NORMAS PARA ACOMETIDAS SUBTERRNEAS En las acometidas subterráneas las cajas de inspección deben estar fuera del predio del usuario. Si lo acometida debe alimentar varios contadores, tos conductores deben estar capacitados para soportar las corrientes resultantes de la suma de las corrientes nominales de todos los contadores. En ningún caso el calibre debe ser inferior al que requiera el contador de mayor capacidad. Lo longitud máximo de la acometida debe ser de 25 a 30m. Los conductores subterráneos deben tener el aislamiento adecuado, y estar protegidos por canalizaciones contra daños mecánicos (tuberías de acero, asbesto cemento, acero galvanizado, etc.), además de estar a una profundidad no menor de 45 cm. Si los cables de acometida subterránea se toman de un poste, el ducto de protección, en acero galvanizado, debe subirse a una altura no inferior a los 3m sobre el piso y llevar el correspondiente capacete. Los trabajos correspondientes a las acometidas los realiza normalmente la empresa de energía, pero puede realizarla el usuario, previo acuerdo con la empresa de energía eléctrica de la localidad. Para mayor información sobre acometidas consultar en el Código Eléctrico Colombiano de lcontec, norma NTC 2050 sección 230. En ningún caso los conductores de acometida (sea aérea o subterránea) tendrán algún tipo de empalmes. En otros términos, el conductor debe ser enterizo, de una sola pieza, desde los cables de distribución hasta el contador del usuario. CAlDA DE TENSIÓN Es la disminución de la diferencia de potencial a lo largo de un conductor, por la resistencia que tiene todo conductor. Como norma la caída de tensión no puede sobrepasar el 3% entre los conductores alimentadores y la salida más lejana para potencia, calefacción, alumbrado o cualquier combinación de ellas y en los que la caída máxima de tensión de los circuitos alimentador y ramales hasta la salida más lejana no supere el 5%, para ofrecer una eficiencia de funcionamiento razonable (norma 2050 / 215-2).
3 Instructor: Ricardo Mariscal Chuscano