INFORMEANUALANTICORRUPCIÓN2010

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INFORME ANUAL SOBRE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN EN EL PERÚ - 2010

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En febrero de 2009, se expidió el Decreto de Urgencia Nº 020-2009138, con el que se autorizó, “excepcionalmente”, a las entidades del estado para que la contratación del servicio de consultoría de obras para la elaboración del expediente técnico de los proyectos de inversión pública citados en el Decreto de Urgencia Nº 010-2009, cuyo valor referencial corresponda a Concursos Públicos, se realice a través de procedimientos abreviados, más cortos, de modo tal que el otorgamiento de la buena pro podía realizarse en un plazo de diez (10) días. Un mes después, en marzo de 2009, se aprobó el Decreto de Urgencia Nº 0412009139, a través del cual se aprobó todo un nuevo procedimiento, con plazos también abreviados, para la selección de los contratistas que tendrán a su cargo la ejecución de una serie de proyectos140, también con la finalidad de permitir “que las obras sean ejecutadas de manera eficiente y ágil”141. En abril de 2009, se expidió el Decreto de Urgencia Nº 052-2009142, a través del cual se declaró de necesidad nacional el Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta – Callao”, autorizándose al Gobierno Regional del Callao a utilizar la modalidad de Concurso Oferta bajo el sistema de suma alzada, en cuyo caso se le autorizó también, entre otros, a realizar aprobaciones parciales por tramos o sectores del Expediente Técnico. En julio de 2009, se emitió el Decreto de Urgencia Nº 078-2009143, a través del cual se extendió los alcances del Decreto de Urgencia Nº 041-2009, inicialmente prevista sólo para contratar la ejecución de obras, a la contratación de bienes y servicios144. Aquella norma aprobó también un procedimiento de selección de contratistas aún más abreviado que el establecido por el Decreto de Urgencia Nº 041-2009 para la contratación de bienes, servicios y obras, cuyo valor referencial en condiciones normales hubiese obligado a la realización de una adjudicación directa.

138. Publicado el 15 de febrero de 2009 en el diario oficial El Peruano. 139. Publicado el 29 de marzo de 2009 en el diario oficial El Peruano. 140. Aquellos que hubiesen sido declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y cuyo valor referencial hubiese obligado a la realización de una Licitación pública, siempre que no exceda los S/. 10´000,000.00. 141. Ver tercer considerando del citado decreto de urgencia. 142. Publicado el 26 de abril de 2009 en el diario oficial El Peruano. 143. Publicado el 18 de julio de 2009 en el diario oficial El Peruano. 144. Aquellos cuyo valor referencial hubiese obligado a la realización de una licitación pública o concurso público y siempre que no exceda los S/. 550,000.00.


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