Capítulo 7 ACCESIBILIDAD DE LOS PORTALES WEB En este capítulo se establecen las directrices con la que deben cumplir los organismos para asegurar que sus medios web cuenten con características mínimas de accesibilidad, incluyendo algunas recomendaciones, que tienen como finalidad permitir que estos puedan ser utilizados por cualquier persona, sin importar su condición, reduciendo las barreras que generalmente dificultan su uso. Estas pautas fueron establecidas tomando como referencia la Norma sobre Accesibilidad Web del Estado Dominicano (NORTIC B2), la cual contiene todos los criterios establecidos en las Pautas de Accesibilidad de Contenido para la Web (WCAG) en su versión 2.0, elaborado por el Consorcio de la World Wide Web (W3C).
Sección 7.01. Directrices Generales de Accesibilidad (a) Debe utilizarse la etiqueta ALT[1] para proveer una descripción precisa de toda imagen o video colocado en los medios web, excepto en los casos en que se trate de [1] Es un atributo alternativo a un objeto, es una etiqueta que se agrega a objetos para identificarlos en caso de que este no pueda ser visualizado. Esta etiqueta es muy usada para hacer más accesibles los sitios web, ya que, por ejemplo, permite a los programas utilizados por personas no videntes leerles lo que están navegando.
NORTIC A2:2021
Norma para el Desarrollo y Gestión de los Portales Web y la Transparencia de los Organismos del Estado Dominicano
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