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Demandan reinstalar derechos en el Monte
ANA MARTÍNEZ amrios@elfinanciero.com.mx
El Sindicato de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad solicitó que se reinstalen los derechos de los trabajadores dentro del Contrato Colectivo de Trabajo con la institución financiera que fueron violentados, como despidos injustificados.
“Estamos en las mejores condiciones y actitud para llegar a los acuerdos necesarios, pero no bajo la agresión ‘ni que nos pongan la bota en la cabeza’. Para sentarnos en la mesa pedimos que se respete lo que tenemos y que aún no ha sido revocado por ninguna autoridad, es decir, que se respete el CCT en todo sentido”, indicó Salvador Rodríguez, abogado del sindicato en entrevista.
Entre los puntos que solicita el sindicato están la reinstalación de los trabajadores que fueron despedidos injustificadamente desde octubre pasado a la fecha (80 por el cierre de sucursales y cerca de 20 representantes sindicales), apoyos y equipo que brinda el contrato co- lectivo para la organización de los trabajadores, la reincorporación y el pago de prestaciones a personal del Comité Ejecutivo Nacional y el seguro de vida.
ANTE. Problemas de rentabilidad, el Monte de Piedad cerró 18 sucursales el año pasado de las 300 que operan en el país más la casa matriz.
Arturo Zayún, líder del sindicato, declaró a El Financiero que aplazaron la huelga, en esta ocasión al próximo 10 de febrero. A su parecer, la administración del Nacional Monte de Piedad busca que estalle el conflicto laboral para dar a entender a la población y autoridades que es responsabilidad de los trabajadores el cierre de operaciones de la empresa, pero este no es su objetivo.
Sin esclarecer si se resolvieron sus peticiones, el líder sindical informó que desde ayer retomaron las pláticas con los abogados del Monte de Piedad y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para encontrar un acuerdo. Previamente Javier de la Calle, director general de la institución, advirtió que si el contrato no se modifica la empresa tendría que cerrar sus puertas, pero los trabajadores aseveran que se enfrentaron a una postura “arbitraria y violenta”.
Como consecuencia de lo anterior, bajo el razonamiento de que la SSPC tiene la obligación de documentar todo acto que derive de sus atribuciones, además de que no se agotó el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley Federal de Transparencia y, finalmente, que existen indicios sobre la celebración de reuniones con acuerdos en el marco de Seguridad es que se concluyó que no resultaba procedente validar la inexistencia declarada por dicha Secretaría.
Así, el Pleno del INAI resolvió revocar su respuesta, y se le ins-
La Ley Federal de Transparencia es clara al señalar que los sujetos obligados deben documentar los actos que deriven de sus atribuciones y, por lo tanto, las personas pueden acceder a información que resulta relevante tal como es el caso de las minutas que se desprenden de las reuniones del Gabinete de Seguridad.
De este modo, la documentación de las atribuciones de los sujetos obligados tiene el efecto de dotar de mayor certeza a la sociedad respecto de las actuaciones de los entes públicos, así como de los acuerdos que son tomados en el marco de reuniones entre diversas autoridades, en este caso, por lo que hace a la seguridad pública.
“La Ley Federal de Transparencia es clara al señalar que los sujetos obligados deben documentar los actos”
“La documentación de las atribuciones de los sujetos obligados tiene el efecto de dotar de mayor certeza a la sociedad”
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