2 minute read

TriunfodelasaludpúblicaenMoqueguayderrota delaarbitrariedadmunicipal

Toda la comunidad de Moquegua debe celebrar un hecho que quizá haya pasado inadvertidoparalamayoríade usuarios del servicio de salud. Cuáleselhechoquetodoslos moqueguanos debemos conocer. El Seguro Social de Salud - EsSalud - Red Asistencial Moquegua, inició un proceso contenciosoadministrativo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto.Moquegua.La anterior gestión municipal, por Acuerdo de Consejo Nº 010-2013-MPMN de fecha 15 de abril del 2013, decidió aprobar la donación de un terreno a favor de EsSaludRed Asistencial Moquegua, con la finalidad de construir un hospital para beneficiar, directamente, a los asegura- dosdeMoquegua.

Con el cambio de la gestión municipal,las nuevas autoridades, arbitraria y sin tener en cuenta la trascendenciadelactojurídicodesuantecesora,porAcuerdodeConsejo N° 065-2019-MPMN de fecha10deagostodel2019,unilateralmente,decidieronrevocar la donación efectuada por la anterior gestión municipal, a favor del EsSalud - Red Asistencial Moquegua, frustrando,condichadecisión,laconstrucción de un hospital y de ese modo evitar beneficiar,di- rectamente, a los asegurados deMoquegua.

Advertisement

Frentealaarbitrariedadde la gestión municipal del año 2019,EsSalud-RedAsistencial Moquegua, con muy buenos reflejos, interpuso, una demanda contenciosaadministrativa, para pedir al Poder Judicial: a.-La nulidad del Acuerdo de Concejo N° 065-2019-MPMN de fecha 10 de agosto del 2019,que revertió, a favor de Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto y enperjuiciodelosasegurados de EsSalud - Red Asistencial

Moquegua, el terreno ubicado en el Sub Sector A-19 inscrito en la Partida Registral N° 11029673 de la SUNARP. b.Nulidad de la Resolución de Alcaldía N° 00424-2019A/MPMN de fecha 27 de septiembre del 2019 que declara firme y consentida el Acuerdo de Concejo N° 065-2019MPMN de fecha 10 de agosto del2019

Para alegría, tranquilidad y beneplácito de la comunidad de Moquegua, EsSalud-Red Asistencial Moquegua,ha ganado el proceso contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, en primera instancia, es decir, el Poder Judicial ha dado la razón a EsSalud.

Frente al triunfo de EsSalud - Red Asistencial Moquegua,por haber ganado en primera instancia, la demandada, la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto,apeló la sentencia, sin embargo, EsSalud,de Moqueguavolvióaganar en segunda instancia a la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, es decir, el Po- der Judicial,a través de la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ha dado, una vez más, la razón a EsSalud - Red Asistencial Moquegua.Sentenciaquefuedictada recién el 23 de marzo del año2023.

Con estas dos resoluciones, que le dan la razón al SeguroSocialDeSalud-EsSalud - Red Asistencial Moquegua, el Poder Judicial,ha procedido conjusticia,todavezqueelinterés general de los asegurados, se podrá concretar, en la construcción del hospital,ubicado en el Sub Sector A-19 del Centro Poblado de Chen Chen, lo que beneficiará, directamente, a los asegurados deMoquegua.

Particularmente,enmicondicióndeabogada,estoyconscientequelademanda,laMunicipalidad Provincial De Mariscal Nieto,estáfacultadapara interponer recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia de laRepública,paraevitarquela donación del terreno favorezca a EsSalud - Red Asistencial Moquegua y con ello frustrar la construcción del tan necesariohospital.

En mi doble condición de abogadayprofesionaldelasalud e hija de Moquegua, confío que la Corte Suprema de Justicia de la República,fallará conforme los argumentos, planteados en la demanda, lo que permitirá,finalmente,hacer realidad la construcción del nuevo hospital de mayor complejidad ubicado en el SubSectorA-19delCentroPoblado de Chen Chen,en beneficiodelosaseguradosdeMoquegua.

Finalmente, considero que elfindelderechoeselbiencomún, es decir, el bien para todos, por tanto, el hospital que tiene proyectado construir EsSalud, beneficiará aproximadamente al 60 % de la población asegurada de Moquegua.Elloconcuerdaconloque señala el artículo primero de la Constitución: La sociedad y el Estado deben cuidar y respetarladignidadhumana,expresada en el derecho a la salud. …

[*] Abogada. Lic. Obstetricia Magister en AdministracióndeServiciosdeSalud.Doctora en Salud Pública. Egresada del Doctorado en Derecho yCienciasPolítica(UNMSM)

This article is from: