El proceso de compras y contratación pública se puede resumir en los siguientes pasos: • A través de la plataforma53 que provee el INCOP se inscriben todas las instituciones contratantes como todos aquellos que desean ser proveedores, este registro es por una sola ocasión y de esta forma queda inscrito ya sea para contratar o para proveer a las distintas instituciones del estado.

Plataforma de compras públicas en www.compraspublicas.gob.ec

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INVERSIÓN EXTRANJERA Gráfico No. 12

• Las instituciones contratantes publican en el sistema de compras públicas sus requerimientos debienes o servicios junto con las bases, estas demandas se notifican vía correo electrónico a los proveedores aunque se recomienda entrar al portal y revisar periódicamente los requerimientos publicados. Todos los requerimientos son públicos y de libre acceso, es decir los proveedores registrados. • Del listado de requerimientos que se han publicado los proveedores pueden seleccionar aquellos por los que tienen interés de ofertar y se inscribe en el proceso, en las bases que fueron publicadas constan los tiempos y requisitos técnicos que debe cumplir la propuesta. • Una vez transcurrido los plazos otorgados para calificarse y presentar propuestas la entidad contratante efectúa una revisión mediante un checklist para determinar los proveedores que cumplen con las bases. Los proveedores que no cumplen con el checklist pueden apelar la decisión al Instituto de Compras Públicas quien tiene la potestad de incluirlo o echar abajo todo el proceso. • Cuando se tiene la calificación definitiva de los proveedores se entra a un proceso de subasta inversa54 por medio de la plataforma de compras públicas donde los proveedores calificados ofertan durante un tiempo determinado. Al final del día la entidad contratante escoge el proveedor que en el proceso de subasta inversa propuso el menor precio. • Si tan sólo existió un proveedor calificado, no hay subasta inversa posible, por lo que éste es llamado por la autoridad contratante a una sesión de negociación donde el contratante trata de conseguir las rebajas en los precios.

Como se puede apreciar el Instituto de Compras Públicas ofrece la plataforma virtual asegurando transparencia y eficiencia e interviene en el proceso cuando existe alguna impugnación por parte de los proveedores que no han sido calificados por la autoridad contratante.

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Artículo 47 LOSNCP: Para la adquisición de bienes y servicios normalizados que no consten en el catálogo electrónico, las Entidades Contratantes deberán realizar subastas inversas en las cuales los proveedores de bienes y servicios equivalentes, pujan hacia la baja el precio ofertado, en acto público o por medios electrónicos a través del Portal de COMPRASPÚBLICAS.

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INVERSIÓN EXTRANJERA Gráfico No. 13

PROCESO DE ADJUDICACIÓN VÍA SUBASTA INVERSA

Existe otro mecanismo de compras que es el llamado “Compras por Catálogo”55. Este procedimiento permite a las Entidades Contratantes comprar directamente los bienes y/o servicios que requiera a los proveedores que publican sus productos en este módulo. Básicamente el estado ha publicado un listado de bienes y servicios normalizados56 que son de común compra o contratación, y los proveedores registrados en el RUP pueden inscribirse en el catálogo presentando sus precios de forma transparente dando la posibilidad a las entidades contratantes de seleccionar de este catálogo directamente sin necesidad de entrar en los procesos de subasta inversa. Una vez realizados los Convenios Marco con los proveedores para la adquisición de bienes y servicios normalizados, que requieran en forma recurrente las Entidades Contratantes, ésta herramienta permite crear un catálogo electrónico de bienes y servicios desde el cual podrán realizar sus adquisiciones en forma directa. Sus funcionalidades principales son: • • •

Programar los procesos de licitación para Convenio Marco; Registrar los convenios Marco vigentes; Elaborar el catálogo electrónico, una tienda virtual.

Los beneficios de esta herramienta son: • • • • • •

Articulo 43 LOSNCP Objeto de contratación cuyas características o especificaciones técnicas se hallen homologados y catalogados

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Tiempo mínimo del proceso de contratación, 1 o 2 días; Adquisición directa de bienes y servicios normalizados de mayor demanda Disminuye los costos de inventario Disminuye el plazo de entrega Mejores precios del mercado, para todas las Entidades del Estado Servicio disponible las 24 horas, los 365 días del año.


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INVERSIÓN EXTRANJERA

Gráfico No. 14

ESQUEMA DE COMPRAS POR CATÁLOGO VIRTUAL

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SISTEMA FISCAL Estructura general57 Los tributos, además de ser medios para recaudar ingresos públicos, servirán como instrumento de política económica general, estimulando la inversión, la reinversión, el ahorro y su destino hacia los fines productivos y de desarrollo nacional; atenderán a las exigencias de estabilidad y progreso social y procurarán una mejor distribución de la renta nacional. Las leyes tributarias determinan el objeto imponible, los sujetos activo y pasivo, la cuantía del tributo o la forma de establecerla, las exenciones y deducciones; los reclamos, recursos y demás materias reservadas a la ley que deban concederse conforme a este Código. El régimen tributario se rige por los principios de legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad e irretroactividad. Sólo al Presidente de la República corresponde dictar los reglamentos para la aplicación de las leyes tributarias. El Director General del Servicio de Rentas Internas y el Gerente General del Servicios Nacional de Aduanas del Ecuador, en sus respectivos ámbitos, dictan circulares o disposiciones generales necesarias para la aplicación de las leyes tributarias y para la armonía y eficiencia de su administración. De igual manera ocurre con las autoridades de las municipalidades y consejos provinciales, cuando la ley conceda a estas instituciones la facultad reglamentaria. Ningún reglamento podrá modificar o alterar el sentido de la ley ni crear obligaciones impositivas o establecer exenciones no previstas en ella. En ejercicio de esta facultad no podrá suspenderse la aplicación de leyes, adicionarlas, reformarlas, o no cumplirlas, a pretexto de interpretarlas, siendo responsable por todo abuso de autoridad que se ejerza contra los administrados, el funcionario o autoridad que dicte la orden ilegal. La gestión tributaria corresponde al organismo que la ley establezca y comprende las funciones de determinación y recaudación de los tributos, así como la resolución de las reclamaciones y absolución de las consultas tributarias. Las leyes tributarias, sus reglamentos y las circulares de carácter general, rigen en todo el territorio nacional, en sus aguas y espacio aéreo jurisdiccional o en una parte de ellos, desde el día siguiente al de su publicación en el Registro Oficial, salvo que establezcan fechas especiales de vigencia posteriores a esa publicación. Sin embargo, las normas que se refieran a tributos cuya determinación o liquidación deban realizarse por períodos anuales, como acto meramente declarativo, se aplicarán desde el primer día del siguiente año calendario, y, desde el primer día del mes siguiente, cuando se trate de períodos menores. El Servicio de Rentas Internas (SRI) es una entidad técnica y autónoma que tiene la responsabilidad de recaudar los tributos internos establecidos por Ley mediante la aplicación de la normativa vigente. Su finalidad es la de consolidar la cultura tributaria en el país a efectos de incrementar sostenidamente el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.

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SISTEMA FISCAL Sistema impositivo El sistema tributario del Ecuador incluye impuestos estatales y locales. Los primeros son asignados por las Autoridades del Estado y los locales son fijados por el Municipio. Se consideran como impuestos municipales a los siguientes: • El impuesto sobre la propiedad urbana • El impuesto sobre la propiedad rural • El impuesto de alcabalas • El impuesto sobre los vehículos • El impuesto de matrículas y patentes • El impuesto a los espectáculos públicos • El impuesto a las utilidades en la transferencia de predios urbanos y plusvalía de los mismos • El impuesto al juego • El impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales.

Impuestos58 Impuesto a la Renta Establécese este impuesto a la renta global que obtengan las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades nacionales o extranjeras, de acuerdo con las disposiciones de la presente Ley. Para efectos de este impuesto se considera renta.1.- Los ingresos de fuente ecuatoriana obtenidos a título gratuito o a título oneroso provenientes del trabajo, del capital o de ambas fuentes, consistentes en dinero, especies o servicios; y 2.- Los ingresos obtenidos en el exterior por personas naturales domiciliadas en el país o por sociedades nacionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de esta Ley. En caso de los ingresos procedentes del extranjero, se considerarán de fuente ecuatoriana los ingresos provenientes de las exportaciones realizadas por personas naturales o sociedades, nacionales o extranjeras, con domicilio o establecimiento permanente en el Ecuador, sea que se efectúen directamente o mediante agentes especiales, comisionistas, sucursales, filiales o representantes de cualquier naturaleza; Sujetos de la relación tributaria El sujeto activo de este impuesto es el Estado. Lo administrará a través del Servicio de Rentas Internas. Son sujetos pasivos del impuesto a la renta las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o no en el país, que obtengan ingresos gravados de conformidad con las disposiciones de esta Ley. Los sujetos pasivos obligados a llevar contabilidad, pagarán el impuesto a la renta en base de los resultados que arroje la misma. El ejercicio impositivo es anual y comprende el lapso que va del 1 de enero al 31 de diciembre. Cuando la actividad generadora de la renta se inicie en fecha posterior al 1 de enero, el ejercicio impositivo se cerrará obligatoriamente el 31 de diciembre de cada año.

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Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.

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SISTEMA FISCAL Tarifas Para liquidar el impuesto a la renta de las personas naturales y de las sucesiones indivisas, se aplicarán a la base imponible las tarifas contenidas en la siguiente tabla de ingresos:

Tabla No. 20

Fuente y elaboración: Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno

Las sociedades constituidas en el Ecuador así como las sucursales de sociedades extranjeras domiciliadas en el país y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no domiciliadas que obtengan ingresos gravables, estarán sujetas a la tarifa impositiva del 22% sobre su base imponible para el año 2013.

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SISTEMA FISCAL Las sociedades que reinviertan sus utilidades en el país podrán obtener una reducción de 10 puntos porcentuales de la tarifa del Impuesto a la Renta sobre el monto reinvertido en activos productivos, siempre y cuando lo destinen a la adquisición de maquinarias nuevas o equipos nuevos que se utilicen para su actividad productiva, así como para la adquisición de bienes relacionados con investigación y tecnología que mejoren productividad, generen diversificación productiva e incremento de empleo, para lo cual deberán efectuar el correspondiente aumento de capital. En el caso de instituciones financieras privadas, cooperativas de ahorro y crédito y similares, también podrán obtener dicha reducción, siempre y cuando lo destinen al otorgamiento de créditos para el sector productivo, incluidos los pequeños y medianos productores, y efectúen el correspondiente aumento de capital59. Toda persona natural o sociedad residente en el Ecuador que obtenga rentas en el exterior, que han sido sometidas a imposición en otro Estado, se excluirán de la base imponible en Ecuador y en consecuencia no estarán sometidas a imposición. En el caso de rentas provenientes de paraísos fiscales no se aplicará la exención y las rentas formarán parte de la renta global del contribuyente.

IVA Se establece el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que grava al valor de la transferencia de dominio o a la importación de bienes muebles de naturaleza corporal, en todas sus etapas de comercialización, así como a los derechos de autor, de propiedad industrial y derechos conexos; y al valor de los servicios prestados, en la forma y en las condiciones que prevé la Ley. Existen básicamente dos tarifas para este impuesto que son 12% y tarifa 0%. Para efectos de este impuesto, se considera transferencia.• Todo acto o contrato realizado por personas naturales o sociedades que tenga por objeto transferir el dominio de bienes muebles de naturaleza corporal, así como los derechos de autor, de propiedad industrial y derechos conexos, aún cuando la transferencia se efectúe a título gratuito, independientemente de la designación que se dé a los contratos o negociaciones que originen dicha transferencia y de las condiciones que pacten las partes. • La venta de bienes muebles de naturaleza corporal que hayan sido recibidos en consignación y el arrendamiento de éstos con opción de compraventa, incluido el arrendamiento mercantil, bajo todas sus modalidades; y, • El uso o consumo personal, por parte del sujeto pasivo del impuesto, de los bienes muebles de naturaleza corporal que sean objeto de su producción o venta. No se causará el IVA en los siguientes casos60.• • • • •

Aportes en especie a sociedades; Adjudicaciones por herencia o por liquidación de sociedades, inclusive de la sociedad conyugal; Ventas de negocios en las que se transfiera el activo y el pasivo; Fusiones, escisiones y transformaciones de sociedades; Donaciones a entidades y organismos del sector público, inclusive empresas públicas; y, a instituciones de carácter privado sin fines de lucro legalmente constituidas, definidas como tales en el Reglamento; • Cesión de acciones, participaciones sociales y demás títulos valores. • Las cuotas o aportes que realicen los condominios, para el mantenimiento de los condominios dentro del régimen de propiedad horizontal, así como las cuotas para el financiamiento de gastos comunes en urbanizaciones.

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Código Organico de la Producción, COPCI Referencia: Artículo 54, Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.

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SISTEMA FISCAL Tendrán tarifa cero las transferencias e importaciones de los siguientes bienes61 Las transferencias e importaciones que tienen la tarifa 0% de IVA se encuentran las siguientes: • Productos alimenticios de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícola, bioacuáticos, forestales, carnes en estado natural y embutidos; y de la pesca que se mantengan en estado natural, es decir, aquellos que no hayan sido objeto de elaboración, proceso o tratamiento que implique modificación de su naturaleza. La sola refrigeración, enfriamiento o congelamiento para conservarlos, el pilado, el desmote, la trituración, la extracción por medios mecánicos o químicos para la elaboración del aceite comestible, el faenamiento, el cortado y el empaque no se considerarán procesamiento. • Leches en estado natural, pasteurizada, homogeneizada o en polvo de producción nacional, quesos y yogures. Leches maternizadas, proteicos infantiles. • Pan, azúcar, panela, sal, manteca, margarina, avena, maicena, fideos, harinas de consumo humano, enlatados nacionales de atún, macarela, sardina y trucha, aceites comestibles, excepto el de oliva. • Semillas certificadas, bulbos, plantas, esquejes y raíces vivas. Harina de pescado y los alimentos balanceados, preparados forrajeros con adición de melaza o azúcar, y otros preparados que se utilizan como comida de animales que se críen para alimentación humana. Fertilizantes, insecticidas, pesticidas, fungicidas, herbicidas, aceite agrícola utilizado contra la sigatoka negra, antiparasitarios y productos veterinarios así como la materia prima e insumos, importados o adquiridos en el mercado interno, para producirlas, de acuerdo con las listas que mediante Decreto establezca el Presidente de la República. • Tractores de llantas de hasta 200 hp incluyendo los tipo canguro y los que se utiliza en el cultivo del arroz; arados, rastras, surcadores y vertedores; cosechadoras, sembradoras, cortadoras de pasto, bombas de fumigación portables, aspersores y rociadores para equipos de riego y demás elementos de uso agrícola, partes y piezas que se establezca por parte del Presidente de la República mediante Decreto. • Medicamentos y drogas de uso humano, de acuerdo con las listas que mediante Decreto establecerá anualmente el Presidente de la República, así como la materia prima e insumos importados o adquiridos en el mercado interno para producirlas. En el caso de que por cualquier motivo no se realice las publicaciones antes establecidas, regirán las listas anteriores. Los envases y etiquetas importados o adquiridos en el mercado local que son utilizados exclusivamente en la fabricación de medicamentos de uso humano o veterinario. • Papel bond, libros y material complementario que se comercializa conjuntamente con los libros. • Los que se exporten. • Los que introduzcan al país los diplomáticos extranjeros y funcionarios de organismos internacionales, regionales y subregionales, en los casos que se encuentren liberados de derechos e impuestos y los pasajeros que ingresen al país, hasta el valor de la franquicia reconocida por la Código Orgánico de la Producción y su reglamento. • También tienen tarifa cero las donaciones provenientes del exterior que se efectúen en favor de las entidades y organismos del sector público y empresas públicas; y las de cooperación institucional con entidades y organismos del sector público y empresas públicas, así como los bienes que, con el carácter de admisión temporal o en tránsito, se introduzcan al país, mientras no sean objeto de nacionalización. • Los administradores y operadores de Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE), siempre que los bienes importados sean destinados exclusivamente a la zona autorizada, o incorporados en alguno de los procesos de transformación productiva allí desarrollados. • Energía Eléctrica. • Lámparas fluorescentes. • viones, avionetas y helicópteros destinados al transporte comercial de pasajeros, carga y servicios. • Vehículos híbridos. • Los artículos introducidos al país bajo el régimen de Tráfico Postal Internacional y Correos Rápidos, siempre que el valor FOB del envío sea menor o igual al equivalente al 5% de la fracción básica desgravada del impuesto a la renta de personas naturales, que su peso no supere el máximo que establezca mediante decreto el Presidente de la República, y que se trate de mercancías para uso del destinatario y sin fines comerciales. 61

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Referencia: Artículo 55, Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.


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SISTEMA FISCAL En las adquisiciones locales e importaciones no serán aplicables las exenciones previstas en el Código Tributario, ni las previstas en otras leyes orgánicas, generales o especiales. Crédito tributario Las personas naturales y sociedades exportadoras que hayan pagado y retenido el IVA en la adquisición de bienes que exporten tienen derecho a crédito tributario por dichos pagos. Igual derecho tendrán por el impuesto pagado en la adquisición de materias primas, insumos y servicios utilizados en los productos elaborados y exportados por el fabricante. Una vez realizada la exportación, el contribuyente solicitará al Servicio de Rentas Internas la devolución correspondiente acompañando copia de los respectivos documentos de exportación. Este derecho puede trasladarse únicamente a los proveedores directos de los exportadores. También tienen derecho al crédito tributario los fabricantes, por el IVA pagado en la adquisición local de materias primas, insumos y servicios destinados a la producción de bienes para la exportación, que se agregan a las materias primas internadas en el país bajo regímenes aduaneros especiales, aunque dichos contribuyentes no exporten directamente el producto terminado, siempre que estos bienes sean adquiridos efectivamente por los exportadores y la transferencia al exportador de los bienes producidos por estos contribuyentes que no hayan sido objeto de nacionalización, están gravados con tarifa cero. Asimismo, los contribuyentes que tengan como giro de su negocio el transporte de carga al extranjero, que hayan pagado IVA en la adquisición de combustible aéreo, tienen derecho a crédito tributario exclusivamente por dicho pago. Una vez prestado el servicio de transporte, el contribuyente solicitará al Servicio de Rentas Internas la devolución en la forma y condiciones previstas en la Resolución correspondiente. Los operadores y administradores de Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE) tienen derecho a crédito tributario, por el IVA pagado en la compra de materias primas, insumos y servicios provenientes del territorio nacional, que se incorporen al proceso productivo de los operadores y administradores de Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE). El contribuyente solicitará al Servicio de Rentas Internas la devolución en la forma y condiciones previstas en la resolución correspondiente, una vez que la unidad técnica operativa responsable de la supervisión y control de las ZEDE certifique, bajo su responsabilidad, que dichos bienes son parte del proceso productivo de la empresa adquirente. Base imponible La base imponible del IVA es el valor total de los bienes muebles de naturaleza corporal que se transfieren o de los servicios que se presten, calculado a base de sus precios de venta o de prestación del servicio, que incluyen impuestos, tasas por servicios y demás gastos legalmente imputables al precio. Del precio así establecido sólo podrán deducirse los valores correspondientes a: 1. Los descuentos y bonificaciones normales concedidas a los compradores según los usos o costumbres mercantiles y que consten en la correspondiente factura; 2. El valor de los bienes y envases devueltos por el comprador; y, 3. Los intereses y las primas de seguros en las ventas a plazos. Base imponible en los bienes importados.- La base imponible, en las importaciones, es el resultado de sumar al valor en aduana los impuestos, aranceles, tasas, derechos, recargos y otros gastos que figuren en la declaración de importación y en los demás documentos pertinentes.

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SISTEMA FISCAL En las transferencias locales de dominio de bienes, sean éstas al contado o a crédito, el hecho generador del IVA se verificará en el momento de la entrega del bien, o en el momento del pago total o parcial del precio o acreditación en cuenta, lo que suceda primero, hecho por el cual, se debe emitir obligatoriamente el respectivo comprobante de venta. En el caso de introducción de mercaderías al territorio nacional, el impuesto se causa en el momento de su despacho por la aduana. Sujetos de la relación tributaria62 El sujeto activo del impuesto al valor agregado es el Estado. Lo administrará el Servicio de Rentas Internas (SRI). El producto de las recaudaciones por el impuesto al valor agregado se depositará en la cuenta del Servicio de Rentas Internas que, para el efecto, se abrirá en el Banco Central del Ecuador. Luego de efectuados los respectivos registros contables, los valores se transferirán en el plazo máximo de 24 horas a la Cuenta Corriente Única del Tesoro Nacional para su distribución a los partícipes. Son sujetos pasivos del IVA: a) En calidad de contribuyentes: • Quienes realicen importaciones gravadas con una tarifa, ya sea por cuenta propia o ajena. En calidad de agentes de percepción: • Las personas naturales y las sociedades que habitualmente efectúen transferencias de bienes gravados con una tarifa; • Las personas naturales y las sociedades que habitualmente presten servicios gravados con una tarifa. b) En calidad de agentes de retención: • Las entidades y organismos del sector público y las empresas públicas; y las sociedades, sucesiones indivisas y personas naturales consideradas como contribuyentes especiales por el Servicio de Rentas Internas. • Las empresas emisoras de tarjetas de crédito por los pagos que efectúen por concepto del IVA a sus establecimientos afiliados. • Las empresas de seguros y reaseguros por los pagos que realicen por compras y servicios gravados con IVA, en las mismas condiciones señaladas en el numeral anterior; y, • Los exportadores, sean personas naturales o sociedades • Operadores de Turismo que facturen paquetes de turismo receptivo dentro o fuera del país • Las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades, que importen servicios gravados • Petrocomercial y las comercializadoras de combustibles sobre el IVA presuntivo en la comercialización de combustibles.

Declaración, liquidación y pago del IVA.• Los sujetos pasivos del IVA declararán el impuesto de las operaciones que realicen mensualmente dentro del mes siguiente de realizadas, salvo de aquellas por las que hayan concedido plazo de un mes o más para el pago, en cuyo caso podrán presentar la declaración en el mes subsiguiente de realizada, en la forma y plazos que se establezcan en el reglamento. Los sujetos pasivos que exclusivamente transfieran bienes o presten servicios gravados con tarifa cero o no gravados, así como aquellos que estén sujetos a la retención total del IVA causado, presentarán una declaración semestral de dichas transferencias, a menos que sea agente de retención de IVA. • Liquidación del impuesto.- Los sujetos pasivos del IVA obligados a presentar declaración efectuarán la correspondiente liquidación del impuesto sobre el valor total de las operaciones gravadas. Del impuesto liquidado se deducirá el valor del crédito tributario de que trata el artículo 66 de esta Ley.

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Artículo 62-63, Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno


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SISTEMA FISCAL • La diferencia resultante, luego de la deducción indicada en el artículo anterior, constituye el valor que debe ser pagado en los mismos plazos previstos para la presentación de la declaración. Si la declaración arrojare saldo a favor del sujeto pasivo, dicho saldo será considerado crédito tributario, que se hará efectivo en la declaración del mes siguiente. En el caso de importaciones, la liquidación del IVA se efectuará en la declaración de importación y su pago se realizará previo al despacho de los bienes por parte de la oficina de aduanas correspondiente. Las personas naturales y las sociedades que hubiesen pagado el impuesto al valor agregado en las adquisiciones locales o importaciones de bienes que se exporten, así como aquellos bienes, materias primas, insumos, servicios y activos fijos empleados en la fabricación y comercialización de bienes que se exporten, tienen derecho a que ese impuesto les sea reintegrado, sin intereses, en un tiempo no mayor a noventa (90) días, a través de la emisión de la respectiva nota de crédito, cheque u otro medio de pago. Se reconocerán intereses si vencido el término antes indicado no se hubiese reembolsado el IVA reclamado. El exportador deberá registrarse, previa a su solicitud de devolución, en el Servicio de Rentas Internas y éste deberá devolver lo pagado contra la presentación formal de la declaración del representante legal del sujeto pasivo.

Otros Impuesto a los Consumos Especiales El Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), se aplicará a los bienes y servicios de procedencia nacional o importados, detallados en el artículo 82 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.

Sujetos Pasivos 1. Las personas naturales y sociedades fabricantes de bienes gravados con este impuesto 2. Quienes realicen importaciones de bienes gravados por este impuesto 3. Quienes presten servicios gravados

Base imponible La base imponible de los productos sujetos al ICE, de producción nacional o bienes importados, se determinará con base en el precio venta al público sugerido por el fabricante o importador, menos el IVA y el ICE o con base en los precios referenciales que mediante resolución establezca anualmente el Director General del Servicio de Rentas Internas. A esta base imponible se aplicarán las tarifas ad-valórem que se establecen en esta Ley. La base imponible obtenida mediante el cálculo del precio de venta al público sugerido por los fabricantes o importadores de los bienes gravados con ICE, no será inferior al resultado de incrementar al precio ex fábrica o ex aduana, según corresponda, un 25% de margen mínimo presuntivo de comercialización. Si se comercializan los productos con márgenes superiores al mínimo presuntivo antes señalado, se deberá aplicar el margen mayor para determinar la base imponible con el ICE. La liquidación y pago del ICE aplicando el margen mínimo presuntivo, cuando de hecho se comercialicen los respectivos productos con márgenes mayores, se considerará un acto de defraudación tributaria.

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SISTEMA FISCAL El ICE no incluye el Impuesto al Valor Agregado y será pagado respecto de los productos mencionados en el artículo precedente, por el fabricante o importador en una sola etapa. Para los casos en los que no se apliquen precios referenciales, las operaciones matemáticas a realizarse para identificar la base imponible mayor sobre la cual se deberá calcular el Impuesto a los Consumos Especiales ICE, son: En base al PVP: BASE IMPONIBLE= PVP / ((1+%IVA)*(1 + %ICE VIGENTE)) En base al precio ex – fábrica o ex – aduana: BASE IMPONIBLE = (PRECIO EX FÁBRICA O EX ADUANA) * (1 + 25%)

Período tributario

Los fabricantes de bienes gravados con ICE, así como quienes prestan servicios sujetos al impuesto presentarán mensualmente una declaración; por las operaciones gravadas con el impuesto, realizadas dentro del mes calendario inmediato anterior, en la forma y fechas que se establezcan en el reglamento. En el caso de importaciones, la liquidación del ICE se efectuará en la declaración de importación y su pago se realizará previo al despacho de los bienes por parte de la oficina de aduanas correspondiente.

Están gravados con el impuesto a los consumos especiales los siguientes bienes y servicios

Tabla No. 21 GRUPO I Productos del tabaco y sucedaneos del tabaco (abarcan lo sproductos preparados totalmente o en parte utilizando como materia prima hojas de tabaco y destinados a ser fumados, chupados, inhalados, mascados o utilizados como rapé). Bebdas gaseosas Perfumes y aguas de tocador Videojuegos Armas de fuego, armas deportivas y municiones excepto aquellas adquiridas por la fuerza pública Focos incandescentes excepto aquellos utilizados como insumos automotrices Fuente: Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

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TARIFA AD VALOREM 150% 10% 20% 35% 300% 100%


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SISTEMA FISCAL Tabla No. 22 TARIFA AD VALOREM

GRUPO II 1. Vehículos motorizados de transporte terrestre de hasta 3.5 toneladas de carga, conforme el siguiente detalle: Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea de hasta USD 20.000 Camionetas, furgonetas, camiones, y vehículos de rescate cuyo precio de venta al público sea de hasta USD 30.000 Vehículos motorizados, excepto camionetas, furgonetas, camiones y vehículos de rescate, cuyo precio de venta al público sea superior a USD 20.000 y de hasta USD 30.000 Vehículos motorizados, cuyo precio de venta al público sea superior a USD 30.000 y de hasta USD 40.000 Vehículos motorizados, cuyo precio de venta al público sea superior a USD 40.000 y de hasta USD 50.000 Vehículos motorizados, cuyo precio de venta al público sea superior a USD 50.000 y de hasta USD 60.000 Vehículos motorizados, cuyo precio de venta al público sea superior a USD 60.000 y de hasta USD 70.000 Vehículos motorizados, cuyo precio de venta al público sea superior a USD 70.000 2. Vehículos motorizados híbridos o eléctricos de transporte terrestre de hasta 3.5 toneladas de carga, conforme el siguiente detalle: Vehículos híbridos o eléctricos cuyo precio de venta al público sea de hasta USD 35.000 Vehículos híbridos o eléctricos cuyo precio de venta al público sea superior a USD 35.000 y de hasta USD 40.000 Vehículos híbridos o eléctricos cuyo precio de venta al público sea superior a USD 40.000 y de hasta USD 50.000 Vehículos híbridos o eléctricos cuyo precio de venta al público sea superior a USD 50.000 y de hasta USD 60.000 Vehículos híbridos o eléctricos cuyo precio de venta al público sea superior a USD 60.000 y de hasta USD 70.000 Vehículos híbridos o eléctricos cuyo precio de venta al público sea superior a USD 70.000 3. Aviones, avionetas y helicoptero excepto aquellas destinadas al transporte comercial de pasajeros, carga y servicios; motos acuáticas, tricares, cuadrones, yates y barcos de recreo:

5% 5% 10% 15% 20% 25% 30% 35%

0% 8% 14% 20% 26% 32% 15%

Fuente: Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

Tabla No. 23 TARIFA AD VALOREM 15% 35%

GRUPO III Servicios de televisión pagada Servicios de casinos, salas de juego (bingo-mecánicos) y otros juegos de azar Fuente: Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

Tabla No. 24 TARIFA AD VALOREM

GRUPO IV Las cuotas, membresias, afiliaciones, acciones y similares que cobren a sus miembros y usuarios los Clubes Sociales, para prestar sus servicios, cuyo monto en su conjunto supere los USD 1.500 anuales

35%

Fuente: Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

Tabla No. 25 GRUPO V Cigarrillos Bebidas alcohólicas, incluida la cerveza (Según Resolución NAC-DGERCGC11-00461 publicada en el Tercer Sup. Del Registro Oficial el 30 de diciembre de 2011, la tarifa específica para este producto, vigente para el año 2012, es de 6,08 USD por litro de alcohol puro)

Fuente: Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

TARIFA TARIFA AD ESPECÍFICA VALOREM 0.08 por unidad USD 6.20 por litro de alcohol puro

75%

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SISTEMA FISCAL Declaración, Liquidación y Pago del impuesto Los fabricantes de bienes gravados con ICE, así como quienes prestan servicios sujetos al impuesto presentarán mensualmente una declaración; por las operaciones gravadas con el impuesto, realizadas dentro del mes calendario inmediato anterior, en la forma y fechas que se establezcan en el reglamento. En el caso de importaciones, la liquidación del ICE se efectuará en la declaración de importación y su pago se realizará previo al despacho de los bienes por parte de la oficina de aduanas correspondiente.

Destino del impuesto El producto del impuesto a los consumos especiales se depositará en la respectiva cuenta del Servicio de Rentas Internas que, para el efecto, se abrirá en el Banco Central del Ecuador. Luego de efectuados los respectivos registros contables, los valores pertinentes serán transferidos, en el plazo máximo de 24 horas a la Cuenta Corriente Única del Tesoro Nacional.

Tratamiento fiscal de la inversión extranjera63 En materia impositiva, las inversiones nacionales y extranjeras estarán sujetas al mismo Régimen Tributario, con las excepciones previstas en el Código de la Producción. Los incentivos de orden tributario que reconoce esta normativa se incorporan como reformas a las normas tributarias pertinentes, como consta en las disposiciones reformatorias al final de este Código64. Los incentivos fiscales que se establecen en este código son de tres clases:

1. Generales: De aplicación para las inversiones que se ejecuten en cualquier parte del territorio nacional. Consisten en los siguientes: • La reducción progresiva de tres puntos porcentuales en el impuesto a la renta; • Los que se establecen para las zonas económicas de desarrollo especial, siempre y cuando dichas zonas cumplan con los criterios para su conformación; • Las deducciones adicionales para el cálculo del impuesto a la renta, como mecanimos para incentivar la mejora de productividad, innovación y para la producción eco-eficiente; • Los beneficios para la apertura del capital social de las empresas a favor de sus trabajadores; • Las facilidades de pago en tributos al comercio exterior; • La deducción para el cálculo del impuesto a la renta de la compensación adicional para el pago del salario digno; • La exoneración del impuesto a la salida de divisas para las operaciones de financiamiento externo; • La exoneración del anticipo al impuesto a la renta por cinco años para toda inversión nueva; y, • La reforma al cálculo del anticipo del impuesto a la renta.

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Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. De los Incentivos para el Desarrollo Productivo, Capítulo I, Normas generales sobre Incentivos y Estímulos de Desarrollo Económico, Artículos 23-24


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SISTEMA FISCAL 2. Sectoriales y para el desarrollo regional equitativo: Para los sectores que contribuyan al cambio a la matriz energética, a la sustitución estratégica de importaciones, al fomento de las exportaciones, así como para el desarrollo rural de todo el país, y las zonas urbanas según se especifican en la disposición reformatoria segunda (2.2), se reconoce la exoneración total del impuesto a la renta por cinco años a las inversiones nuevas que se desarrollen en estos sectores. 3. Para zonas deprimidas: Además de que estas inversiones podrán beneficiarse de los incentivos generales y sectoriales antes descritos, en estas zonas se priorizará la nueva inversión otorgándole un beneficio fiscal mediante la deducción adicional del 100% del costo de contratación de nuevos trabajadores, por cinco años.

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FINANCIACIÓN Sistema financiero65 El Sistema Financiero Ecuatoriano está integrado en gran parte por Bancos Privados, Cooperativas, Mutualistas, Sociedades Financieras, Instituciones Públicas, Tarjetas de Crédito, Offshore y Grupos Financieros. Tabla No.26 NÚMERO DE ENTIDADES POR TIPO DE INSTITUCIÓN Tipo de Institución Almacenes Generales de Depósitos Bancos OFF SHORE Bancos Privados Extranjeros Bancos Privados Nacionales Burós de Información Crediticia Casas de Cambio Cooperativas de Ahorro y Crédito Entidades Operativas en el Exterior Grupos Financieros Instituciones Financieras Públicas Mutualistas Ofic. Representación Bancos Extranjeros Sociedades Financieras Tarjetas de Crédito

Número de entidades activas 4 2 2 24 2 1 41 7 17 8 4 6 10 2

Fuente: Superintendencia de Bancos Elaboración: Dirección de Inteligencia Comercial e Inversiones, PRO ECUADOR

Las instituciones Reguladoras del Sistema Financiero son el Banco Central del Ecuador, Agencia de Garantía de Depósitos, Banco del Estado, Superintendencia de Bancos, Superintendencia de Compañías, Mercado de Valores. Todos estos entes regulatorios actuarán según se disponga en la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y en el Reglamento de esta Ley. La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero regula la creación, organización, actividades, funcionamiento y extinción de las instituciones del sistema financiero privado, así como la organización y funciones de la Superintendencia de Bancos, entidad encargada de la supervisión y control del sistema financiero, en todo lo cual se tiene presente la protección de los intereses del público. En el texto de esta Ley la Superintendencia de Bancos se llamará abreviadamente “la Superintendencia”. Las instituciones financieras públicas, las compañías de seguros y de reaseguros se rigen por sus propias leyes en lo relativo a su creación, actividades, funcionamiento y organización. Se someterán a esta Ley en lo relacionado a la aplicación de normas de solvencia y prudencia financiera y al control y vigilancia que realizará la Superintendencia dentro del marco legal que regula a estas instituciones en todo cuanto fuere aplicable según su naturaleza jurídica. La Superintendencia aplicará las normas que esta Ley contiene sobre liquidación forzosa, cuando existan causales que así lo ameriten. Las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, así como las instituciones de servicios financieros, entendiéndose por éstas a los almacenes generales de depósito, compañías de arrendamiento mercantil, compañías emisoras o administradoras de tarjetas de crédito, casas de cambio, corporaciones de garantía y retrogarantía, corporaciones de desarrollo de mercado secundario de hipotecas, que deberán tener como objeto social exclusivo la realización de esas actividades, quedarán sometidas a la aplicación de normas de solvencia y prudencia financiera y al control que realizará la Superintendencia dentro del marco legal que regula a dichas instituciones, en base a las normas que expida para el efecto. 65

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Ley General de Instituciones del Sistema Financiero.


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FINANCIACIÓN Las instituciones de servicios auxiliares del sistema financiero, tales como: transporte de especies monetarias y de valores, servicios de cobranza, cajeros automáticos, servicios contables y de computación, fomento a las exportaciones e inmobiliarias propietarias de bienes destinados exclusivamente a uso de oficinas de una sociedad controladora o institución financiera; y, otras que fuesen calificadas por la Superintendencia de Bancos, sin perjuicio del control que corresponde a la Superintendencia de Compañías, serán vigiladas por la Superintendencia de Bancos y ésta dictará normas de carácter general aplicables a este tipo de instituciones. Según la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, son instituciones financieras privadas los bancos, las sociedades financieras o corporaciones de inversión y desarrollo, las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda. Los bancos y las sociedades financieras o corporaciones de inversión y desarrollo se caracterizan principalmente por ser intermediarios en el mercado financiero, en el cual actúan de manera habitual, captando recursos del público para obtener fondos a través de depósitos o cualquier otra forma de captación, con el objeto de utilizar los recursos así obtenidos, total o parcialmente, en operaciones de crédito e inversión. Las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda son instituciones cuya actividad principal es la captación de recursos del público para destinarlos al financiamiento de la vivienda, la construcción y al bienestar familiar de sus asociados, que deberá evidenciarse en la composición de sus activos.66

Líneas de crédito, acuerdos multilaterales de financiación Actualmente, el gobierno ecuatoriano ha centrado su atención en la búsqueda de acuerdos relacionados con sectores estratégicos. Por ejemplo, en materia eléctrica, se logró un compromiso inicial con Japón para financiar el proyecto geotérmico Chachimbiro (2010), recientemente Ecuador logró crédito chino destinado a proyectos de inversión pública como hidroeléctricas y sistemas de riego. Además existen instituciones como la Corporación Andina de Fomento (CAF) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) con los que Ecuador mantiene relaciones de tipo crediticio. Referente a líneas de crédito, Ecuador posee varias instituciones públicas enfocadas a financiar proyectos; entre estas instituciones se encuentran la Corporación Financiera Nacional (CFN) y el Banco Nacional de Fomento (BNF). El segundo (BNF) se creó hace 74 años con el nombre de Banco Hipotecario del Ecuador. A partir de ese momento se sometió a diversas reformas en su estructura, hasta que el 14 de octubre de 1943 se expidió la ley que lo transformó en el Banco Nacional de Fomento Provincial. Finaliza el proceso el 28 de marzo de 1974 cuando se expide la nueva ley orgánica del Banco Nacional de Fomento que se encuentra actualmente en vigencia. En principio, a través de esa norma el BNF adquiría autonomía económica, financiera y técnica. Sin embargo, este banco ha sufrido las consecuencias del estancamiento económico de la década de 1990 y las constantes interferencias políticas que han limitado su accionar como banca de fomento al sector agropecuario, por lo cual presenta problemas de recuperación y de liquidez financiera. La CFN es una institución financiera pública autónoma con personería jurídica y duración indefinida, que se crea oficialmente en 1964. Su objetivo es convertirse en una “institución financiera de fomento industrial”, constituyéndose en el pilar que apoyaría una serie de transformaciones trascendentales para el Ecuador, como la promulgación de la Ley de Compañías y la creación de la Superintendencia de Compañías, de las bolsas de valores de Quito y Guayaquil, del Fondo de Promoción de Exportaciones (Fopex) y de la Corporación Andina de Fomento (CAF). El país también cuenta con fuentes de financiamiento privado, como Bancos, Instituciones Financieras, Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Crédito y Cooperativas de Ahorro y crédito.

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Ley General de Instituciones del Sistema Financiero Titulo I. Del Ámbito de la Ley. Artículo 2.

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LEGISLACIÓN LABORAL Contratos En este sentido la ley expresa que toda relación entre empleador y empleado debe estar celebrada por ambas partes de acurdo a un contrato. Art. 11: Clasificación.- El contrato de trabajo puede ser67: • • • • • • • •

Expreso o tácito, y el primero, escrito o verbal; A sueldo, a jornal, en participación y mixto; Por tiempo fijo, por tiempo indefinido, de temporada, eventual y ocasional; A prueba; Por obra cierta, por tarea y a destajo; Por enganche; Individual, de grupo o por equipo; y, Por horas.

Trabajadores extranjeros68 El Ministerio de Relaciones Laborales, confiere la autorización de actividad laboral al ciudadano extranjero 69, previo a la obtención de la Visa Laboral 12-VI y el Carné Ocupacional. Para lo cual debe obtener los respectivos formularios70 a cargo de la Dirección de Empleo, que se clasifican en diferentes Grupos, de la siguiente manera: • General.- El extranjero debe contar con la autorización laboral previa al otorgamiento de una Visa 12 – VI (no inmigrante), o 09-IV (Inmigrantes – residentes); • Extranjeros que participan en obras de Interés Nacional.- El extranjero debe contar con la autorización laboral previa al otorgamiento de una Visa 12 – VI (no inmigrante); • Extranjeros contratados por Organismos Internacionales para participar en Obras de Interés Nacional.- El extranjero debe contar con la autorización laboral previo al otorgamiento de una Visa 12 – VI; • Deportista Extranjero.- El extranjero debe contar con la autorización laboral previo al otorgamiento de una Visa 12 – VI; • Artista Extranjero.- El extranjero debe contar con la autorización laboral previo al otorgamiento de una Visa 12 – VI.

Código de Trabajo, http://www.tramitesciudadanos.gob.ec/ http://www.tramitesciudadanos.gob.ec/ 69 Acuerdo ministerial 00206 http://www.relacioneslaborales.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/09/A-0118-20121.pdf 70 Requisitos y formularios de aplicación para autorizar al extranjero a la actividad laboral en el sector privado http://www.tramitesciudadanos.gob.ec/ 67 68

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LEGISLACIÓN LABORAL Salarios, Jornada Laboral Salarios Estipulación de sueldos y salarios71 .- Los sueldos y salarios se estipularán libremente, pero en ningún caso podrán ser inferiores a los mínimos legales, de conformidad con lo prescrito en el artículo 117. Art. 117.- Remuneración Unificada.- Se entenderá por tal la suma de las remuneraciones sectoriales aplicables a partir del 1 de Enero del 2000 para los distintos sectores o actividades de trabajo, así como a las remuneraciones superiores a las sectoriales que perciban los trabajadores, más los componentes salariales incorporados a partir de la fecha de vigencia de la Ley para la Transformación Económica del Ecuador. El Estado, a través del Consejo Nacional de Salarios (CONADES), establecerá anualmente el sueldo o salario básico unificado para los trabajadores privados. La fijación de sueldos y salarios que realice el Consejo Nacional de Salarios, así como las revisiones de los salarios o sueldo por sectores o ramas de trabajo que propongan las Comisiones Sectoriales72, se referirán exclusivamente a los sueldos o salarios de los trabajadores sujetos al Código del Trabajo del sector privado. En relación a lo expresado en el artículo detallado anteriormente, CONADES como entidad autorizada de establecer el sueldo o salario básico, según acuerdo ministerial73 fijó dicha remuneración en USD 264 mensuales. Esta disposición entro en vigencia el 1 de enero de 2011.

Remuneraciones adicionales Todo trabajador en general gozará de las siguientes remuneraciones consideradas y tipificadas en el Código de Trabajo. Decimotercera remuneración o bono navideño74, que equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario. Decimocuarta remuneración75, los trabajadores percibirán una bonificación adicional anual equivalente a una remuneración básica mínima unificada para los trabajadores en general y una remuneración básica mínima unificada de los trabajadores del servicio doméstico, respectivamente, vigentes a la fecha de pago, que será pagada hasta el 15 de abril en las regiones de la Costa e Insular; y, hasta el 15 de septiembre en las regiones de la Sierra y Oriente. Para el pago de esta bonificación se observará el régimen escolar adoptado en cada una de las circunscripciones territoriales. Quedan excluidos76 de recibir estas gratificaciones los operarios y aprendices de artesanos.

Jornada Laboral La jornada máxima77 de trabajo será de ocho horas diarias, de manera que no exceda de cuarenta horas semanales, salvo disposición de la ley en contrario. Código de Trabajo de Ecuador, Artículo. 81, página. 44 Acuerdo Ministerial 00255 http://www.relacioneslaborales.gob.ec 73 Acuerdo Ministerial 00249 http://www.relacioneslaborales.gob.ec 74 Código de Trabajo, Artículo. 111, página 53. Léase también el artículo 112. 75 Código de Trabajo, Artículo. 113, página 54. Léase también el artículo 114 y artículo 116. 76 Código de Trabajo, Artículo 115, página 54 77 Código de Trabajo, Artículo 47, página 34. Léase el parágrafo primero de las jornadas y descansos. 71 72

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LEGISLACIÓN LABORAL Vacaciones Vacaciones anuales78 , todo trabajador tendrá derecho a gozar anualmente de un período ininterrumpido de quince días de descanso, incluidos los días no laborables. Los trabajadores que hubieren prestado servicios por más de cinco años en la misma empresa o al mismo empleador, tendrán derecho a gozar adicionalmente de un día de vacaciones por cada uno de los años excedentes o recibirán en dinero la remuneración correspondiente a los días excedentes.

Relaciones colectivas De acuerdo a lo expresado en el Código de Trabajo en tema de relaciones colectivas debemos resaltar los siguientes artículos: Contrato colectivo79 .- Contrato o pacto colectivo es el convenio celebrado entre uno o más empleadores o asociaciones empleadoras y una o más asociaciones de trabajadores legalmente constituidas, con el objeto de establecer las condiciones o bases conforme a las cuales han de celebrarse en lo sucesivo, entre el mismo empleador y los trabajadores representados por la asociación contratante, los contratos individuales de trabajo determinados en el pacto. Asociación con la que debe celebrarse el contrato colectivo.- En el sector privado, el contrato colectivo de trabajo deberá celebrarse con el comité de empresa. De no existir éste, con la asociación que tenga mayor número de trabajadores afiliados, siempre que ésta cuente con más del cincuenta por ciento de los trabajadores de la empresa. En las instituciones del Estado, entidades y empresas del sector público o en las del sector privado con finalidad social o pública, el contrato colectivo se suscribirá con un comité central único conformado por más del cincuenta por ciento de dichos trabajadores. En todo caso sus representantes no podrán exceder de quince principales y sus respectivos suplentes, quienes acreditarán la voluntad mayoritaria referida, con la presentación del documento en el que constarán los nombres y apellidos completos de los trabajadores, sus firmas o huellas digitales, número de cédula de ciudadanía o identidad y lugar de trabajo.

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Código de Trabajo, Artículo 69, página 41. Léase el parágrafo tercero de vacaciones. Código de Trabajo, Artículo 220, página 100


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LEGISLACIÓN LABORAL Seguridad Social Beneficiarios Son sujetos obligados a solicitar la protección del Seguro General Obligatorio, en calidad de afiliados, todas las personas que perciben ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, con relación laboral o sin ella; en particular: • • • • • • •

El trabajador en relación de dependencia; El trabajador autónomo; El profesional en libre ejercicio; El administrador o patrono de un negocio; El dueño de una empresa unipersonal; El menor trabajador independiente; y, Los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio en virtud de leyes y decretos especiales.

Son sujetos obligados a solicitar la protección del régimen especial del Seguro Social Campesino, los trabajadores que se dedican a la pesca artesanal y el habitante rural que labora habitualmente en el campo, por cuenta propia o de la comunidad a la que pertenece, que no recibe remuneraciones de un empleador público o privado y tampoco contrata a personas extrañas a la comunidad o a terceros para que realicen actividades económicas bajo su dependencia (Artículo 2). Para los efectos de la protección del Seguro General Obligatorio, se considera que es: • Trabajador en relación de dependencia el empleado, obrero, servidor público; y, toda persona que presta un servicio o ejecuta una obra, mediante un contrato de trabajo o un poder especial o en virtud de un nombramiento extendido legalmente; y, percibe un sueldo o salario, cualquiera sea la naturaleza del servicio o la obra, el lugar de trabajo, la duración de la jornada laboral y el plazo del contrato o poder especial o nombramiento; • Trabajador autónomo, toda persona que ejerce un oficio o ejecuta una obra o realiza regularmente una actividad económica, sin relación de dependencia; y, percibe un ingreso en forma de honorarios, comisiones, participaciones, beneficios u otra retribución distinta al sueldo o salario; • Profesional en libre ejercicio, toda persona con título universitario, politécnico o tecnológico que presta servicios a otras personas, sin relación de dependencia, por sí misma o en asociación con otras personas; y, percibe un ingreso en forma de honorarios, participaciones u otra retribución distinta al sueldo o salario;

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LEGISLACIÓN LABORAL • Administrador o patrono de un negocio, toda persona que emplea a otros para que ejecuten una obra o presten un servicio, por cuenta suya o de un tercero; • Dueño de una empresa unipersonal, toda persona que establece una empresa o negocio de hecho, para prestar servicios o arriesgar capitales; • Menor trabajador independiente, toda persona menor de dieciocho (18) años de edad que presta servicios remunerados a otras personas, sin relación de dependencia, por sí misma o en asociación con otras personas de igual condición; • Jubilado, toda persona que ha cumplido los requisitos de tiempo de imposiciones y edad de retiro, o padece una lesión permanente, física o mental, total o parcial, y percibe una pensión regular del Estado o del Seguro Social, o una renta vitalicia de una compañía aseguradora, por condición de vejez o invalidez; y, • Derechohabiente, el familiar del afiliado o jubilado fallecido que reúne los requisitos de ley para recibir los beneficios de montepío, en pensiones de viudez u orfandad; y, cualquier otro que, a falta de los anteriores, puede reclamar dichos beneficios conforme las normas del derecho sucesorio.

Prestaciones cubiertas El Seguro General Obligatorio protege a sus afiliados obligados contra las contingencias que afecten su capacidad de trabajo y la obtención de un ingreso acorde con su actividad habitual, en casos de: • • • • •

Vejez, muerte, e invalidez, que incluye discapacidad; Cesantía; Enfermedad; Maternidad; y, Riesgos del trabajo.

Jubilación por Vejez La Ley de Seguridad Social 2001-55, publicada en registro oficial el 30 de noviembre de 2001, señala que el afiliado tendrá derecho a jubilación de vejez una vez que cuente con 360 imposiciones y un mínimo de 60 años de edad; o, 480 imposiciones mensuales, es decir 40 años de afiliación, sin límite de edad. En la Disposición Transitoria Quinta de la Ley, se establece que los afiliados obligados o voluntarios que, a la fecha de expedición de esta norma, 30 de noviembre de 2001, han cumplido 55 años de edad y 360 imposiciones mensuales, podrán hacer efectivo su derecho a jubilación ordinaria de vejez en cualquier momento. Los afiliados obligados o voluntarios podrán acogerse a la jubilación ordinaria de vejez, siempre que acrediten un tiempo mínimo de 360 imposiciones mensuales a la fecha de la solicitud, en virtud de los siguientes requisitos: - 58 años de edad, a partir del 1 de enero de 2004. - 59 años de edad, a partir del 1 de enero de 2005. - 60 años de edad, a partir del 1 de enero de 2006. La jubilación por vejez consiste en una pensión que el IESS paga en forma mensual a los beneficiarios que se acogen a la misma, luego de haber cumplido una determinada edad y con un cierto número de imposiciones detalladas anteriormente.

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LEGISLACIÓN LABORAL Seguro de invalidez Para los efectos de este seguro, se considera inválido a quien, por enfermedad o alteración física o mental, se hallare incapacitado para procurarse, por medio de un trabajo proporcionado a su capacidad, fuerza y formación, una remuneración equivalente, por lo menos, a la mitad de la remuneración habitual de un trabajador sano y en las mismas condiciones. Esta prestación conocida como jubilación por causa de invalidez, consiste en la entrega permanente o temporal de una pensión mensual calculada en función de dos factores: el tiempo de afiliación y el promedio de los cinco mejores años de remuneración. El IESS reconoce a sus jubilados por causa de invalidez la decimotercera y decimocuarta pensión, más la compensación por el costo de vida, que se otorga bajo las mismas condiciones que el seguro de vejez. Para acogerse a los beneficios de la pensión por invalidez, el asegurado debe acreditar al menos sesenta imposiciones mensuales.

Cesantía La cesantía se define como la separación del afiliado de todo servicio, por cualquier causa y por un tiempo no menor a noventa días. El sistema de Seguridad Social en nuestro país considera a la cesantía, como un riesgo de desempleo, con un sistema de financiamiento de reparto.

Enfermedad y Maternidad: Seguro General de Salud Individual y Familiar La afiliación y aportación obligatoria al Seguro General de Salud Individual y Familiar otorga derecho a las siguientes prestaciones de salud:

• Programas de fomento y promoción de la salud; • Acciones de medicina preventiva, que incluyen la consulta e información profesional, los procedimientos auxiliares de diagnóstico, los medicamentos e intervenciones necesarias; • Atención odontológica preventiva y de recuperación; • Asistencia médica curativa integral y maternidad, que incluye la consulta profesional, los exámenes y procedimientos de diagnóstico, los actos quirúrgicos, la hospitalización, la entrega de fármacos y las demás acciones de recuperación y rehabilitación de la salud; • Tratamiento de enfermedades crónico degenerativas, dentro del régimen de seguro colectivo que será contratado obligatoriamente por la administradora, bajo su responsabilidad, para la atención oportuna de esta prestación, sin que esto limite los beneficios o implique exclusiones en la atención del asegurado, con sujeción al Reglamento General de esta Ley; y, • Tratamiento de enfermedades catastróficas reconocidas por el Estado como problemas de salud pública, • bajo la modalidad de un fondo solidario financiado con el aporte obligatorio de los afiliados y empleadores y la contribución obligatoria del Estado.

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LEGISLACIÓN LABORAL En caso de enfermedad, el afiliado tendrá derecho a: • La asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y de rehabilitación, con sujeción a los protocolos de diagnóstico y terapéutica elaborados por los especialistas médicos del IESS y aprobados por la administradora de este Seguro; y, • Un subsidio monetario de duración transitoria, cuando la enfermedad produzca incapacidad en el trabajo. Los familiares del afiliado no tendrán derecho al subsidio. En caso de maternidad, la asegurada tendrá derecho a: • La asistencia médica y obstétrica necesaria durante el embarazo, parto y puerperio, cualquiera sea la calificación de riesgo del embarazo; • Un subsidio monetario, durante el período de descanso por maternidad, en el caso de la mujer trabajadora; y, • La asistencia médica preventiva y curativa del hijo, con inclusión de la prestación farmacológica y quirúrgica, durante el primer año de vida, sin perjuicio de la prestación de salud hasta los seis (6) años de edad. Para los subsidios de enfermedad y maternidad, será de cargo del empleador la prestación señalada en los artículos 42, numeral 19; y, 153 del Código del Trabajo, cuando el trabajador no reuniere los requisitos mínimos señalados en esta Ley para causar derecho a la prestación del Seguro General de Salud Individual y Familiar. Igualmente, será de cargo del empleador el pago del cincuenta por ciento (50%) del sueldo o salario del trabajador durante los tres (3) primeros días de enfermedad no profesional.

Riesgos del Trabajo Como riesgos del trabajo se consideran las eventualidades a que está sujeto el trabajador con ocasión o como consecuencia de su actividad. Son riesgos del trabajo el accidente de trabajo y la enfermedad profesional. - Accidente de trabajo es todo suceso imprevisto y repentino que le ocasiona al trabajador una lesión corporal o perturbación funcional o inclusive la muerte, con ocasión o como consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena, así como al trasladarse directamente desde su domicilio al trabajo o viceversa. - Enfermedad profesional es la afección aguda o crónica causada de manera directa por el ejercicio de la labor o profesión que realiza el trabajador y que le produce incapacidad. Para efectos del seguro de riesgos del trabajo, las enfermedades profesionales agudas se considerarán como accidentes de trabajo. Seguro Social Campesino El Seguro Social Campesino otorga a sus beneficiarios prestaciones de salud, que incluyen la cobertura de maternidad; y, protege al jefe de familia contra las contingencias de vejez, muerte, e invalidez, que incluye discapacidad. Recursos y Financiamiento Las prestaciones del Seguro General Obligatorio se financian con los siguientes recursos: • La aportación individual obligatoria de los afiliados, para cada seguro; • La aportación patronal obligatoria de los empleadores, privados y públicos, para cada seguro, cuando los afiliados sean trabajadores sujetos al Código del Trabajo;

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LEGISLACIÓN LABORAL • La aportación patronal obligatoria de los empleadores públicos, para cada seguro, cuando los afiliados sean servidores sujetos a la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa; • La contribución financiera obligatoria del Estado, para cada seguro, en los casos que señala esta Ley; • Las reservas técnicas del régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional; • Los saldos de las cuentas individuales de los afiliados al régimen de jubilación por ahorro individual obligatorio; • Los ingresos provenientes del pago de los dividendos de la deuda pública y privada con el IESS, por concepto de obligaciones patronales; • Los ingresos provenientes del pago de dividendos de la deuda del Gobierno Nacional con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; • Las rentas de cualquier clase que produzcan las propiedades, los activos fijos, y las acciones y participaciones en empresas, administrados por el IESS; • Los ingresos por enajenación de los activos de cada Seguro, administrados por el IESS; • Los ingresos por servicios de salud prestados por las unidades médicas del IESS, que se entregarán al Fondo Presupuestario del Seguro General de Salud; • Los recursos de cualquier clase que fueren asignados a cada seguro en virtud de leyes especiales para el cumplimiento de sus fines; y, • Las herencias, legados y donaciones.

Los servicios de salud y las prestaciones del Seguro Social Campesino se financian con los siguientes recursos: • El aporte solidario sobre la materia gravada que pagarán los empleadores, los afiliados al Seguro General Obligatorio, con relación de dependencia o sin ella, y los afiliados voluntarios; • La contribución obligatoria de los seguros públicos y privados que forman parte del Sistema Nacional de Seguridad Social; • El aporte diferenciado de las familias protegidas por el Seguro Social Campesino; • La contribución financiera obligatoria del Estado sobre la materia gravada de los afiliados con relación de dependencia al Seguro General Obligatorio; y, • Las demás asignaciones que entregue la Función Ejecutiva para el financiamiento de las prestaciones solidarias de este Seguro.

Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social El 11 de mayo del 2009 en el Suplemento del Registro Oficial No. 587, se promulgó la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, cuyo artículo 1 crea al citado banco, al que define como una institución financiera pública con autonomía técnica, administrativa y financiera, con personería jurídica propia, con finalidad social y de servicio público. El objeto social del Banco será la prestación de servicios financieros bajo criterios de banca de inversión, para la administración de los fondos previsionales públicos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS; y, la prestación de servicios financieros, para atender los requerimientos de sus afiliados activos y jubilados. Para el efecto, podrá realizar las siguientes operaciones:

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LEGISLACIÓN LABORAL - Inversiones a través de los instrumentos que ofrece el mercado de valores para el financiamiento a largo plazo de proyectos públicos y privados, productivos y de infraestructura que generen rentabilidad financiera, valor agregado y nuevas fuentes de empleo, para impulsar el desarrollo socio económico del país; - Inversiones en el mercado de valores en títulos de renta fija o variable a través del mercado primario y secundario; y, - Estructurar, impulsar y promover proyectos de inversión. Además, podrá prestar los siguientes servicios financieros: - Conceder créditos hipotecarios, prendarios y quirografarios y otros servicios financieros a favor de los afiliados y jubilados del IESS, mediante operaciones directas o a través del sistema financiero nacional; y, - Efectuar operaciones de redescuento de cartera hipotecaria de instituciones financieras. El 30 de abril de 2010, la Superintendencia de Bancos y Seguros aprobó el Estatuto del Banco, en el que se detalla la estructura interna, las atribuciones y responsabilidades del gerente general, de los gerentes de área y demás funcionarios de la entidad.

Información completa de los servicios y prestaciones del IESS se puede obtener ingresando directamente a la página web: www.iess.gob.ec

Fondos Complementarios Previsionales Cerrados FCPC80 La Ley de Seguridad Social 2001, señala que los afiliados al IESS, independientemente de su nivel de ingresos, podrán efectuar ahorros voluntarios para mejorar la cuantía o las condiciones de las prestaciones correspondientes al Seguro General Obligatorio o a proteger contingencias de seguridad no cubiertas por éste. Art. 220.- “…Los ahorros voluntarios se depositarán directamente en las empresas adjudicatarias administradoras del ahorro previsional, y los fondos acumulados por este concepto se administrarán como fondos separados de conformidad con el Reglamento. Los fondos privados de pensiones con fines de jubilación actualmente existentes, cualquiera sea su origen o modalidad de constitución, se regirán por la misma reglamentación que se dicte para los fondos complementarios y, en el plazo que aquella determine, deberán ajustarse a sus disposiciones que, en todo caso, respetarán los derechos adquiridos por los ahorristas” Registro y Funcionamiento de los Fondos La Ley de Seguridad Social señala que los fondos de ahorro voluntario deberán ser registrados en el IESS. Como complemento de lo señalado, la Resolución No. SBS-2004-740, emitida por la Superintendencia de Bancos y Seguros emitió las normas para el registro, constitución, organización, funcionamiento y liquidación de los fondos complementarios previsionales.

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Superintendencia de Bancos y Seguros del Ecuador http://www.sbs.gob.ec/practg/sbs_index?vp_art_id=46&vp_tip=2&vp_buscr=64#5


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INFORMACIÓN PRÁCTICA Costes de apertura de oficina Indicaciones para el arrendamiento de viviendas, oficinas o bodegas Para arrendar una vivienda, oficina o bodega, es indispensable hablar y contactar al dueño y comprobar que éste sea efectivamente el propietario, lo cual se puede verificar en el momento de la firma del contrato de arrendamiento. Cuando se pacte el contrato de arrendamiento del bien inmueble es importante establecer el monto de la renta, la fecha para el pago, la duración de la renta y el monto del depósito y/o garantía requerido. Si es un bien amueblado, es importante revisar que todo el mobiliario esté en buen estado, y tomar fotos de los mismos es conveniente. Los servicios legales y notariales por la realización del contrato de alquiler son pagados por la persona arrendadora del bien inmueble y queda libre de decisión que cualquiera de las dos partes contrate dicho servicio. En general, los términos del alquiler son por un año calendario, con opción a extenderlos. En cuanto a los depósitos, varían de uno a dos meses del monto de la renta. Se recomienda firmar el contrato con el dueño del bien inmueble. La mayoría de empresas de bienes raíces cobran un mes de la renta del alquiler al arrendador, por los servicios prestados.

Información General Formalidades de entrada y salida Tabla No. 27 Requisitos de Ingreso Pasaportes y visas Cuando revise la información relacionada al pasaporte, por favor tenga en cuenta el tiempo que permanecerá en el país. Un pasaporte de visitante debe ser válido durante su estadía. Pasaporte requerido excepto para: 1. Turistas con tarjeta de identificación extendida para los ciudadanos colombianos, siempre que posea la tarjeta internacional de Embarque y Desembarque y solamente se desplace entre Ecuador y Colombia. Visa requerida excepto para: 2. Turistas con pases extendidos por las Naciones Unidas o la Organización de los Estados Americanos 3. Turistas en servicio activo pertenecientes a la Marina Mercante. Visa requerida excepto para: 1. Turistas visitantes hasta 90 días que provengan del Reino Unido. 2. Visitantes hasta 90 días, excepto para los nativos de Afganistán, Argelia, Bangladesch, Corea del Norte, Corea del Sur, Costa Rica, Cuba, República Popular China, Guatemala, Honduras, India, Irak, Irán, Jordania, Líbano, Libia, Nicaragua, Nigeria, Pakistán, Siria, Sri Lanka, Sudán, Túnez, Vietnam, Yemen, Aut Palestina, Secta Sihk. 3. A partir del 11 de septiembre en general se solicitará visa a los ciudadanos de los países árabes.

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INFORMACIÓN PRÁCTICA 4. Se eliminó el requisito de visa para ciudadanos de Venezuela y Panamá. Ref CE 462-98 del 23-09-98.

Pasajeros en tránsito se considera a: 1. Personas que viajan 12 horas en el mismo avión o que realizan conexiones respectivas en las líneas aéreas, siempre que tengan reservaciones previamente confirmadas y más documentos para continuar su viaje.

2. Marinos mercantes (excepto personas de Corea Democrática) que posean pasaporte o bitácora y carta de la compañía naviera con el nombre de la embarcación la que debe navegar dentro de 36 horas. * A los turistas no se les permite trabajar.

Visa requerida excepto para:

1. Turistas visitantes hasta 90 días que provengan del Reino Unido. 2. Visitantes hasta 90 días, excepto para los nativos de Afganistán, Argelia, Bangladesch, Corea del Norte, Corea del Sur, Costa Rica, Cuba, República Popular China, Guatemala, Honduras, India, Irak, Irán, Jordania, Líbano, Libia, Nicaragua, Nigeria, Pakistán, Siria, Sri Lanka, Sudán, Túnez, Vietnam, Yemen, Aut Palestina, Secta Sihk. 3. A partir del 11 de septiembre en general se solicitará visa a los ciudadanos de los países árabes.

Aduanas81

Se permite ingresar al país: Para viajeros mayores de 18 años de edad, máximo 3 litros de bebidas alcohólicas y 20 cajetillas de cigarrillos de 20 unidades cada cajetilla. Son admitidos una cantidad razonable de perfumes, regalos y efectos personales. Está prohibido portar sustancias químicas y toxicas, sustancias explosivas e inflamables, pistolas y todo tipo de armas82. Carne fresca o seca, plantas y animales salvajes, deberán tener una autorización previamente otorgada por el Ministerio de Agricultura. - Tasa aeroportuaria para vuelos internacionales $ 33,75 en Quito y $25.43 en Guayaquil.

Impuestos

-Tasa aeroportuaria para vuelos nacionales $ 7.50 en Quito y $5.08 en Guayaquil. - Impuesto de ingreso a áreas protegidas: Ingreso al Parque Nacional Galápagos y Reserva Marina para ciudadanos de la Comunidad Andina de Naciones o MERCOSUR, mayores de 12 años pagan USD 50 (Equivale al 50% de tarifa extrajera).

Medidas sanitarias

Para ingresar al país no se requiere de vacunas; sin embargo, los viajeros con problemas de presión o de corazón deberán consultar a un médico antes de viajar a las zonas altas. La malaria es una enfermedad que aún no se ha erradicado por completo y que está presente en la Amazonia y la Costa en la estación lluviosa. Esta enfermedad está altamente controlada.

Fuente: Comunidad Andina: Rutas Turísticas Virtuales http://www.comunidadandina.org/turismo/ecuador/requisitos.htm

Hora local, vacaciones y días festivos

Las vacaciones se toman en distintos meses, normalmente depende de la zona geográfica. En la sierra (Quito) es usual que las vacaciones se tomen durante el mes de agosto, en tanto que en la costa (Guayaquil) en enero y febrero. Se recomienda que al visitar las ciudades de la sierra, como Quito, se tomen las precauciones necesarias ya que está ubicada a unos 2.800 metros sobre el nivel del mar. La altitud puede provocar cansancio, dolores de cabeza o sueño, no se recomienda realizar actividad física, ni comer o beber en exceso. Equivocadamente se tiene la percepción de que todo el país tiene un clima cálido, sin embargo en ciudades como Quito el clima varía de templado a frío83. Para mayor información sobre artículos permitidos de ingreso para viajeros, revisar en la página web de SENAE http://www.aduana.gob.ec/pro/for_travelers.action. Revisar objetos restringidos, http://www.tagsa.aero/restricciones.html Cómo Negociar con Éxito en 50 Países, Olegario Llamazares, Ed. Global Marketing Strategies

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INFORMACIÓN PRÁCTICA Equivocadamente se tiene la percepción de que todo el país tiene un clima cálido. En Quito éste varía de templado a frío84. Tabla No. 28 Fechas 1 de enero

9-12 de febrero 29 de marzo 1 de mayo 24 de mayo 24 de julio 25 de julio 10 de agosto 9 de octubre 2 de noviembre 3 de noviembre 6 de diciembre 25 de diciembre

DÍAS FESTIVOS DEL ECUADOR Descripción Año Nuevo

Carnaval Aproximadamente al mismo tiempo, en Ambato es la fiesta anual, muy grande de frutas y flores. (Fiesta de las Frutas y Flores) Viernes Santo ( Semana Santa) Día del Trabajo Aniversario de la Batalla de Pichincha Natalicio de Simón Bolivar Fundación de Guayaquil Día de la Independencia Nacional Independencia de Guayaquil Día de los Fieles Difuntos Independencia de Cuenca Fundación de Quito Navidad

Horarios laborables, Bancos, Comercio

Tabla No. 29 Horario de Atención Instituciones públicas y privadas

Horario de Museos

09:00 – 13:00 y 14:00 – 18:00. Lunes a Viernes 09:00 - 14:00 Sábados 08:30 – 17:00 Lunes a Viernes 09:00 – 14:00 Sábados 09:00 – 17:00 Martes a Viernes

Horario de oficinas

08:30 – 16:30 Lunes a Viernes

Shopping Center

09:00 – 20:00 Lunes a Viernes

Horario de negocios

Horario de bancos

10:00 – 19:00 Sábados 10:00 – 18:00 Domingos Fuente: Comunidad Andina: Rutas Turísticas Virtuales

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INFORMACIÓN PRÁCTICA Sistema de Telecomunicaciones Código País: 593 + Ciudad + Número Estos son los códigos telefónicos de las 22 provincias del Ecuador: Azuay (07), Bolívar (03), Carchi (06), Cañar (07), Chimborazo (03), Cotopaxi (03), El Oro (07), Esmeraldas (06), Galápagos (05), Guayas (04), Imbabura (06), Loja (07), Los Ríos (05), Manabí (05), Morona (06), Napo (06), Orellana (06), Pastaza (03), Pichincha (02), Sucumbíos (07), Tungurahua (03), Zamora (07), Santa Elena (04). Para llamar desde el exterior usted debe omitir el 0 de la serie provincial Ej. Para Quito: 59322507560, pero si está ya en Ecuador debe utilizar el código completo, 072 para comunicarse con otras ciudades.

Públicas: • La Corporación Nacional de Telecomunicaciones de Ecuador

http://www.cnt.com.ec/index.php

Privadas: • Claro http://www.claro.com.ec/portal/ec/ • Movistar http://www.movistar.com.ec/site/

Internet.- El Internet es bastante popular sobre todo en las zonas urbanas, existen cientos de lugares con acceso a internet en la mayoría de zonas comerciales y turísticas. El Internet se está expandiendo rápidamente y se puede encontrar centros de cómputo, prácticamente en cada barrio de las grandes ciudades. Las computadoras se alquilan por horas y las tarifas dependen mucho de la categoría del local.

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INFORMACIÓN PRÁCTICA Moneda, evolución del tipo de cambio con respecto al dólar La moneda de Ecuador fue una de las más controversiales en América Latina, dado que el país logró su dolarización en el año 2000, y grandes cambios se produjeron en continuación. Previamente, el Sucre (S/.) (ISO 4217: ECS), creada el 22 de marzo de 1884 fue la moneda legal de Ecuador. El 9 de enero de 2000 fue reemplazado por el dólar estadounidense a una tasa de cambio de 25.000 sucres por dólar. Se emiten billetes de 100, 50, 20, 10, 5, 2 y 1 dólar, y monedas de 1 dólar y 50, 25, 10, 5 y 1 céntimo.

Lengua oficial y religión El idioma oficial del Ecuador es el español, aunque la población indígena habla otras lenguas, principalmente el quichua, idioma de los incas. La población indígena fue adoctrinada en la religión católica después de la conquista española del Perú y Ecuador; a finales del siglo XIX la revolución liberal estableció la separación parcial de la Iglesia y el Estado, y en 1906 se promulgó una Constitución anticlerical mediante la cual se confiscaron las propiedades del clero y se declaró la total libertad de credo. En la actualidad, alrededor del 95% de la población ecuatoriana profesa la religión católica.

Otros datos útiles. Cultura de Negocios85 En Ecuador, a la hora de hacer negocios las diferencias regionales tienen un peso importante, ya que entre los serranos (habitantes de Sierra: Quito, Cuenca, Ambato, etc.) y los costeños (habitantes de la Costa: Guayaquil, Manta, Esmeraldas, etc.) existen algunas diferencias. Los primeros son más conservadores, formales y reservados en el trato. Los costeños son más abiertos a nuevos negocios, más flexibles en las relaciones comerciales. En Ecuador, especialmente en Quito, se necesitan tener los contactos necesarios para hacer negocios. Si no se cuenta con la ayuda de una empresa local, será más difícil introducirse en ese mercado. Una gran ayuda pueden ser las agencias de importación-exportación y las oficinas de abogados. Se recomienda que las citas de negocios se agenden con dos semanas de anticipación, y además confirmar dos o tres días antes. Antes de entrar en el tema de los negocios se debe dar un tiempo a la conversación informal (viajes, cultura, deportes, actualidad, etc.). Es habitual que durante las negociaciones se den comentarios, anécdotas o experiencias personales que no tengan directa relación con lo que se está tratando. Las conversaciones se dan en tono amistoso. Se recomienda evitar cualquier tipo de comentarios que se pudieran mal interpretar, además de mantener un tono de voz suave, para no dar una impresión de agresividad. En Ecuador las decisiones suelen tomarse en base a experiencias pasadas, por sobre la aplicación de normas generales o principios lógicos, además los negociadores ecuatorianos no cambian fácilmente de opinión.

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INFORMACIÓN PRÁCTICA En la documentación legal se acostumbra usar los dos apellidos (de padre y madre). A efectos de presentación sólo se usa el apellido paterno. En las presentaciones se recomienda mostrar datos y cifras concretas, se revisará la rentabilidad de los negocios propuestos antes de tomar alguna decisión. Las negociaciones suelen llevarse a un ritmo lento. Las decisiones se tomarán a un nivel de altos ejecutivos. Es probable que se produzcan varios retrasos hasta que se tome el acuerdo de cierre. Los ecuatorianos, consideran que los acuerdos se toman más con las personas que con las empresas que representan, por lo mismo no se recomiendan los cambios en los equipos de negociación, ya que podría causarse un retraso o una paralización en el acuerdo. Los temas de conversación favoritos son: las bellezas naturales del país (Islas Galápagos), la arquitectura colonial de Quito, la selva amazónica y el fútbol, que es el deporte más popular del país. Se acostumbra que los hombres se saluden con un apretón de manos, tanto en la presentación como en la despedida. Las mujeres se saludan mediante un apretón de manos o, si se conocen, con un beso en la mejilla.

Consejos86 Para que la estadía en Ecuador sea segura, se recomienda seguir los siguientes consejos: • Evitar llevar consigo los documentos personales importantes originales. Es mucho más seguro llevar copias y dejar los documentos originales en un lugar seguro. Con respecto al dinero, es preferible llevar pocas cantidades y distribuidas en bolsos, carteras y bolsillos • Evitar la exposición excesiva de objetos de valor como ordenadores portátiles o cámaras de fotos. • Es más seguro realizar citas guiadas a los atractivos turísticos del Ecuador por medio de guías turísticos o agencias. • Los taxis registrados son los amarillos y con placas anaranjadas. Así mismo existen empresas de trasporte ejecutivo. Se recomienda evitar tomar otros transportes que no estén debidamente registrados en una compañía de transportes.

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Fuente: http://viajeaecuador.es/seguridad-en-ecuador/


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INFORMACIÓN PRÁCTICA

Contactos y links de interés Entidades públicas Página web del Ministerio de Turismo del Ecuador http://www.visitaecuador.com Portal oficial de turismo del Ecuador

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INFORMACIÓN PRÁCTICA Información turística http://www.guayaquil.gob.ec Sitio oficial de Guayaquil, una de las principales ciudades de Ecuador. http://www.exploringecuador.com Portal que brinda información turística detallada del Ecuador. http://ecuaworld.com/visitecuador/Visit.htm Visite Ecuador. Información turística del Ecuador, Galápagos y sus provincias. http://www.virtualtourist.com/South_America/Ecuador/Guayaquil Guía turística de Guayaquil. http://www.hotelesquito.com.ec Información acerca de la oferta hotelera en Quito. http://www.captur.com Página web de la Cámara Provincial de Turismo de Pichincha. Información de los eventos turísticos de la zona. http:// www.visitaecuador.com Portal ecológico del Ecuador http://www.ecuadoriantours.com Agencia de Viajes de Ecuador. http://www.ecuadorVirtual.com Guía Virtual de Turismo y Viaje de Ecuador http://www.hotelesecuador.com.ec Federación Hotelera del Ecuador (AHOTEC) http://www.andes-adventures.com/ Aventuras en los Andes http://www.ecoandestravel.com Operados Turístico de los Andes http://www.galaeco.com Cruceros en Galápagos & Ecotours – Galaeco http://www.galapagoscruises.com Cruceros en Galápagos

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INFORMACIÓN PRÁCTICA Organizaciones industriales y comerciales • Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración Carrión E1-76 y Av. 10 de Agosto (593 2) 299-3200 Quito - Ecuador webmast@mmrree.gov.ec •

PRO ECUADOR, Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones Av. Francisco de Orellana, edificio World Trade Center, Torre A piso 13. Telf. (593) 42597980 Guayaquil - Ecuador http://www.proecuador.gob.ec/ • Federación Ecuatoriana de Exportadores Edf. Torres Del Norte, Torre B. P-5 Ofc. 501, Guayaquil, Ecuador Telf. (593) 4 2687242 Página web: www.fedexport.com • Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competividad Av. La Coruña N2558 y San Ignacio. Edificio Altana Plaza Piso 4. Telf. (593) 02 3815600 Quito - Ecuador http://www.mcpec.gob.ec/ Cámaras de Comercio en Ecuador • Cámara de Comercio de Quito Av. República y Amazonas, Edif. De las Cámaras, Pisos 5 y 6 Quito, Ecuador Tel: (593-2) 443-787; Fax: (593-2) 435-862 Email: ccq@ccq.org.ec Web: www.ccq.org.ec •

Cámara de Comercio de Guayaquil

Cdla. Kennedy Norte, Av. F. de Orellana y Miguel H. Alcívar “Centro Empresarial Las Cámaras”, Piso 3 Guayaquil, Ecuador Tel: (593-4) 682-771; 682-779, Fax: (593-4) 682-725 Email: presidencia@lacamara.org Web: www.LaCamara.org

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INFORMACIÓN PRÁCTICA • BANCO CENTRAL DEL ECUADOR

Av. 10 de Agosto N11-409 y Briceño. Casilla Postal 339 PBX. (593) 2 2572522 Quito-Ecuador Av. 9 de Octubre y Pichincha # 200; PBX: (593) 04 2566333; Guayaquil - Ecuador Calle Larga y Huaynacapac; PBX: (593) 07 2831255; Cuenca - Ecuador Call Center IVR:(593) 2 2289488 www.bce.fin.ec

e.

Hoteles, alquileres etc.

• AHOTEC Federación Hotelera del Ecuador > Quito: (02) 245 3945 / (02) 244 3425 Sede: Quito, América N38-80 y Diguja Teléfonos: (593 2) 245 3942 / 244 3425 ahotec@interactive.net.ec

Asociaciones Nacionales de Turismo • ASOGAL Asociación Nacional de Empresas Turísticas en Galápagos Quito: (02) 333 0942

Instituciones Oficiales de Turismo • Ministerio de Turismo Quito: (02) 333 0942 • Corporación Metropolitana de Turismo Quito: (02) 295 9632 (02) 295 9505 • Fundación Municipal Turismo Cuenca: (07) 282 1035 • M.I. Municipalidad de Guayaquil: (04) 252 4100 / (04) 252 4200 • Alquiler de Autos Carmax Avis Drive

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Guayaquil: (04) 239 8305 Quito: (02) 225 9333 / Guayaquil: (04) 239 5236 / Cuenca: (07) 286 0174 Quito: (02) 292 3641


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INFORMACIÓN PRÁCTICA

Oficinas Nacionales: El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración cuenta con 7 Oficinas Comerciales Regionales ubicadas de acuerdo a la nueva distribución por zonas territoriales del Ecuador. Estas Oficinas se encuentran en Quito, Ambato, Cuenca, Manta, Machala, Guayaquil y Tulcán. Su misión es identificar la oferta exportable ecuatoriana, brindar capacitaciones y proveer información que se traslada a las Oficinas Comerciales para la apertura de mercados. Oficinas Internacionales: El Ecuador cuenta con 31 Oficinas Comerciales en 26 países, a continuación se detallan los países:

Imagen No. 2

Fuente: PRO ECUADOR, www.proecuador.gob.ec

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GUĂ?A COMERCIAL

2013

w w w . p r o e c u a d o r. g o b . e c

Guayaquil: Av. Francisco de Orellana, Edificio World Trade Center, Torre A. Piso 13. PBX: 593 4 2597980. Quito: Av. Amazonas y Roca, Edificio Amazonas. Piso 5. PBX: 593 2 2993200.

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