Revista Ágora nº7

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El diccionario de la Rae, en su acepción cuarta define Constitución como “Ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política”. Desde su inicio en 1808 con la aprobación del Estatuto de Bayona, la historia del constitucionalismo español está marcada por la concatenación de textos constitucionales: 1812, 1834, 1837, 1845, 1869, 1876, 1931 hasta llegar a la actual aprobada 1978. Interesa destacar que la Constitución vigente tiene un hecho diferencial básico con el resto de de Constituciones que han estado vigentes en nuestro país, que resumía de forma clarividente Felipe González durante su intervención en el la sesión de votación en el Congreso de los Diputados el día 31 de octubre de 1978: “No es una

Sillón de Lectura

Constitución de bolsillo sacada de una torre de marfil; es el fruto de discusiones y consensos”. Hasta llegar a aquella votación final en el Congreso y el Senado fueron necesarias muchas discusiones, muchos pactos, muchas cesiones para alcanzar, por primera vez en nuestra historia, una Constitución de Consenso. En aquella misma sesión Jordi Pujol, que representaba la minoría catalana, reconoció que “Todos hemos cedido y todos hemos conquistado algo. Y todos sabemos que siempre duele más lo que se cede que lo que se consigue”. La Ley para la Reforma Política refrendada en referéndum nacional el 15 de diciembre de 1976 ofrecía la posibilidad de que la iniciativa de la reforma constitucional correspondiera al Gobierno o al Congreso de los Diputados, eligiéndose esta última opción una vez que se constituyeron las Cortes tras las elecciones libres y democráticas del 77.

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