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JuezadeEE.UU.rechazóunrecursode Toledoparasuspendersuextradición

petición de la parte demandante de una medida cautelar”, señala en la resolución la referidajueza.

sobre la decisión de extradición y los motivos de tal decisión.

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La justicia de los Estados Unidos (EE. UU.) rechazó la demanda contra el Departamento de Estado presentado por el expresidente Alejandro Toledo,recurso que busca frenar la extradición hacia el Perú.

Dicha medida fue tomada porlajuezaBerylA.Howell,de la Cortedeldistritode Colum- bia, sustentando su decisión en que Toledo Manrique “no demostró una probabilidad deéxitoencuantoalfondo”.

“Después de considerar la petición de una medida cautelar u orden de restricción temporal, los memorandos presentados en apoyo y oposición, y todo el expediente aquí, por las razones expuestas en la Opinión de Memorandoadjunta,porlapresente se ordena que se deniegue la

Este tercer recurso, denominado “procedimiento civil federal”manifiesta que el Departamento de Estado de Estados Unidos habría violado la “Quinta Enmienda” de suConstituciónreferidaalderecho a la libertad y el debido proceso.

En el documento,que contiene 59 puntos, se alega que para cumplir con el debido proceso se requiere informar al demandante y su abogado

Sin embargo, la magistrada Beryl A. Howell resolvió que “la Cláusula del Debido Proceso no exige un procedimiento más amplio que el que el demandante (Alejandro Toledo) de hecho recibió”, por lo que “no tiene derecho” aunamedidacautelar.

“En realidad, la decisión final del secretario de Estado no se produce en el vacío,sino que es posterior a una cantidadsustancialdeotrosprocesos también centrados en la determinación de la extraditabilidad del fugitivo, en los queelfugitivo(AlejandroToledo) ya ha sido un participante clave”,argumentaHowell.

Asimismo,en el documentoemitidoporlaCortedeldistrito de Columbia, la jueza agregaqueel“paraeldemandante (Alejandro Toledo), la decisión del secretario representa simplemente el paso final en lo que han sido varios años de oportunidades para él,conlaasistenciadeunabogado, para presentar pruebas”.

Además, “para desarrollar el expediente a través de procedimientos contradictorios, para participar en múltiples audiencias ante varios jueces, para atacar colateralmente las decisiones judiciales resultantes en habeas,y para complementar el expediente con presentaciones escritas ilimitadas al Departamento de Estado”.

Deigualmodo,agregaque “resulta evidente que el demandante recibió el equivalente,sinomuchomás,delprocesoalquealegaqueteníaderecho en virtud de la jurisprudenciacitada”.

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