Pueblos Originarios y acceso a la justicia

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Pueblos Originarios y acceso a la justicia

Los proyectos, planes y programas de desarrollo que al implementarse afectan de alguna manera a los pueblos indígenas tienen una incidencia directa sobre las formas de vida y de trabajo de dichos pueblos. Y determinan su derecho igualitario de acceso al empleo, de acceso a los medios y recursos necesarios para el desarrollo de las ocupaciones libremente elegidas, a la estabilidad y seguridad en el trabajo y a las condiciones de trabajo. Los proyectos, planes y programas de desarrollo que se implementan pueden crear oportunidades de trabajo y de negocios para los indígenas. Pueden fortalecer las actividades que vienen desarrollando o pueden crear condiciones de igualdad competitiva en las actividades de mercado que practican. Por otro lado, inciden en las condiciones ecológicas, sociales y culturales que determinan el desarrollo de las actividades tradicionales, de subsistencia, rurales o comunitarias de los pueblos indígenas. En consecuencia, la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación que contemple y respete las aspiraciones y las formas de vida y de trabajo de los pueblos indígenas requiere que dichos pueblos tengan la posibilidad de controlar su propio desarrollo económico, social y cultural. En el cumplimiento de este desafío es clave que los pueblos indígenas tengan la posibilidad de: 1)Determinar sus propias prioridades en los procesos de desarrollo que de alguna manera afecten los medios y recursos necesarios para el desarrollo de las actividades que eligen libremente. Los procesos de desarrollo que afectan sus formas de vida, instituciones y sus territorios tradicionales inciden directamente sobre la posibilidad de que los pueblos indígenas determinen y conserven sus formas y métodos de trabajo. En Filipinas, cualquier tipo de proyecto o actividad que llevarán a cabo entidades externas en un territorio indígena debe contar con el consentimiento libre, previo e informado de la comunidad involucrada. En resguardo de este derecho, la Comisión Nacional sobre Pueblos Indígenas –el organismo de gobierno que se encarga de supervisar los asuntos de los pueblos indígenas–, deberá emitir un certificado que avale dicha conformidad61. 2) Participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes, proyectos y programas de desarrollo locales, regionales y nacionales susceptibles de afectarlos directamente. –––––––––– 61 OIT, PRO169, Traditional Occupations…, ob. cit., pp.307-308.

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