La Jornada, 08/10/2013

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SÁBADO 10 DE AGOSTO DE 2013

■ Sobreseídos, 4 de

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sus seis juicios; en otro, absuelto y en uno más recibió una pena menor

El narco Caro Quintero, libre “por violaciones al debido proceso” ■

Estuvo preso 28 años; su familia “lo llevó a un lugar donde ni siquiera hay telefonía”: la defensa

GUSTAVO CASTILLO GARCÍA

Violaciones al debido proceso, carencia de pruebas para demostrar culpabilidad en el delito de asociación delictuosa y que el gobierno mexicano no acreditara la calidad de integrante de la misión diplomática estadunidense de Enrique Camarena Salazar – asesinado agente antidrogas encubierto–, permitieron que con juicios de amparo, Rafael Caro Quintero, uno de los narcotraficantes más famosos en el país, recuperara su libertad. En 35 minutos, Caro dejó el reclusorio preventivo de Guadalajara. Pasó 28 años preso, fue sometido a seis procesos penales y su defensa logró que cuatro de ellos fueran sobreseídos, en otro fuera absuelto y en el último, la sentencia que recibió fue 13 años menor al tiempo que pasó en prisión.

“La DEA está profundamente preocupada” WASHINGTON, 9 DE AGOSTO La agencia antidrogas estadunidense (DEA, por sus siglas en inglés) dijo estar muy preocupada por la liberación por errores procesales del histórico capo mexicano Rafael Caro Quintero y manifestó su intención de lograr que el narcotraficante acusado de asesinar a uno de sus agentes cumpla por ello una condena en Estados Unidos. “La DEA está profundamente preocupada por la decisión de un tribunal mexicano de liberar al infame narcotraficante Rafael Caro Quintero”, dijo la organización en un comunicado. La institución recordó que el capo, cuyo caso hoy fue sobreseído, fue el “cerebro y organizador” del “atroz” secuestro, tortura y asesinato del agente de la DEA Enrique Camarena, por lo cual había sido condenado a 40 años de cárcel, de los que por errores procesales sólo cumplió 28. La DEA “continuará vigorosamente sus esfuerzos para asegurarse de que Caro Quintero afronte cargos en Estados Unidos por los crímenes que cometió”, indicó. DPA

A las 23:55 horas del jueves, arribó a la prisión de mediana seguridad el secretario del segundo tribunal unitario en materia penal con sede en Guadalajara. El funcionario informó a las autoridades carcelarias que Caro debía ser puesto en libertad inmediata. Durante el trámite oficial, algunos de sus abogados lo esperaron fuera del reclusorio. A las 1:30 horas, el narcotraficante fue entregado a su familia, la cual “lo llevó a un lugar donde ni siquiera hay señal de telefonía”, indicaron fuentes de su defensa. El Consejo de la Judicatura Federal indicó en una tarjeta informativa emitida por el segundo tribunal unitario en materia penal, con sede en Guadalajara, que el pasado 7 de agosto el primer tribunal colegiado en materia penal, que se localiza en esa ciudad, “concedió a Rafael Caro Quintero el amparo y protección de la justicia federal”, y mencionó que ya habían sido compurgadas las sanciones impuestas al narcotraficante por lo que hace a delitos contra la salud. En el documento, los órganos judiciales señalaron que por lo que hace a la acusación de privación ilegal de la libertad y homicidio calificado contra Enrique Camarena Salazar, integrante de la agencia antidrogas de Estados Unidos (DEA por sus siglas en inglés), y el piloto aviador Alfredo Zavala Avelar, quienes fueron asesinados en febrero de 1985 en venganza por el aseguramiento de miles de toneladas de mariguana en el rancho El Búfalo, en Chihuahua. Caro había sido sentenciado a 40 años de prisión por esos homicidios, pero los tribunales, el primer tribunal colegiado y el segundo tribunal unitario, determinaron que el órgano federal que lo enjuició no tenía competencia y el caso debía ser procesado por un juez del fuero común. La defensa de Caro explicó que, además de haberse estimado la ilicitud del juicio en un juzgado federal, también se consideró que al narcotraficante se le violaron sus derechos al debido proceso, pues no se le dio asistencia consular cuando fue detenido en abril de 1985 en San José de Costa Rica, adonde había huido tras los asesinatos de Camarena y Zavala. Los órganos jurisdiccionales

Rafael Caro Quintero llega al Reclusorio Oriente, tras su captura por la Interpol en Costa Rica ■ Foto Fabrizio León Diez

concedieron amparo a Caro en lo que se refiere a los homicidios de Albert G. Radelat y John Clay Walker, quienes fueron privados de la vida el 30 de enero de 1985 en Jalisco. El argumento fue que “se varió, en perjuicio del quejoso, el marco legal trazado en las conclusiones acusatorias”. Por ello también había sido sentenciado a 40 años de cárcel. De igual manera, Caro fue amparado contra una acusación por privación ilegal de la libertad, en la cual se le imputaba haber retenido contra su voluntad a miles de campesinos para que cultivaran mariguana en El Búfalo. Pero los tribunales detectaron que el capo ya había sido juzgado y su sentencia fue absolutoria, por lo que ya no se le debía juzgar nuevamente. Otra decisión de sobreseimiento se dio en cuanto a la acusación que la PGR le formuló

por delitos contra la salud en las modalidades de siembra, cultivo y cosecha de enervantes en 1984, en los lugares conocidos como Los Juncos y rancho Montesco, en los municipios de Coyame y Jumiles, en Chihuahua. El delito por el que fue sentenciado se relaciona con el rancho El Búfalo, donde se le aseguraron toneladas de mariguana en noviembre de 1984. El capo fue sentenciado a 15 años de prisión y a pagar una multa de un millón de pesos. El tiempo de prisión ya había sido cumplido debido a que llevaba 28 años encarcelado. La multa económica también fue cancelada por considerla prescrita. Caro fue absuelto de las acusaciones de asociación delictuosa y los tribunales ordenaron su liberación, la cual se cumplió la madrugada de ayer.

Los tribunales desoyeron a la Corte: PGR El procurador general de la República (PGR), Jesús Murillo Karam, expesó preocupación por las resoluciones del primer tribunal colegiado en materia penal del tercer circuito en Jalisco y el segundo tribunal unitario del mismo circuito, que permitieron dejar en inmediata libertad a Rafael Caro Quintero, ya que a su consideración esos órganos del Poder Judicial de la Federación no atendieron los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en este caso. El titular de la PGR dijo tener “absoluto respeto a las decisiones del Poder Judicial”, porque “el primer tribunal colegiado ignoró por completo el reciente criterio sostenido apenas en marzo pasado por la SCJN, pues ordenó a una autoridad que éste consideró incompetente por razón de fuero, que sobreseyera las causas penales seguidas en contra de Caro Quintero, dejándolo en libertad, cuando que de haber aplicado el criterio de la Corte, debió haber remitido el expediente al juez que estimara competente para que conociera del juicio, pues de la manera en que sucedió, produce la absolución sin juicio por un juez que el mismo tribunal consideró incompetente”. Ante este panorama, Murillo Karam “ordenó analizar la interposición de los recursos que en términos de la ley sean procedentes, en razón de la gravedad de los delitos de privación ilegal de la libertad y homicidio calificado entre otros (cometidos por Caro Quintero), cuyas víctimas todavía reclaman justicia”. GUSTAVO CASTILLO

Entre 2005 y 2007, los abogados de Caro obtuvieron dos amparos de la Suprema de Justicia de la Nación, con los cuales se determinó que no se concedería la extradición del capo que consolidó el cártel de Jalisco –el cual dirigió en los 80 junto con Miguel Ángel Félix Gallardo y Ernesto Fonseca Carrillo–, porque en México no había cadena perpetua ni pena de muerte, sentencias a las que podría hacerse acreedor en Estados Unidos, nación que a la fecha lo mantiene en su lista de los fugitivos más buscados. La defensa de Caro informó que al momento de dictarse la libertad de su cliente no existían ni acusaciones penales ni solicitudes de extradición vigentes, por esa razón no fue detenido a su salida de la prisión de mediana seguridad que se localiza en el complejo penitenciario en Jalisco.


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