6. SUP-RAP-34 (CPBT y PAN vs CG, 230506)

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b) Propiciar la exposición, desarrollo y discusión ante el electorado de los programas y las acciones fijados por los partidos políticos nacionales y las coaliciones en sus documentos básicos y, particularmente, en la plataforma electoral que se hubiere registrado. Aunque no se precisa expresamente cuál es el contenido de las plataformas y los programas de gobierno que efectivamente fueron registrados, ni tampoco se describe la parte correspondiente de los mismos, todos los cuales serían objeto de cuestionamiento, cuando se cifran en políticas deficitarias e inflacionarias, lo cierto es que con la frase "éstos son los grandes planes de López el endeudador", en el mismo mensaje se aclara que ciertamente la crítica gira en torno a los programas de gobierno y la forma en que eventualmente los llevaría a cabo el ciudadano Andrés Manuel López Obrador. Se propicia así la exposición y la discusión sobre políticas públicas que lleven a cabo acciones en favor de los adultos mayores y la construcción de infraestructura vial que supuestamente están financiadas mediante préstamos que impliquen la adquisición de deuda pública, o bien, el optar por esquemas que no financien dichas acciones de gobierno mediante empréstitos, porque generan una crisis económica. Debe tenerse presente que las campañas no siempre están basadas en datos precisos y objetivos, los cuales sean comprobables o verificables, ni tienen exclusiva y preponderantemente un carácter informativo, por lo que, en su caso, no cabría un estricto canon de veracidad, sino que están dirigidas a la obtención del voto y la promoción de las candidaturas, a través, eso sí, de medios lícitos, procurando la difusión de los planes de gobierno y legislativos, precisados en la plataforma electoral que para cada elección se hubiere registrado, sin que esto último signifique que la campaña y la propaganda electoral sólo debe aludir a las plataformas y programas respectivos, ya que ello no deriva de la legislación electoral. En efecto, las campañas electorales son actividades que conllevan el ejercicio de la libertad de expresión y, por ello, sólo tienen por límite los previstos en los artículos 6º y 7º de la Constitución federal, sin perjuicio de que a los partidos políticos se les reconoce como finalidades la promoción de la participación del pueblo en la vida democrática, la contribución a la integración de la representación nacional y el posibilitar el acceso de los ciudadanos, en tanto integrantes de la organización correspondiente, al ejercicio del poder público. Si en el ejercicio de dicha libertad de expresión que es desplegada a través de un partido político nacional o una coalición no se ataca la moral, los derechos de tercero o provoca algún delito o perturba el orden público, en términos de lo dispuesto en la Constitución federal, ni tampoco se profieren ofensas, difamaciones o calumnias que denigren a un candidato, partido político,


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