Informe sobre las Migraciones en el Mundo 2010

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INFORME SOBRE LAS MIGRACIONES EN EL MUNDO 2010 | GOBERNANZA DE LA MIGRACIÓN

ministerios. La Dirección de Fronteras del Reino Unido es un ejemplo del primer modelo, al igual que el Organismo de Ciudadanía e Inmigración del Canadá, que se ocupa de las políticas sobre la inmigración, los refugiados, el asilo, la integración y la ciudadanía. Su mandato comprende la admisión en el país de inmigrantes y visitantes; el reasentamiento, la protección y la seguridad de los refugiados; así como la prestación de ayuda a los recién llegados para su adaptación e integración en la sociedad canadiense. Además de la formulación de políticas, el Organismo de Ciudadanía e Inmigración del Canadá también se ocupa de la aplicación del servicio de inmigración en todos los niveles. En realidad, la única esfera relacionada con la migración que está al margen del cometido del Organismo de Ciudadanía e Inmigración del Canadá es la gestión de fronteras, que compete a la Agencia de Servicios de Fronteras del Canadá. Los Países Bajos son

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un ejemplo del segundo modelo, en el que hay un Ministro de Inmigración e Integración, que recibe apoyo de un servicio civil que forma parte del Ministerio de Justicia. En casi todos los demás Estados de la UE, la responsabilidad por las cuestiones de la migración está repartida entre el Ministerio del Interior, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el ministerio encargado de los asuntos sociales y el empleo. El anexo 1 de una reciente publicación del European Policy Centre (EPC) contiene un listado de la ubicación de los servicios de inmigración de los gobiernos de los países de la UE-27).151 Por otro lado, todavía no se ha realizado un examen sistemático de esos distintos modelos de gobernanza para determinar si alguno de ellos es realmente más eficaz que los demás, o si cada contexto nacional dicta su propia respuesta o criterios152 (véase, por ejemplo, el método que utiliza el Gobierno mexicano, que se describe en el recuadro 12).

Recuadro 12: México y la política de “puertas abiertas” En los últimos 15 años, México ha consolidado su posición como país de origen, de tránsito y de destino de migrantes, en el contexto de una mayor participación gubernamental y social en los procesos de integración regional y en la globalización. Durante ese período, el aumento de la movilidad internacional pudo constatarse por la duplicación del número de turistas, personas de negocios y otros visitantes que ingresaron en México, y que actualmente supera los 21 millones anuales. La emigración mexicana a los Estados Unidos de América ha oscilado entre 200.000 y 400.000 emigrantes permanentes por año, mientras que la migración de tránsito irregular que pasa por México con rumbo a los Estados Unidos de América, ha registrado volúmenes semejantes, a consecuencia del aumento de la trata de personas. Con el propósito de examinar la verdadera dimensión migratoria en México, y sus futuras tendencias, en 2009, las autoridades de inmigración iniciaron un proceso de “transformación” de la gestión de la migración en el país. Ello supuso la consolidación del Instituto Nacional de Migración y la modificación de su estructura, una mejor utilización de la tecnología de la información, el desarrollo de una cultura de protección y respeto de los migrantes en México, y la creación de un nuevo marco reglamentario en sustitución de la actual legislación, que data de 1974. Esta nueva política de inmigración se describe como una política de “puertas abiertas”, en virtud de la cual México permite el ingreso de migrantes documentados (en calidad de visitantes o de migrantes temporales o permanentes) y contribuye a su desarrollo. También vela por la protección de los derechos de los migrantes, a la vez que controla el ingreso no autorizado. El proyecto de ley del Gobierno mexicano sobre la migración intenta abordar la movilidad internacional de los habitantes del país de manera interinstitucional e integrada, y responder a la dinámica mundial de la migración. El proyecto de ley incluye anteriores propuestas gubernamentales, legislativas y de la sociedad civil, y armoniza la legislación nacional con los diversos instrumentos internacionales sobre los derechos de los migrantes, firmados y ratificados por México. La premisa básica de este reajuste jurídico es una política de “puertas abiertas” que pueda facilitar el movimiento internacional documentado de las personas y garantizar los derechos de los migrantes, modernizar las estructuras jurídicas e institucionales en la esfera de la migración, y generar mejores condiciones para la gestión de los ingresos que pudieran significar un peligro para la seguridad nacional, pública o de las fronteras.

Collett (2009). Van Selm (2005).

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