La Ley Julio N° 66

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ENTREVISTA a Javier Alva Orlandini

OPINIÓN

“Evitemos la promiscuidad de candidatos al Tribunal Constitucional” Págs.

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El mensaje presidencial y la Cons Constitución

El TC y la m materia trib tributaria

El tinterillo no ha m muerto

Walter Gutiérrez W

Percy Bardales Pe

Marianella Ledesma

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AÑO 6 / N° 66 DEL 1 AL 31 DE JULIO DE 2013 UNA PUBLICACIÓN DEL GRUPO

Problemas de inconstitucionalidad en la Ley del Servicio Civil

La Ley del Servicio Civil tiene como principal objetivo unificar los regímenes laborales en el Sector Público. La norma tiene aspectos positivos, como una apuesta por la meritocracia y la evaluación de desempeño. Pero existen aspectos cuestionables, como la prohibición de acordar incrementos salariales por negociación colectiva o que no puedan sumarse los periodos de trabajo anteriores al régimen. Estos temas son analizados en nuestro informe especial. Págs.

No es un mero protocolo

¿Gerentes notarios?

Mensajes presidenciales han incumplido mandato constitucional Pág.

Los nuevos deberes del gerente general en la certificación de actas societarias Pág.

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3 En menos de 3 años

Charlas de Café con Jairo Cieza

Vocales del Tribunal Registral serán evaluados Pág. 9

“La aventura intelectual y el vértigo de un caso son motivadores” Pág. 23


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Frases

y cifras

DIRECTOR A.I. Manuel Alberto Torres Carrasco REDACTORES EN ESTE NÚMERO

Solo 6 universidades peruanas entre las 150 primeras de América Latina

Juan Carlos Esquivel Oviedo Luis Cárdenas Rodríguez Maribel Achulli Espinoza Rosa Cecilia Cerna De Lucio Percy Revilla Llaza Álvaro García Manrique Miriam Tomaylla Rojas Dessirée Mendívil Agüero Carlos Franco Montoya Elky Villegas Paiva Paola Cotrina Jacinto

Mientras Chile y Brasil tienen 17 y 48 universidades en este grupo (así como 2 y 4, respectivamente, en el top ten), en el Perú seguimos protestando por la “autonomía” y la “gratuidad de la enseñanza”. En el puesto 23 figura la PUCP. En los lugares 52 y 74 aparecen San Marcos y Cayetano Heredia. Los puestos 111, 114 y 150 corresponden a la Universidad de Lima, Agraria La Molina y de San Martín de Porres, respectivamente.

DISEÑO & DIAGRAMACIÓN Carlos Francisco Hidalgo De La Cruz CORRECCIÓN DE TEXTOS Luis A. Rodríguez Ordóñez DIRECTOR COMERCIAL Y MARKETING César Zenitagoya S.

Fuente: www.topuniversities.com/

DIRECTOR DE PRODUCCIÓN Boritz Boluarte Gómez DIRECTOR LEGAL Manuel Muro Rojo

L A L E Y N º 66 Pr i mera ed i ci ó n / J U LIO, 2 0 1 3 10 000 ej em p la res © Co py ri g ht G AC E TA J U RÍD ICA S . A. Pr i mer número, 20 0 7

“Es ficción. Alcides Tudela niega a su hija Zoraya... Bueno, no me he esforzado mucho en cambiar los nombres”.

G AC E TA JU R Í D I C A S . A. Av. Angamos Oeste Nº 526, Miraflores. Lima 18 - Perú Central telefónica: 710-8900 / Fax: 241-2323 www.gacetajuridica.com.pe E -ma i l: ventas@gacetajuridica.com.pe H ech o el d ep ó s i to l e g al e n l a Biblioteca Nacional del Perú 2008-00249 I S S N 1997-1133 R egi s t ro d e p royec to e d i to r i al 31501221300576

JAIME BAYLY, en la presentación de su última novela La lluvia del tiempo.

I mp res o en lo s Ta l l e re s Gr áf i co s d e l a planta Amauta de Empresa Editora El Co m erci o S . A . J ua n D el M a r y B er n e d o 1 3 1 8 , Ch ac r a R i o s S ur, L i m a 1, Perú Gaceta Jurídica S.A. no se solidariza necesariamente con las opiniones vertidas por los autores en los artículos publicados en esta edición.

“La inseguridad ciudadana es producto del crecimiento económico”. Ministro del Interior, WILFREDO PEDRAZA.

“Si no crecemoss 6% anual, ell gobierno dee la inclusión n social será á considerado un n fracaso”.. FRITZ DU BOIS, economista y periodista..

Tuits por Fiestas Patrias: Ollanta anunciará el nombramiento de Natalia Málaga como Primera Ministra. @malditaternura (Beto Ortiz) Si sacan la portátil, las palabras millones y reforma, queda como la mitad del discurso ¿no? @rmapalacios ¡Cumplió promesa! Ollanta democratiza el gas, hasta la estatua de San Martín sale corriendo. @nicolasyerovi “Linterna Verde” Cateriano le pide Luz Verde a Nadine para empezar el desfile. @heduardo50

“El Perú se mantiene como uno de los países de mayor crecimiento en el mundo”.

Presidente OLLANTA HUMALA, en su discurso del 28 de julio.











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Entrevista

Presidente del Tribunal Constitucional (2002 - 2005)

Pedro Salas Vásquez

¿Qué opinión le merece el sistema de elección de magistrados al TC que tenemos en nuestro país? ¿Propone algún sistema alternativo? Le corresponde al Congreso la atribución de elegir a los magistrados del Tribunal Constitucional. Esto ocurre en el Perú, en España, y en muchos otros países. Puede haber alternativas, pero el Congreso es la expresión de la voluntad del pueblo. Si en el Perú se adoptara, por ejemplo, el criterio de que sea el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) el ente encargado de elegir a los magistrados del Tribunal Constitucional, dicho Consejo estaría en una situación de mayor relevancia constitucional que el Tribunal, y eventualmente, este último estaría limitado en la realidad para cuestionar las decisiones del CNM; específicamente, en lo que se refiere al nombramiento de los magistrados judiciales y fiscales.

¿Cree conveniente un nuevo sistema que limite la participación de los partidos políticos y su influencia? Los partidos políticos van a tener siempre un factor determinante en la medida en que el Congreso esté integrado por ellos. La solución se encuentra en realizar una reforma al interior del Congreso. Personalmente, creo que es conveniente que se reponga el sistema bicameral del Legislativo. En dicho supuesto, la responsabilidad de la nominación de los candidatos le correspondería a una instancia especial como el Senado.

¿Qué opina sobre la alternativa que los magistrados al TC puedan ser elegidos por votación popular?

Javier Alva Orlandini:

Evitemos la promiscuidad de candidatos al Tribunal Constitucional .

Es una alternativa, pero no creo que sea amparo y cumplimiento sean de conocila más idónea. Digo esto porque podría miento exclusivo de ellas, con la obligaocurrir que lleguen al Tribunal personas ción de observar la jurisprudencia del Trique no tengan las atribuciones necesarias, bunal. Cuando los temas eran complejos, algo que se aprecia en la conformación o cuando se trataban de asuntos distintos del Congreso de hoy. Podría tal vez estaa la línea de los precedentes, se podía peblecerse que el Congreso dir que sea el pleno el que elija entre los candidatos ienso que la reforma resuelva esos procesos. previamente propuestos Con esta reforma, la projudicial es una tarea ducción del Tribunal, que por los colegios profesionales, o por otros en- muchas veces acordada, era de 650 a 800 procesos tes académicos como las pero incompleta. Nunca por año, se multiplicó a 8 universidades, a fin de 000 mil causas anuales que no haya promiscui- alcanzada. Considero que dad de candidatos, y no la reforma judicial debe no Durante mi gestión las haya tampoco la sinrazón solamente estar dirigida vacaciones fueron suen las propuestas como primidas. Esto no quiere ocurre ahora, que son los a que haya imparcialidad decir que se haya percongresistas los que tie- en los fallos, sino también judicado las vacaciones nen la atribución de hacer a que estos sean dictados anuales que por ley tola selección desde el prindos los empleados, aseoportunamente. cipio hasta el final. sores y magistrados del TC tienen derecho. Esta ¿Qué opina de ampliar el decisión llevó a que el número de miembros del TC de siete a nueve Tribunal Constitucional no interrumpiera como lo ha propuesto el magistrado constisu labor durante los doce meses del año. tucional Urviola Hani? He advertido, con preocupación, que esta política ha variado, y el TC no opera duMi experiencia en el Tribunal me hace rante todo el mes de febrero. Me parece pensar que el número de siete magistraque esto debe ser materia de reexamen. dos es suficiente a condición de que los magistrados trabajen en forma intenHoy, aparentemente, vivimos una etapa sa. Debo hacer hincapié en el hecho de de desprestigio del TC. ¿Qué futuro cercano que cuando llegamos en el año 2002 al piensa que le depara al Supremo Intérprete Tribunal Constitucional, éramos cuatro de la Constitución? ¿Hacia dónde debería magistrados, y todos los asuntos eran reapuntar un nuevo Tribunal Constitucional? sueltos por el pleno. No existían las salas. Justamente, a propuesta mía, el Congreso Espero que este impasse que ha surgido aprobó un proyecto de ley al respecto, y en el Congreso respecto a la elección a por el cual se crearon dos salas, diferentes los magistrados del Tribunal Constitual pleno, a finales del año 2004. Las salas cional sea superado, no solamente por permitieron que los asuntos referidos a los el bien del Congreso sino por la neceprocesos de hábeas corpus, hábeas data, sidad de que el Perú tenga un sistema

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constitucional que no sufra ninguna contingencia. Creo que para superar esta situación se requiere la colaboración de todos, y espero que los magistrados que sean elegidos puedan aportar no solamente sus conocimientos sino también su laboriosidad para que el Tribunal retorne a ser un órgano en el cual la justicia se imparte no solamente con eficacia sino también con prontitud. EL PERÚ, PAÍS DE LAS REFORMAS INCONCLUSAS

En el tema de la reforma constitucional, ¿cuál es su posición? El 13 de octubre de 1995 presenté un proyecto de nueva Constitución al Congreso. Naturalmente, este proyecto fue archivado porque había una idea fujimorista. Dicho proyecto lo actualicé y es el fundamento de voto de una sentencia que se dictó en el Tribunal Constitucional. En tal fundamento de voto se plantea que debe de convocarse a una asamblea constituyente, pero a finales del periodo de gobierno, a fin de que no haya interferencia entre el congreso constituido y el congreso constituyente.

Ha mencionado la importancia del regreso a la bicameralidad. ¿Acaso la implementación de otra cámara no generaría mayores gastos al país? No, la prueba radica en que el congreso bicameral disuelto el 5 de abril de 1993, le costaba, a valores constantes, menos al Perú que el congreso unicameral. Además, hay que resaltar que el congreso bicameral hace una mejor legislación y fiscalización.

¿Qué reformas pendientes quedan por realizar? Muchas. Yo pienso que la reforma judicial es una tarea muchas veces acordada, pero incompleta. Nunca alcanzada. Considero que la reforma judicial debe no solamente estar dirigida a que haya imparcialidad en los fallos, sino también a que estos sean dictados oportunamente. Por ejemplo, aquí tengo a la mano el Código Procesal Civil que rige desde 1994. Este código reemplazó al Código de Procedimientos Civiles de 1902, el cual permitía que se

Ja pr pa ga fu pa la ci do de au co ci ot la tu


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05) FOTOS: PAOLA COTRINA

embargo, en la práctica los procesos judiciales ahora duran más que antes de la fecha en que fuese implementado el Código Procesal Civil. Esto se debe a que no se cumplen los plazos legales. La razón de ello es la falta de personal. El número de magistrados no es el que se requiere para impartir la justicia.

Una vida contra la dictadura

LA CRISIS DE INSTITUCIONALIDAD EN EL PERÚ

Desde su vasta experiencia, ¿en qué momento comenzó esta crisis de partidos de la cual no llegamos a salir?

Javier Alva Orlandini es una de principales figuras políticas del país de las últimas décadas. Abogado, defensor de la democracia, fundador y actual presidente del partido Acción Popular. En su larga trayectoria ocupó los principales cargos políticos del Estado. En su condición de presidente del TC (2002 - 2005), es una voz autorizada para hablarnos de la coyuntura que se vive por la elección de los nuevos magistrados y otros temas de actualidad como la crisis que atraviesan las instituciones políticas.

La crisis de los partidos políticos ha sido permanente. Hay que recordar que el Partido Aprista, fundado en 1931, fue puesto al margen de la ley pocos meses después, y no retornó a la legalidad sino bajo el gobierno del presidente Bustamante y Rivero, mediante la Ley Nº 1222. Posteriormente, también ha habido persecución en los partidos políticos durante las numerosas dictaduras que el Perú ha tenido. Lo que se requiere es que los partidos políticos tengan vocación de permanencia y que quienes estén militando y dirigiendo los partidos políticos tengan vocación de servicio al país. Los partidos políticos no deben estar destinados a promocionar a quienes los manejan sino a promocionar el bien público.

¿Diría usted que la forma de gestión del actual gobierno debilita las instituciones políticas?

Me parece que sí. El Congreso debe ejercer plenamente sus atribuciones de legislar y fiscalizar. No debe ser un instrumento que sea manipulado por quien ejerce la Presidencia de la República, pero a su vez, tampoco puede torpedear la gestión del Poder Ejecutivo. Hay que dilataran los procesos con articulaciones recordar lo que ocurrió en el periodo 63 indebidas, innecesarias. El Código Pro- 68 cuando la colisión cesal Civil establece que conformada por el Apra junto con la demanda se o que se requiere es - UNO (Unión Nacional acompañen los medios que los partidos polí- Odriísta) fue mayoría probatorios, lo mismo tanto en la cámara de que en la contestación. ticos tengan vocación de diputados como en el De esta manera, en au- permanencia y que quie- Senado, impidiendo que diencias respectivas, se nes estén militando y di- el presidente Belaúnde actúan dichos medios y rigiendo los partidos po- ejerciera plenamente el juez pueda dictar la sus atribuciones. Fuesentencia en plazos re- líticos tengan vocación de ron censurados muchos lativamente breves. Sin servicio al país. ministros, yo fui uno de ellos. Como ya sabía que me iban a censurar, y veía cómo los ministros caían muy pronto con votos de censura, ya estaba preparado para la contingencia. Cuando supe que habían prestado una posición de censura a la cámara de diputados, sin interpelación, pegados a la Constitución, yo fui a la cámara de diputados para participar en el debate y tuve un discurso que duró 16 horas. Este discurso está considerado como el más largo en la historia parlamentaria. El libro que contiene ese discurso se llama Yo Ministro, y es también el libro que se escribió más rápido.

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¿Cómo explica que el Perú, por un lado, experimente un desarrollo económico, mientras que por otra parte, sufre el subdesarrollo de sus instituciones? Ocurre que mientras hay un desarrollo económico en el país, más o menos sostenido, no se advierte que haya en paralelo un desarrollo institucional político y social, de manera que existen pues situaciones contrapuestas que hay que tratar que se superen.

Ha sido detenido en varias oportunidades por los gobiernos dictatoriales que le tocó enfrentar. Incluso, llegó a estar en El Frontón. ¿Podría darnos más detalles de aquellas luchas en defensa de la democracia? Siendo dirigente estudiantil de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, combatimos tenazmente a la dictadura del general Odría. Mi primera experiencia al respecto, fue que no pude votar en las “elecciones” de 1950 (elecciones entre comillas porque fue una farsa electoral). Recuerdo que estuve detenido junto con otros estudiantes en el sótano de la Prefectura de la avenida España. Después he ido preso muchas veces. Eludí diversas disposiciones dirigidas a privarme de mi libertad, pero cuando ya me había graduado de abogado, como “premio”, fui condenado a unos meses en El Frontón. Recién, y luego de recuperar mi libertad, me incorporé al Colegio de Abogados de Lima.

¿Fue a prisión durante el gobierno de Velasco? Se intentó ponerme en prisión el mismo día del golpe contra Belaúnde, pero eludí la detención. Recuerdo que salí por los techos del Estudio del Ministerio que quedaba en Paseo de la República. Estuve varias semanas sin poder circular libremente, pero el 18 de setiembre de 1968 acudí al sepelio del Dr. Carlos Cueto Fernandini; quien había sido mi profesor en la Universidad de San Marcos y también había sido mi compañero de gabinete en el gobierno del presidente Belaúnde. Como no me tomaron preso, pensé que ese hecho demostraba que ya la orden de detención había desaparecido y seguí trabajando en mi actividad de abogado. Tiempo después, y también en el gobierno de Velasco, lograron detenerme cuando estaba en un congreso de Acción Popular en el local de la Plaza Marsano en Miraflores. Quisieron deportarme a Buenos Aires-Argentina. Yo me resistí. El avión estuvo como tres horas en el aeropuerto Jorge Chávez. No me llegaron a llevar. Me tuvieron que bajar del avión porque yo le advertí al piloto que los que me acompañaban atrás eran secuestradores y yo no quería viajar. Se negó a llevarme. Después de dos o tres meses me deportaron vía terrestre a la Paz. Ahí estuve menos de una semana. Volví vía aérea a Lima, cuando los policías que me habían llevado aún no habían regresado (risas). Cuando llegue a Lima me volvieron a deportar vía terrestre a La Paz. De La Paz pase a Buenos Aires. En Buenos Aires estuve más o menos 3 semanas. Me dejé crecer la barba, me puse lentes de contacto y viajé a Guayaquil. Por la frontera norte ingresé al país y volví a Lima. Con el ingreso de Morales Bermúdez se dictó una ley de amnistía a favor de todos los perseguidos. Ese mismo día yo di una conferencia al respecto. Estuve poco más de 15 meses en la clandestinidad. Durante ese tiempo murió mi padre. No pude ir al cementerio porque era buscado por la policía.


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OPINIÓN

Walter Gutiérrez

U

na de las principales obligaciones constitucionales del Presidente de la República es incumplida desde hace varios gobiernos, no solo por la responsabilidad de los mandatarios sino por la desidia y negligencia del Parlamento. Se trata de la norma recogida en el inciso 7 del artículo 118 de nuestra Carta Política, que es una norma de control y rendición de cuentas, y no de un mero ritual o de un simple discurso como hasta ahora se ha venido haciendo sin que el Congreso entienda su papel y lo asuma. El mencionado mandato constitucional establece que el Mandatario de la República está obligado a dirigir un mensaje al Congreso en forma personal y por escrito. Dispone, además, que dicho mensaje debe contener “la exposición detallada de la situación de la República así como las mejoras y reformas que el Presidente juzgue necesarias y convenientes para su consideración por el Congreso”; y concluye exigiendo que “todos los mensajes del Presidente, a excepción del primero que realiza cuando asume el gobierno, sean aprobados por el Consejo de Ministros”.

OPINIÓN

Percy Bardales Castro

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n los últimos años, el Tribunal Constitucional (TC) ha emitido distintos pronunciamientos en materia tributaria, los cuales han orientado, de alguna u otra manera, la actuación de los órganos tributarios (Sunat, Tribunal Fiscal) a lo previsto en la Constitución. Esta situación es de la mayor relevancia para la economía de todos los contribuyentes (personas naturales y jurídicas). También es elemento importante para un mayor logro de estabilidad y seguridad jurídica, aspectos necesarios para el incentivo de las inversiones y la formalización de la economía en el país. En la estructura de nuestro ordenamiento jurídico, el TC es el órgano de control de la constitucionalidad, autónomo e independiente. Se le ha confiado la defensa de la supremacía de la Constitución contra las leyes o actos que pretendiesen socavarlo; interviene para restablecer el respeto a la Constitución en general y de los derechos constitucionales en particular. Derivado de lo anterior, el TC tiene competencia exclusiva para conocer los procesos de inconstitucionalidad y los procesos de conflicto de competencia y/o de atribuciones. En los procesos de tutela de derechos (hábeas corpus, amparo, hábeas data y de cumplimiento), el Tribunal conoce solamente en última instancia a través del denominado recurso extraordinario. La primera y segunda instancia son de competencia del Poder Judicial.

El mensaje presidencial y la Constitución balance de poderes propio de la relación No es necesaria una gran pericia jurídica entre el Parlamento y el Ejecutivo. para comprobar de inmediato que se trata de una regla esencial en la rendición de Que además se exija que el mensaje sea cuentas al país del primer mandatario, sopresentado en forma escrita y refrendado bre la conducción del Estado, de la gespor el Consejo de Ministros corrobora tión de la cosa pública y la preservación que dicho dispositivo está enderezado al del Estado de Derecho. Constituye, por control y a hacer efectiva tanto, un mecanismo de la responsabilidad por control básico del Parlael incumplimiento de lo mento respecto del uso l mensaje presiexpuesto; de este modo y cumplimiento que el dencial constiel mensaje presidencial Presidente hace de sus constituye una suerte tuye un mecanismo numerosas prerrogatide hoja de ruta anual a de control básico del vas, competencias y oblila que se compromete gaciones constitucionaParlamento respecto el Ejecutivo y por la que les alojadas en el mismo está dispuesto a respondel uso y cumplimiendispositivo. der. De esta manera se to que el Presidente cae de maduro, que en La precisión que contiehace de sus numeroel mensaje de cada año ne la Constitución al esdebería partirse de lo sas prerrogativas. tablecer que el mensaje expuesto en el mensadebe realizarse de maneje anterior haciendo un ra presencial en el Hemibalance de lo logrado y ciclo cada año, al momento de instalarse lo incumplido, exponiendo además las la primera legislatura ordinaria, confirma razones en ambos casos. Es decir, una que no se trata de cualquier mensaje o disverdadera rendición de cuentas. curso, que se pueda dar por cualquier mePero el mandato constitucional no se dio y en cualquier momento, y más bien agota en lo señalado, exige también confirma que se trata de un mecanismo de

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que el Presidente proponga reformas o planes que se concreticen en propuestas normativas para que sean consideradas por el Congreso. En otras palabras, que reafirme su liderazgo en la conducción del Estado y plantee la agenda política, económica y social del país durante un año. Que al cabo de todos estos años el mensaje presidencial haya sido entendido como un simple acto protocolar –que luego de una semana se olvida– revela que se ha caído en el error de considerar que los alcances del citado dispositivo se agota en su fórmula literal y no en el real contenido en la norma, obviando que se trata de un mandato de control irrenunciable para fortalecer la institucionalidad del país. En esta línea, el Congreso incurre en un incumplimiento constitucional por omisión que debiera corregir de inmediato, asumiendo su papel de control y exigiendo la toma de cuentas anual que manda la Constitución, para lo cual deberá reglamentar este precepto constitucional de un modo razonable y ponderado tal como lo ha hecho para las interpelaciones de los ministros.

El Tribunal Constitucional y la materia tributaria En materia tributaria, el TC tiene comUn mecanismo de especial importancia petencia a nivel de procesos de inconsen el proceso de amparo, es que si sobretitucionalidad y de amparo. En cuanto viniera un acto sustancialmente homogéal primer tipo de proceso, es sabido que neo al declarado lesivo en dicho proceso, se pueden impugnar normas que tienen el juez de ejecución podrá ampliar el alrango de ley (leyes, decretos legislativos, cance de protección para incorporar y redecretos de urgencia, tratados, normas reprimir acto lesivo sobreviniente. Es decir, gionales de carácter general ya no será necesario seguir y ordenanzas municipales). un proceso completo para l Tribunal Consti- obtener la misma finalidad Lo importante, empero, es que en materia tributaria, el tucional ha desa- que el resultado del proceso TC puede declarar los efecrrollado el derecho inicial. tos en el tiempo de la sentencia que emita. Produc- al debido procedi- Al igual que en otras mato de lo anterior, el TC se miento que asiste a terias, el TC ha tenido y tiene un rol importante con puede pronunciar sobre las los contribuyentes, el motivo de la emisión de situaciones jurídicas acaecidas cuando la ley impug- control difuso en ma- sus pronunciamientos. Así, nada estuvo en vigencia. teria tributaria, ha en otros aspectos, ha desarrollado jurisprudencialPor su parte, tratándose del fijado lineamientos mente el derecho al debido proceso de amparo, el TC para los embargos procedimiento que asiste a analiza los hechos u omilos contribuyentes (inclusiones de cualquier autori- tributarios, etc. ye deber de motivación, dad, funcionario o persona derecho de defensa, prohique vulnera o amenaza derechos constibición de reforma en peor, entre otros) tucionales que no son protegidos por los (Expediente N° 4289-2004-AA; Expeprocesos de hábeas corpus, hábeas data y diente N° 1150-2004-AA/TC; Expediente de cumplimiento (p. ej. derecho a la proN° 067-93-AA/TC). piedad, al debido proceso y a la tutela juIgualmente, ha consagrado el control dirisdiccional efectiva, etc.). Solo procede fuso en materia tributaria (Tribunal Fis–como regla– cuando se hayan agotado cal) (Expediente N° 3741-2004-AA/TC). las vías previas (v. gr., la vía administratiHa declarado la inconstitucionalidad del va tributaria ante Sunat y el Tribunal FisAnticipo Adicional del Impuesto a la cal). En caso de duda sobre el agotamiento de la vía previa se preferirá dar trámite Renta (Expediente N° 033-2004-AI/TC). a la demanda de amparo. Ha establecido lineamientos en materia

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de arbitrios (ha declarado la inconstitucionalidad de distintas ordenanzas) (Expediente N°s 0041-2004-AI; 0053-2004AI). Ha analizado las regalías mineras (Expediente N° 0048-2004-AI). Ha establecido la nulidad de la cobranza coactiva en la misma fecha que la notificación del valor (Expediente N° 46232005-AA). Ha analizado el Impuesto Temporal a los Activos Netos - ITAN (Expediente N° 03797-2006-PA/TC) y el régimen de percepciones (Expediente N° 06089-2006-PA/TC). Del mismo modo, ha fijado lineamientos para los embargos, especialmente para el embargo en forma de retención (Expediente N° 2044-2009-PA/TC). Ha establecido los alcances de los principios aplicables para el ejercicio de la potestad tributaria. En este contexto de elección de nuevos miembros del TC, corresponde a la sociedad esperar la continuidad y el mejor desarrollo de la línea jurisprudencial en materia tributaria, aspecto sensible para el país. Para ello, muchas recomendaciones y exigencias se han dado en los últimos días a los ahora nuevos miembros del TC. Sin embargo, creemos que una es de especial e ineludible repercusión práctica: la vocación colegiada (no aislada o particular) de sus miembros con motivo de la emisión de pronunciamientos en asuntos de su competencia.


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Despidos por embarazo

OPINIÓN N

Marianella Ledesma Narváez Lede

Iván án Parédez Neyra ra

Discriminación por razón de sexo

OPINIÓN O PINIÓN

El tinterillo no ha muerto

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l tinterillo es un viejo compañero –nada querido– en los litigios. Se le percibe en el imaginario popular como un personaje temible por usar la burla, la astucia e incluso el engaño para ganar los pleitos. El tinterillo tradicional es el abogado frustrado que estudió derecho pero que nunca se graduó. A pesar de que no tenía reconocimiento formal hacía asesorías jurídicas y cobraba poco. Como no podía intervenir directamente en los estrados judiciales, utilizaba al documento escrito como su gran aliado para la acción; de ahí, que se le atribuya el apodo de “tinterillo” porque antes se usaba la tinta para elaborar los documentos a manuscrito.

El tinterillo no ha muerto; sigue siendo el abogado de asesoría alterna que puede encontrar cualquier desesperado litigante de bajos recursos. La distancia social entre el abogado y el poblador de escasos recursos que busca su asesoría, alimenta a los tinterillos. Comúnmente al abogado se le atribuye una cultura académica que se aleja de los intereses de la población modesta y por ello, se dice que no siempre le resulta fácil entender la supuesta objetividad del profesional, en cambio, sí se advierte en el poblador una mayor identificación con el tinterillo que participa en un nivel cultural no muy distante del suyo. En el imaginario social se le aprecia bajo un cierto prototipo de vestuario, léxico y apariencia, que incluso Teodoro Núñez Ureta, destacado pintor arequipeño, los retrata como parte de esos personajes que concurren en la cultura judicial. El tinterillo es un personaje que se ha mantenido por siglos en los litigios, y dudamos de su desaparición, pues, está arraigado en la sociedad, como parte de esa subcultura jurídica que acoge al picapleitos anodino, con poder temerario, que hace del engaño su modus vivendi. Es el competidor de los abogados formales, sin embargo, nada dista hoy, de encontrarnos, con abogados de cuello y corbata, que rememorando al tinterillo de antaño, actúan con “tinterilladas”. Se trata de una nueva versión de tinterillos del siglo XXI, que ya no requieren de tinta para hacer sus documentos, sino de ordenadores e impresoras; el actuar clandestino e informal de los prototipos tinterillos se ha superado para aparecer incluso incorporados a colegios profesionales; sus oficinas ya no son la “Ley en la calle”, sino algún cafetín de la modernidad. Los nuevos tinterillos, algo fashion en su vestir, cuyo modus vivendi sigue siendo la picardía delictiva, sobreviven adaptados a los nuevos tiempos, sin embargo su “naturaleza anodina” pronto les delata, sobre todo, cuando tienen que asumir litigios lejos de la probidad y la buena fe.

a sentencia del Tribunal Constituque se fundan no solo en la pura y simple constatación del sexo de la víctima, sino cional recaída en el Exp. Nº 04040también aquellos que se basen en circuns2012-PA/TC, publicada el 2 de julio tancias que tengan una directa conexión de 2013, nos trae a colación tres con el sexo, tal como sucede con el emtemas importantes a recordar: i) la prohibarazo. Por tales razones, bición de discriminación las decisiones extintivas por razón de sexo (estado i las partes deci- basadas en el embarazo, de gravidez); ii) la carga afectar exclusivamenprobatoria de quien aleden poner fin a la al te a la mujer, constituyen ga algo debe probarlo; y, iii) la resolución del con- relación laboral por sin lugar a dudas una distrato de trabajo por mutuo mutuo disenso (o mu- criminación por razón de proscrita por el incidisenso. tuo acuerdo), la ex- sexo so 2) del artículo 2 de la Respecto a la prohibición trabajadora no puede Constitución. de discriminación por rareclamar la reposición Ahora bien, respecto a la zón de sexo, tiene basamento constitucional en al puesto de trabajo carga probatoria, recordeel inciso 2) del artículo 2 o una indemnización mos que de acuerdo con el artículo 196 del Códe nuestra Constitución, el por despido arbitrario. digo Procesal Civil (por cual señala expresamente aplicación supletoria), su proscripción. corresponderá al demanAunado a ello, respecto a la prohibición dante probar los hechos que alega y las de discriminación por razón de sexo por pruebas deberán ser fehacientes, es deestado de gravidez, debemos recordar que cir, no deberán ser cuestionables o duel Tribunal Constitucional ha desarrolladosas o tener apariencia de ilegalidad, a do ampliamente esta situación en la senfin de que el juzgador emita un pronuntencia recaída en el Exp. Nº 5652-2007ciamiento válido; además, las pruebas PA/TC, publicada el 7 de noviembre de deben ser recabadas y presentadas opor2008, en el cual se estableció que la distunamente, pues de lo contrario podrían criminación por razón de sexo comprengenerarse especulaciones o dudas sobre de a aquellos tratamientos peyorativos la veracidad de aquellas. Otro aspecto

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S

importante es la pertinencia de la prueba, es decir, tiene que haber una relación o conexión entre los hechos y los medios probatorios. Finalmente, el otro punto importante que trae a colación la sentencia bajo comento, es que si las partes deciden poner fin a la relación laboral por mutuo disenso (o mutuo acuerdo), la extrabajadora no puede reclamar la reposición al puesto de trabajo o una indemnización por despido arbitrario, pues en el caso del mutuo disenso ambas partes han acordado dar fin a una relación laboral, existiendo concurrencia de voluntades y, además, este está permitido por la normativa vigente, establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo Nº 003-97-TR, siendo el único requisito que dicho mutuo disenso conste por escrito o en la liquidación de beneficios sociales.

Caducidad de pagaré: C

OPINIÓN ÓN

Manuel Enrique que Valverde Gonzáles les

¿ ¿Causal de improcedencia de la contradicción een la ejecución de garantías?

n esta breve nota queremos señalar nuestra discrepancia con lo resuelto en la Cas. N° 4892-2011-Lima. En dicho proceso lo que se estaba llevando a ejecución era una hipoteca de las denominadas “sábana”, cuya finalidad era cubrir las deudas que se originaban como producto de las actividades mercantiles de los otorgantes.

en un proceso de ejecución de garantías, solo está constituido por la escritura pública y la liquidación de saldo deudor –que dicho sea de paso es un simple documento de carácter unilateral presentado por el ejecutante–, entonces las interrogantes que emergen son: ¿Cómo se podría determinar cuál es el monto de la obligación que origina la hipoteca al tener la condición de contrato accesorio? Sobre ello hay que señalar que el sustento ¿Cuál sería el documento que origina esa de este tipo de garantías reaobligación garantizada? Sin les, en cuanto concierne al no se puede sostener aseguramiento del pago de i no había títu- duda que es el denominado saldo una prestación determinada lo valor vigente deudor, puesto que, precio determinable, no está en samente como su nombre el mismo texto del docu- que acreditara la lo indica, este solamente mento que las otorga. Esto existencia de la deues una mera referencia del es, en la escritura pública de da, no podía darse monto que se adeuda, pero constitución del gravamen de modo alguno se le puede no se dice cuál es el monto paso a la ejecución considerar como fuente de materia de deuda, sino que, de la garantía real. la obligación. por el contrario, dicho mon-

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to se encuentra determinado en otro documento, que en el caso de autos era un pagaré. Por lo tanto, es en dicho documento cartular donde reposa el monto determinado de la obligación al momento de presentarse a ejecución.

Como bien se ha sostenido en la sentencia de vista –a la que hemos podido tener acceso también– la hipoteca es un contrato accesorio, dependiente de uno principal, que en el caso de autos viene a ser el título valor, el cual, sin duda, debe de tener mérito ejecutivo para poner a cobro en un proceso de ejecución. Si se analiza detenidamente el argumento sostenido en la casación (que consideramos errado) de que el título ejecutivo,

En líneas generales, podemos sostener que en un proceso de ejecución de garantías, solo puede tener la condición de título ejecutivo el documento constitutivo de la garantía real que cumpla con lo preceptuado por los artículos 1098 y 1099 del Código Civil. Por lo tanto, a partir de esta premisa se puede enunciar que: si es una garantía real constituida para asegurar una obligación determinada que esté contenida en el propio documento, no será necesario exigir la presentación de otro documento. Por el contrario, si esa garantía sirve para garantizar operaciones materializadas en títulos valores, como es el pagaré en el caso en concreto, deberá de adjuntarse el respectivo título

valor debidamente protestado o habilitado para su ejecución bajo las reglas del artículo 52 de la LTV. Por lo tanto, este último documento deberá de cumplir con los requisitos establecidos en la ley de la materia. En suma, no compartimos el razonamiento de la Sala Suprema, toda vez que sin un título valor vigente –y por ende, no perjudicado– no se puede dar lugar a la ejecución de la garantía real que lo respaldaba. Argumentar en sentido distinto es aceptar que se puede ejecutar una hipoteca sin contener monto garantizado, es decir, se puede ejecutar un contrato accesorio aunque no exista el contrato principal. En consecuencia, si el título valor estaba perjudicado, en este caso por la causal de caducidad, era perfectamente deducible esta situación como medio de oposición o, en palabras de nuestro Código Procesal Civil, de contradicción. La sentencia de vista no adolecía de motivación aparente y menos contravenía el debido proceso, dado que la Sala Superior sustentó con suficiencia los motivos que la llevaron a revocar la decisión apelada y a declarar la improcedencia de la demanda. Solo a modo de colofón podemos decir que si no había título valor vigente que acreditara la existencia de la deuda, no podía darse paso a la ejecución de la garantía real. En todo caso, a los accionantes les quedaba expedido el derecho de ir a la vía causal y, por consiguiente, incoar un proceso de cognición.

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Gestión de despacho

“Quien determina nuestra pauta es el cliente” Entrevista a Germán Lora Socio de Payet, Rey y Cauvi Abogados ¿Cómo está estructurada la dirección del Estudio?

los 20 abogados que éramos, haber llegado a los 51 es bastante sorprendente.

El Estudio tiene 4 áreas, cada una posee por lo menos un socio y el trabajo lo distribuyen fundamentalmente los socios a los asociados. Hay mucha relación de los propios asociados al nivel que sea con los clientes, ya que confiamos mucho en la calidad profesional de nuestro abogados y que ellos manejan muy bien sus temas directamente. En el Estudio no existe lo que comúnmente se denomina directorios o despachos generales, nosotros preferimos tener comités descentralizados. Cada área tiene su comité, para un mayor dinamismo e integración y es independiente de hacer sus labores coordinadas. La idea es que al cliente se le brinde un servicio rápido y de calidad.

He podido comprobar que su página web está impulsando una estructura amigable. ¿Cuál es el principal objetivo de esta?

¿Cuentan Uds. con un área de marketing y una política de captación de clientes? Creo que la mejor forma de captar a un cliente es con el tener a los abogados dictando cátedra, dictando charlas, en prensa. Nuestra publicidad es a través del trabajo que realizamos. Por ejemplo, nosotros tenemos una relación de bestfriends con Uría & Menéndez de España y con toda la red de Uría en Latinoamérica, quienes son un buen referente. Ese tipo de red de contactos es importantísimo y es mejor que cualquier propaganda.

¿Cuál ha sido el crecimiento del Estudio en los últimos años? El Estudio ha crecido muchísimo los últimos años, directamente proporcional al crecimiento del país y de acuerdo al contexto político a veces. Mientras el país siga caminando bien, la asesoría va a crecer. De

La pagina web la queríamos dinámica y que además de mostrar los éxitos como profesionales también diera a conocer las labores sociales que el Estudio pueda realizar. Para que el cliente sepa que aquí no solo encuentra buenos abogados sino además, buenas personas. Estamos siempre en búsqueda de proyectos donde podamos dar apoyo, sea económico o de asesoría, estamos buscando colegios “Fe y alegría”, estamos buscando armar una canchita de fútbol en algún sitio, etc. Esas cosas dan satisfacción e integran a nuestros abogados.

¿Cuál es el perfil profesional que busca el Estudio? Nosotros queremos gente “normal” y eso significa que sea un excelente profesional hoy y con ganas de ser un mejor profesional siempre, buscando su capacitación. Asimismo no olvidarse de su calidad como persona, que se integre tanto con el cliente como con sus colegas y sepa trabajar en equipo.

¿Cómo está enfrentando el Estudio el desafío tecnológico en materia de gestión y prestación de servicios legales? El tema de trabajo en tecnologías es importantísimo tanto para el registro de hora, como para la facturación; es decir, todo tema de tecnología administrativa es fundamental y todo el aspecto de tecnología para la información que podamos recabar para revistas nacionales, internacionales,

Estudio Payet, Rey y Cauvi Abogados

Carrano, Ítalo Cauvi, Juan José Cúneo, José Egüez, Juan Antonio Gordillo, Máximo Lora, Germán Mur, Miguel Patrón, Carlos A.

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¿Qué actividades de capacitación se dan a los abogados para mejorar la relación con los clientes o el servicio que se brinda? Se hacen capacitaciones de acuerdo a las necesidades del cliente y al avance de la tecnología que usamos. Por ejemplo, cuando entras al nuevo sistema de facturación se hacen capacitaciones, cuando un abogado ingresa al estudio tiene todo un día de capacitación para que se familiarice con los sistemas. Sin embargo, lo importante es trabajar en lo básico y después en lo que el cliente requiere. Cuando el cliente solicita que las reuniones sean virtuales entonces tendremos un capacitación en esa materia, entonces quien determina tu pauta es el cliente. El servicio que tengas que darle al cliente es fundamental.

Socios • • • • • • • •

legislación es lo segundo más importante. Luego de ello, ayuda, por ejemplo, un sistema de comunicación a través de Skype para tener reuniones virtuales u otra herramienta, pero apostamos por lo principal.

Payet, José Antonio Pérez, Julio César Reggiardo, Aldo Rey, Alonso Rivarola, Domingo Salazar, Juan Manuel Soto, Gerardo Vega, Eduardo

¿Cuál considera usted que es la clave del éxito del Estudio? Definitivamente la horizontalidad del Estudio. Pero debo aclarar que es la horizontalidad bien entendida, la confianza bien administrada por quien la recibe. Así la flexibilidad funciona y le permite tanto al abogado como al cliente sentirse cómodo y trabajar de la manera más adecuada.

Ficha del Estudio • Año de fundación del Estudio: 1996 • Número de miembros: 16 socios y 51 abogados • Áreas de especialización: Derecho Corporativo, Procesal, Laboral y Tributario. • Premios, reconocimientos y membresías “M&A Deal of the Year 2012” Semana Económica; “Latin American PPP Deal of the Year 2012”; Project Finance Magazine; “Latin American Renewables Deal of the Year 2011” Project Finance Magazine; “Latin American Water Deal of the Year 2010”; Project Finance Magazine; “M&A Deal of the Year 2009” Semana Económica; Latin Lawyer “M&A Deal of the Year” 2007, entre otros.


AÑO 6 | N° 66 | DEL 1 AL 31 DE JULIO DE 2013 | TECNOLOGÍA

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Y DERECHO

Tecnología y Derecho

Herramientas de reconocimiento de voz 16 aplicaciones para incrementar la producción de textos personalizado con el nombre de Siri que responde a todo requerimiento con seductora voz femenina así como la Función Dictado del teclado en aquellos países que no la tienen disponible; la inclusión del Reconocimiento de Voz del Windows Vista y en el campo buscador de algunos navegadores web. Las apps descargables más reconocidas son Dragon Naturally Speaking Legal, Dragon Dictation, Notes Dictation, Dictado de Voz para Pages que operan con iPad, iPhone, Blackberry y Android, Dictation Pro, Fast Fox, y Talk Typer.

Wilbert Scargglioni Al empezar a digitar estas líneas no puedo dejar de recordar el consejo que me dio mi padre, cuando se enteró que encaminaba mi vocación hacia la abogacía, acerca de que aprendiera mecanografía para intentar acompañar el vertiginoso ritmo del pensamiento y de la palabra al escribir. Eran otras épocas, por supuesto, porque a quienes actualmente somos padres ya no se nos ocurriría dar esa sugerencia, principalmente, porque el dominio de la tecnología y teclear velozmente son las características más destacables de la generación millenium, como se denomina a los nacidos cerca de las postrimerías del último milenio. Este replanteamiento también fluye por la presencia de apps de reconocimiento de voz que permiten al abogado interactuar con ordenadores y dispositivos móviles que hacen mágicamente el trabajo pesado: escriben mientras aquel dicta cómodamente sus contratos, demandas, informes escritos, ayudas memoria, comprobantes de pago, e-mails y artículos como el presente, entre otros. Debido a que los teclados virtuales no ofrecen la comodidad absoluta para la digitación con los pulgares, tablets y smartphones admiten los atributos de estas soluciones de accesibilidad en conjunción con la conexión web, el micrófono incorporado y la función de grabación, de tal manera que resulta posible, además de usar estos dispositivos para el dictado,

VENTAJAS

controlar casi todas sus funciones mediante comandos de voz para navegar en la web, buscar ubicaciones geográficas en Google Maps, dirigir e-mail a un nombre de mi lista de contactos, mensajes en chats y redes sociales, anotaciones, recordatorios en agenda y mucho más. El centro de atención principal para el profesional del Derecho itinerante será el dictado de borradores on-the-go (sobre la marcha) durante los tiempos muertos o mientras conduce y el envío del archivo de esa transcripción automática conteniendo el audio original, para posteriormente hacerlos revisar por su asistente o secretaria. Los letrados apreciarán también la gran velocidad de escritura calculada en

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Terminología legal incorporada y configurable. Alta precisión, fácil de usar. Filtra ruidos del entorno y corrige ortografía. Inserta pausas y combina con uso del teclado virtual para correcciones. • Dictado de signos de puntuación, caracteres especiales y emoticons. • Compatibilidad con idiomas y dialectos (español latinoamericano). • Versiones gratuitas y servicios premium de hasta US$ 630.

4 veces más rápida que teclear mirando la pantalla lo que mejorará notablemente su productividad utilizando el procesador de textos que acompaña al app y luego copia todo a Word. No tiene gran efectividad con textos muy largos por lo que no se ilusione, en el actual estado del arte, con poder hacer transcripciones de entrevistas con clientes, diligencias o conferencias para lo que recomendamos la todavía funcional grabación digital con un dispositivo móvil. Los servicios de transcripción automática pueden descargarse o venir incorporados al sistema operativo, como es el caso de las últimas versiones de dispositivos de la manzana mordida que lo han

DESVENTAJAS • Suele confundir palabras por acento del hablante o falta de vocalización, uso de terminología ajena, nombres propios e interjecciones. • Cambiar de tarea (multitask) suele producir pérdida del dictado.

Aplicaciones para abogados Foursquare

Desarrollador:

Foursquare Labs, Inc.

Plataforma:

iPad, iPhone, iPod

Categoría:

Redes Sociales

Requisitos:

Android 2.0.1 o iOS 5.0

Idioma:

Español, Alemán, Catalán, Coreano, Francés, Indonesio.

Descargar:

https://itunes.apple.com/es/app/ foursquare/id306934924?mt=8

Peso:

20.3 MB

Precio:

Gratis

Foursquare es una aplicación novedosa que permite al usuario indicar su ubicación cuando este lo desee y a su vez, suscribirse a grupos que le recomienden por experiencia propia lugares de acuerdo a sus intereses. Basta con descargar la aplicación al smarthphone y registrarse como usuario para empezar a hacer check-in (marcar el lugar en donde te encuentras) a la vez que puedes publicar un comentario y agregar una foto referencial. De lo único que debe cerciorarse el usuario, es que cuando instale la aplicación configure adecuadamente las permisiones de esta, para que solo pueda hacer check-in manualmente y no en cada lugar que se encuentre, así como que este solo sea visto por amigos. Además, Foursquare resulta una herramienta útil al viajero, porque le permite conocer lugares que usualmente no aparecen en las guías turísticas.

Line

Desarrollador:

NAVER Japan Corporation

Plataforma:

Android o iOS

Categoría:

Redes Sociales

Requisitos:

Android 2.0. o iOS 4.3

Idioma:

Español, inglés

Descargar:

https://itunes.apple.com/us/app/ line/id443904275?mt=8

Peso:

26.0 MB

Precio:

Gratis

¡Llamadas gratis con Line! Esta aplicación permite hacer llamadas de voz gratis y enviar mensajes a cualquier momento y durante las 24 horas del día. La aplicación es simple de descargar y desde su base de contactos del celular, el usuario podrá comunicarse con ellos, así como compartir los datos que sean necesarios de manera instantánea. Gracias a Line, se integran todas las herramientas necesarias de comunicación en un solo programa: mensajería instantánea, llamadas y redes sociales que incluirá una biografía con la función Casa. Algunas funciones, como el envío de paquetes de datos sí requerirán de pago, por ello es recomendable revisar y leer con cautela los términos y condiciones antes de cualquier acción por parte del usuario.




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Pájinas libres

Butaca express

Cementerio General Made in Perú

Más que una autobiografía Paola Cotrina

Paola Cotrina Un grupo de jóvenes ha decidido que para ayudar a una de sus amigas a sobrellevar la pérdida de su padre, jugarán a la Ouija, así podrán lograr que ella lo vea por última vez. Una noche se internan en el cementerio general de su ciudad (Iquitos) y empiezan el juego, muy a pesar de las leyendas urbanas que hablan de una maldición en dicho lugar. En plena sesión espiritista algo ocurre y la menor del grupo, Eva (Flavia Trujillo), se ve afectada por una fuerza maligna que la obligará a hacer cosas terribles hacia sí misma y sus amigos.

Reseña de libros

Este es el argumento de la primera película de terror hecha en el Perú, que ha resultado, según las cifras, un éxito de taquilla superando a Wolverine, otra película muy esperada por el público. Sin embargo, tras el éxito de Asumare, la crítica empieza a notar un singular fenómeno en las películas nacionales cuyo fin principal es ser “éxitosas”: la plasticidad del argumento. Esta vez, Cementerio General sigue los pasos de los estereotipos de moda hollywoodenses. El primero, el found footage, o la típica cámara en primera persona en modo nocturno, vista en éxitos modernos como la saga de Actividad Paranormal y Rec, o clásicos como La Bruja de Blair, pero manejada sin la delicadeza de la última. Las actuaciones no resultan

espectaculares, con excepción de Marisol Aguirre quien maneja bien el drama sin resultar excesiva ni superficial. Respecto al trabajo de edición se podrían vislumbrar ciertas deficiencias o, nuevamente, muy poca delicadeza quizá con la intención de mostrarla como un producto “casero”, tal cual lo han hecho las otras películas mencionadas. El director Dorian Fernández ha utilizado la publicidad eficientemente, en los días previos al estreno de la película, tanto en redes sociales, como en las calles. Una campaña de intriga anterior muy bien dirigida pero que sin un producto impactante hubiera perdido fuerza con el tiempo. Un buen ejemplo, es el pequeño “intro” que se emitió en cines días anteriores al avant premiere, donde aparecían los protagonistas incitando al público de manera graciosa, a apagar los celulares en la sala. Por otro lado, existe cierta actitud comercial en el elenco del filme, un equilibrio entre personajes conocidos y nuevos talentos del mismo Iquitos, lo que busca incentivar al público a apoyar al cine que nace en provincias. Finalmente, resultará interesante saber si el fenómeno del “plasticismo comercial” hará que nuestras salas de cine se sigan llenando con el estreno de nuevas películas como The 2nd Horseman, producción de ciencia ficción que también está causando revuelo en las redes sociales.

“Yo estaba preparado para todo, menos para un problema muscular que se manifestaba en el habla. Jamás lo imaginé. Tomé seguros para todo: accidentes, infecciones, muerte, pero no para esto”. Es una de las frases que impactan del libro del querido Pedro Suárez-Vértiz, desaparecido de los medios desde hace más de un año, de quien se ha especulado mucho y cuando lo leemos nos damos cuenta que no sabemos nada. En la conferencia donde se presentó el libro, Beto Ortiz fue quien dio el discurso mientras Pedro solo mostraba gestos de agradecimiento para evitar que, según él, hagan remixes en Youtube por su problema al gesticular. La idea del libro comenzó de la nada e hizo el anuncio en su perfil

Muchos personajes han colaborado con el cantante, entre ellos, Jaime Bayly, quien escribió el prólogo. El libro, como lo dijo el mismo Pedro, no pretende ser un best-seller sino solo dejar una huella propia, darse a conocer en capítulos donde narra partes de su infancia, adolescencia y juventud, así como las experiencias vividas con curiosos personajes que se le cruzaron por la vida. Ahora al sufrir de disartría, un desorden del habla, Pedro ha dejado los escenarios musicales para dedicarse de lleno a escribir tanto en la columna que tiene en el semanario Somos, como en las redes sociales donde cada día parece tener más seguidores. Especulaciones En una de las tantas entrevistas que ha dado a la prensa, el cantautor confiesa que le fue extremadamente complicado escribir sobre sexualidad, tema que aborda en el libro, ya que por alguna frase mal dicha y sacada de contexto podía terminar destruyendo la esencia del libro.

Caricatura de Pedro Suárez-Vértiz, regalo de un fan a Pedro por el éxito de su libro.

El interrogatorio y el contrainterrogatorio en el nuevo Código Procesal Penal

Principios fundamentales del nuevo Proceso Penal

William Quiroz Salazar

Gaceta Penal, 2014, 640 pp.

Autores varios

Gaceta Penal, 2013, 224 pp.

En esta obra se desarrolla lo esencial del examen directo y el contraexamen a testigos y peritos en el juicio oral, así como para la prueba anticipada. El autor enseña las particularidades del interrogatorio cruzado; sus reglas, principios y objetivos que se persigue en cada fase, alcances y notas esenciales, identificar los temas y detalles a indagarse en el examen directo, confrontar los testimonios con las declaraciones previas y con las de otros testigos, sentar la base probatoria, acreditar la versión de los testigos y determinar las inconsistencias, además, con ejercicios prácticos incluidos en la obra con el propósito de que sean interiorizados rápidamente por el lector.

de Facebook sin siquiera tener una línea trabajada. De fácil lectura, 160 páginas llenas de reflexiones, sueños y anécdotas, nos hacen pasar un buen rato y conocer más al autor de las canciones que para muchos marcaron etapas de su juventud.

Por otro lado, se piensa en los medios que el libro podría ser llevado a la pantalla grande.

Exégesis del Código Procesal Constitucional Tomos I y II Carlos Mesía Ramírez Gaceta Jurídica, 2013, 1392 pp.

En la presente obra colectiva se estudia el conjunto de preceptos jurídicos que, agrupados en el Título Preliminar del CPP de 2004, instituyen las bases o principios fundamentales del nuevo sistema procesal penal, a partir de los cuales se desarrollan las demás prescripciones legales. La obra está conformada por 18 artículos, elaborados por destacados autores nacionales, quienes, desde el punto de vista legal, doctrinal y/o jurisprudencial, explican el significado, contenido e importancia de los principios, derechos y garantías contenidos en el referido Título Preliminar, así como su relación con los otros dispositivos del referido texto legal y sus consecuencias prácticas.

En esta obra el autor realiza un análisis exegético, artículo por artículo, de cada una de las disposiciones contenidas en el Código Procesal Constitucional, norma que instauró en el Perú un nuevo régimen legal para las acciones de garantía constitucional: hábeas corpus, acción de amparo, hábeas data, acción de cumplimiento, acción popular y acción de inconstitucionalidad; así como del proceso competencial y la jurisdicción internacional. Se describen y explican los antecedentes, alcances, interpretación y cuestiones de aplicación práctica de todas las normas contenidas en el mencionado Código. Además de una revisión y compilación de la jurisprudencia del TC relacionada con cada una de las normas objeto de comentario.


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Agenda

Charlas de café con

Jairo Cieza Mora

Foro Tributario

“La aventura intelectual y el vértigo de un caso, son motivadores”

Nació un 22 de diciembre de 1972. Orgulloso padre de Jairo Cieza Navarro. Hijo de Napoleón Cieza Burga y Dolores Mercedes Mora Costilla. Magíster en Derecho Civil y Comercial por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Socio del Estudio Capuñay & Cieza Abogados. Árbitro de la Cámara de Comercio de Lima. Dr. Cieza, ¿cómo es que nace su vocación por el Derecho? Mi vocación nace en mi natal Trujillo en donde mis padres estaban y están vinculados al mundo de las Ciencias Sociales. Ambos son docentes. Mi padre es abogado e historiador. Esta influencia fue decisiva en la opción por el Derecho así como mi apego a la literatura desde muy temprano. Me apasiono por esta carrera cuando descubro que los retos intelectuales y académicos pueden ser tan motivadores como la defensa de un caso, con toda la adrenalina que este último tiene cuando es complejo e implica un reto. Ambas situaciones: la aventura intelectual y el vértigo de un caso, son motivadores.

¿Quiénes fueron sus principales referentes en lo personal, académico y profesional? En lo personal los referentes son sin duda mis padres; en lo académico recibí la influencia de Juan Espinoza Espinoza, quien comenzó siendo mi profesor en la Maestría y es un gran colega y amigo. En lo personal y académico María José Olavarría me ha ayudado y me ayuda mucho. Asimismo en lo profesional, sin dejar de lado que son buenos amigos también, reconozco a Juan Solidoro Cuellar (economista) que fue mi primer jefe cuando asesoraba a un grupo empresarial importante, a Manuel Burga (historiador) que fue mi Rector cuando fui asesor legal de la Universidad y al Dr. Grover Mori (médico y profesor de la Universidad Cayetano Heredia).

¿Qué lo caracterizó como estudiante? ¿Podría compartir con nosotros algún recuerdo de su etapa universitaria? Como estudiante era tranquilo y de buenos amigos. Yo estudiaba en San Marcos

¿Cómo está fiscalizando la Sunat? Reparos de la Sunat en el IGV, operaciones realizadas con sujetos no domiciliados y acciones de control

Jairo Cieza, junto a su hijo y a su padre, Napoleón Cieza

en donde me interesé por la variedad por el curso. Puedo recordar mi época de académica que tiene una universidad Jefe de Práctica en donde tuve excelentes que es anterior a la República. Ingresé alumnos, luego colaboradores y ahora coa los dieciséis años y vivía legas y amigos como Fort Niya solo en Lima. La nostalOreste Roca, Ady n mi promoción namanco, gia por la casa dejada era Chinchay, entre muchos. habían grupos un signo, pero también el de muchos jóvenes de mi como los Kelsen, los ¿Qué propuestas haría usted para la mejora del sistema generación. Antes de ser mayor de edad comencé a mejicanos, el Perú judical? administrar un negocio de la Profundo, etc., to- Todo un tema. La verdad es familia vinculado al trans- dos entrañables y como reformar al Estado, del porte de carga pesada en cual forma parte el Sistema el que invertía buena parte en un ambiente de de Justicia. Hay que refundar de mi tiempo, después, con profundo respeto y el sistema judicial, se requiemucho esfuerzo he tratado solidaridad. re hacer un cambio radical de recuperar ese tiempo en que comience por incentivar el que no gocé del todo mi a los jóvenes más estudiosos vida universitaria. Un recuerdo es que en a ingresar al Poder Judicial. Asimismo mi promoción habían grupos como los hay que despolitizar la administración de Kelsen, los mejicanos, el Perú Profundo, Justicia. etc., todos entrañables y en un ambiente ¿Qué características definen su de solidaridad y respeto.

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¿Por qué decidió especializarse en Derecho Civil? Mi especialidad la decidí cuando realicé la Maestría en Derecho Civil y Comercial, era un abogado recién egresado que me dedicaba a los temas procesales civiles pero con la influencia de los docentes universitarios fue forjándose mi vínculo con el Derecho Civil.

La docencia universitaria forma parte de su vida profesional. ¿Podría comentarnos alguna anécdota? Efectivamente la docencia universitaria es parte de mi vida (no solamente profesional). Implica un esfuerzo y una satisfacción al mismo tiempo. No recuerdo una anécdota en particular, las clases son amenas y trato de despertar el interés y la motivación

Expositores: Dr. José Gálvez Rosasco CPC. Marysol León Huayanca Dr. Jorge Picón Gonzales Dr. Lorgio Moreno de la Cruz Fecha y lugar: Martes 13 de agosto de 2013 De 5:00 p.m. a 10:00 p.m. JW MARRIOTT HOTEL Av. Malecón de la Reserva 615 Miraflores

Inversión: Público en general: S/. 300.00 Suscriptores: S/. 350.00 (incluye IGV) Informes e inscripciones: Teléfono: 710-8950 (Anexo 206) E-mail: even tos@ conta dores yemp resas . com.pe

personalidad? Soy disciplinado, un poco vehemente, a veces temerario, tengo sentido del humor.

¿Qué libros no jurídicos está leyendo? Ahora leo La atracción apasionada de mi amigo Fernando de Trazegnies.

¿A qué se dedica en su tiempo libre? En mi tiempo libre veo mucho cine, leo literatura, escribo, felizmente dicto el curso Derecho y Literatura así que es una obligación placentera. Asimismo, me gusta la buena música y soy un aficionado al fútbol.

¿Qué tipo de música prefiere? Me gusta el rock, el jazz, la música clásica y la música andina.

Abogados navegando en la red

I Convención Académica de Derecho (CAD) Dilemas y Perspectivas de la Teoría Jurídica Contemporánea Gran variedad de temas que van desde el Derecho Civil, Penal, Empresarial, Minero y Procesal serán desarrollados por ponentes como Juan Luis Avendaño, Nelson Ramírez, Rómulo Morales, Enrique Bardales, Lourdes Flores, Xenia Forno, entre otros reconocidos abogados. Sociedad Jurídica además presentará su revista institucional Sociedad Jurídica N° 1 que contiene un homenaje a las Bodas de Oro de su alma máter Organiza: Sociedad Jurídica - Universidad Nacional Federico Villareal

http://leeporgusto.com/ Web. Creada en el 2010 bajo el formato de blog, esta página comienza una nueva etapa en una plataforma independiente, informando sobre todas las novedades en literatura. La web está dividida en pestañas que permiten al usuario encontrar con facilidad videos, artículos o principales noticias de su interés. Recomendada para los amantes de la lectura.

Fecha y lugar: 17 al 20 de setiembre de 2013 Auditorio Carlos Zavala Loayza Poder Judicial Inversión: Alumnos externos S/. 75.00 Profesionales S/. 85.00 Corporativo S/. 80.00

http://derechoverde.wordpress.com/ Blog. El autor, Andrés Dulanto Tello, docente de la PUCP, nos entrega semana a semana artículos informativos y con un análisis profundo sobre las iniciativas recientes en el campo del Derecho Ambiental en el Perú y Latinoamérica.

Informes e inscripciones: Cel.:990845294/955841231/9454 63741 E-mail: sociedadj uridica.un fv@hotm ail. com


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