Estatutos mundocor

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ESTATUTOS -“MUNDOCOR” Artículo 1º: NOMBRE La empresa funciona con forma jurídica de Cooperativa bajo el nombre “MUNDOCOR”, constituida por 3 alumnas y 9 alumnos de 1º PCPI y una profesora, y el propio centro como socio colaborador. Artículo 2º: OBJETIVO SOCIAL El objetivo Social de nuestra empresa es: vender artículos artesanales y el dinero recaudado lo utilizaremos el 20% para donarlo a algunas ONGs de la ciudad y en organizar actividades con fines educativos. Artículos 3º: DURACIÓN La empresa se constituye el 14 de Noviembre de 2013 hasta el 20 de Junio de 2014. Artículo 4º: DOMICILIO El domicilio social de nuestra cooperativa queda establecido en el Instituto “IES Pedro Espinosa” edificio Escuela de Hostelería el Henchidero, plaza del Henchidero s/n. Artículo 5º: EL CAPITAL El capital de la Inversión se fija en 5 euros por socio/a fijándose como fecha tope de entrega, el 30 de enero de 2014. Artículo 6º: ACTIVIDAD EMPRESARIAL La actividad empresarial será, la elaboración y posterior venta de productos artesanales, elaborados por los socios/as con material reciclado, en la medida de lo posible. Artículo 7º: PRESENTACIÓN DE CUENTAS Las cuentas se presentaran a los socios/as cada dos meses preferentemente el primer viernes del mes par ( febrero, abril y mayo). Articulo 8º: RECUPERACIÓN DE LA INVERSIÓN Una vez finalizada la venta de los artículos artesanales, todos lo socios/as podrán recuperar el dinero aportado. Artículo 9º: UTILIZACIÓN DE LOS BENEFICIOS Los beneficios de nuestra empresa se repartirá de la siguiente manera:


- 30% destinado a alguna ONG de la ciudad, aún por determinar”. – Financiación de las actividades para toda la clase.

Artículo 10º: DEBERES DE LOS SOCIOS

– Todos los socios elaboran los productos artesanales que se decidan. – Los productos a elaborar se elegirán por votación. – La empresa, tras acuerdo con la dirección del colegio, podrá utilizar servicios del centro, ( ordenadores, fotocopiadoras, impresoras...) – Respetar las opiniones de los socios. Todos los socios tienen derecho a ser escuchados. – Cuidar las instalaciones y el material. – Acatar las decisiones que se tomen en la asamblea de la cooperativa. – Terminar y entregar a tiempo el trabajo que se me encomiende. – Respetar las normas por el bien de la cooperativa.

Artículo 11º: INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES En el caso de que los socios/as no cumplan los deberes descritos en el artículos 10, se les impondrá un punto negativo, y a los tres perderá el derecho a: – Recibir la devolución de su aportación. – A recibir beneficios de la cooperativa si los hubiera. – Participar en la actividades de la venta u otras que se organicen por la cooperativa. Estos ESTATUTOS han sido aprobados por unanimidad y firmados por todos los socios/as en, Antequera, veinte de Noviembre de dos mil trece.


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