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Ley general del turismo
LEY GENERAL DEL TURISMO LEY N° 29408
"Trata de los principios de la actividad turística, siendo uno de ellos, el fomento de la inversión privada. Este nos dice lo siguiente: El estado fomenta y promueve la inversión privada en turismo que contribuya a la generación de empleo, mejora de la calidad de vida de la población anfitriona y transformación de recursos turísticos en productos turísticos sostenibles. "
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Artículo 20º Promoción de la inversión en turismo
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo promueve la ejecución de proyectos de inversión turística de nivel nacional que coadyuven al desarrollo económico y social del país y a la preservación del patrimonio cultural y natural, fortaleciendo la consolidación de productos turísticos sostenibles e impulsando esquemas de financiamiento mixtos que consideren inversión pública y privada de acuerdo a los lineamientos del Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR).