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Comienza plan de arreglo de calles y avenidas en Ibarra

Varias vías permanecerán cerradas mientras se cumplen los trabajos por parte de cuadrillas municipales.

IBARRA. – Hasta el 28 de mayo de 2023 se extenderán los trabajos de la primera etapa de arreglo de baches en la ciudad de Ibarra , capital provincial de Imbabura.

Las cuadrillas de obreros arrancaron esta semana las primeras intervenciones. Se contempla reparar 366 m2 afectados por hundimientos y zanjas dañadas . También se volverá a adoquinar 766 m2 en distintos puntos de la ciudad.

Cristian Vivero, director municipal de Obras Públicas, expuso que en esta primera etapa de arreglos de calles y avenidas se intervendrán diez arterias viales . Los trabajos se ejecutarán del 24 al 28 de mayo de 2023.

“A las vías las encontramos en un 80% acabadas en su vida útil, por ello se ha considerado el bacheo y readoquinado de las principales calles del centro de la ciudad”, dijo Vivero.

Sectores intervenidos

Desde el Municipio de Ibarra resaltaron que esta es una medida temporal , “cuyo objetivo es dar transitabilidad a las vías de la ciudad mientras avanzan los proyectos de rehabilitación vial mayores”.

Agregaron que estos tra- bajos se ejecutan por administración directa, con un presupuesto aproximado de $15.000.

Los sectores que serán intervenidos en esta primera etapa son: avenida Teodoro Gómez de la Torre, Sánchez y Cifuentes, Mariano Acosta, Pedro Moncayo, Jaime Rivadeneira, Chica Narváez, Cristóbal de Troya, José Mejía y Juan de Salinas.

Adicionalmente, en el sector del Corredor Periférico Sur se iniciará el bacheo de la vía con asfalto frío.

“Los trabajos se desarrollarán también el feriado y

Aumentan personal para mantenimiento de parques

° Las nuevas autoridades municipales informaron que también arrancaron los trabajos de mantenimiento de parques y áreas verdes Se informó que se incrementará el personal que realizará estas labores Puntualmente, se pondrá énfasis en los parques Ciudad Blanca, Pedro Moncayo y La Merced

Cristian Moreno, encargado municipal de el fin de semana. Para ello se ha dispuesto cuatro cuadrillas de trabajadores para cumplir con esta planificación”, explicaron desde la Alcaldía de Ibarra. parques y jardines, señaló que todos deben cuidar estos espacios , enfatizando que mantenerlos limpios es obligación de las autoridades, pero que también se necesita la colaboración de la ciudadanía.

En esta línea, destacaron que en la temporada invernal muchas veces se reprograman los puntos de trabajo donde existan precipitaciones, ya que durante la lluvia no es recomendable el bacheo , “porque no se logra una adherencia adecuada de la mezcla asfáltica en caliente con el suelo húmedo, por lo que, si esto sucede, el mismo día se acude a lugares donde no existan lluvias”.

“Dentro del cronograma de trabajo se ha establecido el mantenimiento y limpieza de jardineras, corte de césped, pintura, arreglo de juegos, mantenimiento de las canchas deportivas, poda de árboles, el aseo y control de maleza y fitosanitario. El cambio será visible y los ibarreños podrán disfrutar de cada rincón”, dijo.

CLUB DE VOLUNTARIOS DE LA FUERZA TERRESTRE “CABO NICANOR QUIROZ SALAZAR”

SUMARIO ADMINISTRATIVO No. 003-2023

BOLETA DE NOTIFICACIÓN DE AUTO DE INICIO DE SUMARIO ADMINISTRATIVO

PARA: Señores socios: WALDO FERNANDO MANRIQUE CÁCERES, EDWIN ENRIQUE SALAZAR CABEZA, HÉCTOR HERMEL CHULDE RODRÍGUEZ, RENÉ RAMIRO ESPINOZA PUGLLA, VICENTE EDISON OLMEDO VERGARA, ADOLFO ANDRÉS SANTANA QUIÑÓNEZ, PATRICIO DARÍO SÁNCHEZ MÉNDEZ, HULGER VICTORIO MERCADO CAICEDO, OSWALDO AUGUSTO ORDÓÑEZ CANDO, ULMAN VICENTE QUISHPE CUEVA, VILLAFUERTE LEÓN FRANCISCO ANTONIO; CARRANCO ASANZA JAIME OSWALDO, RAMÍREZ RAMÍREZ REYNALDO JAVIER, NOVOA VINCES FRANCISCO TEODORO, QUISNANCELA QUISNANCELA MARIO CRISTÓBAL, HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ LUIS OLMEDO, REALPE VALDEZ ENRIQUE, PEDRO GREGORIO MOTA BAJAÑA. ASUNTO: Notificación con auto inicial y más documentación referente a la instauración de proceso administrativo en su contra.

FECHA: 24 de mayo de 2023

Presente.De mi consideración:

Dentro del sumario administrativo 003-2023, se ha dictado la providencia que me permito transcribir:

“AUTO INICIAL DE LLAMAMIENTO A SUMARIO ADMINISTRATIVO

Sumario administrativo No. 003-2023

ASESORÍA JURÍDICA DEL CLUB DE VOLUNTARIOS DE LA FUERZA TERRESTRE “CABO NICANOR QUIROZ SALAZAR”.- Quito, 22 de mayo de 2023, las 13H30.- VISTOS.- En atención a la providencia mediante la cual se dispone el inicio de sumario administrativo, de fecha 18 de mayo de 2023, las 11H00, suscrita por el señor SUBM. S.P. Guido Hernán Vera Campelo, en calidad de Presidente del Directorio del CVFT, conforme registro de la Directiva del CVFT, constante en Oficio No. MDT-ST-2021-0354-O de fecha 19 de marzo de 2021 de la Subsecretaría de Trabajo y sentencia constitucional dictada por la Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, dentro de la acción de protección No. 172332022-07386; en cumplimiento a lo prescrito en el Art. 8 del Reglamento para el Trámite de Sumarios Administrativos del CVFT, emito AUTO INICIAL DE LLAMAMIENTO A SUMARIO ADMINISTRATIVO, que constituye providencia preventiva de sanción, en contra de los señores socios: WALDO FERNANDO MANRIQUE CÁCERES, EDWIN ENRIQUE SALAZAR CABEZA, HÉCTOR HERMEL CHULDE RODRÍGUEZ, RENÉ RAMIRO ESPINOZA PUGLLA, VICENTE EDISON OLMEDO VERGARA, ADOLFO ANDRÉS SANTANA QUIÑÓNEZ, PATRICIO DARÍO SÁNCHEZ MÉNDEZ, HULGER VICTORIO MERCADO CAICEDO, OSWALDO AUGUSTO ORDÓÑEZ CANDO, ULMAN VICENTE QUISHPE CUEVA, VILLAFUERTE LEÓN FRANCISCO ANTONIO; CARRANCO ASANZA JAIME OSWALDO, RAMÍREZ RAMÍREZ REYNALDO JAVIER, NOVOA VINCES FRANCISCO TEODORO, QUISNANCELA QUISNANCELA MARIO CRISTÓBAL, HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ LUIS OLMEDO, REALPE VALDEZ ENRIQUE, PEDRO GREGORIO MOTA BAJAÑA, a fin de determinar posibles responsabilidades administrativas por la comisión de una presunta falta disciplinaria administrativa por los acontecimientos suscitados a partir del día 14 de febrero de 2023, fecha en la cual la Jueza competente de la Unidad Judicial Civil, con sede en la parroquia Quitumbe dicta sentencia escrita dentro de la causa de acción de protección No.17233-2022-07386, en la cual se declara la nulidad del proceso electoral del CVFT periodo 2022-2024 a partir del 28 de septiembre de 2022. Para garantizar el debido proceso y derecho a la defensa, consagrado en el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador y Art. 81 del Estatuto del Club de Voluntarios de la Fuerza Terrestre “Cabo Nicanor Quiroz Salazar”, se dispone: PRIMERO.- Los hechos materia de este procedimiento, son los referentes a los acontecimientos suscitados a partir del 14 de febrero de 2023, fecha en la que la Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, dictó sentencia escrita dentro de la acción de protección No. 17233-2022-07386, mediante la cual declara nulo el proceso electoral periodo 2022-2024 del Club de Voluntarios de la Fuerza Terrestre “Cabo Nicanor Quiroz Salazar” a partir del 28 de septiembre de 2022, retrotrayendo el proceso a esta fecha, cuyo cumplimiento y ejecución corresponde a las Autoridades, Directivos, Comité en funciones a esa fecha conforme lo dispuesto por la señora Jueza competente, no obstante en evidente incumplimiento a la decisión legítima de la señora Jueza constitucional competente, varios socios encabezados por el señor Waldo Fernando Manrique Cáceres, miembros de su ex Directorio y equipo de Trabajo, violentando la normativa que rige al CVFT, a través de acciones de hecho, continuadas y recurrentes, en flagrante incumplimiento a la sentencia constitucional, de manera dolosa permanecen usurpando la administración de Club, con estas acciones ilegales, violentas, generan incidentes infundados que son contrarios a la normativa vigente, lo cual perjudica gravemente a la estructura democrática, organizacional e institucional del Club y atenta contra los derechos de los socios; obstaculizan el efectivo desarrollo del proceso electoral, incumpliendo y desconociendo al fallo constitucional, con absoluta mala fe promueven acciones ilegítimas e ilícitas, carentes de fundamento, con el fin de entorpecer el normal desarrollo del proceso electoral, promueven de manera totalmente ilegal y arbitraria una supuesta autoconvocatoria a asamblea extraordinaria de socios, la cual no tiene la autorización ni aval de ninguna Autoridad, carente de validez legal, ya que es contraria a la normativa y objetivos del Club, con la intensión desleal de generar el caos, la confusión, la inestabilidad para impedir el normal desarrollo del proceso electoral y por ende incumplir la sentencia constitucional que manda a efectuar nuevas elecciones. Conforme la resolución judicial, corresponde a las Autoridades y Directiva vigente a la fecha en que se declara la nulidad procesal, ejercer las funciones y representación para llevar a efecto el proceso electoral, encontrándose debidamente registrados en el Ministerio de Trabajo al 28 de septiembre de 2022, el Directorio presidido por el señor SUBM. S.P. Guido Hernán Vera Campelo y Gerencia con la representación legal de la Ing. Doris Cristina Villacís Villacís; dentro de esta fase de ejecución de la sentencia se ha podido determinar acciones contrarias al ordenamiento jurídico que obstruye la convivencia armónica de sus socios y generan episodios de confrontación y división de estos, que penosamente favorece a la inestabilidad organizacional e institucional; además vulnera disposiciones estatutarias y reglamentarias del CVFT. De los registros se advierte y establece la presunta participación directa de dichos socios en acciones ilegales, asociadas con conductas de irrespeto, maltrato, violencia, amenazas, quienes atentan contra los derechos de las personas e Institución, infundadamente desconocen a las Autoridades competentes e impiden el cumplimiento de la sentencia constitucional, que además promueven la división, atentan contra el régimen organizacional-democrático, prestigio e imagen institucional. De estos elementos se desprende la presunta participación protagónica por acciones u omisiones ilegales, de dichos socios, contrarias al ordenamiento jurídico que tutela al CVFT; lo cual, presuntamente constituye una falta disciplinaria grave prevista en el Art. 72, literal b) y Art. 74 literales d), e) y f) del Estatuto del CVFT, además por presunto incumplimiento e inobservancia del Art. 16 literales b), d), f) y h), en concordancia con el Art. 17 literal d) y f) ibidem; los Arts. 17 y 59 del Reglamento para la Aplicación del Estatuto; y, Arts. 1) inciso cuarto y 28 del Código de Ética. SEGUNDO.Incorpórese al procedimiento los siguientes documentos que sustentan el presente sumario administrativo: 1.Sentencia de fecha 14 de febrero de 2023 dictada por la señora Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, dentro de la acción de protección No. 17233-2022-07386, y auto de aclaración a la misma de fecha 16 de marzo de 2023. 2.- Resolución constante en acta No. 159-14-FEB-2023-CVFT. 3.- Oficio No. MDT-DRTSPQ-2023-2589 de fecha 23 de febrero de 2023. 4.- Sentencia dictada dentro de la acción de protección seguida por el señor Waldo Manrique Cáceres en contra del Ministerio de Trabajo, causa signada con el No. 17986-2023-00392. 5.- Denuncia presentada en la Fiscalía por los presuntos delitos de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente; obstaculización de proceso electoral, en conocimiento de la Fiscalía de Administración Pública 4 de Pichincha. 6.- Acta No. CVFT-CE-006-2023, de 22 de marzo de 2023. 7.- Oficio No. CVFT- CEP- 016-2023, de 22 de marzo de 2023. 8.- Oficio No. CVFT- G-2023-03-31-27 de fecha 27 de marzo de 2023,suscrito por la Ingeniera Doris Villacís, en su calidad Gerente del C.V.F.T. 9.-Oficio de fecha 31 de marzo de 2023, suscrito por la señora Gerente del Club, informa en lo principal que el señor Waldo Manrique, no ha dado ningún pronunciamiento ni verbal ni escrito con relación a la petición de entrega de la administración. 10.- Oficio de fecha 31 de marzo de 2023, dirigido al señor Waldo Manrique, mediante el cual la señora Gerente en lo pertinente comunica que por resolución del Directorio, que a partir del 15 de febrero de 2023, todo proceso que haya sido generado por la administración del señor Waldo Manrique y su equipo de colaboradores que comprometa recursos del Club no será reconocido por este Directorio.11.- Oficio No. 2023-064-CVET-P, de 31 de marzo de 2023, dirigido a la Ingeniera Doris Villacís, en su calidad Gerente del C.V.F.T, suscrito por el señor socio SGOP. S.P. Waldo Femando Manrique Cáceres. 12.- Oficio No. CVFT- CE- 017-2023, de 10 de abril de 2023, del Comité Electoral.13.- Acta de acuerdo de fecha 12 de abril de 2023, incumplida por parte del señor SGOP. S.P. Waldo Femando Manrique Cáceres y miembros de su ex Directorio. 14.- Oficio No. 2023-066-CVFT-P de fecha 13 de abril de 2023, suscrito por el señor Waldo Manrique.15.- Oficio No. 2023-005-CVFT-J, de fecha 19 de abril del 2023, suscrito por el señor Ulman Quishpe. 16.- Oficio No. CVFT-CEP-018-2023, de fecha 14 de abril del 2023, del Comité Electoral. 17.- Comunicados oficiales emitidos en torno a las acciones ilegales adoptadas por varios socios que impiden el cumplimiento de la sentencia constitucional. 18.- Resolución de Directorio contenida en acta No. 170-01-MAY-2023-CVFT. 19.- Ilegítima autoconvocatoria a supuesta asamblea extraordinaria de socios, a efectuarse el 21 de mayo de 2023, con el fin de incumplir la sentencia constitucional. 20.- Registros magnéticos de audio y video de acciones ilegales e ilegítimas, amenazas, insultos, expresiones violentas, irrespetuosas de descrédito, atentatorias a los derechos de las personas, protagonizadas por varios socios, quienes incumplen la sentencia constitucional y no permiten que se desarrolle el proceso electoral. 21.- Providencia de fecha 18 de mayo de 2023 las 11H00 disponiendo inicio de sumario administrativo, suscrita por el señor Presidente del Directorio del CVFT. TERCERO.- Nómbrese Secretario Ad hoc al señor SUBP. S.P. Jorge Domingo Ojeda Yaguana, quien se posesionará de su cargo dentro del término de un día. CUARTO.- Notifíquese a los señores socios: WALDO FERNANDO MANRIQUE CÁCERES, EDWIN ENRIQUE SALAZAR CABEZA, HÉCTOR HERMEL CHULDE RODRÍGUEZ, RENÉ RAMIRO ESPINOZA PUGLLA, VICENTE EDISON OLMEDO VERGARA, ADOLFO ANDRÉS SANTANA QUIÑÓNEZ, PATRICIO DARÍO SÁNCHEZ MÉNDEZ, HULGER VICTORIO MERCADO CAICEDO, OSWALDO AUGUSTO ORDÓÑEZ CANDO, ULMAN VICENTE QUISHPE CUEVA, VILLAFUERTE LEÓN FRANCISCO ANTONIO; CARRANCO ASANZA JAIME OSWALDO, RAMÍREZ RAMÍREZ REYNALDO JAVIER, NOVOA VINCES FRANCISCO TEODORO, QUISNANCELA QUISNANCELA MARIO CRISTÓBAL, HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ LUIS OLMEDO, REALPE VALDEZ ENRIQUE, PEDRO GREGORIO MOTA BAJAÑA, con el presente auto inicial y los registros y documentos de sustento del sumario administrativo, concediéndoles de conformidad con el Art. 8 del Reglamento para el Trámite de Sumarios Administrativos del CVFT, el término de cinco días, contados a partir de la fecha de notificación de este Auto, para que los sumariados ejerzan el derecho a la defensa, contesten y adjunten las pruebas de descargo que consideren pertinentes. Por Secretaría Adhoc, se notificará a los señores socios sumariados, en la forma prevista en los Arts. 10, 11 y 12 del Reglamento para el Trámite de Sumarios Administrativos y se dejará constancia de aquello. QUINTO.- Los sumariados, deberán señalar domicilio judicial en la ciudad de Quito y/o correo electrónico para recibir futuras notificaciones, a fin de garantizar el ejercicio de su legítimo derecho a la defensa. SEXTO.- Practíquese cuanta diligencia sea necesaria para el total esclarecimiento de los hechos que se investigan dentro del presente sumario administrativo. SÉPTIMO.- Se pone a disposición de los sujetos procesales los registros y documentación de sustento que obran del expediente administrativo y todas las actuaciones que se generen en el transcurso del procedimiento administrativo. Escritos de contestación, anunciación de pruebas, deben ser entregados al señor Secretario Adhoc, en horario laboral de lunes a viernes, a través del correo electrónico institucional asistente@cvft.com.ec y correo electrónico jordy1966@gmail.com. CÚMPLASE y

NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Fausto Adrián Torres Ríos.-ASESORÍA JURÍDICA CVFT”

Particular que comunico a usted, para los fines legales consiguientes.

Atentamente,

Hombre amenaza de muerte a sus padres

Un hombre de 35 años fue apresado tras haber perpetrado la casa de sus padres a quienes maltrató y amenazó de muerte. El hecho se registró en el sector de la Letamendi de Ambato.

Al ECU 911 se elevó el pedido de ayuda el martes 23 de mayo de 2023. A gentes policiales del Distrito Ambato Sur acudieron al auxilio.

A su llegada un ciudadano de 68 años les contó que estaba junto a su esposa de 67 años en su domicilio cuando llegó su hijo quien “abusivamente” entró a la propiedad para insultarlos, retándolos incluso a que lo sacaran por la fuerza.

“Si me mandan preso, de ahí que en un año salgo y les voy a ir matando”, es parte de lo que habría mencionado el enardecido sujeto.

En medio del escándalo, el sujeto forzó la seguridad de una ventana de la casa para sacar unos documentos que estaban en el lugar.

El implicado fue encontrado por los policías en el sitio. Además de la agresión, el hombre fue apresado porque en su contra pesa una boleta de auxilio a favor de sus padres.

El irrespeto a esta orden de autoridad competente hizo que el hombre finalmente fuera puesto tras las rejas, por volver a amedrentar y violentar a sus padres. (MAG)

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