Periodico

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40 Violaciones de los Derechos Humanos en Honduras

Sin embargo, la realidad nacional muestra altos índices de impunidad en la respuesta a los más graves delitos. Esta circunstancia alcanza extremos dramáticos en el ámbito penitenciario, donde la inmensa mayoría de los hechos violentos acaecidos quedan en la impunidad. Ejemplos paradigmáticos de ello son las muertes resultantes de las dos grandes masacres relatadas. En ambos casos, Granja Penal de El Porvenir y Centro Penal de San Pedro Sula, los fallecidos fueron jóvenes vinculados a pandillas y la acción penal ha sido dirigida contra agentes del Estado. • En el caso de la masacre de la Granja Penal del “El Porvenir”, el Ministerio Público interpuso en Marzo del año 2004 un requerimiento contra agentes de la policía, miembros del ejército y presos de confianza por la muerte de 62 pandilleros y tres familiares visitando el centro penal. Contra el auto de la adopción de medidas cautelares la defensa de algunos interpuso sucesivamente recurso de apelación y de amparo ante la Corte Suprema de Justicia. Este fue formalizado el 7 de Marzo del año 2005. En flagrante violación de lo dispuesto por la Ley de Amparo de 1936- aplicable al momento de la interposición del recurso- la Corte Suprema recabo todo el expediente de la causa, paralizando la investigación de la causa principal para resolver el amparo sobre las medidas cautelares. Aunque la Corte Suprema resolvió a mediados del año 2006 el recurso de Amparo, al momento de la redacción del informe no se han reiniciado el proceso principal. Como resultado, la investigación permanece estancada tres años después, sin que ni siquiera se haya iniciado la etapa de juicio oral y público en primera instancia. A día de hoy, no se ha reconocido reparación alguna a favor de los familiares de las víctimas en la vía civil o administrativa. Aunque como parte del proceso penal se han dictado medidas cautelares contra las personas procesadas, ninguna de ellas ha sido ejecutadas al momento de la preparación del informe. • En el caso de las muertes de 107 pandilleros en el Centro Penal de San Pedro Sula, el Ministerio Público interpuso requerimiento penal contra el Director del Centro al momento de los hechos. Realizadas las investigaciones iniciales, el juzgado de lo Penal de San Pedro Sula dictó sobreseimiento definitivo antes de iniciarse la fase de juicio oral y público, al no apreciar indicios de responsabilidad contra el acusado 43. El Ministerio Público interpuso contra el sobreseimiento definitivo el 43 Auto del juzgado de lo penal tras la vista inicial celebrada en fecha primero de Septiembre de 2004.


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