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Obtiene ministra suspensión definitiva contra la UNAM
by Grupo Miled
Jueza impide indefinidamente a comité de ética emitir resolución de plagio de tesis; Universidad recurrirá a todos los medios de la ley para cumplir función constitucional Román Quezada
El Comité Universitario de Ética de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) quedó impedido indefinidamente para emitir dictamen sobre el presunto plagio de la tesis de licenciatura en Derecho de la ministra Yasmín Esquivel Mossa. Sandra de Jesús Zúñiga, jueza Quinto de Distrito en Materia Administrativa, concedió a la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la suspensión definitiva en la demanda de amparo que interpuso en febrero para impugnar la integración del comité que investiga el supuesto plagio y evitar que el rector Enrique Graue se pronunciara públicamente. “Por lo expuesto y fundado, se resuelve: Único. Se concede la suspensión definitiva por las razones mencionadas en el considerando sexto de esta resolución. Notifíquese”, determinó la juzgadora.
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La Universidad Nacional Autónoma de México lamentó a su vez la resolución de la jueza, y anunció que hará uso de todos los medios que la ley le otorga para poder cumplir con su función constitucional. “Confiamos en que las instancias judiciales comprenderán la naturaleza académica de las funciones que la Universidad de la nación y todos sus órganos colegiados realizan, incluido el Comité Universitario de Ética”, indicó la institución.La Máxima Casa de Estudios afirmó que la resolución retrasa por tiempo indefinido que el Comité Universitario de Ética emita el dictamen correspondiente sobre una apropiación indebida de textos.
“El Comité Universitario de Ética ha desarrollado su trabajo respetando todos los derechos de los exalumnos involucrados y está por concluirlo”, refirió. Sin embargo, expuso que la Universidad acatará lo que ordena el Poder Judicial federal, que en este caso obliga al comité a abstenerse de emitir su dictamen técnico académico. Luego de que la Universidad impugnara la suspensión provisional otorgada a la ministra Yasmín
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Esquivel el mes pasado, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa confirmó la resolución. Sin embargo, el órgano jurisdiccional resolvió, por unanimidad, que el comité de ética de la UNAM sí podrá pronunciarse sobre detalles que sean de “interés público” y sin calificativos. Al considerar infundados los agravios de las autoridades universitarias, el magistrado Salvador Alvarado López, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, señaló que la titular del Juzgado Quinto de Distrito en materia Administrativa de la Ciudad de México, Sandra de Jesús Zúñiga, procedió de forma correcta al concederle la medida cautelar a la ministra de la Suprema Corte.
“Si se llegara a emitir este dictamen o resolución o se decidiera sobre lo que es tratado el procedimiento, ello podría generar una afectación de muy difícil reparación o de imposible reparación para la quejosa y por eso consideramos justificado que se haya concedido la suspensión en sus términos”, expuso. M
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La Temporada de Estiaje, o “de secas”, como también se le conoce, es la época del año en la que los ríos se encuentran en sus niveles más bajos y el calor es intenso; inicia aproximadamente con la transición entre la temporada invernal y la primavera –al final del mes de febrero– y concluye cuando se asoman las primeras lluvias del año, al finalizar mayo de cada año. Son más de tres meses en que los incendios forestales son el principal fenómeno perturbador que amenaza la vida de las personas, sus bienes y el entorno en zonas agropecuarias y boscosas de México
Hugo Antonio Espinosa
De acuerdo con el Artículo 7, Fracción XXXI, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, un incendio forestal es “la combustión de la vegetación forestal sin control”, es decir un proceso de desintegración de la vida vegetal por acción del fuego abierto, que si no se controla, sus efectos destructivos pueden ser enormes e irreversibles para los ecosistemas. El origen de los incendios forestales es variado, pero generalmente ocurren por la actividad humana y, en menores ocasiones, por las condiciones meteorológicas. En México, más de la mitad de estos son provocados por actividades ilícitas (tala ilegal, modificación forzada del uso de suelo, conflictos entre comunidades) y quemas agropecuarias que se salen de control; menos del 10% son generados por fogatas no liquidadas adecuadamente, cigarros encendidos que arrojan las personas y quema de basura. Las de menor incidencia son provocadas por fenómenos atmosféricos como la caída de rayos.
Una de las estrategias para evitar incendios forestales es el manejo y control del fuego que se genera en las quemas agropecuarias, las cuales son necesarias para el desarrollo de los cultivos y la regeneración misma del ecosistema, pero si estas no se hacen adecuadamente, considerando todas las medidas preventivas (antes), mediante los métodos recomendados de quema establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-2007, Que establece las especificaciones técnicas de métodos de uso del fuego en los terrenos forestales y en los terrenos de uso agropecuarios (durante) y se solicita la colaboración y asesoría de las instancias especialistas en el tema –PROBOSQUE, CONAFOR, CONANP y la Secretaría de Medio Ambiente Estatal–; así como dar aviso a las instancias locales de apoyo en caso de emergencia –Protección Civil, Bomberos y las Brigadas de Protección al Ambiente municipales–, las quemas “controladas” se pueden transformar en incendios forestales de un momento a otro y (después), sin la debida comunicación y coordinación entre los poseedores de terrenos forestales, autoridades y dependencias especializadas, constituyen incalculables daños al ambiente, el deterioro del ecosistema y probables pérdidas humanas y bienes materiales de los ciudadanos.
Las condiciones básicas que una quema agropecuaria debe considerar, para que sea segura, sustentable y verdaderamente provechosa para quienes la realizan son: 1. La Preparación del Terreno, consistente en realizar brechas cortafuego alrededor de la zona a quemar y definir líneas húmedas en sitios estratégicos que inhiban la proliferación del fuego, ambas acciones con la finalidad de que, en caso de salirse de control, evitan que el fuego avance más allá de la zona elegida; 2. El Viento, su velocidad y su dirección, debiendo prever que su fuerza no comunique el fuego con áreas contiguas; 3. la pendiente del terreno, ya que su inclinación influye en la altura que pueden alcanzar las llamas y estas se propaguen; 4. El horario de quema no debe exceder las 11:00 horas, ya que después las condiciones de humedad y temperatura propician que el material combustible se encuentre más seco y caliente; 5. Colaboración y Vigilancia son fundamentales para el monitoreo de la evolución de la quema y su control para tal efecto, solicitar la participación de los bomberos o brigadas de combate a incendios del municipio es muy importante; 6. Definir zonas de seguridad y rutas de escape son estratégicas, en caso de salirse de control, para el resguardo de los combatientes y seguridad, de la población posiblemente expuesta. https://www. gob.mx/cms/uploads/attachment/ file/135256/42.-_NORMA_OFICIAL_ MEXICANA_NOM-015-SEMARNAT-SAGARPA-2007.pdf
La NOM-015-SEMARNAT/ SAGARPA-2007 es una herramienta imprescindible pero poco practicada por propietarios de terrenos agropecuarios y mucho menos difundida por las autoridades en la materia. Además de su difusión, también urge una mejor comunicación entre los involucrados y fomentar la capacitación –que también es gratuita– para aplicar la norma y obtener los mejores beneficios del Manejo del Fuego. En el Anexo Uno Aviso de Uso de Fuego, incluido en la norma ya citada, se describen todas las características de la quema que se va a realizar y debe ser formulado y entregado por el poseedor del terreno forestal a la Autoridad Municipal correspondiente (puede ser la Dirección de Medio Ambiente y Ecología, o la Unidad de Protección Civil y Bomberos). Dicho trámite es gratuito y garantiza el desarrollo de una quema verdaderamente controlada.
Hugo Antonio Espinosa
Fue Director del Heroico Cuerpo de Bomberos de Toluca, Subdirector de Protección Civil e Inspección en la SCT Federal. Actualmente es Subdirector de Emergencias en el Valle de Toluca, en la Coordinación General de Protección Civil, EDOMEX @CmdtEspinosa cmdtespinosa
El Secretario de Seguridad
Ciudadana reafirmó que su equipo se encuentra capacitado para atender cualquier emergencia
Juan Hernández
El Secretario de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, Omar García Harfuch informó sobre el rescate de ocho menores de edad, extraviados en una reserva ecológica. Tras una alerta emitida por el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México (C5), en la alcaldía Gustavo A. Madero inició la búsqueda de los menores.
En la reserva ecológica de Guadalupe, ubicada en Cuautepec, elementos del Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas (ERUM), de