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Indecisos se mueven entre el desencanto y el ‘voto útil’

La guerra de encuestas respondería a la intención de los equipos de campaña de empujar al electorado a decidirse. El debate del domingo será determinante.

Las encuestas en Ecuador siguen mostrando un elevado índice de indecisión en el electorado cuando restan 12 días para escoger Presidente de la República.

Aunque cada encuesta maneja su metodología para medir este indicador, las más recientes señalan que la indecisión estaría entre el 30% y 40% del electorado, y un 30% de los votantes tomaría su resolución posiblemente una semana antes de la cita electoral.

Coincidencialmente, la toma de la decisión de los ciudadanos y el debate presidencial se presentarán el 13 de agosto de 2023, por lo que la cita del domingo para confrontar sus ideas y propuestas podría ser el escenario propicio para conectar con el electorado.

Los analistas David Chávez, Francis Romero y Santiago Pérez conversaron con LA HORA sobre la importancia de este sector de la población y los escenarios que podrían plantear de cara al 20A

Factores de la indecisión

Los expertos electorales coincidieron en que la indecisión de los electores responde a factores como la desconfianza y el desencanto con la democracia, lo que incide en la poca voluntad del electorado a conocer sobre los candidatos que compiten en el actual proceso electoral.

Santiago Pérez, d irector de Clima Social, consideró que “hay muchas diferencias dependiendo de la metodología, pero la indecisión está bastante más abajo, me parece que está en el orden del 20% si sacamos un promedio de todos los estudios”.

Acotó que la indecisión a estas alturas del proceso electoral puede tener dos explicaciones, “hay personas que no quisieran manifestar por quien quieren votar, aunque tengan su decisión ya tomada; y, en segundo caso, hay personas que podrían encontrarse completamente desinformadas, y estas son las propiamente indecisas”.

A su juicio, estas personas “pueden ser determinantes para la elección, porque podrían cambiar el resultado en dos sentidos: Saber si va a haber una segunda vuelta y en el caso de haber una segunda vuelta, quién pasaría en el segundo lugar”.

Al analizar la posibilidad de que avance el llamado “voto útil”, Pérez señaló que este podría incidir en contra de las aspiraciones de la candidata del correísmo.

“Creo que le puede jugar en contra a la candidata de la Revolución Ciudadana, puesto que todas las encuestas coinciden que ella va en primer lugar, por lo que quienes no quieren que ella gane podrían inclinarse a votar por el candidato que consideran que puede competir”, apuntó. Pérez advierte que esto podría darse en porcentajes pequeños del electorado.

Destacó que en los últimos estudios realizados en campañas electorales previas, en algunos cantones del país el electorado decide la última semana en un 30% de los votantes.

“La actuación que tengan los candidatos en el debate consolidará de mejor manera la intención del voto del electorado. La capacidad de los candidatos de transmitir certezas al electorado será determinante”, apuntó Romero.

Deterioro de la democracia El analista político, David Chávez, destacó que la indecisión que se observa en Ecuador forma parte de la “profunda crisis de la democracia”, que hace que buena parte de la población no confíe en los políticos “no importa su signo”.

41% aún no decide

Por su parte, Francis Romero, director de Click Report, detalló que en su último estudio observaron que el 41% de los encuestados señalaban que aún no tomaban una decisión “Pero cuando hacemos el ejercicio de simulación de voto, vemos que los que nos han dicho que no han decidido, ya toman partido por alguna candidatura. De allí se desprende una conclusión, el voto de los indecisos está fluctuando entre Otto Sonnenholzner, Jan Topic y Fernando Villavicencio”, explicó. Romero destacó que las candidaturas de la candidata Luisa González y Yaku Pérez, muestran el acompañamiento de un “voto duro” . P untualizó que “el porcentaje de sus votos es duro y no ha cambiado a lo largo de la campaña”.

Recordó que recientemente en las mediciones realizadas por el Latinobarómetro, “es evidente que se ha perdido con mucha fuerza la confianza en la democracia, ya abiertamente un buen número de personas estarían abiertas a un gobierno autoritario o dictatorial”, alertó.

Chávez acotó que, en los últimos años, las elecciones en Ecuador se han definido en los últimos días. “En el 2021 la elección se definió en la última semana , donde se evidenció un viraje importante en favor de Lasso y que el crecimiento de Arauz se detuvo”.

Precisó que parte de los criterios que llevan a esta situación, “es votar por el menos malo, o para evitar que otro candidato gane y me parece que ahora se va a repetir eso , estamos viviendo el mismo fenómeno”.

A diferencia de Romero, el analista político David Chávez considera que el debate no tendrá incidencia en la decisión del voto.

“Pero podrá incidir en la disputa de la campaña electoral de la última semana, para posicionar ciertos ataques y mensajes de la campaña sucia , como ocurrió en el debate del 2021, el debate no fue importante, lo que tuvo impacto fue el mensaje de la frase “Andrés no mientas otra vez”, rememoró. (ILS)

R. DEL E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA

EXTRACTO JUDICIAL

ACTOR: TUZA MERINO IRENE PAULINA

DEMANDADO: OJEDA POZO HECTOR SALOMON

JUEZ: DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA

SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA

JUICIO: 15951-2023-00169

CAUSA: AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA.

TRAMITE: VOLUNTARIO

CUANTIA: INDETERMINADA

SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, la señora TUZA MERINO IRENE PAULINA, Presentó una DEMANDA DE AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA, cuyo extracto es como sigue: “…Tena, miércoles 26 de Julio del 2023, a las 11h25.- “… En lo principal, Conozco de la presente causa de Autorización de Venta de Bienes de Niñas, Niños, Adolescentes y de personas sujetas a guarda, en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Tena, provincia de Napo, en base al sorteo de ley.- SEGUNDO.- La demanda presentada es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, conforme lo establece el inciso final del Art. 334 del mismo cuerpo legal invocado. Agréguese la documentación adjunta a la demanda, la cual se considerará en su momento procesal. II) CITACIÓN.- Conforme lo solicita la peticionaria en su escrito de demanda y por cuanto la actora ha declarado bajo juramento, en su libelo, el desconocer el domicilio o residencia del señor HECTOR SALOMON OJEDA POZO se lo citará en atención a lo previsto en el artículo 56 COGEP, numerales 1 y 2, esto es: a) A través de 3 publicaciones en el Diario “La Hora” con amplia circulación, que se edita en la ciudad de Quito, esto en armonía con el numeral 1 del artículo 56 del COGEP, para cuyo efecto la señora secretaria de esta judicatura elaborará los extractos correspondientes, hecho lo cual y a partir de la fecha de la última publicación se procederá conforme indica la ley, respecto de la contestación a la demanda; b) Respecto de la citación a través de uno de los medios de comunicación indica, que a la persona cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se ordena la citación al antes mencionado ciudadano HÉCTOR SALOMÓN OJEDA POZO con el contenido de la demanda, anuncio probatorio y este auto de calificación a través de 3 MENSAJES, que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, mensajes que serán reproducidos por la Radiodifusora señalada por la compareciente en su escrito de demanda, esto en armonía con el numeral 2 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual la señora secretaria de esta Judicatura elaborará los respectivos extractos, y a partir de la fecha de la última transmisión, se procederá conforme indica la ley respecto de la contestación a la demanda. Se indica a la actora que deberá cumplir completamente, lo que determina la disposición legal mencionada en el numeral 2 del artículo 56 del COGEP…”. CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE”. Fdo) DR. CASANOVA BORJA GERMAN RICARDO-JUEZ. LO CERTIFICO.

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