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Información climática

Pronóstico Temporada de riego

En conversaciones con usuarios de los distintos sistemas, las expectativas eran, una temporada tranquila, pero la condición hídrica de la cuenca es compleja, nos encontramos en la misma condición de riego que la temporada recién pasada. Con muchas restricciones y la implementación de turnos, para salvar el año agrícola.

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Los ríos se encuentran reducidos a sus menores caudales y continúan bajando. Hemos transmitido por los distintos medios lo difícil que es repartir el agua en las diferentes comunidades, y el equipo de celadores no ha parado estos meses. Al mirar para los años siguientes, no podemos decir que tendremos una temporada normal, debido que los hielos eternos en el subsuelo se han derretido, las napas, cada vez bajan más y al no tener lluvias normales, sobre los 2000 mm en la codillera y una condición de nieve sobre los 35 metros, no hay forma de comenzar a recuperar lo perdido.

Se continúa el análisis semanal de las condiciones de los ríos y las aguas embalsadas, para asignar la consigna Solo pedimos comprensión en que la situación de riego está difícil de sostener y se está realizando la distribución lo mejor posible

Para Melado, estas consignas, más el complemento del Embalse Ancoa, equivalen a:

Cualquier duda o consulta, atento a sus comentarios.

Carlos Diez Jugovic

Presidente Asociación Canal Melado

Incorporación Derechos de Aguas en Posesión Efectiva

Distintas son las consultas en nuestra Junta de Vigilancia, sobre las posesiones efectivas que se deben realizar cuando nuestros seres queridos han partido Una de las interrogantes más frecuentes es el llenado del formulario de posesión efectiva y, junto con ello, el ¿cómo incorporar un derecho de agua?, lo anterior, debido a que se torna complejo, cuando es la primera vez en realizar el trámite Primero que todo, señalaremos que dicho formulario de Posesión Efectiva, se debe completar con todos aquellos bienes del causante, bienes que -por supuesto- dejó en vida y que estaban en su dominio. Lo segundo que se debe tomar en cuenta, es que el formulario divide a los distintos tipos de bienes que pudo haber tenido el causante, estos pueden ser: bienes muebles, inmuebles, acciones, derechos, etc. Pues bien, los derechos de aguas, los vamos a situar en el recuadro N° 5 “Otros bienes muebles” (negocios, empresas, derechos, cuotas). Así las cosas, vamos a individualizar el tipo de derecho de agua que queremos incorporar y donde se encuentra su inscripción (Foja, número, año) Esta última información la encontramos en el Conservador de Bienes Raíces de la Comuna pertinente. Una vez que hayamos incorporado el tipo de bien, y terminado el llenado del formulario respectivo, nos dirigiremos al Servicio de Registro Civil e Identificación más cercano, para los efectos de aprobar y, posteriormente, inscribir en el Conservador la posesión efectiva. Habiendo realizado dicho trámite, se ha formado la sucesión hereditaria, sucesión que tiene en su contenido los derechos de aguas que una vez formaron parte del patrimonio del causante

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