Skip to main content

Los Ríos 28 octubre 2013

Page 34

LOS RÍOS 18-3

cYAN MAGENtA YELLoW bLAcK

AviSoS

SECCIONES:

REMATES

A18

DIVORCIOS

lunes 28 DE octubrE DE 2013 la Hora LoS rÍoS

P

ANULACIONES

R. del E. UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA DE LO CIVIL Y MERCANTIL EN QUEVEDO. EXTRACTO DE CITACIÓN A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL EXTINTO

SEÑOR MANUEL ARCESIO ALVAREZ MERCHAN Y MAS PERSONAS NATURALES O JURIDICAS.SE LE HACE SABER: Que mediante sorteo le correspondió conocer a la Jueza Nro. 2 de esta Unidad Judicial Primera de lo Civil y Mercantil en Quevedo, la demanda Ordinaria de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio No. 20130906, seguido por el señor Luis Guillermo Andagoya Moran, cuyo extracto es como sigue:

BaBahOyO

Dirección: Av. 10 de Agosto # 831 y Eloy Alfaro (Edificio Shopping The Rouse) Teléfono: 2736887 E-mail: babahoyo@lahora.com.ec

EJECUTIVOS

Toda la información judicial en: www.derechoecuador.com

EXTRACTOS

QUEVEDO

Dirección: Av. June Guzmán de Cortés # 611 y Décima (esquina) altos de Ipersa Teléfono: 276-0540 / 276-0541 E-mail: quevedo@lahora.com.ec

ACTOR: LUIS GUILLERMO ANDAGOYA MORAN.DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL EXTINTO SEÑOR MANUEL ARCESIO ÁLVAREZ MERCHÁN Y MÁS PERSONAS NATURALES O JURIDICAS.OBJETO DE LA DEMANDA: El actor solicita que mediante sentencia y previo al trámite Ordinario se le declare haberse operado a su favor, la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio sobre

FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO FISCALÍA PROVINCIAL DE LOS RÍOS EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN PARA: WILMER ROBERTO CALDERON HIDROVO, NEY CICERON MERIZALDE ZAMBRANO y GERMAN ISAIS SANTILLAN VILLAMAR

un lote de terreno, ubicado en el sector Poza Honda perteneciente al Cantón Valencia Provincia de Los Ríos, con una superficie de 5.1688 Has; actualmente identificado con clave catastral Municipal del Cantón Valencia No. 121150000423, el mismo que se halla circunscrito dentro de los siguientes linderos y medidas: Por el Norte; con Higinio Andagoya, en 66,34 metros, S53°0’17”E, y Juan Guillermo Andagoya Veliz, en 116,43 metros S53°0’17”E, por el Sur; con la Hacienda Libertad de propiedad del señor Alberto Peña, en 156,oo metros N50°8’44”W, por el Este; con propiedad de Herederos de Manuel Arcesio Álvarez Merchán, en 294,92 metros S36°59’15”W, y por el Oeste; con propiedad del señor Galo Ortega, en 201,3 metros N27°50’17”E, en 91,55 metros N40°7’34”E; el mismo que lo viene poseyendo desde el día 08 de octubre de 1992, donde ha mantenido posesión en forma

pacífica, tranquila, continua, esto es en forma ininterrumpida, no equivoca y en concepto de propietario, esto es con ánimo de señor y dueño por más de 20 años, a la fecha de presentación de esta demanda de dicho bien inmueble e inclusive en dicho terreno ha realizado con dinero de su peculio, cultivos de cacao, plátano, árboles frutales, madera, circulado por una parte con alambre de púas de tres y cuatro hilos y se encuentra en la posesión de manera permanente, sin violencia, ni clandestinidad, para su provecho personal y de su familia, sin la interferencia absoluta de nadie.- Ampara su demanda en lo que disponen los Arts. 715, 2392, 2393, 2398, 2410, 2411, 2413 y más disposiciones pertinentes en el Código Civil Vigente. CUANTIA: INDETERMINADA. TRAMITE: ORDINARIO. JUEZA DE LA CAUSA: Abogada Liliana Yolanda Robles Veliz, Jueza Temporal Encargada de la Unidad Primera de lo Civil y Mercantil de

Los Ríos, quien mediante Auto de Calificación de fecha lunes 08 de julio del 2013, las 16h28; admite la demanda a trámite ordinario por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio y ordena citar a los demandados por la prensa conforme a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a herederos presuntos y desconocidos del extinto señor Manuel Arcesio Álvarez Merchán y más personas naturales o jurídicas, por cuanto el actor bajo juramento manifiesta no poder determinar las individualidades y domicilios o residencias de los mismos, a fin de que en el término de 15 días presenten las excepciones que se crean asistidos.- Que se inscriba la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Valencia.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus

BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL QUEVEDO JUZGADO DE COACTIVA AVISO DE REMATE

INSTRUCCIÓN FISCAL NO. 120501813070257 SE LE HACE SABER: Que en la Unidad de Personas y Garantías del cantón Quevedo, mediante sorteo de Ley correspondió conocer la Indagación Previa No. 120501813070257, cuyo extracto es como sigue: OBJETO DEL EXTRACTO: En virtud de que es imposible determinar la individualidad o residencia de los señores los WILMER ROBERTO CALDERON HIDROVO, NEY CICERON MERIZALDE ZAMBRANO y GERMAN ISAIAS SANTILLAN, se ordena que mediante secretaria se proceda a publicar un extracto de notificación mediante la prensa para los ciudadanos WILMER ROBERTO CALDERON HIDROVO, NEY CICERON MERIZALDE ZAMBRANO y GERMAN ISAIAS SANTILLAN, tengan conocimiento que en esta Fiscalía de Personas y Garantías única del cantón Quevedo, se encuentra iniciada una causa penal en su contra y comparezcan hacer uso de sus derechos, de conformidad a lo establecido por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Art. 282 numeral 3 del Código Orgánico de la Función Judicial, y la disposición general segunda del Código de Procedimiento Penal

PONGO EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL que mediante providencia dictada el 16 de Septiembre del 2013, a las 10h35, por la Sra. Jueza de Coactiva del BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL QUEVEDO, Ing. Patricia Ramírez Contreras, dentro del Proceso Coactivo No. 565/2012, se ordenó el remate del bien inmueble hipotecado y embargado, materia de éste proceso, señalándose para el efecto el día Lunes 18 de Noviembre del año 2013, desde las 13h00 a las 17H00, para que se lleve a efecto el remate dispuesto, acto que se llevara a cabo en la Secretaria de! Juzgado de Coactiva del Banco Nacional de Fomento Sucursal Quevedo, ubicada en el segundo piso alto del mencionado Banco, de la calle 5ta. No. 216 y Ave. 7 de Octubre, Cantón Quevedo, Provincia de Los Ríos. Se ordena la publicación de los avisos de remate en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad y por tres carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados de la cabecera de la Parroquia Quevedo, Cantón Quevedo, Provincia de Los Ríos, para conocimiento público del remate del siguiente bien inmueble: UBICACIÓN: Se trata de un predio urbano ubicado en el Km. 8 de la vía Quevedo - El Empalme, sector San Luis, del Cantón Mocache, Provincia de Los Ríos. SUPERFICIE TOTAL: El bien inmueble a rematarse tiene una superficie de ciento sesenta y dos metros cuadrados.

P-9784-MA

SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA SUBSECRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACION HIDROGRAFICA CENTRO ZONAL DE QUEVEDO

CITACIÓN

CARACTERISTICAS DE LA PROPIEDAD: El bien inmueble rural se encuentra conformado por un lote de terreno de 162 metros cuadrados, que alberga una construcción comercial en el que funciona un restaurante tipo cabaña y una vivienda de dos plantas en construcción del tipo clase media. El terreno rural presenta una topografía plana y una textura franco-arcillosa mientras que la construcción comercial cuenta con una fachada de pared de caña y rejilla metálica, mientras que el resto de la cabaña está conformada por piso y sobrepiso de cemento, paredes de hormigón enlucida y pintado con rejas metálicas y cubierta de toquilla, cabe destacar que la construcción comercial cuenta con un pequeño espacio de hormigón en que funciona la cocina y los baños. Por otra parte la construcción de dos plantas para fines habitacionales familiares cuenta con una estructura de hormigón armado, paredes de bloque y coberturas de losa, se debe indicar que esta construcción aún no está terminada y se excede en tres metros de los linderos que reza la escritura.

EXTRACTO ACTOR: Señor Ing. Rodolfo Cantos Acosta en calidad de Alcalde Encargado del Cantón El Empalme.

AVALÚO: El valor total del avalúo del bien inmueble anteriormente descrito asciende a la suma de: (USD. 20.665,00)

OBJETO DE LA PETICIÓN: Autorización del Derecho de Uso y Aprovechamiento de las Aguas Superficiales provenientes del río Congo, para el Sistema Integral de Agua Potable, que se encuentra ubicada en la parroquia Velasco Ibarra, cantón El Empalme, provincia del Guayas. SUBSECRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS - CENTRO ZONAL DE GESTIÓN QUEVEDO.- Quevedo, 17 de septiembre del 2013, a las 09H10.- PROCESO No. 253-2013.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Líder del Centro Zonal Quevedo, de conformidad al Acuerdo Ministerial # 334, que rige a partir del 5 de septiembre del 2011.- En lo principal: Vista la solicitud de Autorización del Derecho de Uso y Aprovechamiento de las Aguas Superficiales provenientes del río Congo, para el Sistema Integral de Agua Potable, que se encuentra ubicada en la parroquia Velasco Ibarra, cantón El Empalme, provincia del Guayas, presentada por el señor Ing. Rodolfo Cantos Acosta en calidad de Alcalde Encargado del Cantón El Empalme, y por reunir los requisitos de Ley, se la acepta al trámite, calificándola de clara, completa y precisa, asignándole el No. 253-2013.- En tal virtud, se dispone: 1.- A los usuarios conocidos o no, cítese por la prensa, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 87 de la Ley de Aguas, mediante un extracto de la solicitud y está providencia en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia del Guayas, por tres veces, mediando de una a otra el plazo de ochos días. 2.- Fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados en el cantón El Empalme, provincia del Guayas, por el plazo de treinta días, comisionándose para la práctica de esta diligencia al Jefe Político del referido Cantón. 3.- Oportunamente se designará perito para que realice la Inspección Técnica de lo solicitado. 4.- Incorpórese al proceso los documentos habilitantes aportados al mismo.- 5.- Tómese en cuenta el correo electrónico chuber.ormaza@ gmail.com señalado para futuras notificaciones.- Cumplido que sea vuelvan los autos para proveer lo pertinente.- Actúe el Abogado Jorge Hana Sánchez, en calidad de Secretario Ad-Hoc.- NOTIFIQUESE.- 0 Ing. Jorge Luey Ortega, Líder del Centro Zonal Quevedo, Demarcación Hidrográfica del Guayas. – Lo que comunico al público para los fines consiguientes, advirtiéndoles a los interesados, de la obligación que tiene de señalar domicilio legal dentón del perímetro de este Centro Zonal de Quevedo, para futuras notificaciones. Quevedo, 24 de septiembre del 2013 Abg. Jorge Hana Sánchez SECRETARIO AD-HOC

SON: VEINTE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO DÓLARES.El remate del inmueble se realizará como cuerpo cierto, de conformidad con el Art. 1773 del Código Civil vigente • Por tratarse del primer señalamiento, se aceptaran únicamente a aquellas posturas que cubran por lo menos las dos terceras partes del valor del avaluó, al contado o a plazos, prefiriéndose las ofertas que sean de contado; en toda postura se deberá acompañar el diez por ciento (10%) del valor ofertado, en dinero en efectivo o en cheque certificado a nombre del Banco Nacional de Fomento Sucursal Quevedo. Todos los gastos y costos en general que demande la transferencia de dominio de dicho inmueble, serán de cuenta del adjudicatario, con excepción de aquellos que por expreso mandato legal deban ser pagados por el coactivado, debiendo hacer constar de esta manera en la oferta y demás. De existir tercerías coadyuvantes, no se aceptaran pagos de postura por compensación de créditos. Información adicional se podrá solicitar en la Secretaria de éste Juzgado de Coactiva, en la dirección antes señalada. Conforme a lo determinado en la Disposición Transitoria que se agrega al Art. 457 del Código de Procedimiento Civil contenida en la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de Ingresos del Estado, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 583 de 24 de Noviembre del 2011; los postores procederán a calificarse con 15 días de anticipación a la realización del remate, en la Secretaria de éste Juzgado de Coactiva, para lo que deberán presentar lo siguiente: PERSONAS NATURALES: 1) Solicitud dirigida a la Sra. Jueza de Coactiva indicando el remate en el que va a participar y consignando los siguientes datos: dirección, casillero judicial y números telefónicos.- 2) Copia a color de la cédula y papeleta de votación vigente; o pasaporte (EXTRANJEROS).- 3) Certificado original otorgado por el Banco Nacional de Fomento, indicando que no es deudor de esta institución.- 4) Certificado original del Buró de crédito actualizado.- 5) Certificado original del Banco Central del Ecuador, de no adeudar a la Banca cerrada.- 6) Certificado original de la Superintendencia de Compañías de no ser socio, accionista o representante legal de compañías vinculadas o deudoras de la Banca cerrada.- 7) Certificado otorgado por el Consejo Nacional de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (CONSEP).- 8) Certificado que acredite experiencia en la correspondiente actividad si el bien a remate constituye un negocio o forma parte de alguno.- PERSONAS JURIDICAS: 1) Solicitud dirigida a la Sra. Jueza de Coactiva indicando el remate en el que va a participar y consignando los siguientes datos: dirección, casillero judicial y números telefónicos.- 2) Copia a color de la cédula y papeleta de votación vigente; o pasaporte (EXTRANJEROS).- 3) copia certificada del nombramiento del representante legal.- 4) Copia legible del RUC de la compañía.- 5) Certificado original del Buró de crédito actualizado de la compañía.- 6) Certificado original del Banco Central de! Ecuador, que la compañía participante no adeuda a la Banca cerrada.- 7) Certificado original otorgado por el Banco Nacional de Fomento de no adeudar a esta institución, de la compañía y del representante legal.- 8) Certificado original de la Superintendencia de Compañías y/o su representante legal de no ser socios, accionistas o representante legal de compañías vinculadas o deudoras de la Banca cerrada.- 9) Balances auditados del año inmediato anterior presentados en la Superintendencia de Bancos y Seguros.- 10) Certificado de la Superintendencia de Compañías, indicando que la compañía se encuentra al día en el cumplimiento de las obligaciones societarias correspondientes.- 11) Certificado del CONSEP.- 12) Certificado que acredite experiencia en la correspondiente actividad si el bien a rematarse constituye un negocio o forma parte de alguno.- NOTA: El Banco Nacional de Fomento Sucursal Quevedo, se reserva el derecho de incorporar otros, quitar o variar estos requisitos según la clase de bien que se remate, con el objeto de precautelar los intereses institucionales.- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.- Ing. Patricia Ramírez Contreras, Jueza de Coactiva del Banco Nacional de Fomento Sucursal Quevedo

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL JUZGADO OCTAVO CANTONAL DE CIVIL Y MERCANTIL VINCES - LOS RÍOS EXTRACTO DE CITACIÓN A: GLORIA MARLENE LEÓN LÓPEZ VIDA DE SÁNCHEZ, JUAN FRANCISCO SÁNCHEZ LEÓN, WASHINGTON FELIPE SÁNCHEZ LEÓN, HEREDEROS DE JUAN FRANCISCO SÁNCHEZ MOSQUERA Y A TODAS LAS PERSONAS QUE PUEDAN TENER DERECHO EN EL LOTE DE TERRENO. Se le hace saber que en este Juzgado se está tramitando la demanda de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio Nro. 2013-0307, presentada por MERCEDES PRIMITIVA ASPIAZU PEREZ.OBJETO DE LA DEMANDA: el actor manifiesta que desde hace de más de 40 años mantiene la posesión tranquila y pacífica de un predio sin nombre, ubicado en el sector del Recinto La Reforma Jurisdicción de la parroquia y cantón Vinces, Provincia de Los Ríos con los siguientes linderos, NORTE con terrenos de Esteban Aspiazu Morante, con 166,60; SUR con Luis Muñoz Cortez, con 127,46 m. ESTE, Estero Mama Antonia, con 126,58 metros y por el OESTE Rodolfo Rojas Briones, con 107,20m.-

JUEZ DE LA CAUSA: Abogado Fausto Ignacio Jami Guanoluisa, Juez Temporal del Juzgado Octavo Cantonal de lo Civil y Mercantil de Los Ríos, admite a trámite la demanda y ordena se cite a los demandados GLORIA MARLENE LEÓN LÓPEZ VIDA DE SANCHEZ, JUAN FRANCISCO SANCHEZ LEÓN, WASHINGTON FELIPE SANCHEZ LEÓN, HEREDEROS DE JUAN FRANCISCO SANCHEZ MOSQUERA ,y a quienes se crean o puedan tener derecho sobre el predio materia de la litis, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación en la provincial, por declarar bajo juramento la actora que le es imposible determinar individualidad y residencia de los mismos. Particular que llevo a su conocimiento para los fines de ley, advirtiéndosele de la obligación que tienen de señalar domicilio legal para sus notificaciones. Vinces, 20 de Septiembre del 2.013 Ab. Margarita Bajaña Bajaña SECRETARIA (E)

P-2364-B-CP

R.

DEL

E.

JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOS RÍOS. EXTRACTO DE CITACIÓN. JUICIO NO 2013-0211: NULIDAD DE PARTIDA DE DEFUNCION SE LE HACE SABER: Que en esta Judicatura se ha presentado el Juicio ORDINARIO nulidad de Partida de Defunción: Que sigue el señor LOZANO LEON LUIS TOMAS, contra él, JEFE DEL REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN DEL CANTÓN NARANJAL, el señor Juez, mediante Auto de calificación de fecha viernes 6 de septiembre del 2013, a las 09h52, acepta la demanda al trámite y dispone que se PUBLIQUE por unos de los Diarios de mayor circulación a nivel Nacional, para quien se crea con derecho se oponga a la misma, de conformidad a lo establecido por el Art. 89 de la Ley de Registro Civil Identificación y Cedulación, en concordancia con el Art, 82 del Código de Procedimiento Civil. OBJETO DE LA DEMANDA: Se solicita la Nulidad de la Patria de Defunción del señor LOZANO LEON LUIS TOMAS, tal como consta en el tomo 1, Pág. 57 y Acta 57, en donde consta que yo he fallecido el 30 de abril del 2008, por un supuesto paro cardiaco-respiratorio, por lo que solicite con fecha 28 de agosto del 2013, se realice el trámite respectivo para la marginación de la partida de defunción del suscrito y poder así obtener mi cédula de ciudadanía. Por lo que solicito que en sentencia se declare la nulidad de partida de defunción. Se les advierte a los interesados que tienen la obligación de comparecer a juicio dentro del TÉRMINO DE VEINTE DÍAS posteriores a la tercera y última publicación, en caso de no dar cumplimiento dentro del término referido se los considerará rebeldes. Lo que comunico a Usted, para fines de ley. Baba, septiembre 18 del 2013 Ab. Wilmer Pin Silva SECRTARIO (E) DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO CIVIL DE BABA

Sr. Cristhian Quinto Castro SECRETARIO AD-HOC JUZGADO DE COACTIVA BNF QUEVEDO P-9473-VM

P-9802-MA

CUANTÍA: Indeterminada

INFRAESTRUCTURA: El bien inmueble rural de uso comercial presenta accesibilidad asfaltada desde la ciudad de Quevedo, Mocache y El Empalme, se encuentra dotada del servicio de energía eléctrica permanente y de telefonía privada, el predio no cuenta con fuente propia de suministro de agua, recibiendo el mismo de un pozo artesanal del predio contiguo, cuenta en el restaurante con baños que descargan a una fosa séptica ubicada bajo el suelo de la cabaña. El predio rural se encuentra rodeado por construcciones habitacionales modestas y del tipo industrial ya que se encuentra en las afueras de la ciudad de Quevedo e inicio del cantón Mocache, se destaca por ser una zona poco conflictiva y medianamente segura, cabe destacar que este sector carece de alcantarillado pluvial y sanitario.

SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS SUPERFICIALES PROVENIENTES DEL RÍO CONGO, UBICADAS EN LA JURISDICCIÓN DE LA PARROQUIA VELASCO IBARRA, CANTÓN EL EMPALME, PROVINCIA DEL GUAYAS.

Abg. Nancy Arteaga B. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA CIVIL Y MERCANTIL

TRAMITE: Ordinario.

LINDEROS Y DIMENSIONES: NORTE: En 9m., con el carretero Quevedo - El Empalme. SUR: En 9m., con parte que se reserva la misma vendedora. ESTE: En 18m., con callejón. OESTE: En 18m., con propiedad de la señora Yolanda Donoso.

Abg. Alida Aguilera Quinto SECRETARIA TITULAR UNIDAD DE PERSONAS Y GARANTIAS FISCALIA DE QUEVEDO

notificaciones y que deberán comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrán ser declarados rebeldes.Certifico.Quevedo, octubre 01 del 2013.

P-2397-B-CP

P-9371-MA

R. del E. JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE LOS RÍOS. EXTRACTO DE CITACIÓN JUICIO ORDINARIO 2013-0213 POR PRESCRIPCIÓN ORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO ACTOR: HUGO PATRICIO YEPEZ MORENO DEMANDADA: AVILIA PERNIA DUQUE Y PRESUNTOS PROPIETARIOS. SE LE HACE SABER: AUTO DE CALIFICACIÓN: La señora Jueza Titular del Juzgado Quinto de lo Civil de Los Ríos, Abogada Zoraida Ronquillo Santillán, en providencia de fecha 9 de Septiembre del 2013, Las 11h40, acepta la demanda propuesta por HUGO PATRICIO YEPEZ MORENO, disponiendo se CITE a la demandada A VILIA PERNIA DUQUE Y Presuntos Propietarios, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de esta ciudad de Babahoyo, de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, publicaciones que se harán en tres fechas diferentes, por cuanto el actor manifiesta bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada. Dispone se cuente con la Dirección Provincial de la Agencia Nacional de Tránsito de Los Ríos y se inscriba la demanda en dicha institución. OBJETO DE LA DEMANDA: El actor amparado en los Artículos 603, 715, 2392, 2398, 2400, 2401, 2407, 2408, 2413 y más pertinentes del Código Civil en vigencia, en concordancia con el Art. 407 del Código de Procedimiento Civil, demanda para que en sentencia se declare que ha adquirido por prescripción ordinaria de dominio el automotor de las características: Marca Toyota, Modelo Fortuner 4 x 2, año de fabricación 2008, color negro, Chasis 8XA11ZV6093002647, Motor 1GR0929836, Modelo 2009, del mismo que ha venido manteniendo en posesión desde el día 29 de Enero del 2009, en forma pacífica, notoria y no interrumpida, sin clandestinidad, ni violencia y con ánimo de señor y dueño.- La demandada tiene la obligación de comparecer a juicio y señalar casillero judicial en Babahoyo, para sus notificaciones dentro del término de veinte días posteriores a la última publicación. De no comparecer se lo considerará en rebeldía.- Lo que llevo a conocimiento de usted, para los fines de Ley. Babahoyo, Septiembre 17 del 2013 Dr. Arnulfo Sánchez Gáleas SECRETARIO P-2482-B-CP

R. DEL E. JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LOS RÍOS VENTANAS EXTRACTO DE CITACIÓN JUICIO: No. 374-2013 ACTOR: MERCEDES ALIDA GIL SÁNCHEZ DEMANDADO: ANTONIO CLEMENTE ZAMBRANO MAYORGA JUEZ DE LA CAUSA: AB. MYRIAM FIERRO CARRIEL VENTANAS: 10 DE OCTUBRE SE LE HACE SABER LO SIGUIENTE: VISTOS:- La demanda de Divorcio que antecede, propuesta por MERCEDES ALIDA GIL SÁNCHEZ, en contra de ANTONIO CLEMENTE ZAMBRANO MAYORGA, por ser clara, precisa y completa, reunir los requisitos de Ley, se la acepta al trámite en la vía verbal sumario, en cuanto tenga lugar en derecho.- Cítese al accionado, con esta demanda y el auto recaído en ella, por la prensa, por el Diario de mayor circulación de la provincia de Los Ríos, tal y conforme lo dispone en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil vigente, en concordancia con lo preceptuado en el Art. 119 del Código Civil, por declarar bajo juramento que desconoce el domicilio actual del demandado, se lo advierte la obligación de no comparecer a Juicio y de no señalar casillero, en veinte días después de la última publicación, podrá ser considerado o declarado en rebeldía.- Cítese y Notifíquese.Ventanas, Octubre 10 del 2013.Ab. Ricardo Chacón Lema SECRETARIO ENCARGADO JUZGADO 9NO CIVIL Y MERCANTIL VENTANAS – LOS RÍOS P-2541-B-NT

ANULACION DE CHEQUE Se pone en conocimiento del público en general el extravío de los cheques # 308, 309, 310, 420, 422 y 894 correspondientes a la CUENTA CORRIENTE # 3001058301 Perteneciente a la Sra. VIVIANA PRISCILA SALAZAR OBANDO BANCO NACIONAL DE FOMENTO P-9776-MM


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Los Ríos 28 octubre 2013 by LA HORA Ecuador - Issuu