Unidad 2 - Administración Autonómica y Administraciones Locales
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Solucionario a las actividades finales .: CONSOLIDACIÓN :.
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1·· Los principios que deben respetar las Comunidades Autónomas en su actuación ¿qué finalidad tienen en común? Que las diferencias entre los Estatutos de Autonomía no pueden implicar privilegios económicos o sociales para sus ciudadanos y que entre todas ellas se ha de garantizar la solidaridad en materia financiera. 2·· ¿Cuáles son las instituciones autonómicas? ¿Cuáles son los órganos equivalentes en la Administración General del Estado? Asamblea Legislativa, Consejo de Gobierno y Tribunal Superior de Justicia. Los órganos equivalentes en la AGE son: Parlamento, Gobierno y Tribunal Supremo. 3·· ¿Existe alguna diferencia entre el control económico y financiero y el control constitucional existente en la Administración Autonómica y el de la Administración General del Estado? No, ya que el control económico y financiero se lleva a cabo por el Tribunal de Cuentas y el constitucional, por el Tribunal Constitucional, exactamente igual que en la AGE. 4·· ¿Son lo mismo las competencias que las materias? Señala las diferencias existentes entre ellas. No, ya que las competencias suponen el ejercicio de un conjunto de facultades legislativas, reglamentarias y ejecutivas respecto a una materia determinada. 5·· ¿Qué sistemas existen para que una Comunidad Autónoma pueda ampliar sus competencias? ¿Cuáles son los procedimientos de ampliación? La Constitución también recoge la posibilidad de que las Comunidades Autónomas puedan asumir nuevas competencias, no recogidas en sus Estatutos. Según el artículo 148.2, transcurridos cinco años desde la aprobación de sus Estatutos y, mediante la reforma de los mismos, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias, dentro del marco del artículo 149. Igualmente, el Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica (las denominas leyes de transferencias), facultades correspondientes a materias de titularidad estatal que sean susceptibles de transferencia o delegación. 6·· ¿A qué órgano de la Administración General del Estado o de la Administración Autonómica son equivalentes los tenientes de alcalde? ¿Por qué? A los vicepresidentes, ya que sustituyen, por el orden de su nombramiento en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al alcalde, siendo libremente designados y cesados por este. 7·· ¿Qué tipo de órganos son las Juntas Municipales de Distrito? Son órganos territoriales de gestión desconcentrada, con la organización, funciones y competencias que cada Ayuntamiento les confiera. 8·· ¿Por qué el Concejo Abierto es un régimen municipal especial? Porque en este régimen municipal especial, el gobierno y la administración del municipio corresponden al alcalde elegido directamente por los electores, por sistema mayoritario y a una Asamblea vecinal de la que forman parte todos los electores. Estos municipios ajustan su funcionamiento a los usos, costumbres y tradiciones locales y, a falta de los mismos, a lo establecido en la leyes estatales y de las Comunidades Autónomas sobre régimen local.