CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
REVISTA JUDICIAL C2
MIÉRCOLES 7 DE DICIEMBRE DE 2011 La Hora QUITO, ECUADOR
Los empleadores que por no observar las normas de prevención, seguridad e higiene del trabajo, causen que el trabajador sufra enfermedad profesional o accidente de trabajo que motive una discapacidad o una lesión corporal o perturbación funcional, serán sancionados con una multa de diez remuneraciones básicas mínimas unificadas del trabajador en general, impuesta
PODER SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS EXTRACTO
DE LOS DOCUMENTOS EN BASE A LOS CUALES SE CONCEDE EL PERMISO PARA OPERAR EN EL ECUADOR A LA COMPAÑÍA EXTRANJERA WORLEYPARSONS INTERNATIONAL, INC., DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Se
comunica
al
público
que la compañía extranjera
WORLEYPARSONS
INTERNATIONAL, INC., de los Estados Unidos de América, se domicilió en la República del Ecuador, mediante protocolización efectuada el 11 de noviembre de 2011, ante el Notario Quinto del Distrito Metropolitano de Quito. Fue autorizada por la
Superintendencia
de
Compañías para establecer una sucursal en el Ecuador y operar en el país mediante Resolución No. SC.IJ.DJCPTE. Q.11.5205 de 23 de noviembre de 2011 y se la inscribió en el Registro Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito, el 25 de noviembre de 2011. 1.
Nacionalidad:
Estados
Unidos de América. 2. Domicilio de la Sucursal en
el
Ecuador:
Distrito
Metropolitano de Quito. 3. Actividad de la compañía extranjera: (1) La prestación, directa o a nombre de terceros, de toda clase de servicios profesionales y técnicos, incluyendo, sin limitación, estudios, ingeniería, diseño, construcción, administración y supervisión de obras, ya sea a manera de consultoría pura o relacionados con la ejecución o construcción material o física de las mismas, para las industrias de (a) generación y distribución de energía, en cualquiera de sus formas; (b) extracción y procesamiento de recursos naturales, renovables y no renovables, tales como minerales, metales e hidrocarburos; (c) desarrollo de infraestructura; y (d) gestión y protección ambiental. 4. Capital Asignado: USD
JUDICIAL QUITO prescribirán en tres años, contados desde que sobrevino el accidente o enfermedad. Si las consecuencias dañosas se manifiestan con posterioridad, el plazo para la prescripción correrá desde la fecha del informe médico conferido por un facultativo autorizado del IESS. Para la comprobación es indispensable el informe de la Comisión Calificadora en el que se establezca que la lesión o enfermedad ha sido consecuencia del accidente. En ningún caso podrá presentarse la reclamación después de cuatro años de producido el mismo. (CT Art. 403)
por el Director o Subdirector del Trabajo sin perjuicio de otras sanciones tipificadas en el Código del Trabajo y otros cuerpos legales vigentes. A su vez, asumirán las obligaciones que sobre la responsabilidad patronal por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales establece el Código del Trabajo en caso de no estar afiliado a la seguridad social o no tener las aportaciones mínimas para acceder a estos beneficios. (CT Art...(2) a continuación del Art. 346) PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES Las acciones provenientes del Título de Riesgos del Trabajo
INCENTIVOS TRIBUTARIOS
La Ley de Régimen Tributario Interno señala que para determinar la base imponible sujeta al impuesto a la renta se aplicarán las deducciones que correspondan a remuneraciones y beneficios sociales sobre los que se aporte al IESS, por pagos a discapacitados o a trabajadores que tengan cónyuge o hijos con discapacidad, dependientes suyos, se deducirán con el 150% adicional. (LRTI Art. 10)
lo que se recomienda tomar contacto con la Vicepresidencia de la República, Ministerio de Relaciones Laborales o el CONADIS. El Consejo Nacional de Discapacidades ha implementado los Servicios de Integración Laboral (SIL) que brinda asesoramiento a las empresas, apoyo a las personas con discapacidad, charlas de sensibilización a las empresas y capacitación a los usuarios en base a la demanda laboral.
UBICACIÓN LABORAL Se requiere evaluación del perfil (actitudes y aptitudes laborales) y valoración médica y funcional de la persona previa a su ubicación laboral; por
* Fuentes de consulta: www.conadis.gov.ec www.vicepresidencia.gov.ec www.discapacidadesecuador.org www.mintrab.gov.ec www.cip.org.ec
$ 2.000,00 de los Estados
Company’s domiciliation in
de la Compañía:
o entidad de la República
noviembre del 2011, se resuel-
Unidos de América.
Ecuador, including the powers
(1) Actuar como Apoderado
del Ecuador ante la cual la
ve calificar de suficientes los
5. Representante en el Ecuador:
set forth in Article 415 of
General de la Compañía en
Compañía presente el Poder
documentos otorgados en el
PBP REPRESENTACIONES
the Law of Companies, and
la República del Ecuador y
hasta que la Compañía pre-
exterior; y, autorizar el esta-
CIA. LTDA., de nacionalidad
to negotiate contracts with
ante cortes y otras entidades
sente una revocatoria escrita
blecimiento de la sucursal
ecuatoriana, con domicilio
public entities;
estatales o privadas, con los
del mismo ante dicha autori-
en el Ecuador a la compañía
en el Distrito Metropolitano
(4) The attorney-in-fact is
poderes amplios y suficientes
dad, oficina o entidad.
extranjera WORLEYPARSONS
de Quito.
authorized to delegate this
que se requieren para cumplir
EN TESTIMONIO DE LO CUAL,
INTERNATIONAL, INC., de los
MorleyParsons
power of attorney totally or
con las leyes de la República
el funcionario abajo firmante
Estados Unidos de América,
Resources & energy
partially upon one or more per-
del Ecuador;
ha suscrito este Poder a nom-
con arreglo a sus propios esta-
POWER OF ATTORNEY
sons. Whenever the attorney-
(2) Llevar a cabo todos los
bre y en representación de la
tutos, en cuanto no se opon-
KNOW ALL MEN BY THESE
in-fact delegates this power
actos y asuntos jurídicos que
Compañía y ha colocado en él
gan a las leyes ecuatorianas: y,
PRESENTS, that Lawrence
of attorney, it will understood
han de realizarse en el territo-
el sello de la Compañía ante el
calificar de suficiente el Poder
S. Kalban, in his capacity
that they reserve the authority
rio del Ecuador, con poderes
Notario Público abajo firman-
otorgado por el Vicepresidente
as Senior Vice President of
granted to exercise the same
suficientes, especialmente
te en Bellaire, Texas, hoy, 12 de
Principal a favor de PBP
WorleyParsons International,
whenever deemed advisable,
la capacidad de contestar
septiembre de 2011.
REPRESENTACIONES CIA.
Inc. a corporation duly orga-
without prejudice to the dele-
demandas y cumplir con
WORLEYPARSONS
LTDA.,
nized and existing under the
gation, except when it may be
compromisos,
INTERNATIONAL, INC.
ecuatoriana, de cuyo parti-
laws of the State of Delaware,
expressly stated that they do
aquellas facultades contem-
Por: [firmado] Lawrence S.
cular tomé nota al margen
United States of America
not reserve such authority.
pladas en el Artículo 44 del
Kalban,
de la protocolización de la
and domiciled in the city of
This Power of Attorney shall
Código de Procedimiento Civil
Vicepresidente Principal
Domiciliación de la indicada
Bellaire, State ofTexas (the
continue in full force and effect
del Ecuador;
(sello de la Compañía)
compañía celebrada ante mi,
“Company”) pursuant to that
as to each authority, office
(3) Llevar a cabo en el Ecuador
Este instrumento fue suscrito
Not.ario Quinto del cantón
certain resolution ofthe Board
or agency of the Republic
todos los actos relacionados
y jurado ante mí hoy, 12 de sep-
Quit.o, Dr. Luis Navas Dávila,
ofDirectors ofthe Company
of Ecuador with which this
con la obtención de permisos
tiembre de 2011 por Lawrence
el 11 de noviembre del 2011.-
duly adopted by unanimous
Power of Attorney is filed by
de operación, de inversión
S. Kalban, Vicepresidente
Quito, a veinte y cuatro de
written consent dated effec-
the Company, until a wtit-
extranjera y otros requisitos
Principal de WorleyParsons
noviembre del año dos mil
tive as of September 7, 2011
ten revocation thereof has
necesarios para la domici-
International, Inc.
once.-
with this instrument here-
been filed by the Company
liación de la Compañía en el
[firmado] Carol L. McCloud,
Dr. Humberto Navas Dávila
by grants a General Power
with such authority, office or
Ecuador, incluyendo las facul-
Notario
NOTARIO QUINTO
of Attorney in favor of PBP
agency.
tades previstas en el Artículo
Mi comisión expira: 27 de
Registro Mercantil Quito
R E P R E S E N TA C I O N E S
IN WITNESS WHEREOF, the
415 de la Ley de Compañías,
octubre de 2013
4839
CIA. LTDA., a resident of
undersigned has executed this
y para negociar contratos con
[sello] Carol L. McCloud,
ZON:
Quito,Ecuador, as a true and
Power of Attorney in the name
entidades públicas;
Notario Público, Estado de
queda inscrito el presente
lawful General Attorney-in-
and on behalf of the Company
(4) El apoderado está auto-
Texas
Documento y la Resolución
Fact of the Company in the
and affixed the corporate seal
rizado a delegar este poder
Mi comisión expira: 27 de
número SC.IJ.DJCPTE.Q.11.
Republic of Ecuador and con-
of the Company before the
total o parcialmente a una o
octubre de 2013
CINCO MIL DOSCIENTOS
ferring aH powers necessary
undersigned Notary Public in
más personas. Cuando el apo-
María Cecilia Mera
CINCO del SR. INTENDENTE
to effectuate the folloowing
Bellaire, Texas, this 12th day
derado delegue este poder, se
Traductora
DE COMPAÑÍAS DE QUITO
powers on behalf and in the
of September 2011.
entenderá que se reserva la
C.I. 170498434-1
de 23 de noviembre del 2011,
mane of the Company:
W O R L E Y P A R S O N
facultad de ejercerlo cuando
NOTARÍA QUINTA
(1) To act as the General
INTERNATIONAL, INC.
lo considere conveniente, sin
DR.
Attorney-in-Fact
By: Lawrence S. Kalban, Señor
perjuicio de la delegación,
DÁVILA
salvo cuando se estipule
ZON: Mediante Resolución
COPIA Certificada de la
expresamente que no se
número
SC.IJ.DJCPTE.
Protocolización que contiene
reserva esa facultad.
Q.11.5205 dictada por el
los documentos referentes al
Este Poder continuará en
Doctor Camilo Valdivieso
ESTABLECIMIENTO DE LA
pleno vigor y efecto respec-
Cueva,
de
SUCURSAL EN EL ECUADOR
to de cada autoridad, oficina
Compañías de Quito, el 23 de
de la Compañía Extranjera
of
the
Company in the Republic of
Vice President
Ecuador, Courts of Law and
STATE OF TEXAS
other state or private entities,
COUNTY OF HARRIS
with such ample and suffi-
UNITED
cient powers as to comply
AMERICA
with the laws of the Republic
This instrument was a subs-
STATES
Quien da pronto da dos veces. SÉNECA, LUCIO ANNEO
cribed and sworn to before me this 12th day of september, 2001 by Lawrence S. Kalban, Señor Vice President of WorleyParsons International, Inc. Carol L. McCloud, Notary My
commision
expires:
Octobre 27, 2013. TRADUCCIÓN EL ESTADO DE TEXAS Secretario de Estado Solicitado para uso en el Ecuador No para uso dentro de los Estados Unidos de América Esta Apostilla solamente certifica la firma, la calidad del signatario y el sello o timbre que lleva. No certifica el contenido del documento para el que ha sido emitido. APOSTILLA (Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961) 1. País: Estados Unidos de América Este documento público 2. ha sido firmado por CAROL L. MCCLOUD 3. actuando en calidad de Notario Público, Estado de Texas 4. lleva el sello/timbre de CAROL L. MCCLOUD, Notario Público, Estado de Texas,
OF
Comisión expira: 10-27-13 CERTIFICADO 5. en Austin, Texas
of Ecuador; (2) To perform all legal acts and affairs that will take place in the territory of Ecuador with sufficient powers, especially the ability to answer cIaims and to meet commitments, including those powers contemplated in Article 44 of the Ecuadorian Code of Civil Procedure; (3) To perform in Ecuador all acts pertaining to obtaining operating permits, foreign investment, and other requirements necessary for the
6. el 6 de octubre de 2011 7. por el Secretario de Estado de Texas 8. Certificado No. N-820095 9. Sello: El Estado de Texas 10. Firma: [firmado] Hope Andrade Secretario de Estado PODER SÉPASE POR EL PRESENTE INSTRUMENTO, que Lawrence S. Kalban, en su calidad de Vicepresidente Principal de WorleyParsons International, Inc., una sociedad debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos de América, y domiciliada en la ciudad de Bellaire, Estado de Texas (la “Compañía”), en virtud de una resolución del Directorio de la Compañía debidamente aprobada mediante consentimiento unánime por escrito, que entra en vigencia el 7 de septiembre de 2011, por medio de este instrumento otorga un Poder General a favor de PBP REPRESENTACIONES CIA. LTDA., con residencia en Quito, Ecuador, como Apoderado General verdadero y legítimo de la Compañía en la República del Ecuador, confiriéndole todas las facultades necesarias para ejercer los siguientes poderes en representación y en nombre
AVISO DE LLAMADO A ACREEDORES
incluyendo
HUMBERTO
de
Con
nacionalidad
esta
fecha
bajo el número 4001 del NAVAS
Registro Mercantil, Tomo 142.Queda archivada la SEGUNDA
Intendente
LLAMADO A ACREEDORES
De conformidad con lo dispuesto en el ART 393 de la ley de compañías vigente notifico a los acreedores de la compañía INTRASE CIA LTDA EN LIQUIDACIÓN para que en el término de veinte días contados a partir de la última de las tres publicaciones presenten los documentos que acrediten su derecho ante el Liquidador de la compañía en la siguiente dirección: Juan Alcántara 448B y el Telégrafo Quito, 7 Diciembre 2011
La Compañía INTERTURIS C LTDA. INTERCAMBIO TURISTICO INTERNACIONAL en Liquidación, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 393 de la Ley de Compañías notifica a los acreedores de la Empresa, para que en el término de 20 días contados desde la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten sus derechos en la Av. Colón y 6 de Diciembre, Edificio Cristóbal Colón, sexto piso, Oficina 601. Luego de transcurrido el plazo indicado, se considerarán únicamente a los acreedores que hayan justificado su calidad de tales. Quito, 5 de Diciembre del 2011.
Liquidadora Ing. Silvia Cañas A. AR/17265/cc
Sra. Cecilia Dávalos Valdivieso LIQUIDADORA PRINCIPAL
AR/17288/cc