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Bildung y sus repercusiones en la administración pública y el bienestar
La Bildung es un concepto alemán que tiene que ver con la escala ética y moral de quien ejerce un cargo en la administración pública o privada, entendiendo que la probidad, la trasparencia, rendición de cuenta y simetrías en la información suponen beneficios en términos de contar con el grado de confianza que incida en los niveles de gobernanza o interacción entre los gobernantes y gobernados, así como entre los miembros del equipo que se gerencia.

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Las buenas prácticas que embridan confianza, suponen beneficios para la administración privada y para su esfera en lo público, lo único que diferencia ambas esferas reside en el hecho de que la administración pública maneja la cosa pública y la administración privada asigna recursos propios para incrementar el capital y por ende promueve empleo, crecimiento económico y también debe estar fundamentada y sustentada en gradientes de transparencia y probidad que construyan un capital social o pacto societario, que presuponga la confianza para que la sociedad, la economía y la política funcionen de manera efectiva y funcional.
Las personas cuando asumen solidez en la confianza y escala ética en sus administradores, presuponen que serán bien tratadas y por ende hacen otro tanto para mantener los niveles de dignidad y bienestar, en los ámbitos públicos se propugna la construcción sólida de un criterio de bienestar, ese concepto planteado por Bentham, asociado a la capacidad de generar la mayor suma de bienestar. Tal concepción de la trasparencia y la rendición de cuentas inciden en la eliminación de asimetrías de información, secretos y opacidades que erosionan la confianza y hacen disfuncional a la economía.
Pero lo que ocurre en la esfera política es mucho más odioso y perjudicial, en el ámbito político cuando se fractura el contrato social se hace deficitaria y disfuncional a la democracia, todo esto ocurre bajo la pérdida de adhesión que se produce cuando el pegamento de la confianza social, deja escindida a la sociedad, en anomia, paralizada y por ende bajo la entropía y el desorden. Reina la anarquía y se produce el malestar y disfuncionalidad.
Este concepto de la Bildung, es superior al techné, (saber hacer), pues la teoría empírica ha demostrado que si bien la formación académica y profesional es importante, corresponde un sitial superlativo a la conducta ética y moral para el ejercicio del poder. De allí la importancia de reconciliar la ética con la administración pública y privada.
“El capital social es el pegamento que mantiene unidas a las sociedades. Si los individuos creen que el sistema político y económico es injusto, el pegamento no actúa y las sociedades no funciona bien”.
Joseph Stiglitz
Carlos Ñañez
Economista, profesor Universitario de la Escuela de Economía, Facultad de Ciencias Económicas y Sociales. Miembro honorario de la AEEC. Columnista de El Nacional y El

La actividad judicial además de ofrecernos procesos formales y lentos, presenta problemas estructurales, tales como el difícil acceso físico a los tribunales, que se ha visto agravado en estos tiempos por la pandemia, largos plazos de espera, entre otros.
Por eso es necesario que empresarios, comerciantes y abogados utilicen los medios alternativos de resolución de conflictos, cuya finalidad es la pronta, y efectiva tutela judicial de los derechos de las partes, a través de un proceso de negociación asistido por un tercero imparcial, a la cual se llega mediante la Cláusula Compromisoria que es aquella redactada al final de un contrato en la cual se establece que las partes deciden someter a arbitraje todas o algunas de las controversias que puedan surgir entre ellas, respecto de una relación jurídica contractual.
El fin es precaver un eventual litigio; la utilización de este medio alternativo de resolución de conflictos aun no es frecuente porque algunos abogados y clientes siguen prefiriendo saltar los canales, basados en la falsa creencia que los resultados se logran más con contactos que mediante los conocimientos y la presentación de evidencias, alegatos y soportes.



Pero tanto empresarios, comerciantes y abogados deben entender que la pugnacidad resta esfuerzos productivos que pudieran ser utilizados de mejor manera y que el arbitraje como compromiso de partes y abogados brinda esa oportunidad de buscar la recta administración de la justicia. El Arbitraje se encuentra establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como un medio alternativo de solución de conflictos, que forma parte del Sistema de Justicia en Venezuela, así mismo se encuentra regulado en la Ley de Arbitraje Comercial.
La conciliación a nivel internacional que llevamos a cabo los expertos en este tema, presenta un balance favorable, pues ha permitido obtener la finalización de muchos procesos, cumpliendo el objetivo de descongestionar los despachos judiciales y lograr una efectiva tutela judicial.
El arbitraje permite a las partes dirimir sus conflictos sin necesidad de acudir a los órganos jurisdiccionales del Estado siempre que sean susceptibles de transacción.


Las sociedades modernas sometidas a cambios permanentes, a transiciones veloces (Modernidad líquida) permea a la revalorización de los controles, reafirma el carácter vinculante de las acciones organizacionales a sus grupos de intereses, tanto interno como externo. Ello demanda transparencia, diálogo, comunicación efectiva, honestidad con templanza, prudencia, justicia y fortaleza. Una cultura de responsabilidad social sostenible es la base de la adaptación a los nuevos tiempos.
En instancias sociales sostenibles el Estado reestructura su rol en acciones de codeterminación, delegando acciones autorreguladoras a la sociedad; en tanto ésta a través de sus organizaciones de contenido complejo crea sus propios mecanismos frente al Estado con el propósito de proteger sus intereses corporativos, asumiendo a plenitud los mandamientos propio de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), como programa impulsado de una manera voluntaria por la ONU (Pacto Mundial de RSE) traducidos en acciones prácticas en defensa de los derechos humanos, laborales, ambientales con transparencia.
Adicionalmente somete a la certificación (Normas ISO) sus actuaciones en áreas como calidad y diseño de bienes y servicios, ambiente, responsabilidad social y más recientemente transparencia dentro un sistema práctico de control de gestión de riesgos con ética y resguardo de la honorabilidad entre ellos, los programas de compliance, de cumplimiento normativo, identificando y clasificando riesgo de corrupción y el sistemas COSO (Internal Control - Integrated Framework). Todos ellos dirigidos a acciones internas y externas de control de riesgo.
Bajo esta óptica los programas de compliance, los programas de control de riesgo se constituyen en poderosos instrumentos de control, con codeterminación útil en la tarea de prevención de delitos. Ello no implica, en un Estado de derecho social y de justicia, abandono por parte del Estado de su función de súper vigilancia de las acciones virtuosas o no transparentes de las organizaciones. Entre lo público y lo privado, en el reencuentro entre las intenciones estimulantes de la generación de compliance como alternativas sugeridas y las propias acciones de protección del interés corporativo, se crea una cultura anticorrupción siendo fuente generadoras de una cultura social sustentada en virtudes y hábitos de convivencia sana.
Las organizaciones recrean y ejecutan acciones adaptativas, frente a los riesgos propios de ambientes plenos de incertidumbres, con redefiniciones de la acción de lo público entre lo deliberativo o iliberal, entre la participación y el control, entre los autoritarismos nacionalistas o el ejercicio de las libertades democráticas. El Compliance Empresarial es una práctica clave de gestión con transparencia exigible dentro de los programas de responsabilidad social organizacional.

Rolando Smith Ibarra Director de
AEEC Coordinador
