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Características de la Norma Jurídica

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Norma Jurídica

Norma Jurídica

 Son heterónomas y bilaterales. Las normas jurídicas se consideran heterónomas -no autónomas- porque su formulación e imposición provienen de una entidad diferente, externa a los destinatarios de las normas. Del mismo modo, la heteronomía indica que la aplicación y el control de las normas jurídicas no dependen de la voluntad de los obligados por ellas, sino de factores externos a los individuos.

 Son bilaterales. Estosignifica que todo el proceso implica a dos partes: quién tiene que cumplir la norma y quién tiene que velar por su cumplimiento.

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 Son externas, no internas del individuo. En otras palabras, aceptemos o no las normas, estamos obligados a cumplirlas.

 Son coercitivos. La coercibilidad es la cualidad de cumplir las normas mediante la imposición de sanciones. En otras palabras, si no cumplimos, recibiremos un castigo.

 Son generales. Esto significa que el carácter con el que ordenan las normas jurídicas debe ser seguido por un número indeterminado de personas (por ejemplo, la población española, húngara, venezolana, mexicana, brasileña, etc.).

NORMAS DEL DERECHO PÚBLICO:

El Derecho Público, regula las relaciones del estado y las administraciones públicas con los ciudadanos.

Es un tipo de derecho en el que las normas se ejercen en representación a los intereses estatales. Este ordena las relaciones por subordinación, es decir, exige el cumplimiento de órdenes, imponiendo reglamentos, sin que afecte a la dignidad y a los derechos mínimos de la persona. El poder público del estado actúa de forma legítima en el marco jurídico según lo establecido en la constitución.

En el derecho público:

 La administración pública tiene superioridad, por tanto, las partes no son iguales

 La normativa regula las leyes entre las administraciones del estado y los particulares

 El objetivo es velar y satisfacer las necesidades de interés general de los ciudadanos

 Las normas que decreta el derecho público son de subordinación.

 Son de carácter imperativo

NORMAS DEL DERECHO PRIVADO:

El derecho privado, reúne el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones y actividades entre los individuos. En esta rama de la justicia la regulación de normas entre los sujetos, parte de la igualdad de condiciones, y sin interferencia de los intereses del estado.

El derecho de carácter privado se rige por dos órdenes elementales, unas son las de autonomía de voluntad de los particulares, en las que la imposición no es unilateral, sino que, si hay una obligación es porque la persona la asume voluntariamente. Por otra parte, las de Igualdad ante la ley, es decir, las personas implicadas se someten en un punto igual ante la ley bajo el mismo marco jurídico.

En el derecho privado:

 Las normas que decreta el derecho privado son de coordinación.

 El objetivo es regular y satisfacer las necesidades de interés privado.

 Son de carácter dispositivo

 Regulan el comportamiento y la conducta de las personas.

Normas del Derecho Mixto: La rama del derecho mixto nace en el derecho público a partir de los cambios en las formas de vida. Su objetivo es ordenar y corregir las desigualdades que existen entre las clases sociales, con la intención de proteger a las personas ante las distintas cuestiones que surgen en el día a día.

El derecho mixto, a su vez, comprende otras ramas, como el derecho laboral, el derecho a la seguridad social, el derecho migratorio y el derecho agrario

Interacción de las distintas ramas

Es importante tener en cuenta que la división del derecho en diversas ramas facilita el estudio, pero no tiene demasiada relevancia en la aplicación concreta de las normas jurídicas.Todaslasramasdel derechoseencuentran relacionadasentresí einteractúan en cualquier proceso legal. La noción de derecho mixto o social se encuentra menos difundida que las de derecho público o derecho privado. Esto ocurre ya que la propia definición de derecho supone la existencia de un hecho social (es decir, donde entra en juego la relación entre seres humanos en el marco de una sociedad). Por lo tanto, hay especialistas que consideran que el concepto de derecho social no tiene mayor relevancia.

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