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EL CACICAZGO DE LA PUNTA DE LA AGUJA, NONURA Y PISURA
Sobre el lugar de La Punta de la Aguja, nos dice Cieza (37) que “de la isla de Lobos córrese, este a oeste hasta llegar a ella, que estará cuatro leguas; y de allí, prosiguiendo la costa al sur, se va hasta llegar a la punta del Aguja. Entre medias de isla de Lobos y punta de Aguja se hace una grande ensenada, y tiene gran abrigo para reparar las naos; está la punta del Aguja en seis grados”. Vásquez de Espinoza (párrafo 1851), señala para Sechura y Munelí, 72 indios tributarios. En el siglo XVIII (38), uno de los doce curatos de la provincia de Piura era el pueblo de Sechura. Sobre los caciques de Sechura, tenemos dos expedientes, el más antiguo con fecha de 1687, es el juicio instaurado entre Miguel Marcos, cacique y gobernador del pueblo de Sechura y Juan de Nonura, por la posesión del cacicazgo. El segundo de 1692 comprende los autos que siguió Martín Marcos Sánchez Pancatil, cacique contra Damián de Nonura, indio principal, sobre el mejor derecho a la sucesión. Ambos documentos son pleitos por la misma herencia; en el segundo legajo continúan el juicio los hijos de los primeros. Como el segundo documento está trunco, no sabemos cómo concluyó el litigio. En 1687, hacía dos años que había fallecido la cacica, doña María Pancatil; su título le fue concedido el 9 de Noviembre de 1640, por don Pedro de Toledo y Leyva, Marqués de Mancera, en audiencia pública en la ciudad de los Reyes y ante el escribano Francisco de Ordóñez. María Pancatil había ganado el litigio contra Juan de Nonura, lo que la favoreció en el pleito fue que su opositor era en ese entonces un muchacho de 14 a 15 años, poco capaz y que no se había defendido.
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Según las declaraciones de los diversos testigos, María Pancatil, se introdujo en el cacicazgo sin verdadero derecho, por más que alegó descender de Cutmassa, cacique gentil. Sus opositores sostenían que sus padres fueron indios Parques, tributarios, de la parcialidad de Sechura y Nauñuela, y sujetos al cacique don Félix Temoche. Su segundo esposo, Gaspar Sánchez indio astuto y ambicioso, con la ayuda del cura, ideó emborrachar a los indios que debían prestar testimonio, y obtuvo en esa forma declaraciones favorables. Cuando María Pancatil, conducida por el alguacil mayor pretendió sentarse en el dúo o tiana, en el acto de toma de posesión de su cargo, los indios la llenaron de tierra, y le aventaron piedras. No sabemos como se apaciguaron los ánimos, pues María conservó su cacicazgo cuarenta y cinco años. El gobierno fue conferido a su marido don Gaspar Sánchez; en el siglo XVII, ya no ejercían el mando las mujeres.
El opositor de María Pancatil había sido Juan de Nonura, a la muerte de la Cacica, se presentó para reclamar sus antiguos derechos, y entablar juicio a Miguel Marcos, hijo del primer matrimonio de la Curaca. Al poco tiempo falleció Juan y le sucedió en el litigio su hijo Damián. El derecho de los Nonura se remontaba al tío bisabuelo y al bisabuelo de Damián, pues ambos fueron caciques anteriores a María Pancatil. En varios expedientes aseguró que su padre Juan de Nonura quedó despojado de su herencia por María Pancatil, por ser demasiado joven y poco capaz para el cargo. Además, alegó que sus derechos le venían por ser “lexítimo nieto de juan nonura el biexo ermano que fue de martín de nonura quien gobernó y poseyó el cacicazgo de la punta de aguxa, nonura y pesura desde el xentio i rreducción del pueblo de sechura que estubo en quieta y pacífica posesión como consta de la visita en que señalado por tal cacique que está en los autos en la rreal audiencia que siguió en esta ciudad con don miguel marcos...” (AHN). El Juan de Nonura, al que se refiere, fue el tío bisabuelo del litigante, en el padrón de indios de 1592, documento insertado en el expediente (BN-foja 15) figura la relación de los indios, hecha durante la: “Visita de los yndios de san miguel deste pueblo de sechura y punta de aguja y pueblo de pesura y moniquilán que todo por mandado y orden del Sr. Viso. Reynos / Se reducen y pueblan deste pueblo de sechura para poder ser doctrinados y puestos pulida como Vmd. se manda y confirme a los yndios en sus reducciones de su excelencia”. Son mencionados los caciques don Juan Chunga, cacique y gobernador del pueblo de Sechura, don Miguel Muniquilán, principal con indios a su cargo, Juan de Nonura, cacique de la Punta de la Aguja, de 40 unos, su mujer Isabel y sus hij os Francisco de 17 años, Rodrigo de 2 y Petronila de 8 unos. Por último, es nombrado Alonso de Pesura, cacique sajelo al curaca anterior. Del padrón so deduce que en 1592 era cacique don Juan de Nonura y que tenía varios hijos. A su muerte heredó el cacicazgo don Martín su hermano, y lo poseyó según dice su testamento más de noventa años. Posiblemente existió una confusión entre los años que tenía don Martín y los años de gobierno, pues en 1592 era aun cacique su hermano Juan y en 1640 recibía el título de cacica doña María Pancatil. Los hijos de Juan de Nonura fueron despojados, por ser menores de edad, hecho que no mencionan los documentos, pues alegan que Juan no tuvo descendencia, dato desmentido por el Padrón de Indios ya citado. En el testamento de Martín de Nonura, redactado en 1636, el viejo cacique decía “que el cacicazgo y gouierno de la punta de la aguja lo eredé de mis padres desde la gentilidad asta el día que Dios es tenido de llevarme y por muerte ed don juan de nonura, mi hermano maior cacique que fue de esta parcialidad como constara de las visitas de los Señores Virreyes / mando y es mi voluntad que por mi muerte y fin dejo y ordeno y mando que es mi heredero universal a don juan de
nonura mi nieto, hijo natural de doña ana catilpia mi hija lexítima questa en poder del encomendero el capitán don diego de silva manrrique. . . ” A la muerte del anciano curaca, que debió de suceder poco tiempo después de hecho su testamento, su nieto Juan era un muchacho que no supo defender sus derechos, además no tenía “vastante entendimiento para gobernar el cacicazgo”. De los documentos se desprende que Miguel Marcos no obtuvo del Superior Gobierno el título de cacique, sólo gobernó interinamente, y a su muerte siguió el litigio entre su hijo Martín y Damián Nonura. En el pueblo de Sechura el 24 de Noviembre de 1692, ante los indios reunidos se leyó la provisión del Real y Superior Gobierno, para la averiguación e información necesaria para proveer al título de cacique, con la recomendación de que se hiciera “las preguntas de las partes y repreguntas que biere que combienen y de la hedad avilidad y suficiencia de los pretensores al dicho cacicazgo y de otros principales o de los yncorporados en el o señalados polla tassa con testimonio de quien quedó nombrado en ella y por que orden an subcedido después acá y si en esse distrito subceden embras en los cacicazgos por falta de varón”. El litigante don Martín Marcos Sánchez Pancatil, figura en el segundo legajo como hijo legítimo de Miguel Marcos y de Gracia Sánchez, cacica principal; Gracia fue hija de don Gaspar e hijastra de la difunta cacica María Pancatil. Los testigos presentados por Martín Marcos (AHN-foja 6) aseguraron que en “este corregimiento por falta de varones suceden las hembras en los cacicazgos como sucedieron las dichas doña María Pancatil y doña Gracia Sánchez su hija”. Según los autos, doña Gracia a igual que su marido, jamás obtuvo el titulo de cacica, de ser así figurarían en los alegatos. Fuera de las probanzas y los testigos presentados por los dos pretendientes al cacicazgo, se efectuó el Informe de Oficio, siempre muy importante, pues para él, buscaban indios viejos e imparciales que daban su testimonio sobre el caso. En la ciudad de Piura a ocho días del mes de Abril de 1693, ante el Corregidor y Justicia Mayor de la ciudad, se llevó a cabo la Información de Oficio (fojas 23-24). Los testigos fueron, don Pablo de la Chira, cacique principal de las Parcialidades de la Chira, Tangarará el menor, del pueblo de Catacaos y de la de Camacho en Colán; don Juan Ignacio, don Miguel Gerónimo, don Joseph Lara, don Agustín Ata y don Pedro Vise, indios principales. Dijeron todos que don Miguel Marcos, como marido de doña Gracia Sánchez, gobernó el cacicazgo en nombre de su mujer y que doña María Pancatil fue cacica, pero que no lo poseyó de derecho, pues le correspondía a Juan de Nonura, nieto de Martín de Nonura, a pesar de haber sido hijo natural, “como lo an sido de otros cacicazgos de diferentes hijos naturales como lo fue don francisco mecache, cacique de la parcialidad de mecache en el pueblo de catacaos auiendo sido hijo natural porque a falta de
Iexitimo heredan los naturales” y que a “falta de varones suceden hembras en los cacicazgos de este distrito”. En apoyo de don Damián de Nonura dijeron que era “ladino i de buenos procederes i costumbres sin que nunca se a dado mala nota de su persona i que por su buena capacidad” merecía el gobierno de la parcialidad. Desgraciadamente; el expediente está incompleto y no sabemos cual de los dos pretendientes obtuvo el título de cacique de la Punta de la Aguja, Nonura y Pisura.
La principal información que proporciona este manuscrito, es la declaración unánime de los testigos del Informe de Oficio, sobre los derechos de los hijos naturales, rezago de las costumbres de épocas anteriores. Otros datos que vienen a corroborar con los ya señalados en documentos anteriores son: la capacidad para el mando, requisito innegable, con su correlativo lógico de despojo a menores de edad, la posibilidad de heredar por líneas femeninas y la existencia de cacicas.
