2016 Kaparetasuna eta odol garbitasuna Oiartzunen

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66 Abizenak / Apellidos ZUAZNABAr, GArMENDIA, BENGOEtXEA * * * ZUAZNÁBAr, GArMENDIA, BENGOECHEA Data / Fecha 1846 Informazio eskaera / Pedimento de información (fols. 018r.º-v.º) oble y Leal valle de Oyarzun. Juan Manuel María de Zuaznábar, natural de la ciudad de San Sebastián y avecindado en este valle, con el debido respeto a vuestra señoría espone que es hijo legítimo de don Matías de Zuaznábar y doña María Jesús de Garmendia, nieto igualmente legítimo de don Manuel tomás de Zuaznábar y doña Ana Josefa de Bengoechea y viznieto, con igual legitimidad, de otro don Matías de Zuaznábar y doña María Bárbara de Garmendia, vecinos que fueron de la espresada ciudad de San Sebastián y villas de Alzo y Albístur. Por la línea paterna desciende de la casa de su apellido sita en dicha villa de Alzo, la que es solar conocido de nobles hijosdalgo y de las antiguas pobladoras de esta Muy Noble y Muy Leal Provincia de Guipúzcoa, a cuyos descendientes siempre se les ha honrrado con las preeminencias propias de nobles hijosdalgo, confiriéndoseles los empleos y cargos honoríficos de paz y guerra, y por esta razón su visabuelo, el referido don Matías de Zuaznábar, repetidas veces fue durante su vida alcalde, regidor y síndico de la repetida villa de Alzo, y posteriormente lo han sido don Francisco Antonio y don Juan Ygnacio de Zuaznábar, tío y primo del padre del exponente, como todo re- // sulta de las partidas y certificación que con los números 1º, 2º, 3º y 4º acompañan, de manera que en su vista nadie puede poner en duda que sus ascendientes paternos fueron nobles hijosdalgo y cristianos viejos limpios de toda mala raza, y tanto por eso, como porque esta provincia en una hermandad tiene el esponente las mismas prerrogativas y derechos en este pueblo que aquellos tuvieron en el suyo, con tal que acredite ser poseedor de la propiedad vancada en el capítulo 5º de sus ordenanzas. No carece tampoco de este requisito pues consta a vuestra señoría que el día seis del mes de la fecha remató tierra de 2.798 reales de vellón de sus propios del término llamado Zumazteguieta. Y en esta atención a vuestra señoría suplica se sirva inscribirle en la matrícula de vecinos concejantes de voz activa y pasiva, y conferirle los empleos que a los demás asentados en ella, en lo que al paso que administrara justicia, recibirá él esponente especial merced. Oyarzun, diez y nueve de diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis. Manuel de Zuaznávar (rúbrica).

Autoa / Auto (s/f) <Dictamen (encabezamiento)>. Acreditando por el recurrente con los documentos que acompañan a su memorial la calidad de noble hijodalgo, opino que deve ser admitido al vecin232


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