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Gestión de la Calidad Gestión de la Calidad Académica Guía para el Diseño y Desarrollo de: Creación de Programas, Renovación de Registro Calificado y Reforma de Programas Académicos

Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional


El procedimiento de Diseño y Desarrollo hace parte del Proceso de Gestión de la Calidad y del Subproceso Gestión de la Calidad Académica.

El Objetivo de este procedimiento es establecer, implementar, mantener y mejorar la metodología para la creación, renovación de registro calificado y reforma de programas académicos.

Los responsables del procedimiento de Diseño y Desarrollo son la Vicerrectoría Académica y el Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional.

El alcance del Diseño y Desarrollo inicia con el análisis y estudio del contexto social, político, económico y cultural del programa académico que se creará, y termina con la resolución emitida por el MEN que aprueba la documentación enviada y permite el funcionamiento del programa.


•Acuerdo 036 de 2011: Universidad del Cauca.

Estatuto

Académico

de

la

•Decreto 1075 del 26 de mayo de 2015: "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación". •Decreto 2450 del 17 de diciembre de 2015: “Por el cual se reglamentan las condiciones de calidad para el otorgamiento y renovación del registro calificado de los programas académicos de licenciatura y los enfocados en la educación. •Resolución 02041 del 3 de febrero de 2016: “Por el cual se establecen las características específicas de calidad que reglamenta la acreditación de programas de licenciatura”. •Acuerdo 04 de 1995: Establece las Funciones del CNA.

•Acuerdo 02 de 2012: Condiciones iniciales para programas de pregrado. •Lineamientos para pregrado año 2013.

la

Acreditación

de

Programas

de

•Decreto 2904 de 1994: Sistema Nacional de Acreditación. •Guía de Procedimientos CNA 2006. •Norma Técnica NTCGP1000.

de

Calidad

en

la

Gestión

Pública

-


7.3 Diseño y Desarrollo: 7.3.1 Planificación 7.3.2 Elementos de entrada para el diseño y desarrollo

7.3.3 Resultados del diseño y desarrollo 7.3.4 Revisión del diseño y desarrollo 7.3.5 Verificación del diseño y desarrollo 7.3.6 Validación del diseño y desarrollo 7.3.7. Control de los Cambios del Diseño y Desarrollo: Las evidencias de la implementación del numeral 7.3. Diseño y Desarrollo quedarán registradas en actas de los Comités de Programa, Consejos de Facultad y Consejos Académico según aplique.

Debe entenderse UNIDAD ACADÉMICA como Programa o Departamento, según sea el caso.


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La unidad académica inicia con el estudio del contexto (social, político, económico y cultural) de las regiones en donde se encuentran ubicadas las sedes. «Esto aplica para programas nuevos». *7.3.2. Punto de Control: Informe de justificación para el programa

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El Decano y el responsable de la unidad académica, identifican a quien será el encargado del diseño de la propuesta académica. *7.3.1. Punto de Control: Documento propuesta académica

El Decano y el responsable de la unidad académica deben designar al encargado de la elaboración del documento: Estudio de contexto y condiciones mínimas de calidad para cada programa académico. *7.3.1. y 7.3.2.

Punto de Control: Acta de reunión


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El profesor designado y/o el Comité del Programa, diseñan y construyen el documento de condiciones mínimas de calidad del programa académico y lo adecúan a las necesidades de la región. Esta labor debe ser desarrollada en un plazo máximo de 4 meses para enviar el documento al Comité de Programa quien lo estudia. *7.3.2. Punto de Control: Documento de condiciones de calidad y cumplimiento del cronograma

El Comité del programa sugiere, modifica y/o aprueba el contenido del programa académico, en un plazo máximo de 15 días y lo presenta al departamento para su estudio. *7.3.3 y 7.3.4.

Punto de Control: Documento de condiciones de calidad y cumplimiento del cronograma


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La unidad académica sugiere, modifica y/o aprueba el contenido del documento del programa académico, en un plazo máximo de 15 días; y el Coordinador del programa lo envía al Consejo de Facultad. *7.3.4.

Punto de Control: Documento de condiciones de calidad, acta de reunión y cumplimiento del cronograma

El Consejo de Facultad sugiere, modifica y aprueba el contenido del documento del programa académico (en un plazo máximo de 15 días), y lo presenta al Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional para su revisión. *7.3.4. Punto de Control: Documento de condiciones de calidad, acta de reunión y cumplimiento del cronograma

El Centro Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional verifica y revisa los documentos según la normatividad y los envía al Comité Curricular, en un plazo máximo de 30 días. *7.3.5. Punto de Control: Documento de condiciones

de calidad y cumplimiento del cronograma


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El Comité Curricular Central verifica y hace recomendaciones sobre el contenido curricular, avala y envía el documento al Consejo Académico en un plazo de 15 días. *7.3.4.

Punto de Control: Documento de condiciones de calidad, acta de reunión y cumplimiento del cronograma

El Consejo Académico analiza, hace recomendaciones y avala el programa académico, y lo remite al Consejo Superior. El equipo proponente del programa cuenta con un plazo máximo de 15 días para realizar los ajustes a la propuesta. *7.3.4. y 7.3.5.

Punto de Control: Documento de condiciones de calidad, acta de reunión y cumplimiento del cronograma

El Consejo Superior da la aprobación para la creación del programa académico. Desde este momento el equipo proponente del programa tiene un plazo máximo de 15 días para realizar los ajustes a la propuesta. *7.3.6.

Punto de Control: Documento de condiciones de calidad y acta de reunión.


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Cuando el documento no Académico o el Consejo proyecto debe modificarlo y el punto cuatro (4). *7.3.4.

es aprobado por el Consejo Superior, el Coordinador del presentarlo nuevamente desde Punto de Control: Documento de condiciones de calidad y cumplimiento del cronograma

El Consejo Superior informa al Consejo de Facultad, al Consejo Académico y al Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional, que el proyecto no fue aprobado. *7.3.4. Punto de Control: Oficio

El Coordinador de proyecto presenta nuevamente el documento al Comité del Programa, al Consejo de Facultad y a la Vicerrectoría Académica para obtener la aprobación correspondiente a los cambios realizados y presentarlo nuevamente ante el Consejo Académico y/o Superior. *7.3.4 Punto de Control:

Documento de condiciones de calidad y acta de reunión


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La unidad académica y el Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional deben radicar la solicitud de registro calificado con todos los soportes para sustentar las condiciones de calidad del programa, ante el Ministerio de Educación Nacional a través de la plataforma del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. *7.3.3.

Punto de Control: Registro SACES

La unidad académica, la Vicerrectoría Académica y el Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional reciben la visita de los Pares Académicos asignados por el MEN para la verificación de las condiciones de calidad. (Nota: Aplica solamente para propuestas y programas de doctorado). *7.3.5. Punto de Control: Informe de la visita y actas de reuniones

Cuando el programa recibe la resolución del registro calificado por el MEN, el Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional realiza la difusión a las partes interesadas. *7.3.6.

Punto de Control: Resolución de Registro Calificado expedida por el MEN y mensajes de difusión


7.3 Diseño y Desarrollo: 7.3.1 Planificación 7.3.2 Elementos de entrada para el diseño y desarrollo

7.3.3 Resultados del diseño y desarrollo 7.3.4 Revisión del diseño y desarrollo 7.3.5 Verificación del diseño y desarrollo 7.3.6 Validación del diseño y desarrollo 7.3.7. Control de los Cambios del Diseño y Desarrollo: Las evidencias de la implementación del numeral 7.3. Diseño y Desarrollo quedarán registradas en actas de los Comités de Programa, Consejos de Facultad y Consejos Académico según aplique.

Debe entenderse UNIDAD ACADÉMICA como Programa o Departamento, según sea el caso.


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El Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional debe hacer seguimiento a las fechas de vencimiento de las resoluciones de los Registros Calificados de los programas académicos. *7.3.5. Punto de Control: Resoluciones de Registro Calificado

El Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional debe informar acerca del cumplimiento de los dos procesos de autoevaluación del programa académico, teniendo en cuenta los tiempos que establece el Ministerio de Educación Nacional. *7.31.

Punto de Control: Oficio

El Comité de programa elabora el Documento de Condiciones de Calidad y adjunta los documentos, resultado de los procesos de autoevaluación. *7.3.2.

Punto de Control: Informe de autoevaluación


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El Comité de Programa presenta el documento ante el Consejo de Facultad para su aprobación; si este es aprobado, deberá ser enviado al Centro de Gestión de la Calidad y Acreditación Institucional. En caso de no ser aprobado, el Comité de programa deberá realizar los ajustes e iniciar el reproceso (volver al punto anterior). *7.3.4.

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El Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional y la Vicerrectoría Académica revisan y verifican el cumplimiento de las condiciones de calidad, los documentos de autoevaluación y se agenda nuevamente la presentación ante el Consejo Académico para su aprobación. *7.3.5.

Punto de Control: Informe de autoevaluación y acta de reunión

Punto de Control: Informe de autoevaluación


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El Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional envía el Plan de Mejoramiento a la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional. *7.3.7. Punto de Control: Plan de mejoramiento

La unidad académica y el Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional radican ante el MEN a través de la plataforma del SACES, la solicitud de renovación del registro calificado con todos los soportes que sustentan las condiciones de calidad del programa académico. Esta solicitud debe realizarse con 10 meses de anticipación a la fecha de vencimiento del registro. *7.3.5.

Punto de Control: Oficio y cumplimiento del cronograma


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La unidad académica, la Vicerrectoría Académica y el Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional, reciben la visita de los pares académicos asignados por el MEN. Deben acatar las recomendaciones y hacer seguimiento, para el cumplimiento. Nota: Este punto aplica solo para programas de doctorado. *7.3.5. Punto de Control: Informe de visita

Una vez obtenida la resolución de renovación del registro calificado por parte del MEN, el Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional, realiza la difusión a las partes interesadas. *7.3.6.

Punto de Control: Resolución de renovación por el MEN y mensajes de difusión

El Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional, debe conservar un registro de control de cambios (consecutivo de renovaciones de registro calificado). *7.3.7.

Punto de Control: Resolución de renovación por el MEN


7.3 Diseño y Desarrollo: 7.3.1 Planificación 7.3.2 Elementos de entrada para el diseño y desarrollo 7.3.3 Resultados del diseño y desarrollo 7.3.4 Revisión del diseño y desarrollo 7.3.5 Verificación del diseño y desarrollo 7.3.6 Validación del diseño y desarrollo 7.3.7. Control de los Cambios del Diseño y Desarrollo: Las evidencias de la implementación del numeral 7.3. Diseño y Desarrollo quedarán registradas en actas de los Comités de Programa, Consejos de Facultad y Consejos Académico según aplique.

Debe entenderse UNIDAD ACADÉMICA como Programa o Departamento, según sea el caso.


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El responsable de la unidad académica presenta la propuesta de modificación curricular, atendiendo a la modernización y necesidades del entorno Socio-cultural. *7.3.2. Punto de Control:

Propuesta de modificación

El Decano y el responsable de la unidad académica, designan al profesor para orientar el proceso de reforma del programa. *7.3.1.

Punto de Control: Resolución de designación y/o acta de reunión

En un plazo máximo de 4 meses, el profesor designado y el Comité del Programa, diseñan y construyen el contenido de la reforma al programa académico y elaboran la justificación. *7.3.2. Punto de Control: Documento de reforma de programa y cumplimiento del cronograma


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La unidad académica sugiere, modifica y aprueba el contenido de la reforma en un plazo máximo de 15 días. *7.3.4. Punto de Control: Documento de reforma del

Programa y cumplimiento del cronograma

En un plazo máximo de 15 días, el Consejo de Facultad sugiere, modifica y aprueba el contenido de la reforma. *7.3.4. Punto de Control: Documento de reforma del programa y cumplimiento del cronograma

El Comité Curricular Central verifica las actas y documentos normativos para la modificación al programa, hace recomendaciones y aprueba el contenido en un plazo máximo de 15 días. *7.3.5.

Punto de Control: Actas de reunión, documento de reforma del programa y cumplimiento del cronograma


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El Consejo Académico, analiza, recomienda y aprueba la reforma del programa en un plazo máximo de 15 días. *7.3.5.

Punto de Control: Documento de reforma del Programa y cumplimiento del cronograma

El Comité de Programa y el Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional informan al MEN, a través del SACES, la reforma realizada al programa. *7.3.6.

Punto de Control: Oficio

El Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional, debe conservar un registro de control de cambios (consecutivo de reforma de programas académicos). *7.3.7.

Punto de Control: Resolución de renovación por el MEN


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