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día del abogado
jueves 20 de febrero DE 2014 / La Hora Santo domingo
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especial
El abogado y las nuevas leyes POR LIBER ANDRADE
ESPECIAL DIARIO LA HORA
JURISTA. Liber Andrade es doctor en leyes y jurista profesional.
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En el nuevo marco jurídico constitucional, la función del profesional del derecho se convierte en la piedra angular de consulta para la producción de la ciencia jurídica. Intervención específica que puede ser en calidad de abogado propiamente dicho, asumiendo la defensa técnica a personas que reclaman un derecho en disputa, como jurisconsulto, dando consejo e indicando como defender un derecho, y como jurista estudiosos de la dogmática jurídica, crítico de códigos y leyes; conocedor de la génesis y previsor de tendencias. Su accionar no ha sido bien visto por clientes, funcionarios públicos o gubernamentales de turno, que teniendo una Constitución garantista de derechos humanos, actúan contrario a ellos; porque ahí surge el abogado con la argumentación y decisión de defenderlos. Por eso los cuestionan y denigran; pero ante ello, el abogado levanta su voz remozada, como dijo el juris-
consulto Piero Calamandrei “si hay aún inocentes que defender, si hay aun atropellos que denunciar, si hay aún dolores engendrados por la injusticia y leyes dictadas para sanarlo, la abogacía es joven aún”; debiendo apoyarse en valores, principios y reglas que contiene nuestra Constitución que, al decir de propios y extraños, es una de las mejores de América Latina y el mundo. Con la Constitución del 2008 se están produciendo normas secundarias, siendo imprescindible el abogado para la lectura e interpretación primaria de las normas; estando obligado a orientar y mentalizar el Estado Constitucional de derechos y justicia; dando su criterio, informe o preparación de proyectos legales, normas regionales, ordenanzas, decretos y reglamentos, acuerdos y resoluciones u otros actos de decisión. La Asamblea Nacional terminó de aprobar el Código Orgánico Integral Penal (COIP), pero se observa la ausencia del criterio del abogado con experiencia
y sapiensa en la elaboración y redacción final de la normativa; teniendo efectos negativos en el derecho a la seguridad jurídica porque a pocos días de vigencia está acudiendo a la interpretación de la ley, como se ha planteado en el caso del artículo 146 del COIP. Hoy está en marcha el proyecto del Código Orgánico General del Procesos, el cual abarcaría procedimientos de juicios ordinarios, verbal sumario, sumario, especial, ejecutivo, oral y otros; naturalmente con la excepción del procedimiento penal aprobado en el COIP y del procedimiento y defensa de los derechos constitucionales previstos en la Ley Orgánica de Garantías Juridisccionales y Control Constitucional. Por eso es fundamental que los abogados en el bufé, academia, judicatura, gremio o cualquier otro sitio analice, discuta y coincida en el tenor final de la norma; porque expendida la ley nos corresponde cumplirla y hacerla ejecutar en beneficio de los derechos de las personas y por la salud democrática de la nación entera. p-191438-gf