Manual de capacitación policial en el uso racional de la fuerza

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1.1 El uso de la fuerza: característica específica de las Fuerzas Policiales y de Seguridad 1.2 Base conceptual Si nos remitimos a definiciones que aporta la Real Academia Española para cada una de las palabras de la expresión “Uso Racional de la Fuerza”, encontramos que: ➡ USO es la utilización de algo como instrumento para un fin; ➡ RACIONAL refiere a la lógica o la conformidad con la razón; ➡ FUERZA es la capacidad para realizar algo, soportar una presión o para mover algo que ofrezca resistencia. Esta interpretación semántica de la expresión “Uso Racional de la Fuerza” nos permite introducirnos a una interpretación práctica del trabajo policial. Como sabemos, las Fuerzas Policiales y de Seguridad (FPS) están facultadas para usar la fuerza. De hecho, las FPS

son fuerza, en la medida que son instituciones estatales están autorizadas de manera exclusiva para hacer un uso legal de la fuerza pública. Las Fuerzas son instituciones públicas, estatales, que están organizadas en el marco del Estado democrático de Derecho1, y en este sentido, el uso de la fuerza por parte de ellas, está estrictamente regulado por la ley. Su legitimidad descansa en la legalidad. La ley (y en general los estándares de Derechos Humanos para el uso policial de la fuerza) conside1. El Estado de Derecho consiste en la sujeción de la actividad estatal a la Constitución y a las normas aprobadas conforme a los procedimientos que ella establezca, que garantizan el funcionamiento responsable y controlado de los órganos del poder, el ejercicio de la autoridad conforme a disposiciones conocidas y no retroactivas en términos perjudiciales, y la observancia de los derechos individuales, colectivos, culturales y políticos. IIDH Instituto interamericano de derechos humanos. [en línea] [consulta: 20 de Enero 2015]. Disponible en: http://www.iidh.ed.cr/comunidades/redelectoral/docs/red_diccionario/estado%20de%20derecho.htm. Conforme a los procedimientos que ella establezca, que garantizan el funcionamiento responsable y controlado de los órganos del poder, el ejercicio de la autoridad conforme a disposiciones conocidas y no retroactivas en términos perjudiciales, y la observancia de los derechos individuales, colectivos, culturales y políticos. IIDH Instituto interamericano de derechos humanos. [en línea] [consulta: 20 de Enero 2015]. Disponible en: http://www.iidh.ed.cr/comunidades/ redelectoral/docs/red_diccionario/estado%20de%20derecho.htm

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