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REVISTA JUDICIAL C6
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2011 La Hora QUITO, ECUADOR
para los fines de ley previniendole de la obligación de que tiene de señalar casillero judicial en el lugar del juicio para posteriores notificaciones . Dr. Galo Báez Jaime SECRETARIO DEL JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/82174/tf JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL Al señor. IVÀN GUILLERMO TINAJERO FLORES se le hace conocer EL EXTRACTO DE DEMANDA DE JUICIO EJECUTIVO y la PROVIDENCIA, que a continuación sigue: EXTRACTO . Actor : DR. GOMER CALIXTO REGALADO LOPEZ PROCURADOR JUDICIAL DEL SEÑOR AURELIO FERNANDO POZO CRESPO, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO DE PICHINCHA C.A. Demandado : IVÀN GUILLERMO TINAJERO FLORES Asunto: Que previo el trámite pertinente, en sentencia se sirva declarar el pago Cuantía: $7.000,00 Trámite: Ejecutivo .Fecha de Iniciación: 5 abril del 2010 Causa Ejecutivo No. 4482010.DRA. KALINKA JARAMILLO.PROVIDENCIA: JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, jueves 27 de mayo del 2010, las 11h01. VISTOS.- La competencia de esta causa se ha radicado en esta judicatura en virtud del sorteo realizado, por lo tanto avoco conocimiento de la misma.- En lo principal la demanda que antecede es clara precisa y reúne los requisitos de Ley Dése el trámite EJECUTIVO .- En consecuencia los demandados IVAN GUILLERMO TINAJERO FLORES (deudor principal), GERARDO VICENTE FLORES HARO y VICTORIA EVANGELINA GUEVARA ALBUJA dentro del término de tres días pague al actor la cantidad constante en el contrato de mutuo adjunto, más los intereses respectivos o dentro del mismo término propongan excepciones bajo prevenciones de Ley.CÌTESE a los demandados IVAN GUILLERMO TINAJERO FLORES, GERARDO VICENTE FLORES HARO y VICTORIA EVANGELINA GUEVARA ALBUJA en el lugar señalado para el efecto.- Agréguese al proceso la documentación acompañada.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada.- NOTIFIQUESE.-f) Dra. Marìa Elena Chàvez. Juez. PROVIDENCIA: JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.QUITO, viernes 3 de junio del 2011, las 11h28. Atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CÌTESE al demandado IVAN GUILLERMO TINAJERO FLORES por la prensa en uno de los diarios de mayor circu-
lación y que se editan en esta ciudad.- NOTIFIQUESE.-f)Dr. Felipe Infante Rey. Juez. E. Lo que comunico a usted para los fines de ley.- Le prevengo de la obligaciòn que tiene de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones.Lo Certifico.ABG. JORGE MIER BURBANO SECRETARIO 23 CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/82157/tf JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACION JUDICIAL AL SEÑOR MARCEL ESTUARDO SOLIS GONZAGA JUICIO : EJECUTIVO No. 398/2.009.ECS. ACTOR : BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO : MARCEL ESTUARDO SOLIS GONZAGA DOMICILIO JUDICIAL : DR. JUAN VAZQUEZ ESPINOSA CUANTIA : US$ 60.000,oo OBJETO: CON FUNDAMENTO EN LO PREVISTO EN LOS ARTS. 413 Y 415 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DEMANDA EN JUICIO EJECUTIVO A LOS SEÑORES MARCEL ESTUARDO SOLIS GONZAGA Y SARA LEONOR CAICEDO PINTO, EL PAGO DEL CAPITAL ADEUDADO, LOS INTERESES DE MORA, COMISIONES, IMPUESTOS Y COSTAS PROCESALES. JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA QUITO, 16 de Abril del 2.009, las 08h26.-VISTOS.-En virtud del sorteo que antecede avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal la demanda es clara y precisa, por lo que se la acepta al trámite ejecutivo.- Cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones en el término de tres días los demandados señores MARCEL ESTUARDO SOLIS GONZAGA y SARA LEONOR CAICEDO PINTO.- Por solicitarlo el actor, en mérito del certificado conferido por el señor Registrador de la Propiedad de este cantón y de conformidad con lo dispuesto por el Art. 423 del Código de Procedimiento Civil , se ordena el embargo del inmueble de propiedad de los demandados, cuyas características y demás dimensiones constan del testimonio escriturario que se acompaña; para la práctica de esta diligencia cuéntese con la Policía Nacional y uno de los señores Depositarios Judiciales del cantón.- Hecho el embargo notifíquese al señor Registrador referido, para que tome nota del mismo al margen del libro respectivo.- Conforme la disposición del inciso segundo del Art. 439 del Código indicado, hágase conocer esta providencia a las partes del juicio penal No. 408-2005, mediante oficio al señor Juez Tercero de lo penal de Cotopaxi. Cítese a los demandados en los lugares que se indica.-Téngase en cuenta el domicilio y casillero judicial designados.Agréguese la documentación presentada.- Notifíquese.-f). Dr. Jaime Canseco Guerrero ( Juez ). JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito,
JUDICIAL QUITO
lunes 27 de junio del 2.011, las 09h50.- Atento el juramento de la parte actora, cítese al demandado señor MARCEL ESTUARDO SOLIS GONZAGA por la prensa, en la forma prevista por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.Notifíquese.-f). Dr. Wagner Játiva Quiroz ( Juez ). Lo que comunico a Ud. para los fines de ley, previniéndole designe su domicilio en el Juzgado Noveno de lo Civil y dentro del perímetro legal. DR. JULIO MUÑOZ SECRETARIO JUZGADO NOVENO CIVIL PICHINCHA Hay un sello A.C./82102 JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL.
A: REBECA ERLINDA QUISAGUANO CUICHAN, con el extracto de la demanda Ejecutiva y providencias que a continuación siguen: EXTRACTO: Actor: actora Dr. Francisco Esteban Carrera Duran, en calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A. Demandada: R E B EC A ERLINDA QUISAGUANO CUICHAN Cuantía: USD. $ 9.000,oo Juicio No. 101-2010-WZ Objeto de la Demanda: Cobro de dinero. PROVIDENCIAS: JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 02 de febrero del 2010, las 09h33. VISTOS.- La demanda que por cobro de dinero presenta el Dr. Carlos Germánico Peña Carrasco, en su calidad de Procurador Judicial del Banco del Pichincha C.A., en contra de REBECA ERLINDA QUISAGUANO CUICHAN, VICENTE EDUARDO QUISAGUANO C H U N GA N D R I O, J OS E AGUSTÍN MORALES ARANGO, SARA ELIZABETH PAUCAR DIAZ, GUIDO EFRÉN Q U I SAG UA N O CUICHAN y MONICA IVONNE QUISAGUANO QUISAGUANO, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vìa ejecutiva prevista en el Tìtulo II Sección 2a, parágrafo 2do Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Cítese a los demandados REBECA ERLINDA QUISAGUANO CUICHAN, VICENTE EDUARDO QUISAGUANO C H U N GA N D R I O, J OS E AGUSTÍN MORALES ARANGO, SARA ELIZABETH PAUCAR DIAZ, GUIDO EFRÉN Q U I SAG UA N O CUICHAN y MONICA IVONNE QUISAGUANO QUISAGUANO dirección proporcionadas por la parte demandante, para que en el término de tres días cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones. Para la practica de la citación a los demandados comisiónese al Señor Teniente Político de la Parroquia de Alangasi, a quien se le enviará suficiente despacho. Previa las formalidades de ley, desglósese y entréguese la documentación aparejada a la demanda en la forma peticionada. Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese al actor en la casilla 499. CITESE. Y NOTIFIQUESE.- f) DR. MARIO ORTIZ ESTRELLA.- Juez. JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de junio del 2011, las 14h06. Atento el juramento expresado por la parte actora Dr. Francisco Esteban Carrera Duran, en calidad de Procurador Judicial
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del Banco Pichincha C.A., y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a REBECA ERLINDA QUISAGUANO CUICHAN por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación nacional y que se editan en esta ciudad de Quito; para el efecto confiérase el extracto respectivo. Notifíquese. f) DR. MARIO ORTIZ ESTRELLA.- Juez. Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en esta judicatura como dispone la ley. DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA. SECRETARIO Hay firma y sello AC/82104/tf EXTRACTO
CITACIÓN JUDICIAL A LOS SEÑORES JUAN CARLOS ANDINO LOMBEIDA, GLADYS IRENE LAGOS GALARZA, FREDDY MAURICIO ANDINO LOMBEIDA Y SOFIA ELENA SANCHEZ ESPINOZA. JUICIO: EJECUTIVO No. 14/2008 ECS ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: JUAN CARLOS ANDINO LOMBEIDA, GLADYS IRENE LAGOS GALARZA, FREDDY MAURICIO ANDINO LOMBEIDA Y SOFIA ELENA SANCHEZ ESPINOZA DOMICILIO JUDICIAL: DRA. NATALIA VIVANCO FALCONI CUANTIA: US$ 8.000,00 OBJETO: CON FUNDAMENTO EN LO PREVISTO EN LOS ARTS. 413 Y SIGUIENTES DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y 486 Y SIGUIENTES DEL CODIGO DE COMERCIO, DEMANDA EN JUICIO EJECUTIVO A LOS SEÑORES JUAN CARLOS ANDINO LO M B E I DA , G L A DY S IRENE LAGOS GALARZA, FREDDY MAURICIO ANDINO LOMEBIDA Y SOFIA ELENA SA N C H E Z ES P I N OZ A , EL PAGO DEL CAPITAL ADEUDADO, LOS INTERESES LEGALES, COMISIONES Y COSTAS PROCESALES. JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 22 de Enero del 2008, las 11h23.- VISTOS.- En virtud del sorteo que antecede avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal la demanda es clara y precisa, por lo que se la acepta al trámite ejecutivo.- Cúmplan con la obligación demandada o proponga excepciones en el término de tres días los demandados señores JUAN CARLOS ANDINO LOMBEIDA, GLADYS IRENE LAGOS GALARZA , FREDDY MAURICIO ANDINO LOMBEIDA y SOFIA ELENA SANCHEZ ESPINOZA .-Cítese a los demandados en el lugar que se indica.- Téngase en cuenta el domicilio y casillero judicial designados.Agréguese la documentación presentada.- Notifíquese.- f) Dr. Jaime Canseco Guerrero (Juez) JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 18 de Noviembre del 2010, las 10h35.- Atento el
juramento de la parte actora , cítese a los demandados señores JUAN CARLOS ANDINO LOMBEIDA, GLADYS IRENE LAGOS GALARZA, FREDDY MAURICIO ANDINO LOMBEIDA y SOFIA ELENA SANCHEZ ESPINOZA , por la prensa , en la forma prevista por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.Notifíquese.- f) Dr. Jaime Canseco Guerrero (Juez) Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniendole designe su domicilio en el Juzgado Noveno de lo Civil y dentro del perímetro legal. DR. JULIO MUÑOZ SECRETARIO JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/82105/tf REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A: MARCO RAFAEL HEREDIA BRIONES y LIGIA NARCISA MERA RIVERA ACTOR (A): SILVERIO CORREDOR CAMARGO DEMANDADO (S): MARCO RAFAEL HEREDIA BRIONES y LIGIA NARCISA MERA RIVERA JUICIO EJECUTIVO No. 03362011- Ab. H.G. CUANTÍA: USD 40.000,00 JUZGADO SEGUNDO DE LO
CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 8 de abril del 2011, las 08h36. VISTOS.-Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo respectivo y en calidad de Juez Encargado de esta Judicatura, mediante oficio 1308-DP-DPP-2010, de 07 de julio del 2010.- .- En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de forma exigidos por la Ley.Dese el trámite Ejecutivo.- En consecuencia los demandados, en el término de tres días, cumplan con la obligación demandada, o en el mismo término propongan excepciones bajo prevenciones de Ley .- Cítese a los demandados MARCO RAFAEL HEREDIA BRIONES y LIGIA NARCISA MERA RIVERA, en el lugar que se indica en el libelo de demanda.- Agréguese la documentación aparejada.- Téngase en cuenta el casillero judicial designado por el accionante y la autorización conferida a su Abogado Patrocinador.- Atento lo solicitado y de conformidad a lo dispuesto en el Art., 992 del Código de Procedimiento Civil, previa las formalidades de ley desglósese y entréguese el documento solicitado.- .NOTIFÌQUESE DR. FABRICIO SEGOVIA BETANCOURT JUEZ ENCARGADO JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 23 de agosto del 2011, las 10h43. En merito al juramento rendido por el actor, se dispone CITAR a los demandados Marco Rafael Heredia Briones Y Ligia Narcisa Mera Rivera , mediante tres publicaciones en uno de lo diarios de mayor circulación que se edita en la ciudad de Quito, para lo cual confiérase el
ORDINARIOS R de E. EXTRACTO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACION A HERCULES INDUSTRIAL COMPAÑÍA LIMITADA HENRID CIA. LTDA. (LUIS CUEVA SOTOMAYOR. LIQUIDADOR) Y A LAS PERSONAS PRESUNTAS HEREDERAS DEL BIEN INMUEBLE MATERIA DE LA LITIS. ACTORES: Milciades Vicente Goyes, Francisco Armando Cacuango Rodríguez, Jorge Enrique Cacuango Rodríguez, Judith Esperanza Herrera Pajal, Blanca Isabel Zapata Hernández y María Dolores Espinoza Herrera. DEMANDADOS: Hercules Industrial Compañía Limitada HENRID Cía Ltda. (Luis Cueva Sotomayor. Liquidador) y las personas que puedan tener derecho sobre el bien inmueble. JUICIO: Prescripción Ordinaria Adquisitiva de Dominio Nro. 924-2011.w.z TRAMITE: Ordinario JUEZ: Dr. Armando Aceldo Gualli (Suplente) SECRETARIO: Dr. Francisco Justicia Salgado CUANTIA: Indeterminada AUTO: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, miércoles 3 de agosto del 2011, las 17h12.- Vistos: Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en
providencia anterior, se califica la demanda como clara, precisa y que reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ordinaria.- Con el contenido del libelo de demanda y el presente auto, córrase traslado a la demandada Hercules Industrial Compañía Limitada HENRID Cía. Ltda., representada por su Liquidador Luis Cueva Sotomayor; y, a las personas presuntas herederas del inmueble materia de la litis, por el término de quince días, a fin de que propongan las excepciones que se crea asistidas.- Cítese a la demandada Hercules Industrial Compañía Limitada HENRID Cía. Ltda., en la persona de su Liquidador Luis Cueva Sotomayor; y, a las personas presuntas herederas del inmueble materia de la litis, por medio de la prensa y en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, por cuanto bajo juramento se manifiesta imposible determinar su individualidad o residencia.- Cuéntese con el Alcalde y Procurador del I. Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.- Con fundamento en el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Téngase en cuenta a la señora Judith Esperanza Herrera Pijal, como Procuradora Común de la parte actora.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por los actores y la autorización concedida a los abogados defensores.- Notifíquese. f) Dr. Armando Aceldo Gualli. Juez Suplente. Lo que comunico a Uds, para
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
Quito, 4 de Octubre de 2011
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA AXXIS IMAGEN S.A. Cumpliendo con los estatutos de la Compañía Axxis Imagen S.A. se convoca a los señores accionistas de la empresa a la JUNTA GENERAL ORDINARIA, que se realizará el día miércoles 19 de octubre de 2011, a las 13:00 horas en la sala de Juntas, ubicada en el Mezanine de Axxis Hospital en la Av. 10 de Agosto N39-155 y Diguja, con el fin de tratar los siguientes puntos del orden del día: 1. información de Gerencia año 2010 2. Información de Comisario año 2010 3. Presentación y aprobación de Estados Financieros año 2010 4. Nombramiento de Presidente y Gerente General de la compañía 5. Aprobación del cronograma de Implementación de las Normas NIFFS Se convoca de manera especial a la señora EDILMA RAMIREZ comisaría de la compañía, de conformidad con lo ordenado en el reglamento.
EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA MASHITUR AGENCIA DE VIAJES CIA. LTDA. La compañía MASHITUR AGENCIA DE VIAJES CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Sexto del Distrito Metropolitano de Quito, el 19 de Septiembre de 2011, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.11.004409 de 04 de Octubre de 2011. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 1.000,00 Número de Participaciones 1.000 Valor US$ 1,00 3. OBJETO: El objeto de la compañía es: PROYECCIÓN, ORGANIZACIÓN, OPERACIÓN Y VENTA DE TODOS LOS SERVICIOS TURISTICOS,... Quito, 04 de Octubre de 2011.
Atentamente, Dr. Amilcar Vasco Sánchez Gerente General AXXIS IMAGEN
extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE.DR. FABRICIO SEGOVIA BETANCOURT JUEZ ENCARGADO Hay firma y sello AC/81682/jq
A.C./82155
Dr. Oswaldo Noboa León. DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS
AC/82183tf