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¿Qué es la violencia vicaria? Entra en vigor decreto aprobado por el Congreso CDMX

El decreto fue publicado en una edición Bis en la Gaceta Oficial del 12 de diciembre, y entró en vigor al día siguiente de su publicación

Román Quezada

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El Gobierno capitalino publicó el decreto para incluir la violencia vicaria en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el cual se aprobó en el Congreso local.

La adición a la fracción X al artículo 6 de la Ley indica que la violencia vicaria es la acción u omisión cometida por quien tenga o haya tenido una relación de matrimonio, concubinato o haya mantenido una relación de hecho o de cualquier otro tipo, por sí o por interpósita persona, que provoque la separación de la madre con sus hijas e hijos o persona vinculada significativamente a la mujer. Lo anterior a través de la retención, sustracción, ocultamiento, maltrato, amenaza, puesta en peligro o promoviendo mecanismos jurídicos y no jurídicos que retrasen, obstaculicen, limiten e impidan la convivencia, para manipular, controlar a la mujer o dañar el vínculo afectivo, que ocasionen o puedan ocasionar un daño psicoemocional, físico, patrimonial o de cualquier otro tipo, así como desencadenar en el feminicidio u homicidio de las hijas e hijos perpetrados por su progenitor.

Miled

LIC. RAÚL LIBIEN SANTIAGO Director Ejecutivo

L.A.E. GABRIELA LIBIEN SANTIAGO Directora General

L.A.E. CLAUDIA LIBIEN SANTIAGO Gerente General

MARIA DEL CARMEN LIBIEN SANTIAGO Gerente

ARQ. ELIZABETH LIBIEN SANTIAGO Directora de Relaciones Públicas

LIC. MAURICIO SALOMON ANDONIE Director del Valle de México

DON MILED LIBIEN SANTIAGO Director General Fundador

ING. VICTOR HANNA CABALLERO Director de Informática - Fundador

ING. ARNULFO JIMÉNEZ TORRES Ejecutivo de Medios

ING. JESÚS MANUEL CÁZARES ZEPEDA Director de Informática

GUILLERMO PADILA CRUZ Dirección de Ediciones

EFRAIN PADILLA CRUZ Director de Ediciones

Violencia vicaria: grave cuando instituciones no la reconocen

Este tipo de violencia puede cometerse también a través de familiares o personas con relación afectiva de quien comete este tipo de violencia y es particularmente grave cuando las instituciones destinadas a la atención y acceso a la justicia, al no reconocerla, emiten determinaciones, resoluciones y sentencias sin perspectiva de género vulnerando derechos humanos de las mujeres y el interés superior de la niñez. Cabe mencionar que el decreto fue publicado en una edición Bis en la Gaceta Oficial de este 12 de diciembre, y entró en vigor al día siguiente de su publicación. M

DON MILED LIBIEN KAUI Presidente Editor

LIC. SERGIO CAMACHO GARCIA Coordinador del Valle de Toluca

CARLOS HERNÁNDEZ SANTAELLA Coordinador del Valle de México

NORMA RAMÍREZ

Coordinadora del Valle de México

EVODIO MADERO OLIVAR Contralor

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