resumen

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¿Cuáles son los regímenes de propiedad que regula el articulo 27 Constitucional?.

¿Explica brevemente cuales fueron las modificaciones a las siguientes fracciones del Articulo 27 Constitucional?. a)

Fracción II “ Respecto a la propiedad de las asociaciones religiosas.

b) Fracción III “ Respecto a la propiedad de las Instituciones de Beneficencia Publica. c)Fracción IV “Respecto a las sociedades comerciales por acciones”. d)Fracción VI “Respecto a la propiedad de los Estados, Gobierno del DF. y Municipios para adquirir bienes. e)Fracción VII “Respecto a la personalidad jurídica de los núcleos agrarios. f) Derogación de las fracciones: X, XI, XII, XIII, XIV ,XVI respecto a los procedimientos agrarios e Instituciones Agrarias vigentes en esa época.

g)Fracción XV “Respecto a la pequeña propiedad” h)Fracción XVII “ Respecto a la facultad de las Legislaturas de los Estados para emitir leyes sobre fraccionamientos y limites de la pequeña propiedad. i) Fracción XIX “Respecto a las nuevas Instituciones de Procuración e Impartición de Justicia.


Cuál era la situación de la tenencia de la tierra en México, que se concreto a través de la política del reparto agrario? ¿Cuál fue la relevancia del reparto agrario y sus repercusiones en el aspecto productivo de la tierra? ¿En que consistió la política de la Reforma Agraria y cual fue su objetivo? ¿Cuál era la situación económica y productiva de la tierra para hacer un campo competitivo? ¿Explique en que consistieron los objetivos de ampliar la justicia y libertad en el campo? a) Dar certidumbre jurídica b) Capitalizar al campo c) Proteger y fortalecer la vida ejidal y comunal

¿Cuál fue la propuesta mas significativa para transformar al campo a partir del principio de la modificación jurídica.? ¿ Desde el punto de vista del Derecho Legislativo, por que consideras que es importante la “Exposición de Motivos” para proponer reformas o adiciones a la leyes?


Explica brevemente en que consisten los siguientes postulados:

1.- Reconocimiento explicito de la personalidad jurídica de los núcleos de población ejidales y comunales. 2.- Autonomía de la vida interna de ejidos y comunidades 3.- Reconocimiento de los sujetos agrarios. 4.- Seguridad plena a las tres formas de propiedad rural.

5.- Posibilidad de formar sociedades civiles y mercantiles en el agro. 6.- Procuración e impartición de una justicia agraria ágil y expedita.

NOTA: En las palabras del entonces Presidente de la Republica Carlos Salinas de Gortari durante el acto con integrantes del Sector Agropecuario del 14 de noviembre de 1991, previo a las reformas del articulo 27 Constitucional expuso Diez Puntos para dar libertad y justicia al campo mexicano; sin embargo al aprobarse las reformas solo se destacan los SIETE puntos que se señalan con antelación.


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