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No existen sanciones por el uso de la vía durante cortejos fúnebres

Los acompañamientos funerarios que dificultan el tráfico en algunas calles no son sujeto de sanción por uso de espacio público o contravención de tránsito.

Los traslados funerarios son en ocasiones, un problema a la hora de circular por las calles, pues la multitud de personas que caminan a paso lento detrás de una caja mortuoria genera caos vehicular sobre todo en tramos en donde la circulación de autos es considerable.

Sin embargo, sobre si existe alguna sanción para las personas que recorren las calles con cortejos fúnebres, la respuesta es no. Así se conoció por parte de la Agencia de Orden y Control Ciudadano de Ambato desde donde se aseguró que no existen multas que se generen a partir de estos casos.

ha contratado sus servicios requiere del traslado, lo hacen sugiriendo siempre que se haga por las calles en las que puedan circular sin generar caos.

Calles prohibidas para cortejos o afines

TOME NOTA

“Nosotros les damos una ruta, porque tampoco se puede hacer lo que nos da la gana, para esto se llama al 911 y se pide una especie de permiso diciendo por las calles que se va a circular y mandan a un agente de tránsito para que nos vaya dando paso”, dijo.

Si un cortejo fúnebre invade alguna de las vías determinadas como no autorizadas o prohibidas no existe una normativa que aplique para una sanción por esta causa.

Desde la entidad se explicó que lo que se hace es enviar a un agente civil de tránsito con el fin de que este colabore con la descongestión del paso de los dolientes, así como motivar a que se agilice el cortejo para que siga fluyendo el tráfico.

Desde las funerarias Pedro, nombre protegido, es dueño de una funeraria en la ciudad y aseguró que cuando la familia de un fallecido, que

En el mismo contexto, Carlos, también dueño de otra funeraria aseguró que “no nos han multado ni nunca hemos tenido problemas por salir a hacer los recorridos, es que eso se solicita primero al 911, sean los familiares o nosotros y con un agente de tránsito se circula sin problemas”, explicó.

Desde el ECU 911 se informó, mediante el Departamento de Comunicación, que en efecto los dolientes o funerarias avisan a la central de emergencia “se asigna a un motorizado o patrullero de los agentes civiles de tránsito por precaución, no para cerrar vías”, se explicó.

MUESTRA. La ausencia de una normativa clara no permite la sanción por ocupación de vías no autorizadas por cortejos funerarios.

Lo que dice la norma Mauricio Carvajal, director de Servicio Públicos de la Municipalid ad de Ambato, aseguró que existe un vacío legal en cu anto a alguna normativa que sancione estos traslados que dificultan el tráfico como tal, al momento no hay multa alguna al respecto de los cortejos.

Sin embargo, el servidor explicó que, en lo que tiene que ver con desfiles u otros actos que impliquen un bloqueo de calles incurre en otro tipo de situaciones, pagos y sanciones.

Carvajal aseguró que en el artículo 21 de la ordenanza

EL DATO que regula y controla la ocupación de bienes de uso público señala una sanción únicamente par a aquellas personas naturales o entidades que realicen desfiles sin las autorizaciones del caso y por tramos prohibidos con el pago de una multa de tres salarios básicos unificados.

Los cuatro días de la FFF son los únicos en los que las juntas promejoras y comités barriales, mediante solicitud al Alcalde y la Dirección de Servicios Públicos, podrá utilizar las vías determinadas como prohibidas, previo al pago de garantías y compromisos de limpieza y retiro de tarimas en caso de haberlas.

° En el artículo 17 de la ordenanza que regula y controla la ocupación de bienes de uso público se menciona que todo desfile, acto cultural, baile, juego y otros con o sin fines de lucro, deberá obtener la autorización de la Dirección de Servicios Públicos.

Esta autorización se otorga previo al depósito de un salario y medio básico como garantía y el pago por ocupación de la vía pública del doble del valor determinado en el artículo 19 de la misma ordenanza.

El documento prohíbe la ocupación en el perímetro urbano comprendido entre la avenida 12 de Noviembre, calle Eugenio Espejo, avenida González Suárez, Unidad Nacional, calle Humberto Albornoz, Constantito Fernández, Lizardo Ruiz, Pérez de Anda, Francisco Flor, Mejía Lequerica, José Joaquín de Olmedo intersección con la Juan León mera, prolongación de la calle 13 de Abril y las avenidas principales de la ciudad.

El director fue enfático en el hecho de que su departamento solo se rige a la norma estructurada por el Consejo Municipal, insistiendo en el hecho de la existencia de ese vacío legal que regente el tema de los cortejos fúnebres en la vía pública. (MAG)

Cevallos celebra su cantonización con fiesta retro

Las fiestas de Cevallos inician con el ‘Festival Cultural Retro Guardianes del Tiempo’ que se realiza para celebrar los 37 años de cantonización

El evento se desarrollará en la plaza de animales menores, el sábado 29 de abril de 2023 a partir de las 18:00.

Los artistas invitados a este evento son: Dj Pedro

Romo, Edisson Von Lippke, Xavier Altamirano y Josselline Illingworth.

Este evento forma parte de las actividades organizadas para conmemorar la cantonización de Cevallos y cuenta con la coordinación total del Municipio

Los asistentes podrán dis- frutar de manera gratuita de este concierto que es organizado con la intención de traer recuerdos de épocas de antaño.

Personal de la Policía Nacional estará presente en todos los eventos organizados por las festividades del cantón. No se permitirá el consumo excesivo de alcohol. (VAB)

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