PLURAL N°130

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Plural N° 130 Año 9 Caracas, 21 de Septiembre de 2019

Noticias, información, notas y otros desde el Frente Socialista Universitario

EDITORIAL

FOTOGRAMA DE LOS FRACASADOS POR UN PUEBLO INSURGENTE


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FOTOGRAMA DE LOS FRACASADOS POR UN PUEBLO INSURGENTE

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¡¡¡VENCIMOS, VENCEMOS Y VENCEREMOS!!!

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EL LABERINTO DE LAS AUTORIDADES UNIVERSITARIAS Y SU NARCOPARAMILITAR GUAIDO Profesor Miguel Alfonzo (UCV)

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os actuales escenarios para algunas universidades nacionales, principalmente las denominadas “AVERU” (Asociación Venezolana de Rectores Universitarios), no son fáciles de dilucidar por parte de sus autoridades rectorales, especialmente después de la sentencia de la Sala Constitucional del TSJ (27 de agosto pasado) que les ordena a estos académicos que están ejerciendo sus respectivos cargos desde hace dos o más periodos vencidos, para que realicen las elecciones universitarias de sus altos cargos. El alto tribunal estableció hasta 6 meses para que la UCV realice los comicios y al CNU la responsabilidad de realizar un cronograma de elecciones para el resto de las universidades nacionales. Por una parte, al tener a su “líder” Guaidó sufriendo una progresiva pérdida de credibilidad y apoyo de sus seguidores desde el mismo fracaso de la “ayuda humanitaria” (23 de febrero), aunado con una mayor caída de su “popularidad” por las recientes fotos comprometedoras publicadas en diferentes medios y redes sociales, las cuales reflejan los fuertes nexos que hay entre el narcoparamilitarismo colombiano y el diputado venezolano. Esto ha provocado que amplios sectores de la oposición están comenzando a abrir los ojos y calcular los costos que va a tener el país con esta alianza entre ese sector criminal y renegado de la sociedad colombiana con sus líderes opositores venezolanos. Después de haber sido reconocido y apoyado públicamente al “autoproclamado” por estas autoridades rectorales, algunas de ellas, las menos radicales, están pensando como deslastrarse lo más rápido posible del

“innombrable”. Están conscientes que el piso político del autoproclamado y la oposición en general, está cada vez más comprometido, fracturado y diluido entre tantas contradicciones, fracasos y ambiciones personales. Estos académicos no solamente han colocado a sus comunidades universitarias en una situación altamente complicada, sin derecho al retorno, sino también al país entero, por su falta de tacto político y defensa de la Patria. El conocimiento no fue la esencia de sus políticas universitarias. Ejercieron una visión miope con una permanente conducta de soberbia. Por otra parte, con el reciente acuerdo oficial entre algunos sectores de la oposición y el ejecutivo nacional, en pro de la paz, la estabilidad del país y su economía, a pesar que el resto de los dirigentes opositores, los más extremistas, los partidarios de VP y PJ, inmediatamente renegaron y descalificaron a sus copartidarios políticos firmantes, es un enorme respiro para la democracia y para el pueblo venezolano. Siempre se había exclamado y exhortado que el país requería de una oposición seria ejerciendo la alta política, pero fueron años de una ausencia mortal, que nos ha costado mucho y nos seguirá costando. Con este hecho, estos políticos opositores han dado una cátedra a los extremistas de lo que implica ser un opositor contra un gobierno determinado. Es importante señalar que en el seno de estas universidades conviven todos esos sectores opositores, tanto los extremistas como los moderados, quienes se encuentran ahora con el escenario de elecciones que estableció el TSJ, por lo que estarán en una disyuntiva entre

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EL LABERINTO DE LAS AUTORIDADES UNIVERSITARIAS...

desacatar o no la sentencia. Es claro que el sector extremista de la oposición académica, el cual no es la primera vez que desacata una sentencia del tribunal supremo, por lo que es fácil de deducir que no va a aceptar que se realicen estas elecciones, que, según algunos de sus voceros, implicaría “reconocer” al gobierno nacional, pero ignorando, como siempre, al resto de los miembros de la comunidad universitaria que les han sido violados sus derechos políticos de elegir a sus autoridades universitarias desde hace casi una década. Vamos a ver una conducta suicida por parte de estos académicos, que, según sus cálculos políticos, al retar al gobierno al desconocer las instituciones del Estado, piensan que colocarán al mismo contra las cuerdas. Sorpresas da la vida y en los últimos años, han recibido muchas sorpresas estos malos calculadores. El otro sector, los moderados, saben que a las universidades les llegó la hora de renovar a sus autoridades. Han pasado muchos años sin logros ni crecimiento, todo lo contrario, la desidia inducida, el

abandono y las condiciones socioeconómicas de sus trabajadores y profesores han imperado en su seno. En estos años, no hubo un intento por parte de sus autoridades rectorales de establecer nexos con el gobierno nacional, a pesar que dirigen universidades públicas. Un divorcio y un desconocimiento a las acciones gubernamentales que le ha costado mucho a la comunidad universitaria. Han negado la esencia de una universidad, el de generar los conocimientos para colaborar en la resolución de las diversas problemáticas que presentan su país.

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cual hay que revertir lo más pronto posible por la suma de los esfuerzos de todos. Sin embargo, este panorama no se va a vislumbrar mientras sigan estas autoridades rectorales, y mucho menos las que sean elegidas, si no cambian su visión de país, que sigan ejerciendo una absurda conducta de desconocimiento a un gobierno legítimo por intereses personales y partidistas mezquinos.

Finalmente, la comunidad universitaria debe levantarse de sus pesares, curar sus heridas, debe establecer nuevos rumbos con horizontes claros de país. Exigir tanto a sus diriNo debemos olvidar un detalle im- gentes académicos, al gobierno y a portante de toda esta compleja rea- la oposición que este síndrome eslidad: las precarias condiciones so- quizofrénico debe parar. Debemos cioeconómicas de los trabajadores optar por la paz, por el diálogo y por universitarios, como todo el sector el país. La otra vía será la destruclaboral del país. Cada vez más, es- ción de una nación y eso, no está en tán sumando problemas a las insti- los cálculos de millones que cada tuciones en su diario quehacer, de día, a pesar de las serias dificultades lo cual, no escapa las universidades. que están sufriendo, están decididos Una reducción drástica de su nómi- por la paz y el bienestar del común, na, una reducción de la matrícula mediante su trabajo y estudios. estudiantil, los servicios colapsados, creándose un ambiente más difícil A ellos y las futuras generaciones no para el estudio, la investigación y la los podemos defraudar. extensión en las universidades, lo

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¿QUIENES FINANCIAN LA DEFENSA DE LA PATRIA?

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as guerras cuestan mucho dinero. Se libran porque las partes tienen la esperanza a largo plazo de ganar más de lo que se gasta en la guerra. La actual guerra económica le está costando al Estado Venezolano y a todos los venezolanos una fortuna. Lo que deja de entrar por concepto de exportaciones no realizadas, debido al boicot comercial y financiero, es una enorme cantidad de dinero. Pero también lo que dejamos de ganar los asalariados por nuestra fuerza de trabajo es considerable. El dinero que no estamos percibiendo por tener salarios con tan poco poder de compra es en el fondo un aporte que hacemos con nuestra fuerza de trabajo para mantener el país funcionando en esta guerra económica. Digamos que deberíamos tener un sueldo mínimo similar al promedio latinoamericano, equivalente a unos 250 dólares. Como tenemos alimentos y servicios subsidiados, supongamos que al menos estamos aportando con nuestro trabajo el equivalente a 150 dólares mensuales para librar esta guerra económica frente al imperio estadounidense. Quienes ganan más de un sueldo mínimo están aportando aún mas. Yo no tengo problemas en hacer ese aporte, lo acepto como mi impuesto revolucionario. Tener una patria libre vale eso y mucho más. Incluso económicamente a la larga será beneficioso tener una patria soberana. También es cierto que hay gente que está pasando mucho más trabajo que yo.

Profesor Emilio Hernández (USB)

decir que ni siquiera son de libre mercado sino de emulación del tipo de cambio fraudulento del Dólar Today. No nos merecemos el anclaje del salario mínimo a una unidad de cuenta ficticia, que oficialmente se llama petro, cuando el verdadero petro, anclado al dólar criminal, vale 30 veces más. El presidente Maduro anunció que el financiamiento a los consejos comunales debe ser en petros u otra moneda internacional, para que el préstamo no se haga sal y agua. Eso quiere decir que admite que el petro no se devalúa, o que la intención es que no se devalúe. Coincido con que es posible. Sin embargo, con ese anuncio también admite que el bolívar se continuará devaluando, por eso pide que el financiamiento sea en petros o moneda extranjera. Es de perogrullo deducir que si el petro no se devalúa, si se decreta un tipo de cambio fijo entre el bolívar y el petro, entonces el bolívar no se devalúa. El equipo económico del gobierno tiene la solución a la devaluación del bolívar delante de sus narices. No me gusta pedir cambio de ministros, sino cambio de políticas, porque unos ministros nuevos podrían seguir haciendo lo mismo. ¿Qué estamos esperando para implementar una política monetaria que beneficie al asalariado? ¡Necesario es vencer!

Aparte de estas generalidades, pienso que los asalariados merecemos estar más informados. ¿Cuáles son los planes del gobierno en torno al salario? ¿El sacrificio seguirá siendo de los asalariados mucho tiempo? No nos merecemos las políticas monetaristas de libre mercado que se están aplicando y que por donde se las mire son un rotundo fracaso. Se podría correo-e: proyectosocialista@gmail.com Blog: www.plural-ucv.blogspot.com Radio: FM 90.1 AQUÍ LA UNIVERSIDAD (martes 6:00 pm)


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¿CÓMO SE REALIZARÁN LAS ELECCIONES EN LAS UNIVERSIDADES VENEZOLANAS? Profesor Cecil Pérez (UCLA)

INTROITO 1.- LA LUCHA POR LA LIBERTAD Y LA DEMOCRACIA La lucha por la libertad y la democracia ha sido una constante en la sociedad humana desde hace siglos. Recordemos que en Venezuela hasta las primeras décadas del siglo XX cuando se votaba, sólo participaban algunos sectores privilegiados de la sociedad. Era el denominado “voto censitario” en el cual para ser elector y para ser elegible se debía poseer bienes inmuebles y un elevado nivel de rentas, o el ejercicio de una profesión universitaria lucrativa. Se negaba así el derecho al voto a numerosas personas que no tenían patrimonio profesiones académicas, entre ellas las mujeres y las poblaciones no blancas. La gente humilde sin bienes y sin profesiones ni podía sufragar ni tenía derecho a ser electa. Las mujeres tampoco tenían derecho a votar. Eran consideradas “seres inferiores y no pensantes”. Se decía que eran “personas de cabellos largos e ideas cortas”. No fue sino hasta abril de 1945 cuando se permite el

voto a las mujeres que supieran leer y escribir, mayores de 21 años, colocándolas en igualdad de condiciones electorales que los hombres. 2.- LA DEMOCRACIA UNIVERSITARIA Y LA JUSTICIA ELECTORAL. En el ámbito universitario hay varios eventos emblemáticos. Por una parte, La Reforma Universitaria de 1918, de Córdoba, Argentina, que fue un movimiento de la juventud universitaria para democratizar la universidad. Y en Venezuela, el Movimiento de Renovación Universitaria de 1968 Anteriormente, en las universidades que elegían autoridades, el personal administrativo y el personal obrero tenían prohibido participar en esos procesos electorales. Los estudiantes tenían prohibido votar como adultos y, por ende, votaban pero de manera minusválida (votos de menor valor), es decir, el voto estudiantil era un 25% del voto profesoral. Y los egresados tenían prohibido votar. Es decir, sólo los profesores tenían derecho a votar de manera “normal”.

En el año 2009 se aprobó en la Asamblea Nacional la nueva Ley Orgánica de Educación que establece lo siguiente: “Artículo 34. En aquellas instituciones de educación universitaria que les sea aplicable, el principio de autonomía reconocido por el Estado se materializa mediante el ejercicio de la libertad intelectual, la actividad teórico-práctica y la investigación científica, humanística y tecnológica, con el fin de crear y desarrollar el conocimiento y los valores culturales. La autonomía se ejercerá mediante las siguientes funciones: 3.- Elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia participativa, protagónica y de mandato revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria, profesores y profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y, los egresados y las egresadas de acuerdo al Reglamento. Se elegirá un consejo contralor conformado por los y las integrantes de la comunidad universitaria”. Esta nueva normativa, a tono con la Democracia Participativa y Protagónica establecida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela amplía realmente la democracia universitaria, ya que toma en cuenta a todos los sectores que forman parte de la Comunidad Universitaria para elegir sus autoridades, llevó casi a un “estado catatónico” a las autoridades y gremios docentes de las universidades venezolanas (pertenecientes a la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios, AVERU) que plantearon de manera inmediata no estar de acuerdo con estas disposiciones, convocaron a elecciones violando la LOE y planteando que sólo votarían profesores y estudiantes (de manera porcentual). Nadie más. A

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la vez que solicitaron la derogatoria de la LOE ante el Tribunal Supremo de Justicia en noviembre de 2009. Todas las elecciones convocadas por la AVERU (UCV, ULA, LUZ, UDO, UC, UCLA, UNEXPO, UNET, UPEL, UNA y USB) fueron suspendidas por la Sala Electoral del TSJ en diferentes fechas, a la vez que ordenó a las comisiones electorales suspender cualquier proceso electoral pautado, hasta tanto no se dicte el nuevo Reglamento de Elecciones Universitarias, el cual deberá “… permitir la participación de todos los integrantes de la comunidad universitaria (profesores -independientemente de su condición y categoría-, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y egresados) en los procesos de elección y nombramiento de las autoridades universitarias de la Universidad Central de Venezuela, enunciadas en el artículo 34 numeral 3 de la Ley Orgánica de Educación, e, igualmente, garantizar su participación “plena” y en “igualdad de condiciones”, como lo ordena esa Ley Orgánica” (*). Al final, todos estos procesos llegaron a la Sala Constitucional del TSJ

que luego de mucha demora, toma la decisión que ahora detallamos para que la conozca la sociedad en general y la Comunidad Universitaria en particular, sobre todo, los sectores a los que antes se les negaba su derecho a votar y ahora lo tienen, por lo tanto, deben reivindicarlo. 3.- ARGUMENTOS DE LA SALA CONSTITUCIONAL PARA DECIDIR. Razones que llevaron al TSJ en su Sala Constitucional a sentenciar a favor de la LOE y por ende, de las elecciones en las universidades, de acuerdo a lo previsto en el artículo 34. Dice así. La Ley Orgánica de Educación “Contempla una novedad respecto del régimen que tradicionalmente ha regido las elecciones en las Universidades con sede en el país, a saber: incorpora la democracia participativa mediante sufragio universal y directo de todos los sectores de la comunidad universitaria. Ahora bien, visto que los Reglamentos de elecciones de las distintas Universidades no han sido actualizados; Visto que se encuentran vencidos los

períodos de las autoridades universitarias, principalmente los de las Universidades Nacionales, entre ellas la Universidad Central de Venezuela, cuya representación precisamente solicita la medida cautelar; Visto que las sentencias dictadas por la Sala Electoral de este Alto Tribunal, con ocasión de los distintos recursos ejercidos en contra de las elecciones de las autoridades universitarias, han insistido en las elecciones con sufragio universal y directo; Visto que no ha sido reformada la Ley de Universidades ni actualizado los reglamentos de elección de las autoridades universitarias en la mayoría de las Universidades accionantes en nulidad, a consecuencia de lo cual se ha producido un prolongado período de mora inconveniente para el normal desarrollo de la comunidad universitaria que ha generado, como bien lo señala la parte solicitante “… gobiernos provisorios, bien de autoridades postergadas en su desempeño o de autoridades designadas temporalmente, que actuarían, precisamente por esa provisionalidad, sin planes y proyectos definidos y, obviamente, sin la debida legitimidad”. 4.- ACLARANDO DUDAS E INCERTIDUMBRES. PREGUNTAS Y RESPUESTAS. 1.- ¿QUIÉNES VOTARÁN PARA ELEGIR LAS AUTORIDADES? La Sala Constitucional determinó que: 1.- “La igualdad de condiciones para elegir las autoridades universitarias, consagrada en el artículo 34.3 de la Ley Orgánica de Educación, se entiende aplicada a la relación entre cada sector electoral constitutivo de la comunidad universitaria, a saber: a) profesores; b) estudiantes; c) egresados; d) personal administrativo; y e) personal obrero. Por tanto: el Registro Electoral Uni-

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¿CÓMO SE REALIZARÁN LAS ELECCIONES... versitario de cada Universidad comprenderá cinco (5) registros; el acto eleccionario se hará en forma única para todos los cargos rectorales universitarios y en todos los sectores electorales; y los votos de los sectores se sumarán o contarán -de forma simultánea- por cada sector electoral, esto es: 1) votos de profesores, 2) votos de estudiantes, 3) votos de egresados, 4) votos de personal administrativo y 5) votos de personal obrero”. 2.- ¿CÓMO SE DETERMINARÁN LOS GANADORES DE LAS ELECCIONES? Estableció el TSJ: “Se proclamará candidato electo únicamente a quien haya resultado ganador en al menos tres (3) de los cinco (5) sectores electorales y haya obtenido, a la vez, la mayoría absoluta de votos (mitad más uno) sumados los votos de todos los sectores electorales. 2.a.- En el caso de que ningún candidato haya logrado la mayoría de los sectores electorales y la mayoría absoluta de los votos sumados de todos los sectores, se procederá a una segunda vuelta con los dos candidatos que hayan obtenido la mayor cantidad de sectores electorales. 2.b.- En caso de que dos o más candidatos hayan ganado en la misma cantidad de sectores electorales, se escogerá al candidato o a la candidata que haya obtenido la mayor cantidad de votos electorales, e irán a la segunda vuelta solo los dos que hayan obtenido mayor cantidad de votos válidos. 2.c.- La segunda vuelta se celebrará dentro de los 30 días hábiles siguientes a la primera elección, con dos candidatos para cada uno de los cargos rectorales y decanales aptos para una segunda vuelta.

2.d.- En la segunda vuelta se proclamará candidato electo a quien haya ganado en tres (3) de los cinco (5) sectores electorales. En caso de un empate intra-sector electoral que impida decidir quién ganó en tres (3) de los cinco (5) sectores, se proclamará candidato electo a quien haya obtenido la mayoría absoluta de votos válidos, sumando los votos válidos de todos los sectores electorales”. 3.- ¿QUÉ ORGANISMO DIRIGIRÁ EL PROCESO ELECTORAL? 3.-“Estas elecciones se celebrarán con las Comisiones Electorales existentes”. 4.- ¿CÓMO SE EJERCERÁ EL DERECHO AL VOTO? ¿Podrán quienes tengan cargos diferentes en las universidades votar varias veces? La sentencia decidió que: “Tendrá derecho a un (1) solo voto, cada uno los profesores ordinarios y contratados indistintamente de su escalafón, incluyendo a los jubilados. Tendrá derecho a un (1) solo voto, cada uno de los estudiantes de pre y de postgrado activos, que se hayan inscrito en la universidad al menos seis (6) meses antes de la convocatoria al proceso electoral. Los estudiantes que hayan aprobado las asignaturas necesarias para obtener el correspondiente título o certificado y para el momento de las elecciones no hayan obtenido el respectivo grado tendrán derecho a voto, a los efectos de esta medida cautelar. Tendrá derecho a un (1) solo voto, cada uno de los integrantes del personal administrativo (activo o jubilado) de la nómina de la Universidad. Tendrá derecho a un (1) solo voto, cada uno de los integrantes del personal obrero (activo o jubilado) de la nómina de la Universidad.

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Cada elector tiene derecho a un solo voto indistintamente de que forme parte de más de un sector de la Comunidad Universitaria. En consecuencia, los electores solamente podrán inscribirse en uno de los sectores del Registro Electoral Universitario”. 5.- ¿CÓMO VOTARÁN LOS EGRESADOS? ¿Podrán votar TODOS los egresados y egresadas de la universidad? Dice así la sentencia: “Tendrá derecho a un (1) solo voto, cada uno de los egresados del nivel de pregrado de la Universidad cuyas autoridades se eligen, y que adicionalmente cumplan, de forma conjunta, con los siguientes requisitos: i) ejerzan la profesión en el lugar donde la Universidad tenga su sede, núcleo o afines; y ii) se hayan inscrito en el registro electoral que la Comisión Electoral de cada Universidad elaborará para tal fin dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la convocatoria de la elección. El ejercicio de la profesión en el mismo lugar donde la Universidad tenga su sede se acreditará mediante la colegiatura profesional vigente para el momento de la convocatoria del proceso comicial. En cualquier caso, la carta de residencia servirá subsidiariamente a todos los efectos. 6.a.-El Registro Electoral de Egresados estará conformado por personas que sólo tengan la condición de egresados, de conformidad con lo establecido en el punto 6 señalado supra”. 6.- ¿CUÁNDO DEBEN REALIZARSE LAS ELECCIONES EN LAS UNIVERSIDADES Y EN CUÁLES DE ELLAS? La Sala Constitucional estableció: “El Consejo Nacional de Universidades establecerá un cronograma para la

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¿CÓMO SE REALIZARÁN LAS ELECCIONES... realización de las elecciones de las autoridades universitarias de las demás Universidades Nacionales, distintas a la Universidad Central de Venezuela, cuyos periodos se encuentren vencido…. En las Universidades cuyas autoridades tengan el período vencido, sus comisiones electorales deberán convocar a elecciones, elaborar el Registro Electoral Universitario, celebrar las elecciones, totalizar votos, adjudicar y proclamar a los ganadores con base en las presentes reglas en un plazo que no podrá exceder de seis (6) meses a partir de la publicación de la presente decisión. Transcurrido dicho lapso, cesa la permanencia legal de las autoridades universitarias con período vencido, quedando la vacante absoluta de dichos cargos”. 7.- ¿QUÉ OCURRIRÁ SI NO SE CONVOCAN LAS ELECCIONES EN EL PLAZO ESTABLECIDO? El TSJ decidió que: “Transcurrido dicho lapso, cesa la permanencia legal de las autoridades universitarias con período vencido, quedando la vacante absoluta de dichos cargos”. En tal sentido le corresponderá al Consejo Nacional de Universidades aplicar lo establecido en el artículo 20 numeral 15 y 16 de la Ley de Universidades (**). 8.- ¿CÓMO QUEDA LA LEY DE UNIVERSIDADES EN EL TEMA ELECTORAL? El TSJ “SUSPENDE cautelarmente la aplicación de los artículos 31,32 y 65 de la Ley de Universidades en cuanto a la forma de elección de las autoridades universitarias hasta tanto se dicte decisión definitiva en el caso de autos”. (*) Por ejemplo, en el caso de la UCV (pero también en todas las universidades que cometieron ese error intencionado), la Sala Electoral ordenó lo siguiente: “A la Rectora de la UCV, que en un lapso perentorio, que no podrá exceder de quince (15) días hábiles de la Universidad, contados a partir de la notificación del presente fallo, proceda a convocar al Consejo Universitario, para que ese órgano colegiado, dentro del lapso de treinta (30) días hábiles, reforme y publique el Reglamento de Elecciones Universitarias de la Universidad, a fin de ajustar su contenido a las disposiciones de la vigente Ley Orgánica de Educación y a las consideraciones emitidas por esta Sala”. Este Reglamento, deberá “… permitir la participación de todos los integrantes de la comunidad universitaria (profesores - independientemente de su condición y categoría-, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y egresados) en los procesos de elección y nombramiento de las autoridades universitarias de la Universidad Central de Venezuela, enunciadas en el artículo 34 numeral 3 de la Ley Orgánica de Educación, e, igualmente, garantizar su participación “plena” y en “igual-

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dad de condiciones”, como lo ordena esa Ley Orgánica, razón por la cual, tampoco podrán establecerse diferencias numéricas del voto profesoral respecto al voto del resto de los integrantes que conforman la comunidad universitaria, incluyendo el voto estudiantil, porque así lo estableció el legislador en ejercicio de su potestad discrecional, y en virtud de la prevalencia de la Ley Orgánica de Educación sobre el mandato contenido en la Ley de Universidades”. b) Asimismo, “… se ordena que una vez sea reformado el Reglamento de Elecciones Universitarias de la Universidad Central de Venezuela, se convoque al proceso de elecciones suspendido por esta Sala, en un lapso perentorio, que no podrá exceder de treinta (30) días hábiles de la Universidad contados a partir de la publicación del mencionado Reglamento en los medios oficiales y habituales de la Universidad”. c) “… instruye a las actuales autoridades a objeto de que permanezcan en sus cargos, de manera transitoria, hasta tanto se convoque un nuevo proceso electoral, donde sean elegidas las nuevas autoridades, en el marco del nuevo Reglamento Electoral de la Universidad Central de Venezuela que esta Sala ordena dictar, y sean juramentadas las nuevas autoridades”. 10 de agosto de 2011. . Fuentes. 1) 21 de junio de 1918. Manifiesto Liminar de la Universidad de Córdoba, Argentina. https://www.unc.edu.ar/sobre-la-unc/manifiesto-liminar. 2) MAGISTRADA PONENTE: CARMEN ZULETA DE MERCHÁN. Sentencia N°0324-2019 de la Sala Constitucional. Caracas, 27 de Agosto de 2019. 3) Ley de Universidades. Artículo 20 numeral 15 y 16. Atribuciones del Consejo Nacional de Universidades. 4) Ley Orgánica de Educación. Artículo 34 numeral 3.

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NOTICU * HUMO NEGRO EN EL CONCLAVE UNIVERSITARIO I. El pasado miércoles 18 de septiembre se realizó una reunión en la sede del Consejo Universitario (CU) de la UCV por parte de las autoridades rectorales y decanales, encabezado por la rectora Cecilia García; la APUCV, encabezada por el profesor Víctor Márquez, y el gremio de trabajadores, principalmente SINATRA, liderado por el dirigente sindical Eduardo Sánchez. No era una sesión del CU, tal como había manifestado el Decano Ventura el día anterior en el Consejo de Facultad de Ciencias. Se trataba de una reunión especial convocada por la rectora para discutir principalmente la situación universitaria en relación a la decisión de los trabajadores y profesores, a través de su dirigencia gremial, de NO reintegrarse a sus labores universitarias en esta semana de septiembre, por haber cobrado la última fracción de su bono vacacional tardíamente, por lo que se incorporarán en la tercera semana de octubre. Pero también discutieron sobre las futuras elecciones en la universidad (lo tocaremos más adelante). Pocas veces se ha presentado la oportunidad de estar presentes simultáneamente los tres dirigentes de la UCV, representando a los diversos sectores, es decir, la rectora Cecilia García, el profesor Víctor Márquez y el dirigente sindical Eduardo Sánchez, los tres jinetes del apocalipsis. Protagonistas de primera

fila de la oposición rancia en la UCV. Líderes que han llevado a esta universidad a niveles nunca visto, conductores de todas las acciones de rechazo al gobierno de Chávez y al actual gobierno de Maduro, colocando a la

universidad en un pensamiento único: tumbar la revolución Bolivariana. En la mencionada reunión, hablaron, escucharon, se midieron como zorros viejos, hablando y decidiendo por miles de universitarios. Por supuesto, como salir del berenjenal en que se metieron y metieron. Por una parte, se planteó la necesidad de la comprensión y la flexibilidad de las autoridades universitarias de permitir que los trabajadores puedan pasar la crisis sin cumplir horario laboral y posibles inasistencias por la problemática del transporte. Sin embargo, un decano y el Secretario de la UCV, exclamaron que no se podía dar la oportunidad al gobierno nacional de “tomar” a la UCV, si esta cierra sus puertas por la ausencia de sus trabajadores (sin darse cuenta que ya esto está ocurriendo desde hace tiempo, es decir

la soledad de los pasillos y aulas). Se requiere tener a la UCV abierta, especialmente de la presencia de los estudiantes, quienes han sido protagonistas en los últimos años de la lucha contra el régimen (léase guarimbas). “su presencia es vital para estos momentos complejos” (otra vez serán usados como carne de cañón)… por un mensaje de whatsapp de la APUCV se deduce que las autoridades bajo cuerda va a permitir la flexibilidad (nuevamente) pero para la opinión pública rechazaran el incumplimiento laboral de sus trabajadores y profesores. Humo gris por ahora… Pobres estudiantes, realizando un semestre cada año… HUMO NEGRO EN EL CONCLAVE UNIVERSI-

TARIO II. El segundo punto de este conclave, perdón de la reunión de las autoridades universitarias con los gremios de la UCV, trató precisamente sobre la reciente sentencia del TSJ que ordena a estas autoridades de realizar las elecciones respectivas antes de 6 meses, cumpliendo con lo estipulado en el artículo 34.3 de la LOE. Tema que es tratado detalladamente en este número del Plural. Solamente sabemos que la discusión fue intensa, cada uno colocando su posición sobre el tema. Por una parte, las autoridades no aceptan ni van a aceptar realizar las elecciones, que veremos si son capaces de expresarlo públicamente, ya que entrarían por 2da vez en desacato ante el TSJ. La primera vez, le aplicaron senda multa la Sala Electoral del máximo tribunal del país al

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haber convocado a elecciones rectorales sin cumplir con las condiciones de la LOE. Se salvaron de pagar la cantidad estipulada porque la Sala Constitucional suspendió la sentencia. En esta oportunidad, ha sido esta misma Sala Constitucional que dio la orden, inapelable, clara y firme. Hay elecciones antes de 6 meses o como dice la mencionada sentencia: “Transcurrido dicho lapso, cesa la permanencia legal de las autoridades universitarias con período vencido, quedando la va-

cante absoluta de dichos cargos”. En tal sentido le corresponderá al Consejo Nacional de Universidades aplicar lo establecido en el artículo 20 numeral 15 y 16 de la Ley de Universidades. Los gremios también expresaron sus opiniones y exigencias, quieren elecciones cumpliendo con la LOE. Especial posición fue el de la APUCV, debido a que tiene un problema existencial: ¿Cómo estar en contra de las elecciones universitarias si desea su presidente ser candidato, pero al apo-

yarlas, expresaran un apoyo a la LOE, al gobierno nacional? En esa reunión presentaron sus barajas, inclinándose a presentar el rechazo de la sentencia y de realizarse las elecciones, predomino su extremismo radical, característico de este gremio desde que esta directiva tomó posesión para dirigir este partido político, perdón, este gremio profesoral. Hay muchos compromisos políticos, inclusos con los gringos, para dejar que se cuele este “pequeño gesto democrático”.

PLURAL N°130 21 DE SEPTIEMBRE DE 2019 COMITE EDITOR ERIC OMAÑA,MARIA RADDATZ, EMMA MARINEZ COMITE DE REDACCION MIGUEL ALFONZO, RICARDO MOLINA, MARJORIE CADENAS MARIA RADDATZ COMITE DE CONTRALORIA SOCIAL ESTUDIANTES, EGRESADOS, TRABAJADORES UNVIERSITARIOS ADMINISTRATIVOS Y OBREROS

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