Normas controlescolar 2013 - 2014

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Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación “2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano”

Para mayor información sobre el Programa, se sugiere consultar la dirección: http://basica.sep.gob.mx 46.- Inscripción de Alumnos en Situación “Extraedad”: El Director del plantel deberá efectuar la inscripción del aspirante en el grado que por edad le corresponda, conforme a lo establecido en la siguiente tabla: Edad del alumno

Grado de ubicación

8 a 10 años cumplidos al 31 de diciembre

2° grado

10 a 12 años cumplidos al 31 de diciembre

4° grado

12 a 14 años cumplidos al 31 de diciembre

6° grado

46.1. Este ingreso no será condicionado a que presente la Boleta de Evaluación del grado inicial del ciclo al que sea ubicado, toda vez que el esquema de operación de la propuesta pedagógica para estos niños, considera la integración de los aprendizajes esperados de cada uno de los grados que integran un ciclo, con el fin de acelerar sus aprendizajes y puedan cursar dos grados en uno. 46.2. El Maestro de grupo, con asesoría y apoyo del Director del plantel, deberá aplicar al menor en situación de extraedad a la brevedad posible, una Evaluación Diagnóstica y elaborar su Informe respectivo, para determinar los apoyos específicos que requiera. 46.3. A partir de los resultados de la evaluación, el Maestro de grupo diseñará una estrategia de atención y seguimiento mediante la cual, el menor desarrolle las habilidades y competencias necesarias del ciclo en el que se le ubique y que le permita cursar el siguiente ciclo. 46.4. En caso de que el aspirante no cuente con ningún acercamiento de las competencias de la lecto-escritura, se trabajará con la Propuesta para Favorecer el Desarrollo de Competencias de la Lectura y Escritura, para que se beneficie de la enseñanza que recibe el resto del grupo lo más pronto posible. 46.5. El ingreso de los aspirantes en situación de extraedad se podrá realizar en cualquier momento del ciclo escolar, bajo los siguientes criterios: 46.5.1. Si el ingreso es de agosto a diciembre, podrá ubicarse al menor al segundo grado del ciclo al que le corresponda por edad; 46.5.2. Si el ingreso es a partir del mes de enero, deberá ubicarse al aspirante en el primer grado del ciclo que le corresponda por edad. Esta determinación se basa en el hecho de que el menor que ingrese por primera vez a la educación primaria en el bloque III, IV ó V, le quedará poco tiempo para consolidar aprendizajes y competencias, por tal motivo se recomienda que curse los bloques restantes del ciclo escolar en el grado inferior del ciclo que le corresponde y cubra todo un año el grado superior, con la intención de consolidar aprendizajes y competencias del ciclo y garantizar su avance y progreso en los siguientes grados y niveles educativos que deba cursar.

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