Proyecto Educativo Institucional

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IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL

NOMBRE:

INSTITUTO DE EDUCACIÓN NO FORMAL POLITÉCNICO AGROINDUSTRIAL

SEDE:

Villavicencio – Cra 31 a No. 34 – 35 Barrio San

Fernando CIUDAD:

Villavicencio (Meta)

RECTOR:

JOSE ALBERTO NIETO ROJAS

IDENTIFICACIÓN:

17.157.556 DE BOGOTÁ

TÍTULO:

ADMINISTRADOR

DE

EMPRESAS

AGROINDUSTRIALES Universidad del Meta DOCTORADO: NUEVAS TÉCNICAS DE DIRECCIÓN Universidad de Valladolid (España)

DIRECTOR ACADÉMICO:

OMAR GUALTEROS VILLARREAL

IDENTIFICACIÓN:

17.328.004 DE VILLAVICENCIO

TÍTULO:

ECONMISTA DE EMPRESAS Universidad INCA de Colombia.

DIRECTOR DE PROYECTOS ESPECIALES: TÍTULO:

WILSON SOTOMONTE CARRILLO

INGENIERO CIVIL Universidad Industrial de Santander.

TESORERÍA:

ROSALINA OLARTE CELY

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PREAMBULO INSTITUCIONAL

ELEMENTOS GENERALES DE PLANEACIÓN ADMINISTRATIVA

 FINES DE LA EDUCACIÓN COLOMBIANA De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la Educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:

1. El pleno desarrollo de la personalidad sin mas limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico dentro de un proceso de formación integral, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos. 2. La formación en él respecto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de la convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y la libertad. 3. La formación para facilitar la formación de todos en las decisiones que los afecten en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación. 4. La formación en el respecto a la autoridad legitima y a al ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios. 5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la aprobación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.

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6. El estudio y la comprensión critica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su diversidad. 7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y él estimulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones 8. La recreación y el fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la practica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el caribe. 9. El desarrollo de la capacidad critica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientando con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de vida de la población, en la participación en la búsqueda de alternativas de la solución a los problemas y al progreso social y económico del país. 10. La adquisición de una conciencia para la conversación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la nación. 11. La formación la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como él la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social. 12. La formación para la promoción y prevención de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre. 13. La promoción la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos del desarrollo del país y le permitirá al educando ingresar al sector productivo.

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OBJETIVO DE LA EDUCACIÓN NO FORMAL

LA Educación no formal se rige por los principios y fines generales de la Educación Establecidos en la Ley General de la Educación (Ley 115/1994). Este nivel educacional promueve el perfeccionamiento de la persona humana, el conocimiento y la reafirmación de los valores nacionales. La capacitación para el desempeño artesanal, ocupacional y técnico la protección y aprovechamiento ciudadano y comunitario.

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PRESENTACIÓN

El instituto de educación No Formal Politécnico Agroindustrial, es una institución de educación Técnica Laboral, creada acorde con las necesidades de capacitación académica y técnicas existentes en los diferentes sectores productivos e institucionales de la región y el país en general.

Los diferentes diagnósticos y estudios que evalúan la situación social y económica del medio, definen que la educación a diferentes niveles es una alternativa que al implementarla le reportará resultados positivos al Departamento y la región en genera, de ahí que a partir de un proceso de planeación y organización institucional se pretenda ofrecer un elemento de capacitación para el talento humano empresarial, haciendo énfasis en la parte administrativa, contable y financiera, lo cual conduzca a mejorar los niveles de productividad y generación de empleo, junto con la modernización del sector empresarial del departamento del Meta.

Como entidad educativa organizada, brinda expectativas de solución real para aquellas personas que por uno u otro motivo no han podido desarrollar estudios superiores y también para aquellas personas que tienen como fundamento de formación escolar, ser Técnicos en un campo del saber, para luego fortalecer su formación con estudios más adelantados.

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MISIÓN

El Instituto de Educación No Formal Politécnico Agroindustrial, se creo como entidad educativa para brindar capacitación y orientación técnica laboral en forma integral; a partir de la identificación con clara conciencia de las necesidades laborales de la empresa del medio, integrado recursos de infraestructura y talento humano que contribuyan a la formación y visualización social de un grupo de la población escolar de la región.

VISIÓN Ofrecer oportunidad de Educación Técnica Laboral claramente integrada a las necesidades del desarrollo humano, y social de la región y el país, vinculado respectivos aspectos con los Sectores productivos y con Centros de Consultoria, investigación y orientación científica, tecnológica y técnica, con características humanamente variables y con fuerte presencia institucional en la construcción del país, en especial nuestra ciudad y región.

Es parte también de la visión del Instituto de Educación No Formal Politécnico Agroindustrial; satisfacer bajo los principios y fundamentos de la ética cristiana y personas de bien, las necesidades de Educación Técnica Laboral; Soportadas en el servicio a la comunidad; en la Ciencia, en la Filosofía, las Humanidades, las Artes y la Técnica para personas interesadas en APRENDER saberes con formación integral e investigación; preservando, enriqueciendo, recreando,

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transmitiendo y difundiendo la cultura, con énfasis en las ciencias técnicas y socioeconómicas. Impartiendo capacitación técnica y humana con niveles de máxima calidad y organización, la institución actuará con una prospectiva de actualización, globalización y diversificación en pro de ofrecer cada vez un servicio mejor y efectivo.

REPORTE DE VALORES

 Porque la vitalidad y la fortaleza y la organización residen en su talento humano, contribuyendo a formar parte de su presente y su futuro.  Porque debemos ser claros en todas nuestras actividades cumpliendo finalmente al compromiso adquirido con la comunidad.  Porque el éxito de nuestra institución, depende de que prestemos un servicio y capacitación acorde con las necesidades socioeconómicas de nuestros estudiantes, manteniendo contacto directo, permanente y amable con ellos.  Porque con llaneros debemos contribuir al desarrollo programado de nuestra región.

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FORTALEZA

Implementar los diferentes procesos de orden académico - administrativo y extensión comunitaria bajo un norte de planificación, organización y cumplimiento de la normatividad impartida por los órganos rectores de la educación a nivel nacional y departamental, será la premisa fundamental para crear confiabilidad en la población estudiantil, empresarial e institucional, permitiendo un crecimiento y desarrollo equilibrado que conduzca a la prestación de un servicio educativo con excelencia y compromete a las necesidades del sector productivo.

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OBJETIVOS

OBJETIVO INSTITUCIONAL

Ofrecer el servicio educativo No Formal, siguiendo los lineamientos establecidos en la Ley 115 de 1994 y el Decreto 114 de 1996, así como las resoluciones que sobre la materia haya emanado la Secretaría de Educación del Meta.

OBJETIVOS ESPECIFICOS  Impartir a los estudiantes del Instituto de Educación No Formal Politécnico Agroindustrial, una educación subordinada a la ética, que se centre en el desarrollo del hombre mismo, de su deber – ser.  Capacitar individuos que sean capaces de reconocer su identidad, formar sus propios valores y conscientes de sus limitaciones,  Formar personas capaces de autogobernarse, convirtiéndolos en elementos cohesionadores de la comunidad, que buscan solución a sus problemas, promueven el desarrollo y la convivencia pacífica.  Especializar las personas en oficios o actividades, que les genere una mayor competitividad en el mercado laboral.  Estructurar al estudiante en conocimientos de mercados, permitiéndole desarrollar estrategias de administración y ventas partiendo del apoyo técnico estadístico y comercial, para dirigir negocios con proyección.

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 Identificar los métodos y procedimientos administrativos y de control financiero y contable como herramienta para la búsqueda de mayor eficiencia en los procesos de la organización, en este sentido los estudiantes*** estarán capacitados para desempeñar funciones en los departamentos de auditoría, revisoría fiscal, financiero y contable.  Capacitar al estudiante en el diligenciamiento operacional e institucional, que incluye las transacciones comerciales de mercancías y servicios nacionales y extranjeras dentro de un mercado legal, que actúa en las tendencias de innovación transacionalización y globalización de la economía.  Formar egresados con capacidad para generar y manejar documentos contables con el apoyo de la sistematización de los procedimientos de la empresa.  Capacitar al alumno en las diferentes actividades de manejo y gestión ejecutiva en el área de Secretariado con énfasis en el conocimiento del idioma Inglés.  Preparar al estudiante para el desarrollo e implementación de sistema, acorde con el avance tecnológico de los computadores y el software para su aplicación en los diferentes campos profesionales.

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PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS QUE ORIENTAN LA ACCION DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN NO FORMAL POLITÉCNICO AGROINDUSTRIAL

De conformidad con él articulo 67 de la Constitución política, la educación se desarrollará atendiendo los siguientes fines:  El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de información integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, efectiva, ética, cívica, y demás valores humanos.  Educar para la libertad y la democracia conforme al Nuevo Orientamiento Legal.  Concientizar a los integrantes de la comunidad educativa, para el cumplimiento de los deberes y el ejercicio de los derechos, conservando las buenas relaciones interpersonales.  Incentivar el espíritu de superación permanente.  Emprender acciones educativas que beneficien el desarrollo integral de la comunidad educativa.  Desarrollar la capacidad reflexiva y analítica así como la crítica constructiva que fortalezca el nivel de discernimiento permitiendo el avance científico y tecnológico, orientado** con prioridad al mejoramiento*** cultural y de la calidad de vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas, para dinamizar el proceso social y económico del país.

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 Ofrecer una educación autónoma e integral que abarque todos los aspectos del desarrollo personal (Cognoscitivo, socio afectivo, psicomotriz y lingüístico).  Brindar a la comunidad en general la oportunidad de capacitarse, con el fin de mejorar la calidad de trabajo y el nivel de vida.  Promoverá los valores autóctonos mediante la conservación y enriquecimiento de nuestro patrimonio cultural.  Desarrollará las actitudes y aspiraciones, mediante un proceso permanente de capacitación e incentivación.  La formación en la práctica del trabajo; mediante los conocimientos técnicos y habilidades para el desarrollo vocacional y perfil profesional de acuerdo a las aptitudes y aspiraciones de las personas y las necesidades de la sociedad.  La formación y prevención de salud y la higiene, la prevención integral de los problemas sociales, relevantes la educación física, la recreación el deporte, y la utilización adecuada de el tiempo libre.  El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.  Fomentar la adecuada utilización de los recursos naturales, para que sean agentes de transformación de nuestra sociedad.  Promocionar en la persona y en la sociedad la capacidad investigativa y creativa, adoptando la tecnología requerida en los procesos de desarrollo del país que le permita al educando ingresar sus traumas al sector productivo y mejorar su posición socioeconómica.

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HORARIOS

Los programas se desarrollan en jornadas diarias de dos ( dos- tres) horas cátedra, con una duración por nivel de doscientos cincuenta (250) horas de 45 minutos cada una.

LUNES A VIERNES (Jornada Diurna) -

08:00 a.m. a 10: 00 p.m.

-

10:00 a.m. a 12:00 p.m.

LUNES A VIERNES ( Jornada Nocturna)

-

6:00 p.m. a 8:00 p.m.

-

8:00 p.m. a 10:00 p.m.

SABADO (Jornada Especial ) -

12:00 m a 2:00 p.m.

-

02:00 p.m. a 4:00 p.m.

-

04:00 p.m. a 6:00 P.m.

-

06:00 p.m. a 7:30 p.m.

Cada curso se desarrollara cubriendo un periodo de 16 semanas académicas por nivel, sin embargo el instituto ampliará dado el curso, el periodo de tiempo para lograr con el programa de cada cátedra.

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PARTICIPANTES POR CURSO

El instituto de educación No Formal Politécnico Agroindustrial, permitirá un volumen de alumnos por aula que garantice la participación activa de cada uno de ellos, estimándose en máximo 25 participantes.

USUARIOS POTENCIALES

Pueden ingresar al establecimiento educativo las personas que cumplan con los requisitos establecidos por la Dirección Académica de instituto de educación No Formal POLITÉCNICO AGROINDUSTRIAL y establecidos en el reglamento para estudiantes.

La variabilidad en los requisitos será definida por el perfil del curso, garantizado que el grupo sea homogéneo en sus conocimientos para así lograr el desarrollo académico programado.

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PERFIL DEL EGRESADO

La misión de la institución está concebida no solo en capacitar técnicamente, si no a preparar al estudiante para desempeñar diferentes actividades en el campo laboral de las organizaciones, así como crear la capacidad de generar el desarrollo empresarial, partiendo de los principios que hacen mayor el desempeño con alta eficiencia.

Dado el gran volumen de la demanda del sector empresarial por recurso humano calificado, los programas académicos del instituto de educación No Formal POLITÉCNICO AGROINDUSTRIAL han incluido conocimientos básicos en Administración,

economía,

Humanística,

Ética,

Matemáticas,

Derecho,

contabilidad, Mercados y Sistemas, base para estructurar un egresado capaz de analizar, diagnosticar y decidir sobre los diferentes eventos que se presentan en la empresa a nivel del sector privado y oficial.

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RECURSOS

El instituto de educación No Formal POLITÉCNICO AGROINDUSTRIAL, nace con recursos humanos financieros, técnicos y didácticos que garantizan el logro del objetivo propuesto.

RECURSOS INSTITUCIONALES

Planta

Física.

El

instituto

de

educación

No

Formal

POLITÉCNICO

AGROINDUSTRIAL, cuenta con cinco sedes donde alberga una población cercana a los 1000 estudiantes de los diferentes programas que ofrece:

SEDE A: Barrio San Fernando: Cra 31ª No. 34- 35

SEDE B: Barrio el Barzal; Cra 35 No. 34ª -15

SEDE C: Barrio el Barzal Colegio Paulo VI; Calle 34ª No. 35-2 SEDE D: Barrio el Barzal Calle 35 No. 34 –55

SEDE E: Barrio el Barzal; Cra 36 No. 34ª - 17

Estructura física. Pupitres estilo universitario, máquinas de escribir, equipos de comunicación y software, ayudas audiovisuales, suficientes para la población estudiantil

del

Instituto

de

Educación

No

Formal

POLITÉCNICO

AGROINDUSTRIAL.

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Equipo de oficina propio para desarrollar las gestiones administrativas, equipo de cafetería, biblioteca con material didáctico y académico para cada área, además incluye equipo de comunicación, sonido y papelógrafos.

RECURSOS HUMANOS El instituto de Educación no formal POLITÉCNICO AGROINDUSTRIAL, cuenta con una planta de docentes capacitados e idóneos para el cumplimiento de cada una de las cátedras, contamos con licenciados y profesionales en cada uno de los programas ofrecido; así mismo la institución ofrece una estructura organizacional que permite el logro de la planificación académica a partir del siguiente personal:

1. Director Académico 2. Coordinador Académico

Cada una de las áreas cuenta con un Asistente Auxiliar que orienta el desarrollo curricular a nivel técnico y práctico.

Por grupo de estudio se nombran estudiantes coordinadores, según su adelanto y capacidad para monitorear el desarrollo administrativo y académico de cada asignatura.

En la parte administrativa se cuenta personal de secretaria en cada dependencia, un Administrador General Institucional, un Contador, un Tesorero y Revisor Fiscal.

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PROCEDIMIENTOS METODOLÓGICOS DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE

La pedagogía es una técnica que permite transmitir el conocimiento entre los seres humanos, su eficiencia se puede valorar a través de la calidad y la cantidad de conocimientos que se logran hacer entender en un tiempo determinado. En este sentido son varios los factores que inciden para que el arte de enseñar cumpla su cometido, la calidad del pedagogo, los elementos didácticos, material de apoyo, la parte audiovisual deben ir correlacionados de forma de correspondan a un programa integral en el campo de la educación técnica laboral.

El desarrollo de los programas técnicos laborales en el Instituto de Educación No Formal POLITÉCNICO AGROINDUSTRIAL, se acogerá a procedimientos metodológicos donde se pretende que a los alumnos se les provea el máximo conocimiento esencial en cada una de las áreas que conforman el currículo académico, lo que se considere poco relevante y lo más relevante de una unidad determinada, de acuerdo a lo que la experiencia que el docente señale.

El profesor a partir de contenidos programáticos diseñará su cátedra magistral, utilizando la exposición, además durante la semana siguiente el estudiando deberá consultar temas analizando principalmente lo explicado en clase y de esta forma dar cumplimiento con lo que se señala en la Ley de Educación.

Con

respecto a las labores adicionales que se desempeñarán para adquirir los conocimientos técnicos laborales con el fin de acumular las horas mínimas por

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nivel desarrollado anexando procesos de práctica empresarial, talleres, seminarios entre otras actividades académicas.

El uso de ayudas educativas es un componente de primer orden en el proceso de enseñanza, se utilizarán las ayudas para transmitir el conocimiento; pues este sistema se ha comprobado ser eficiente, por que mantiene vivo el interés de los educando y por supuesto se recurrirá a los mapas y carteleras que expliquen temas específicos.

Es importante recalcar para el proceso de enseñanza el aprendizaje en la formación integral del talento humano a nivel técnico laboral, la participación de elementos

como:

CONVIVENCIA,

EL LA

TALLER, PRÁCTICA

LA

CONFERENCIA,

EMPRESARIAL,

EL

EL

DEBATE,

LA

SEMINARIO,

LA

EXPOSICIÓN Y LA ORIENTACIÓN; donde cada uno de estos elementos sumados a la organización curricular y disposición del docente conduce a la asimilación de conceptos y procedimientos prácticos fáciles de llevar a la representación socioeconómica y técnica.

EL TALLER El Instituto de Educación no Formal POLITÉCNICO AGROINDUSTRIAL, suministra gran parte de los desarrollos programáticos a sus Estudiantes en clase, taller donde la infraestructura de informática (Sistemas), arte, equipos de oficina y empresas didácticas del orden administrativo y Agroindustrial, hacen que la teoría estén más cerca de la práctica.

LA CONFERENCIA La exposición en diferentes temas de índole social, cultural, técnico, ambiental, entre otros, nutren al Estudiante con idas globales a partir de conferencias

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expertas para cada uno de los temas tratados; este procedimiento se resumen en una programación de área denominada Espíritu Politécnico.

EL DEBATE El desarrollo de los contenidos programáticos se acompañan de la participación activa con carácter de paralelidad, comparación, refuerzo por parte de estudiantes y catedráticos, siguiendo la temática del área del desarrollo y la relación con los aspectos del entorno circundante a la institución y marco legal, local, regional e internacional.

LA CONVIVENCIA La integración de conceptos teóricos y prácticos a partir de la divulgación compartida en escenarios propicio especializados según el área, es una actitud que motiva tanto a Estudiantes como a Docentes a profundizar en los diferentes temas tratados; los escenarios son campos deportivos, fincas de campo, bibliotecas públicas entre otros.

LA PRACTICA EMPRESARIAL La integración permanente del establecimiento educativo con los diferentes sectores productivos de Villavicencio, la region y el país en general; conduce a fortalecer los procedimientos académicos, haciendo más efectivo el proceso de enseñanza – aprendizaje en este momento a la relación con empresas del sector oficial y privado, se hace a través de acuerdos académico – administrativos con beneficios equitativos para las partes.

EL SEMINARIO La formulación e implementación de programas académicos con categorías de seminario en diferentes temáticas técnicas y administrativas, crea un proceso

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retroalimentado para los diversos contenidos curriculares haciéndolos más puntuales en temas de actualidad.

LA EXPOSICIÓN A partir de contenidos curriculares temáticos y programados por la orientación académica en las diferentes áreas, el docente tiene la autonomía para abarcar las asignaturas a través de coordinadores de clase, suministrando bibliografías, material didáctico, comentarios, exposición y orientación a los estudiantes donde se pone a disponibilidad para expresar en público y transmitir sus conocimientos.

LA ORIENTACIÓN Los estudiantes reciben orientación y coordinación a partir de un centro de consejería a cargo de una persona especializada para tratar temas de carácter social, psicológicos y culturales, proceso que permitirá orientar al individuo en forma eficaz para una mejor confrontación con el entorno y así continuar su escolaridad a la escala superior.

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CONSEJO DE DIRECCIÓN LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE EDUCACION NO FORMAL POLITÉCNICO AGROINDUSTRIAL En uso de sus atribuciones legales que le confiere los Estatutos Institucionales ACUERDA: Implementar el Consejo de Dirección Institucional a partir de: CAPITULO I CONSEJO DE DIRECCIÓN ARTICULO 1°. El Consejo de Dirección del Instituto de Educación No Formal POLITECNICO AGROINDUSTRIAL, estará integrado por: a) b) c) d) e) f)

El Rector, quien lo presidirá (Dr. JOSÉ ALBERTO NIETO ROJAS) El Director Académico (Dr. OMAR GUALTEROS VILLARREAL) El Director Administrativo (Dr. WILSON SOTOMONTE) Un representante de los profesores elegido por estamento profesional Un representante de los Estudiantes elegido por estamento estudiantil Un Revisor Fiscal (Dra. MARIA RUTH CARDENAS)

PARÁGRAFO: El representante de los estudiantes deberá estar cursando el ultimo nivel de su programa y ser elegido por los estudiantes de la Institución. ARTICULO 2°. Sesiones. El Consejo Directivo se reunirá ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando sea convocado por el Presidente. ARTICULO 3°. Convocatorias. Para las sesiones extraordinarias como ordinarias del Consejo Directivo, se deberá convocar por medio de la comunicación personal con anticipación mínima de tres (3) días calendario. ARTICULO 4°. Quórum. Para todos los efectos del quórum en el Consejo Directivo será de cinco (5) personas con derecho a voz y voto. ARTICULO 5°. Funciones. El Consejo Directivo tendrá las siguientes funciones:

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a) Asesorar al Rector el desarrollo y ejecución de las políticas generales de la Institución trazadas por la Junta Directiva. b) Expedir el Reglamento Académico, el Reglamento estudiantil y los demás reglamentos que demande la buena organización y funcionamiento de la Institución. c) Recomendar a la Junta Directiva los planes de desarrollo de la Institución. d) Coordinar el estudio del proyecto de presupuesto de ingresos y gastos (egresos) de la Institución, que el Rector debe presentar a la Junta Directiva. e) Proponer la creación, modificación o superación de unidades docentes, investigativas o administrativas que considere necesarias. f) Rendir a la Junta Directiva informe semestral sobre su gestión. g) Estudiar, aprobar y modificar los planes y programas de estudio de carreras que ofrece la Institución, las formas como deben ejecutarse, los métodos de enseñanza, los proyectos de consultoría, investigación y servicios. h) Determinar el valor de todos los derechos pecuniarios que por razones académicas puede exigir la entidad. i) Conocer los procedimientos de matriculas, subsidios y otros estímulos estudiantiles de acuerdo con las normas que se prefieran. j) Aprobar el calendario académico y sus modificaciones. k) Cualquier otra función que les asigne la Junta Directiva. ARTICULO 6°. El Rector. El Rector elegido por la Junta Directiva, es la primera autoridad administrativa y académica de la Institución. ARTICULO 7°. Calidades. Para ser Rector, se requiere Titulo Universitario o su equivalente o haber sido Rector, Director o Profesor de educación secundaria, técnica, tecnológica y/o superior, o haber ejercido su profesión por un periodo superior a tres (3) años, con excelente reputación moral y buen crédito. ARTICULO 8°. Funciones. El Rector tendrá las siguientes funciones: a) Orientar labores académicas de acuerdo con las normas legales, los presentes estatutos y las reglamentaciones que dice la Junta Directiva. b) Cumplir y hacer cumplir los estatutos, las políticas, reglamentos y demás actos normativos de la Junta Directiva. c) Presidir al consejo académico y los demás órganos asesores que se creen. d) Presidir las sesiones de grados y todos los actos académicos o culturales de la institución. e) Firmar los certificados y diplomas que expida la Institución. f) Nombrar el personal docente de la Institución. g) Delegar en sus inmediatos colaboradores parte de las funciones de la entidad. h) Participar por derecho propio en todos los comités que funcionen en la entidad.

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i) Elaborar con la asesoría del Director Administrativo el proyecto del presupuesto y presentarlo a la Junta Directiva para su estudio, así como ejecutarlo una vez entre en vigencia. j) Celebrar los contratos para el cumplimiento de las funciones de la Institución, conforme a las disposiciones de los presentes estatutos y las limitaciones de cuantía que indique la Junta Directiva. k) Evaluar la conducta académica y administrativa de toda la Institución, vigilar el rendimiento o la efectividad del trabajo, informar a la Junta Directiva según el caso de cualquier situación irregular o anormal y adoptar las medidas tendientes a exigir el cumplimiento de los deberes, funciones y atribuciones que deben cumplir los funcionarios de la entidad. l) Presentar a la Junta Directiva el informe anual sobre las actividades desarrolladas. m) Las restantes funciones que le asignen o deleguen los reglamentos u organismos de mayor jerarquía. PARAGRAFO: El Rector o quien haga sus veces, podrá actuar con voz y voto en el organismo máximo de la Institución y presidir el máximo organismo académico, según lo determinen los estatutos, pero no podrá participar en la elección o designación de los integrantes del organismo que estatutariamente deben elegir al Rector. ARTICULO 9°. Revisor Fiscal. La Institución tendrá un Revisor Fiscal con su respectivo suplente elegido por la Junta Directiva por mayoría absoluta, para un periodo de un (1) año, pudiendo ser reelegido indefinidamente. ARTICULO 10°. Calidades. El Revisor fiscal y su suplente deberán reunir los requisitos exigidos por la ley para el mismo cargo en las sociedades anónimas. ARTICULO 11°. Incompatibilidades. El Revisor Fiscal no podrá estar ligado, dentro del cuarto (4) grado civil de consanguinidad o segundo de afinidad con ninguno de los miembros de la Junta Directiva, Consejo Directivo, Rector o Contador. ARTICULO 12°. Atribuciones. Las atribuciones del Revisor Fiscal de la Institución son: a) Cerciorarse que las operaciones que se celebren o cumplan por parte de la Institución, se ajusten a las prescripciones de los estatutos, a las decisiones de la Junta Directiva y del Consejo Directivo.

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b) Dar oportuna cuenta por escrito a la Junta Directiva, al Consejo Directivo o al Rector Según los casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la entidad y en el desarrollo de sus negocios. c) Velar por que se lleven regularmente la contabilidad de la Institución y las actas de las reuniones de la Junta Directiva y del Consejo Directivo, y porque se conserve debidamente la correspondencia de la Institución y los comprobantes de las cuentas, impartiendo las instrucciones necesarias para tal fin. d) Inspeccionar asiduamente los bienes de la Institución y procurar que se tomen oportunamente las medidas de conservación o de seguridad de los mismos y de los que ellos tengan en custodia o cualquier otro tipo. e) Impartir y practicar las instrucciones así como solicitar los informes que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los valores sociales. f) Autorizar con su firma cualquier balance que se haga, con su dictamen o informe correspondiente. g) Convocar a la Junta Directiva y al Consejo Directivo a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue o sea necesario. h) Cumplir las demás atribuciones que le señale la ley o los estatutos. i) Y las que siendo compatibles con las anteriores le encomiende la Junta Directiva que será examinado con el respectivo balance y demás informes financieros y contables. Dicho informe deberá contener, por lo menos, la información requerida por las sociedades anónimas en sus asambleas generales. ARTICULO 13°. Intervención. El Revisor Fiscal podrá intervenir con voz pero sin voto, en las reuniones de la Junta Directiva y del Consejo Directivo, pero podrá inspeccionar en cualquier tiempo los libros de actas y de contabilidad, comprobantes y demás documentos de su incumbencia. ARTICULO 14°. Régimen de incompatibilidades e inhabilidades. El Régimen de incompatibilidades e inhabilidades de los miembros de la Junta Directiva, del Consejo Directivo y el Rector será el siguiente: a) No podrán ser miembros de los órganos mencionados ni el Rector de la Institución ni las personas que hayan sido condenadas por hechos punibles. b) Igualmente no podrán ocupar dichas posiciones quienes hayan sido sancionados por el ejercicio irregular de su profesión. c) Quienes hayan sido sancionados por la violación comprobada de los presentes estatutos y reglamentos.

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MANUAL DE CONVIVIENCIA EL CONSEJO ACADEMICO DEL INSTITUTO POLITECNICO AGROINDUSTRIAL En uso de sus atribuciones legales ACUERDA: CAPITULO I DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE ARTICULO 1. Campo de aplicación. El presente reglamento rige para los estudiantes de Educación No Formal del Instituto Politécnico Agroindustrial. ARTICULO 2. Definición. Son estudiantes de Educación No Formal aquellas personas que poseen matrícula vigente en un plan de estudios con el fin de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formarse, en aspectos académicos o laborales, y obtener el correspondiente Certificado Técnico Ocupacional o Laboral, según e artículo 14del Decreto 114 de 1996. ARTICULO 3. Adquisición de la calidad. La calidad de estudiante se adquiere mediante el acto voluntario de matrícula inicial en un programa y se pierde por las causales que establece más adelante el presente Reglamento. La matrícula da derecho a cursar el programa de formación previsto para el respectivo periodo académico y deberá renovarse dentro de los plazos señalados por la institución. CAPITULO II DE LA ADMISION ARTICULO 4. Transferencias. - Se entiende por transferencia la admisión de una persona que ha cursado asignatura en otro instituto en calidad de estudiante de educación No Formal o en alguna Institución Universitaria. En tal caso deberá cumplir los siguientes requisitos:

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A. Presentar solicitud escrita acompañada de copias de los contenidos de las asignaturas e intensidades horarias y certificado total del desempeño académico. B. Que el aspirante no haya sido retirado por bajo nivel académico. ARTICULO 5. Reconocimiento de Asignaturas. El respectivo Comité Académico hará el estudio de las asignaturas cursadas por el aspirante en otra Institución y que presenta la solicitud teniendo en cuenta: A. Que tenga igual o mayor intensidad horaria. B. Que el contenido de la asignatura sea igual o similar en por lo menos un 80% de la asignatura que va a reconocerse. ARTICULO 6. Equivalencia de asignaturas. En las transferencias el Comité Académico autorizará la equivalencia de asignatura bajo los siguientes requisitos: A. Aceptación del Director Académico B. Poseer un promedio general de 3.0 C. Las establecidas en el Artículo 4º. Del presente reglamento. PARAGRAFO El Comité Académico podrá autorizar las equivalencias hasta en un 90% de las asignaturas que conforman el plan de estudios. ARTICULO 7. Reserva de Cupo. Los estudiantes podrán solicitar reserva de cupo, la que deberán revocar cada periodo académico. ARTICULO 8. Fraude. La suplantación de personas o la falsificación de documentos, la copia, la retención de material o sustracción de este o cualquier otra actividad acompañada de dolo, serán consideradas como fraude, dando lugar a la cancelación definitiva de la inscripción, ya sea individual o colectiva. CAPITULO III DE LA MATRICULA Y EL REGISTRO ARTICULO 9. Matricula. Es el acto individual por medio del cual una persona adquiere la calidad de estudiante del Instituto Politécnico Agroindustrial, protocolizado con la firma del sujeto y mediante la cual acepta y se compromete a cumplir los reglamentos de la Institución.

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ARTICULO 10. Matrícula por Primera vez. Son requisitos para la matrícula por primera vez: A. Diligenciar el formulario de inscripción. B. Fotocopia del documento de identidad. C. Presentar fotocopia del título de bachiller, acta de grado o certificado del último curso realizado. D. 2 fotografías 3 x 4 E. Cancelar el valor total de la matrícula o en caso de crédito estudiantil abonar la primera cuota del valor de la misma respaldando con letras o cheques postfechados el saldo. ARTICULO 11. Renovación de la matrícula. Son requisitos para renovar la matrícula: A. Registrar las asignaturas por cursar en el respectivo semestre. B. Presentar Paz y salvo de Tesorería del semestre inmediatamente anterior. C. Cancelar el valor total de la matrícula o en caso de crédito estudiantil abonar la primera cuota del valor de la misma respalda con letras o cheques postfechados el saldo. ARTICULO 12. Negación de la matrícula. Se le negará la renovación de la matrícula a aquel estudiante que se encuentre en cualquiera de las siguientes situaciones: A. Que haya perdido tres o más asignaturas en el mismo período académico y su promedio de calificaciones sea inferior a 3.0. B. Que posea un promedio inferior a 2.5 tomando la totalidad de las asignaturas registradas. C. Que haya perdido una o más asignaturas por tercera vez. ARTICULO 13. Modificación o cancelaciones de asignaturas. Las adiciones o cancelaciones de asignaturas sólo podrán realizarse bajo la debida autorización del Director Académico. El estudiante en caso de fuerza mayor cancelar asignaturas, siempre y cuando no las vaya perdiendo por notas. ARTICULO 14. Carnet. Sentada de matrícula se expedirá un carné que sirva de identificación del estudiante.

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CAPITULO IV DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES ARTICULO 15. Deberes. Son deberes de los estudiantes: A. Respetar a la Institución representada en su Rectos, sus Directivos, sus profesores, su personal Administrativo, así como sus edificaciones muebles y enseres. B. Cumplir los estatutos y reglamentos de la Institución. C. Preservar la integridad e la propiedad del Instituto. D. Respetar las opiniones de los demás y permitir en libre expresión. ARTICULO 16. Derechos. Son derechos de los estudiantes: A. Utilizar los recursos de la institución de acuerdo con las reglamentaciones respectivas. B. Recibir asistencia docente, ser aconsejado y oído por docentes y directivos. C. Expresar, discutir y examinar las ideas o conocimientos dentro del respeto a la opinión ajena. D. Participar en la organización de la Institución a través de los mecanismos que se establezcan. E. Presentar por escrito las solicitudes y reclamos ante la autoridad del Instituto competente. CAPITULO V DE LAS DISTINCIONES E INCENTIVOS ARTICULO 17. Campo de aplicación. El Instituto Politécnico Agroindustrial otorgará distinciones a los estudiantes que sobresalgan en los campos académicos, culturales y sociales, deportivos y científicos. ARTICULO 18. Clases de distinciones. El Instituto incentiva a sus alumnos a través de: A. Concesión de permisos para asistir a certámenes. B. Matrícula de honor. La otorga el Comité Académico C. Otorgamiento de delegaciones, comisiones y representaciones. Con autorización.

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ARTICULO 19. Matrícula de Honor. El estudiante que obtenga el mayor promedio, siempre y cuando éste no sea inferior a 4.5 (CUATRO PUNTO CINCO), se hará acreedor a la matrícula de honor. CAPITULO VI DEL REGIMEN ACADEMICO ARTICULO 20. Períodos académicos. Los períodos académicos se desarrollarán conforme a un calendario que recomiende el Comité Académico. ARTICULO 21. Definición de las pruebas académicas. Se define así: A. Parciales: Son las que se realizan en el transcurso de cada periodo académico y deberán ser por lo menos dos en cada asignatura. Son pruebas escritas, comunes y secretas. B. Finales: Son las determinadas en fecha cierta al final de cada período académico y tienen como objeto evaluar de manera integral los conocimientos adquiridos. C. Quices: Son los trabajos, exposiciones o pequeñas pruebas escritas realizadas durante el semestre. D. Habilitaciones: son aquellas que presenta el estudiante con el propósito de superar la nota obtenida como final. La nota de la habilitación será considerada como definitiva. E. Supletorios: son aquellos que se presentan en fechas distintas a las señaladas por autoridad académica y deberá justificarse ante el profesor titular de la asignatura y el Director Académico. CAPITULO VII DE LAS CALIFICACIONES ARTICULO 22. Las notas o calificaciones serán numéricas del uno (1) al cinco (5) en unidad y décimas. Si en los conjuntos definitivos resultaren centésimas, éstas se aproximan por exceso a la décima superior, según sea aquella superior o igual a cinco, o por efecto, en caso contrario. ARTICULO 23. Período para exámenes parciales y exámenes finales. Dentro del Calendario del Instituto, la Dirección Académica fijará fecha, hora y sitio de realización de los exámenes parciales y finales de cada asignatura. ARTICULO 24. Publicación de notas. El Instituto publicará las notas de los exámenes finales dentro de los ocho días siguientes a su realización.

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ARTICULO 25. Ausencia en los exámenes. Cuando sin justa causa el estudiante no concurra a los exámenes señalados obtendrá una calificación de uno (1). ARTICULO 26. Autonomía. Los profesores son autónomos en la calificación de las pruebas que estén a su cargo. ARTICULO 27. Revisión de los exámenes escritos. Se tendrá derecho a solicitar la revisión de las pruebas escritas ante el Director Académico, quien nombrará dos nuevos calificadores para que efectúen la revisión. La nota definitiva será el Promedio aritmético de las calificaciones fijadas por los nuevos calificadores. ARTICULO 28. Devolución de exámenes. Todo examen escrito deberá presentarse en tinta indeleble, pudiéndose solicitar la devolución inmediata de las pruebas que ya hayan sido calificadas. ARTICULO 29. Fraude en los exámenes. Cuando un examen se anule por fraude, se calificará con uno (1). La reincidencia significará la cancelación de la matrícula por el respectivo periodo académico. En aquellos casos que exista suplantación de persona o de la prueba misma, falsificación de cuestionarios o de documentos pertinentes serán sancionados con la expulsión. CAPITULO VIII DE LOS GRADOS ARTICULO 30. Certificados. El Instituto Politécnico Agroindustrial certificará el cumplimiento del ciclo educativo de capacitación y formación otorgando a sus estudiantes que hayan cumplido con el Pensum propuesto, un certificado de aptitud ocupacional en el área básica de cada programa. ARTICULO 31. Requisitos: A. Presentar un promedio académico general de 3.5 (TRES PUNTO CINCO) y haber obtenido una calificación superior a 3.25 ( TRES PUNTO VEINTICINCO) en le cuarto nivel para cada asignatura cursada. B. Persona que no satisfaga el requerimiento anterior se someterá a una prueba de validación, curando dos (2) asignaturas en un periodo extra que le permita acumular una intensidad horaria de quince (15) horas ( las asignaturas serán aquellas que presenten menor calificación en el cuarto nivel). C. Los estudiantes que aspiran a graduarse deberán presentar ante la secretaría de la Institución los siguientes paz y salvos:

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Papelería y Documentos de matrícula. Paz y Salvo de Tesorería para todo concepto, incluso derechos de grado. Paz y Salvo del Centro de Sistemas. Paz y Salvo con Biblioteca y otros bienes inmuebles de la Institución. Carta de intensión de grado.

CAPITULO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO ARTICULO 32. Clases de sanciones. Las faltas contra el orden de la Institución, el comportamiento social, la seguridad personal y colectiva, se sancionarán según la gravedad de la falta así: A. Retiro durante la hora de clases, ésta sanción la impondrá el profesor cuando un estudiante trastorne el orden o impida el desarrollo normal de la clase. B. Expulsión del Instituto. En casos de comisión de actos violentos o atentados graves contra el orden del instituto, ya sea en forma individual o colectiva, el Rector impondrá la sanción de expulsión la responsable o responsables en forma inmediata. CAPITULO X DEL LOS CERTIFICADOS ARTICULO 33. Certificados. Todo certificado que expida el Instituto deberá ser firmado por el Rector o en su ausencia por el Director Académico. ARTICULO 34. Certificado de Estudio. Los certificados de estudio comprenderán la totalidad de las asignaturas que haya inscrito el interesado, hasta la fecha de su expedición y solo se acompañará con la calificación definitiva. Estos certificados se expedirán por periodos académicos. CAPITULO XI DE LA PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE ARTICULO 35. La calidad del estudiante se pierde: A. Cuando se haya completado el programa de capacitación previsto. B. Cuando no se haya hecho uso del derecho de renovación de la matrícula dentro del plazo estipulado.

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C. Cuando por motivos graves de salud, previo dictamen médico, la Institución considere conveniente su permanencia en la misma. D. Cuando se haya cancelado la matrícula por incumplimiento de las obligaciones contraídas. E. Cuando haya sido expulsado. El presente Reglamento rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE!

JOSE ALBERTO NIETO ROJAS Rector.

OMAR GUALTEROS VILLAREAL Director Académico.

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