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México, D.F., 28 de marzo de 2006.

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA ENTREVISTA CONCEDIDA A DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN POR EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL IFE, DR. LUIS CARLOS UGALDE, AL TÉRMINO DE LA FIRMA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL IFE Y EL INSTITUTO DE TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY (ITESM) CAMPUS CIUDAD DE MÉXICO, EFECTUADA HOY EN EL VESTÍBULO DEL EDIFICIO “B” DEL INSTITUTO.

-Pregunta: La posición de usted sobre el asunto de la Ley de Radio y Televisión, sobre todo a raíz de que usted mandó una carta al Senado advirtiéndole de algunos riesgos o inconsistencias de la Ley de Radio y Televisión con el Código Electoral. -Dr. Luis Carlos Ugalde: El Senado de la República solicitó una información, una opinión técnica y legal sobre la iniciativa sobre la Ley de Radio y Televisión, misma que fue enviada de manera formal al Senado de la República por el Secretario Ejecutivo, quien es el representante legal del Instituto. En esa carta se establece con bastante claridad cuál es la opinión técnica y legal del Instituto Federal Electoral, que fue conocida por todos los senadores y donde se establece con mucha claridad la postura del Instituto. -Pregunta: ¿Se atendieron las observaciones del IFE? -Dr. Luis Carlos Ugalde: Desconozco cuál va a ser la minuta finalmente aprobada, pero en ese escrito se establece cuáles es la postura legal del Instituto en cada uno de los temas de lo que atañe en materia electoral, que es básicamente el artículo 79-A. -Pregunta: Se dice que los candidatos pudieran contratar directamente era una preocupación del IFE... -Dr. Luis Carlos Ugalde: En esa minuta se establece que entre en la iniciativa de Ley de Radio y Televisión y el Cofipe podría haber una posible contradicción, porque en la iniciativa de Ley de Radio y Televisión se establece la posibilidad de que los candidatos pudiesen comprar de manera directa publicidad en televisión radio, y la postura del Instituto es que frente a la posible contracción de dos normas la que prevalece es aquella específica, que en este caso es la ley electoral. Por lo tanto, para la autoridad electoral, en caso de contradicción, la que se usará será la ley electoral, que establece que sólo los partidos políticos pueden adquirir tiempo en televisión y radio, además de que nuestro Reglamento de Fiscalización establece con mucha claridad que son los partidos políticos los responsables de rendir sus informes sobre gastos en publicidad.

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