en el legítimo ejercicio del derecho a la libertad de expresión, libertad ideológica, de asociación y de participación en asuntos públicos.
Por último, la defensa de D. Carles Mundó i Blanch presentó escrito de conclusiones definitivas, sin modificación alguna en cuanto a la calificación jurídica de los hechos, reiterando la petición de absolución por atipicidad de los hechos.
Verificado lo anterior, tras el trámite de informe y del derecho a la última palabra, quedó el juicio concluso para sentencia, habiéndose iniciado tras ello las deliberaciones que se han prolongado hasta el pasado día 11 de octubre. VIGÉSIMO.- En cuanto a la situación personal de los acusados, D. Oriol Junqueras i Vies ingresó en prisión por esta causa el día 2 de noviembre de 2017 y ha disfrutado del permiso extraordinario concedido por esta Sala, por auto de 14 de mayo de 2019, de autorización de salida el día 21 de mayo de 2019 para asistir a la sesión constitutiva del Congreso de los Diputados.
Dña. Carme Forcadell i Lluís ha permanecido en situación de prisión provisional por esta causa del 9 de noviembre de 2017 al 10 de noviembre de 2017, ingresando posteriormente en prisión provisional el día 23 de marzo de 2018, y ha disfrutado del permiso extraordinario concedido por esta Sala, por providencia de 25 de septiembre de 2019, de autorización de salida para visitar a su nieto.
D. Jordi Sánchez i Picanyol ingresó en prisión por esta causa el día 16 de octubre de 2017 y ha disfrutado del permiso extraordinario concedido por esta Sala, por auto de 14 de mayo de 2019, de autorización de salida el día 21 de mayo de 2019 para asistir a la sesión constitutiva del Congreso de los Diputados.
D. Jordi Cuixart i Navarro ingresó en prisión por esta causa el día 16 de octubre de 2017 y ha disfrutado de los permisos extraordinarios concedidos por 21