Constitución de San Andreas

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Gobierno de San Andreas. Constituci贸n de San Andreas. Gobernador: Lowis Rockefeller.

Constituci贸n n潞 1


Constitución de San Andreas

Que es la Constitución: La constitución o carta magna es la norma fundamental, escrita o no, de un Estado soberano u organización, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades. Preámbulo Los Representantes del San Andreas, reunidos en asamblea federal y abierta, decidimos y decretamos esta constitución, Invocando la protección de Dios Fuente de toda razón y justicia para todas las personas que quieran habitar este suelo soberano de San Andreas

Todas las normativas escritas deben ser cumplidas por cada uno de los (as) ciudadanos (as) ya que estas normativas son de carácter legal bajo cualquier circunstancia por lo cual esté pasando San Andreas


Título I Principios fundamentales 1 - San Andreas es un Estado social de derecho, organizado en forma de Independencia unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. 2 - Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades del Palacio Beige están instituidas para proteger a todas las personas residentes en SA, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. 3 - La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece. 4 - La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales. Es deber de los nacionales y de los extranjeros en SA acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades.


5 - El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad. 6 -. Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones. 7 -. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación San Andreas. 8 - Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación. 9 - Las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por SA. De igual manera, la política exterior de SA se orientará hacia la integración latinoamericana y del Caribe. 10 - El castellano es el idioma oficial de SA. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe. 11- Los símbolos patrios de SA como su bandera, su escudo, e himno debe ser respetado por todos los ciudadanos sin importar su cultural, rango social, costu


Título II Los deberes y derechos humanos:

1 - No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona. 2 -Sólo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana; salvo las fórmulas diplomáticas. 3 -La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan. 4- Todo ciudadano tiene derecho a tener cualquier trabajo, siempre y cuando esté en condiciones para ejercerlo. 5- Todo ciudadano tiene derecho a protestar de manera pacífica y sin afectar el trabajo laboral de otros ciudadanos que no están a favor de dicha manifestación. En caso a que se torne violenta todos los ciudadanos implicados serán arrestados y se hará registro en un expediente policial 6- Es deber de todos (as) tener las áreas pública limpias. En caso de haber un infracción será castigada con una hora de servicio comunitario obligatorio 7- Todo ciudadano que busque el desorden público será arrestado o deberá pagar una fianza de 5 unidades tributarias


8-Cualquier ciudadano sin importar su rango social deben respetar a los funcionarios públicos en caso de no se así se le hará una advertencia. Solo se hará tres amonestaciones para ser sancionado por 3 unidades tributarias Título III Normas de los ciudadanos (as)

1.- Las leyes establecidas a partir de hoy 22 de abril del 2013 son completamente iguales para todos los habitantes que vivan en San Andreas. No habrá estatus de clases. 2.- Las acciones que cometa un/os ciudadano/s de forma ilícita o violenta se le podrá imputar durante años en la cárcel. El Código Penal es igual para todos los habitantes de la ciudad y su incumplimiento lleva sus consecuencias. 3-Cuando un ciudadano cometa una sanción o delito grave se le detendrá

preventivamente cierto tiempo mientras el Departamento de Policía contacta un funcionario del Gobierno o del Tribunal Supremo de Justicia para realizar o aprobar la sentencia, “((Esto es únicamente para los Delitos graves donde el usuario deba de durar más de 1 hora y media en la cárcel))”” 4.- Todo ciudadano tiene derecho a una vivienda digna, O a alquilar una a otro ciudadano por un precio moderado y que el alquilador quiera aceptar.

5.- Todo ciudadano tiene derecho a poseer una cuenta bancaria propia.


6.- Todo ciudadano tiene derecho a ir por toda la ciudad de San Andreas, excepto en las zonas que estén prohibidas por las autoridades.

7.- Todo ciudadano tiene derecho a poseer un carné de identidad, y siempre tendrá que llevarlo encima en todo momento, todo aquel Ciudadano que no lleve en si su carnet de identificación tiene derecho a ser Arrestado y a levantar cargos en su contra.

8.- Todo ciudadano tiene derecho a contraer matrimonio, tan solo tendrán que tener un testigo y al juez que les case. Los casamientos podrán ser a través de la Iglesia o de los juzgados, queda terminantemente prohibido casarse ciudadanos/a del mismo sexo, todos aquellos que incumplan la ley tendrán sus consecuencias penales

9.- Todo ciudadano tiene los mismo derechos, no hay ningún tipo de diferencia de una persona a otra, no hay criados, esclavos, sino que todo el mundo tiene que ser respetado por igual.

10.- Todo ciudadano tiene la obligación de no exceder de los precios de venta del vehículo, lo máximo que lo podrá vender será en la cantidad que lo compró, si el mismo lo intenta vender a una cantidad mayor a esa tendrá que asumir la consecuencia con la ley, mientras tanto el vehículo lo confiscará el Gobierno y será puesto a la Orden del Tribunal Supremo de Justicia.


11.- Todo ciudadano tiene derecho a un trabajo digno, tanto público, privado o también pertenecer a alguna institución nacional de San Andreas. Y a Cobrar un sueldo digno a cambio de trabajar durante un determinado tiempo de horas.

12.- Todo ciudadano tiene derecho a presentarse a las votaciones de pertenecer a las Instituciones Nacionales de San Andreas con rango de diputado o presidente. Todos los ciudadanos son candidatos.

13.- En el Estado de San Andreas existe el sufragio universal.

14.- Todo ciudadano tiene derecho a una educación correcta y pública.

15.- Todo ciudadano tiene derecho a respetar y ser respetado.

16.- Todo ciudadano tiene derecho a comprarse como máximo un (1) negocio mientras este cumpliendo con los reglamentos Mercantiles y registros Tributario, eso sí, mantenerlos abiertos y con mercancía sino es así se podría llegar a embargar el/los negocio/s.

17- Todo ciudadano que tenga un negocio deberá asumir la ley de Costos y precios Justos que regula los precios de las entradas a los mismo, de igual forma todos aquellos propietarios que alquilen vivienda deberán someterse a dicha ley. 18.- Todo ciudadano que quiera portar un arma deberá poseer licencia de armas, la única arma que podrá tener deberá poseer Calibre de 9MM. Si posee


un arma de calibre mayor podrá ser detenido y encarcelado por varios meses por portar armas ilegales.

19.- Cada uno de los Entes públicos (No privados), que formen parte del estado y presten sus servicios a la comunidad, deben exigir mediante el vocero nacional o alguna persona capacitada del gobierno, el pago de nomina de los trabajadores rigiéndose bajo el decreto de la Ley Orgánica del Trabajador (L.O.T)

Título IV Derecho para los Trabajadores

1 - Los derechos de los Trabajadores Son Impredecibles Tienen derecho a la Paga de un Buen Sueldo Mínimo Que se Merece Ante el Trabajo Establecido En Dicha Empresa. 2 - Los Trabajadores Tiene Derecho a Su Seguro Medico Ya que Tienen el Derecho a la Vida 3 - Derecho a Prestamos Tanto sea Necesario Pero también El Deber De Pagar. 4- Todo trabajador Privado deberá cumplir sus ocho (8) horas diarias laboradas bien sea diurno/vespertino/nocturno 5- Todo trabajador puede optar por un rango superior siempre y cuando éste esté apto para ejercerlo 6- Ningún trabajador debe ser discriminado por ninguna razón. En caso de ser así el trabajador tiene la potestad de denunciar dicha falta siempre y cuando


haiga evidencia factible de ser verdadero. En caso de ser factible el ciudadano demandado tiene derecho a un juicio y a un abogado. 7- Todos los implementos de trabajo está bajo la responsabilidad del trabajador que lo está usando Título V Ley de Tránsito Terrestre

1 - De la ley de tránsito terrestre: Todos los ciudadanos deben llevar cinturón de seguridad en todo momento de lo contrario serán multados con la cantidad de 3 unidades tributarias. 2 - De tener el acumulo de 3 multas se le sacara el permiso de conducción y se le confiscara el coche hasta que pague la multa de 10 unidades tributarias 3 – Los vehículos deben estacionarse en lugares que no afecten el tránsito ni terrestre ni peatonal; es decir, en lugares con cuya finalidad como estacionamientos públicos. 4- Ningún vehículo puede estacionarse frente a ninguna oficinal del gobierno; al menos que éste tenga permiso dado por un ente gubernamental. 5- Los vehículos no deben de exceder un límite de velocidad de 60 Km/h en una vía pública y urbana, si ésta normativa se llegase a incumplir será sancionado por 3 unidades tributarias. 6- Los vehículos tienen un límite de velocidad de 100 Km/h en cuyas vías sean de dos carriles, respetando a los vehículos que están en dirección contraria; en caso de incumplir con esta normativa será sancionado con 4 unidades tributarias.


7- Todo vehículo debe respetar los semáforos; sin embargo, si éste está en rojo y no hay vehículo alguno el cual pueda verse perjudicado, puede pasar sin problema alguno; pero antes debe de frenar completamente antes de pasar para verificar lo dicho anteriormente; si esto se llegase a incumplir será sancionado el conductor del auto por 1 unidad tributaria; en caso que no estacione su vehículo cuando el cuerpo policial se lo ha ordenado será llevado arrestado y tendrá una multa de 5 unidades tributaria, en caso de ser la primera vez cometida la infracción en caso que sea segunda vez serán 10 unidades tributarias 8-Ningún vehículo de uso público como: taxis, autobuses, etc.; deben transitar en alguna vías publica sino está en condiciones apropiadas que no pongan en riesgo la vida de los civiles 9- Los vehículos de carga pueden ser inspeccionados por el cuerpo policial, durante cualquier momento del día sin importar el contexto; si este se resiste a la inspección se llevará al ciudadano a la cárcel y será sancionado por 6 unidades tributarias Todas estas normativas están sujetas a una mayor cantidad de unidades tributarias, en caso que el ciudadano (a) se resista a acatar las indicaciones del cuerpo policial Título VI Normas hacia las entidades públicas. 1.

Ninguna entidad puede disparar con un arma de fuego, sin que antes se confirme que el sospecho posee una arma de la misma naturaleza.

2.

Para poder pertenecer a cualquier entidad pública se debe de tener un excelente estado físico y mental.


3.

El mandatario nacional tiene el derecho y la autoridad de sustituir a cualquier representante de la entidad ((Cualquier líder de facción)) sin necesidad del consentimiento del mismo.

4.

Todo representante o miembro que atente contra la vida del presidente, ministros, director, Comisario, Coronel; será arrestado e implantado una condena de por vida ((PK))

5.

Los miembros y representantes deben ser respetuosos con cualquier miembro del departamento de gobierno.

6.

Los miembros de la entidad debe cuidar a gran cabalidad sus transportes, en caso de no ser así se le asignará una multa al conductor que comete la infracción.

7.

Las entidades deben solicitar el permiso del departamento de gobierno al momento de realizar cualquier actividad el cual afecte el espacio vial así como también las actividades cotidiana de los ciudadanos (as); actividades tales como: puntos de control provisionales, actividades médicas, cierre de alguna calles o avenida debido a una investigación o cualquier otra actividad que afecte la vialidad o cualquier espacio geográfico del país.

8.

Las sanciones establecidas con respecto a incumplir algunas de las normas establecidas en los artículos anteriores son: •

De poca gravedad: Multa de treinta (3) unidades tributarias.

De mediana gravedad: Será echada temporalmente de la entidad durante uno o dos meses ((semanas)) dependiendo de la gravedad y sin derecho a recibir el dinero correspondiente de la subvención.

De alta gravedad: Despido permanente de la entidad registro del despido, y en caso de ser por algún atentado contra el mandatario o contra el gobierno será arrestado de por vida.


Título VII Decretos del Gobierno San Andreas 1-

A partir de la fecha de iniciación y legitimación del Gobierno del año 2014 Los Santos Police Departamento pasa a llamarse San Andreas Police Departament

2-

El Gobierno adsorbe la autoridad sobre distintos entes de seguridad del estado entre esos están; San Andreas Police Departament, San Andreas Ejército Militar y el Departamento Médico de San Andreas los mismo deberán rendir respeto al Mandatario Nacional.

3-

Cada unidad tributaria tendrá un costo de cien dólares ($100)

4-

Todos los ciudadanos deben de cumplir y hacer cumplir las leyes planteadas que se encuentran en la Constitución de San Andreas

5-

Los funcionarios públicos deben de pasar un reporte de lo más resaltante ocurrido en las organizaciones gubernamentales, en ese documento también se puede solicitar cualquier tipo de ayuda.


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