
5 minute read
Las cooperativas y los valores cooperativos: la ayuda mutua
SECCIÓN COOPERATIVA
LAS COOPERATIVAS Y LOS VALORES COOPERATIVOS
Advertisement
Prof. Mayrand R. Ríos Barboza
Continuamos delineando el desarrollo de los distintos valores que promueve la Alianza Cooperativa Internacional (ACI), para el éxito y desarrollo de las empresas cooperativas. Cada vez que escribo o instruyo sobre temas relacionados con las Cooperativas, recuerdo al por siempre cooperativista, don Álvaro Chaves Villalobos, cuando en el año 2000 me entregó esta hermosa y siempre actual frase:
¡Sólo puede llamarse cooperativista a aquel que permanentemente piensa, razona, y actúa de acuerdo a los Principios y a la Filosofía Cooperativa!
De igual manera, al instruirnos en temas relacionadas con la Doctrina Cooperativa, recuerdo esta frase que encontré en mis lecturas, de la autora venezolana, Bismania García,
“En el modelo cooperativo, la ética y los principios no representan un discurso, son una práctica permanente en las cuales se basa su creación y consolidación.
Ciertamente, el ser cooperativista es un tema de continua y permanente preparación para enfrentar los retos que día a día se nos presenta en nuestro quehacer cooperativo. Y es que en ello precisamente consiste el “Valor Responsabilidad”. La “responsabilidad” es la obligación de responder por los propios actos. Es también
garantizar el cumplimiento de los compromisos adquiridos. Debemos cumplir con nuestros derechos, deberes y obligaciones, como también con las responsabilidades que nos asignen. Una persona asociada que no cumple con sus responsabilidades empresariales, sea dirigente, delegada o solamente asociada, será una persona que no coopera.
Es así como vemos que en el Estatuto Social de COOPROLE R.L., en su Artículo 15, claramente se establecen obligaciones o responsabilidades, para las personas asociadas y delegadas, las personas directoras, y trabajadoras de le empresa: Veamos.
A LAS PERSONAS ASOCIADAS:
a) Contribuir a la formación del capital y de los fondos legales de la Cooperativa.
d) Si son productores de leche, la condición de asociado conlleva la obligación ineludible de entregar a la Cooperativa el volumen total de la leche que produce en todas sus unidades productivas.
El aporte de capital a la empresa y al fortalecimiento de las reservas legales, como de Educación y de Bienestar Social, la realizamos con la entrega del producto, de conformidad con las calidad y exigencias que la cooperativa nos pide.
A LAS PERSONAS DELEGADAS ANTE LA ASAMBLEA GENERAL:
h) Asistir a la convocatoria formal que se le haga por parte de alguno de los órganos electos por la Asamblea de la Cooperativa.
Siempre hemos insistido en que el quórum en una Asamblea en sistema de personas delegadas, debe ser del 100%. No solo requerimos de su puntualidad en la Asamblea, desde su inicio hasta el final. No se justifica su ausencia, pues en su caso, tendríamos a la persona Suplente. Pero no es solamente un tema de quórum, es también preparación para participar en una Asamblea. Es estudiar los distintos informes presentados por los distintos órganos sociales y la Gerencia. Es preparar mociones con sus representados y colegas delegadas, dirigidas al logro los de los Objetivos propuestos en la Cooperativa en su Artículo 3 del Estatuto Social.
A LOS DIRIGENTES SE NOS PIDE:
b) Desempeñar los cargos que le sean conferidos por la Asamblea General de Delegados.
El ser un dirigente cooperativo implica una responsabilidad ineludible en su capacitación, no solo en el funcionamiento y organización de una cooperativa, sino también en los grandes desafíos empresariales que un mercado competitivo en nuestro giro nos exige. Es por ello que el Artículo 43 del Estatuto Social pide como requisito para las personas directoras en los distintos órganos sociales de la Cooperativa, el que “deberán reunir reconocidas condiciones de solvencia moral, seriedad y capacidad para desempeñar sus puestos”.
A LAS PERSONAS TRABAJADORAS:
e) Si son trabajadores, desempeñar fielmente los trabajos que les encomienden sus jefes inmediatos con estricta sujeción al reglamento de organización interna.
Gran importancia reviste este inciso, que nos pide un ejercicio responsable de nuestro trabajo, pero en especial, por tratarse de una cooperativa en que muchas de las personas trabajadoras constituyen parte de la masa asociativa de la empresa. No es solo una responsabilidad personal sino también de equipo. Las personas asociadas-trabajadoras se constituyen en el mejor Comité de Vigilancia de la Empresa Cooperativa, pues su trabajo no solo es una forma de lograr su sustento económico personal y familiar, sino el de toda la colectividad, pues su trabajo también es un aporte de capital social empresarial.
PARA TODOS LOS QUE CONSTITUIMOS LA EMPRESA:
f) Cuidar de la conservación de los bienes de la Cooperativa y en general del mejoramiento y progreso de la misma y
Todos los que formamos esta gran empresa somos parte integral en el logros de sus objetivos. Todos somos fiscales de los distintos procesos empresariales, administrativos u operativos, pues somos codueños. En todos está el “mejoramiento y progreso de COOPROLE R.L.. No solo es un tema de los administradores o colaboradores, sino de la totalidad de la masa asociativa.
No podríamos terminar sin recordar que el “Valor Responsabilidad”, se da también con lo que hoy conocemos en el sector Social Cooperativo Mundial, como “Responsabilidad Social Cooperativa” (“RSCoop”).
Las cooperativas, siguiendo el Sétimo Principio Cooperativa, “Compromiso con la Comunidad”, según el cual:
“Las cooperativas trabajan para lograr el desarrollo sostenible de sus comunidades mediante políticas aprobadas por sus asociados/as”.
Ya nuestro Estatuto Social en su Artículo 3.d), la cooperativa se enmarca como uno de sus objetivos fundamentales el mejorar la calidad de vida de todas aquellas personas involucradas en el quehacer empresarial, pero sin dejar de lado a sus familiares inmediatos:
3.d) El mejoramiento económico y social de sus miembros; la aplicación de las Reservas de Educación y Bienestar Social para servicios sociales y fines comunes de sus asociados y el establecimiento de relaciones con otras organizaciones cooperativas para contribuir al desarrollo de este movimiento.
Para el logro de tan importante objetivo, la Cooperativa, en su Artículo 41 b.) del Estatuto, le encarga al Comité de Educación y Bienestar Social una labor única en el sistema empresarial, mediante programas dirigidos no solamente a las personas asociadas y sus colaboradoras, sino también a sus familias:
41.b) Redactar y someter a la aprobación del Consejo de Administración, proyectos y planes de obras sociales de los asociados de la Cooperativa y de sus familias, y poner en práctica tales programas.
Por supuesto, la RSCoop se complementa mediante acciones muy particulares, mediante Estrategias para la vinculación de la cooperativa con su comunidad, definidas por la Asamblea General; así como con la participación en la solución de problemas comunitarios y en el manejo sustentable de la comunidad.
Todo ello implica una puesta en práctica del día a día del quehacer cooperativo del “Valor Responsabilidad”.
SECCIÓN AGROAMBIENTAL
